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INS - Resolución 0718 de 2020

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 0718 de 2020
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2020

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 1 ~ Jdd3 2020 DE 2020

Por la cual se modifica la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018" Por la cual se crea y conforma el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Instituto Nacional de Salud" . LA DIRECTORA GENERAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las· que le confiere el Decreto No 4109 de 2011 , el Decreto 277 4 de 2012 y las demás normas concordantes, CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional de Salud - INS - es una entidad de naturaleza científica y técnica, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio creado por el Decreto 470 de 1968, con cambio de naturaleza mediante el Decreto 4109 qe, 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774 y 2775 del 28 de diciembre de 2012, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, perteneciente al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Que artículo 1 de la Ley 872 de 2003 creo el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de dichas entidades. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país", integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de

de dichas entidades. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país", integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. Norma que al no haber sido derogado expresamente, continúa vigente, según lo dispuesto por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019, 'por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad"' Que a fin de reglamentar el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, estableciendo un modelo que integre y articule los mismos determinando su campo de aplicación, se expidió el Decreto 1499 de 2017, modificatorio del Decreto 1083 de 2015 - Ún ico Reglamentario del Sector Función Publica. Que mediante el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, modificado por el Decreto 1499 de 2017, se actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del que trata el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del mencionado decreto. Que mediante Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido

Que mediante Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, sustituyendo el Titulo 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015.

\1 O AG O 2020

RESOLUCIÓN NÚMERO 0718 DE HOJA No. 2 "Por la cual se modifica la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018" Por la cual se crea y conforma el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Instituto Nacional de Salud". Que en consecuencia de lo anterior, el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Función Pública, determinó que en cada una de las entidades se debe integrar un «Comité Institucional de Gestión y Desempeño» encargado de orientar la implementación y operación del Modelo integrado de Planeación y Gestión MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el modelo y que no sean obligatorios por mandato legal, siendo éste liderado en el nivel descentralizado por los Subdirectores Generales o Administrativos o los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces, e integrado por los servidores públicos del nivel directivo o asesor que designe el representante legal de cada entidad. Que a través de Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018 se creó y conformó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Instituto Nacional de Salud-lNS. Que en atención a que al interior del Instituto Nacional de salud -INS cambiaron las denominaciones

Que a través de Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018 se creó y conformó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Instituto Nacional de Salud-lNS. Que en atención a que al interior del Instituto Nacional de salud -INS cambiaron las denominaciones de algunos grupos de trabajo, se hace necesario modificar la denominación de los integrantes del comité y suprimir la participación de uno de ellos. Así mismo, es necesario modificar la frecuencia en la que sesiona el comité teniendo en cuenta que los diferentes temas resorte de este Colegiado pueden ser tratados con una periodicidad mas ampliada, sin afectar sus funciones; en todo caso se podrán realizar sesiones extraordinarias. Con fundamento en las anteriores consideraciones RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018, el cual quedara así: "ARTÍCULO SEGUNDO. Conformación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud estará conformado por:

1. El Secretario General, quien lo presidirá

2. Un Asesor delegado por el (la) Director (a) General de la Entidad

3. El Jefe de la Oficina de Tecnologías de Información y las Comunicaciones

4. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

5. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación

6. El Coordinador del Grupo Gestión Financiera

7. El Coordinador del Grupo de Gestión Adm inistrativa

8. El Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano

9. El Coordinador del Grupo de Atención al Ciudadano y Correspondencia

1 O. El Coordinador del Grupo de Gestión Doc umental

11. El Coordinador del Grupo de Gestión Contractual

8. El Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano

9. El Coordinador del Grupo de Atención al Ciudadano y Correspondencia

1 O. El Coordinador del Grupo de Gestión Doc umental

11. El Coordinador del Grupo de Gestión Contractual PARÁGRAFO 1º: Al Comité podrán asistir delegados del nivel directivo o asesor PARÁGRAFO 2º: El Comité podrá invitar a sus reuniones, con carácter permanente u ocasional, a los servidores públicos que por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según los asuntos a tratar. Éstas personas tendrán voz pero sin voto. La citación a estos servidores la efectuará el Secretario Técnico a través de las convocatorias a las sesiones.

PARÁGRAFO 3º: El Jefe de la Oficina de Control Interno del /NS será un invitado permanente del Comité y asistirá a las sesiones del mismo con voz, pero sin voto. PARÁGRAFO 4°: Este Comité sustituirá los demás com ités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y que no sean obligatorios por mandato legal".RESOLUCIÓN NÚMERO 0718 DE

1 O AG U 202~

HOJA No. 3 "Por la cual se modifica la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018" Por la cual se crea y conforma el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en el Instituto Nacional de Salud".

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo sexto de la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018, el cual quedara así: "ARTÍCULO SEXTO. Reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo sexto de la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018, el cual quedara así: "ARTÍCULO SEXTO. Reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité se reunirá en sesión ordinaria una vez cada tres (3) meses. No obstante, se podrá reunir de manera extraordinaria por solicitud de los integrantes y su convocatoria la hará el Secretario Técnico, en forma escrita a sus miembros o por correo electrónico, con una antelación no inferior a tres (3) días calendario.

PARAGRAFO: Se podrán celebrar sesiones virtuales, las cuales serán solicitadas por la Secretaria Técnica. En las sesiones virtuales se podrán deliberar y decidir por medios de comunicaciones simultánea o sucesiva, utilizando los recursos tecnológicos en materia de telecomunicaciones tales como: fax, teléfono, teleconferencia, videoconferencia, correo electrónico, internet, conferencia virtual o vía chat y todos aquellos medios que se encuentren al alcance de los miembros del Comité." ARTÍCULO TERCERO. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica a la Resolución No 0279 de 2018 .

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D .C., a los 1 O A.GO 2020

Directora General Revisó: Ca rlos Andrés Durán Camacho -Secretario General. ~ Luis Ernesto Flórez S im anca -Jefe Oficina Asesora Jurídica Elaboró: Luis Antonio Ayala Ramírez -Profesional Oficina Asesora de P la eación

William Jiménez He rrera -Jefe Oficina Asesora de Planeación

Ade cuación Jurídica: OAJ

ARTINEZ

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