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INS - Resolución 0818 de 2022

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 0818 de 2022
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2022

EXT NT 64

Libertad y Orden

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

RESOLUCION NUMERO 0818 DE 2022

C 19.1 2002? "Por medio de la cual se adiciona los numerales 21,22 y 23 al artículo 2 y modifica el artículo 3 de laResolución No. 1145 del 18 de noviembre de 2021” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades, en especial las contenidas en el numeral 17 del artículo 9 del Decreto4109 de 2011, numeral 30 del artículo 5 del Decreto 2774 de 2012, y las demás normas concordantesy reglamentarias CONSIDERANDO Que, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, adoptado mediante el Decreto 1499 del2017 y que a su vez modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector FunciónPública, plantea como políticas de gestión y desempeño que inciden en la relación del Estado con elciudadano: i) Servicio al ciudadano; ii) Racionalización de trámites; iii) Participación ciudadana yRendición de cuentas; iv) y Transparencia y acceso a la información pública. Que, el Departamento Administrativo de la Función Pública ha definido al menos cuatro escenarios enlos cuales un ciudadano o grupo de valor interactúa con una misma entidad; i) Cuando consulta información pública.ii) Cuando hace trámites u otros procesos administrativos de la entidad pública.iii) Cuando hace denuncias, interpone quejas o exige cuentas a la entidad pública.iv) Cuando participa haciendo propuestas a las iniciativas, políticas o programas liderados por laentidad, o que desea colaborar en la solución de problemas de lo público.

Que, el artículo 17 de la Ley 2052 de 2020, por medio de la cual se establecen disposicionestransversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplenfunciones públicas y/o administrativas en relación con la racionalización de trámites y se dictan otrasdisposiciones, señala que en la Nación, en los Departamentos, Distritos y Municipios con poblaciónsuperior a 100.000 habitantes, deberá crearse, dentro de su planta de personal existente, unadependencia o entidad única de relación con el ciudadano que se encargará de liderar al interior de laentidad la implementación de las políticas que incidan en la relación Estado Ciudadano definidas porel Departamento Administrativo de la Función Pública, siempre que su sostenimiento esté enmarcadodentro de las disposiciones de los artículos 3%, 6% y 75 de la Ley 617 del 2000 o aquellas que ladesarrollen, modifiquen, sustituyan, deroguen o adicionen, y respetando el Marco Fiscal de MedianoPlazo y Marco de Gasto de Mediano Plazo; el servidor público responsable de dicha dependencia oentidad, deberá ser del nivel directivo. Que, en virtud de lo anterior el Instituto Nacional de Salud profirió la Resolución No.1145 de 2021creando el Grupo de Relacionamiento Estado Ciudadano, en cumplimiento del artículo 17 de la ley /2052 de 2020, con los siguientes servidores publicos: NYOn YC> Ci49Ju 20”RESOLUCIÓN NÚMERO 0818 DE HOJA No 2

“Por medio de la cual se adiciona los numerales 21, 22 y 23 al artículo 2 y modifica el artículo 3 de la Resolución No. 1145del 18 de noviembre de 2021” a. El Secretario Generalb. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeaciónc. El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicacionesd. El Coordinador del Grupo de Atención al Ciudadano y Correspondencia Que, de acuerdo con el Modelo Integral de Servicio al Ciudadano adoptado por la Resolución 784 de2020, en la fase de implementación se pueden definir actores institucionales, que faciliten de manerainterdisciplinaria la gestión del servicio, Secretaria General, Planeación, Calidad, TIC, Control Interno,Comunicaciones, Administrativo y Financiero, Talento humano, informativa, Gestión Documental yÁreas Misionales. Que, con el fin de hacer más eficientes las acciones relacionadas con las políticas que inciden en laRelación Estado Ciudadano, se considera pertinente y necesario integrar en el Grupo deRelacionamiento Estado Ciudadano al recurso humano de Comunicación Institucional, al Grupo deGestión del Talento Humano y al Grupo de Gestión Documental, para contribuir con el desarrollo eimplementación de los componentes del Modelo Integral de Servicio al Ciudadano.

Que, como consecuencia de lo anterior, se adicionará al artículo 2 de la Resolución 1145 de 2021 lasfunciones que tendrán los procesos que brindarán apoyo en las políticas que inciden en la Relacióndel Estado Ciudadano, por ser transversales en la entidad. Que, de igual forma, se modificará el artículo 3 de la Resolución 1145 del 2021, que conforma elGrupo de Relacionamiento Estado Ciudadano, integrando como procesos de Apoyo de Servicio alCiudadano, al recurso humano de Comunicación Institucional, al Grupo de Gestión del TalentoHumano y al Grupo de Gestión Documental, para la ejecución de las políticas que incidan en laRelación del Estado Ciudadano. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Adicionar los numerales 21, 22 y 23 al Artículo 2 de la Resolución No.1145 de 2021,el cual quedará así: Artículo 2. Funciones del Grupo de Relación Estado Ciudadano. Establecer como funciones delGrupo de Relación Estado-Ciudadano, las siguientes:

1. Velar por la implementación del Modelo o Estrategia institucional de Relación Estado -Ciudadano, incorporando los atributos de lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusiónsocial, de acuerdo con la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobiernonacional y los procesos de la entidad.

2. Desarrollar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, la Oficina de Tecnologíasde la Información y las Comunicaciones, el recurso humano de Comunicaciones y las demásdependencias s del Instituto la caracterización de grupos de valor, el análisis de la relación delEstado con el Ciudadano, la oferta institucional y los estudios e investigaciones que seanpertinentes, promoviendo la innovación y la gestión del conocimiento, en concordancia con laspolíticas públicas, la normativa vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno nacional ylos procesos institucionales.

3. Consolidar y socializar insumos sobre el estado del relacionamiento con la ciudadanía a lasdependencias responsables de las políticas de gobierno digital, integridad y gestióndocumental, en el desarrollo de las actividades y los productos que impactan directamente alos grupos de valor, con base en el Modelo o Estrategia institucional de Relación Estado -Ciudadano, y las metodologías expedidas por el Gobierno nacional.19 JUL 20920818RESOLUCIÓN NÚMERO DE HOJA No 3 “Por medio de la cual se adiciona los numerales 21, 22 y 23 al artículo 2 y modifica el artículo 3 de la Resolución No. 1145del 18 de noviembre de 2021”

4. Apoyar a las dependencias competentes en la formulación de los planes institucionales enparticipación ciudadana y rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información,racionalización de trámites, y servicio al ciudadano, con base en el estado del relacionamientocon la ciudadanía en la entidad.

5. Proponer mejoras a partir del seguimiento y la evaluación del modelo, la estrategia y loslineamientos de la relación del Estado con el Ciudadano, las peticiones, expectativas ypropuestas ciudadanas recibidas en los escenarios de interacción, y la normativa vigente.

6. Participar de manera coordinada y conjunta en la implementación en la estructuración deplanes de mejora.

7. Analizar y participar en la estructuración de prácticas, herramientas o instrumentos para eldesarrollo de la política.

8. Coordinar a través del líder la implementación acciones que requieran de los otros actoresresponsables de la política.

9. Suministrar información, con el fin de consolidar informas o reportes requeridos por lasinstancias correspondientes.

En relación con la Política de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

10. Replicar los lineamientos a las diferentes dependencias del INS para divulgar activamenteinformación pública (transparencia activa).

11. Orientar a las dependencias de la entidad, para que la información pública se genere ypublique en lenguaje claro, formato accesible y de manera proactiva, promoviendo su uso yaprovechamiento interno y externo, de conformidad con las necesidades y características delos grupos de valor.

En relación con la Política de Racionalización de trámites:

12. Liderar la implementación de los lineamientos relacionados con la política de racionalizacióndo trámites identificando y difundiendo el portafolio de oferta institucional (trámites, otrosprocedimientos administrativos y consultas de acceso a la información), con el fin de que lasdependencias competentes prioricen los trámites y otros procedimientos administrativos parael ciudadano a racionalizar durante cada vigencia.

13. Coordinar con las diferentes dependencias del Instituto, la estrategia institucional deracionalización de trámites, cuantificar y difundir los resultados de la racionalización.

14. Orientar y entregar insumos a las dependencias para la priorización e implementación deacciones de racionalización de trámites y otros procesos administrativos, teniendo en cuentalas necesidades y características de los grupos de valor, los procesos de la entidad y loslineamientos de lenguaje claro, accesibilidad e inclusión social.

En relación con la Política de Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas:

15. Evaluar la política y estrategia de participación ciudadana y rendición de cuentas en el ciclo dela gestión pública articulada a la planeación y gestión institucional en coordinación con laOficina Asesora de Planeación, el Grupo de Atención al Ciudadano y Correspondencia,Comunicaciones y demás dependencias que demanden su participación.¡EA19 JUL 2022

DE HOJA No 40818RESOLUCIÓN NÚMERO “Por medio de la cual se adiciona los numerales 21, 22 y 23 al artículo 2 y modifica el artículo 3 de la Resolución No. 1145del 18 de noviembre de 2021”

16. Implementar lineamientos para garantizar las condiciones institucionales idóneas para lapromoción efectiva de la participación ciudadana.

17. Apoyar a las dependencias en la promoción de la participación ciudadana en las fases delciclo de la gestión institucional, de conformidad con el modelo o la estrategia de interacción yla normativa vigente.

En relación con la Política de Servicio al Ciudadano:

18. Garantizar el cumplimiento de la implementación del Modelo Integral de Servicio al Ciudadano.

19. Realizar seguimiento al cumplimiento de la política de Servicio al Ciudadano respecto alacceso efectivo, oportuno y de calidad de los ciudadanos a sus derechos en todos losescenarios de relacionamiento con el Estado.

20. Las demás que le sean asignadas En relación con los Procesos de Apoyo: Serán funciones de los Procesos de Apoyo de Servicio alCiudadano, las siguientes: 21.Participar de manera coordinada y conjunta con el Grupo de Relacionamiento EstadoCiudadano en la implementación de las políticas que inciden en la relación Estado con elCiudadano.

22. Analizar y participar en la estructuración de prácticas, herramientas o instrumentos para eldesarrollo de los componentes del Modelo Integral del Servicio al Ciudadano.

23. Suministrar información y datos al líder de la política con el fin de consolidar informes oreportes requeridos por las instancias correspondientes.

ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 3 de la Resolución No.1145 de 2021, el cual quedará así: Artículo 3. Conformación del Grupo: Conformar el Grupo de Relación Estado-Ciudadano con lossiguientes servidores públicos: a. El Secretario Generalb. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeaciónc. El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicacionesd. El Coordinador del Grupo de Atención al Ciudadano y Correspondenciae. Procesos de Apoyo () Parágrafo (): Se define los Procesos de Apoyo de Servicio al Ciudadano, el integrado por losprocesos de Comunicación Institucional, Gestión del Talento Humano y Gestión Documental. ARTÍCULO 3°. En todo lo demás, se mantienen incólumes las disposiciones contenidas en laResolución 1145 de 2021. ARTÍCULO 4”. Publíquese el presente acto administrativo en la página web del Instituto Nacional deSalud.19 JUL 2022RESOLUCION NUMERO 0813 DE HOJA No 5 “Por medio de la cual se adiciona los numerales 21, 22 y 23 al artículo 2 y modifica el artículo 3 de la Resolución No. 1145del 18 de noviembre de 2021” ARTÍCULO 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, adiciona el artículo2 y modifica el artículo 3 de la Resolución No. 1145 de 2022. Dada en Bogotá, D.C., a los ¿0 JO 2092

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DIRECTORA GENERAL

MARTHA LUCIA OSPINA MARTINEZ

Dada en Bogotá, D.C., a los ¿0 JO 2092

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DIRECTORA GENERAL MARTHA LUCIA OSPINA MARTINEZ Proyectó: María Lucía Zambrano Garzón — Contratista Grupo Atención al Ciudadano y Conespondencia Uy LALbRevisó: Sonia Rocio Castillo Vargas — Coordinadora (E) Grupo Atención al Ciudadano y CorrespondencéRevisó: Amanda Julieth Rivera Murcia - Contratista Secretaría Gener:Revisó: Juan Camilo Chavarro Marin — Secretario GenerallsauomyRevisó: Luis Ernesto Flórez Simanca — Jefe Oficina Asesora Jurídica

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