INS - Resolución 1231 de 2024
Instituto Nacional de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- INS - Resolución 1231 de 2024
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2024
REPUBLICA DE COLOMBIA of
Sit INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NUMERO, - 59 DE 2024 ‘ “0 2 SEP 2024 ) “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0558 de 2012” EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el numeral 26 del artículo 5° del Decreto 2774 de 2012 y CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional de Salud — INS — es una Entidad de naturaleza científica y técnica, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creado por el Decreto 470 de 1968, con cambio de naturaleza mediante el Decreto 4109 de 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774 y 2775 del 28 de diciembre de 2012, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, perteneciente al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Que mediante Resolución 0558 de julio 13 de 2012 “Por la cual se constituye el Comité de Convivencia laboral del Instituto Nacional de Salud, y se establece su conformación y funcionamiento”, se determinó, en su artículo primero, que la conformación del comité debe ser
Convivencia laboral del Instituto Nacional de Salud, y se establece su conformación y funcionamiento”, se determinó, en su artículo primero, que la conformación del comité debe ser integrado por tres representantes del instituto y tres de los trabajadores así: ARTÍCULO PRIMERO: Constituir el comité de Convivencia Laboral, el cual estará integrado por tres representantes del instituto y tres representantes de los trabajadores, así: ts REPRESENTANTES DEL INS: a) Secretario General del Instituto Nacional de Salud, quien tendrá de suplente al Profesional responsable de Salud ocupacional. b) El jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Nacional de Salud, quien tendrá como suplente al profesional responsable del Área de Bienestar. c) Un Asesor designado por el Director General, quien tendrá como suplente a otro Asesor designado por el Director General. . REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: a) Serán designados como representantes de los trabajadores los funcionarios que ocupen los tres primeros lugares en votación popular convocada para tal efecto. b) Suplentes: los representantes de los trabajadores serán suplidos por los tres funcionarios siguientes en votación popular, asi, quien obtenga el cuarto lugar en votación popular será el suplente del que ocupo el primer lugar en votación, quien
funcionarios siguientes en votación popular, asi, quien obtenga el cuarto lugar en votación popular será el suplente del que ocupo el primer lugar en votación, quien obtenga el quinto lugar será el suplente del representante que ocupo del segundo lugar, y quien obtenga el sexto lugar será el suplente del representante de los trabajadores que ocupo el tercer lugar.
PARÁGRAFO: los suplentes solo asumirán funciones por término de la ausencia temporal del titular o por el periodo que reste de su ejercicio en el Comité de Convivencia Laboral, cuando la ausencia del titular sea definitiva.$.” 1231
RESOLUCIÓN NÚMERO “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0558 de 2012” Que, una vez revisado y validado el artículo primero de la Resolución 0558 del 2012 por parte de la Dirección General y, teniendo en cuenta las necesidades actuales de la entidad y conforme a la normatividad legal vigente en la materia, este Despacho, RESUELVE: Artículo 1. Modifíquese el artículo primero de la resolución 0558 de 2012, el cual quedará así: “ARTÍCULO PRIMERO: Constituir el comité de Convivencia Laboral, el cual estará integrado por dos representantes del instituto y dos representantes de los trabajadores, así: 1 REPRESENTANTES DEL INS: el Director General designara dos representantes
por dos representantes del instituto y dos representantes de los trabajadores, así: 1 REPRESENTANTES DEL INS: el Director General designara dos representantes principales y dos suplentes, bajo libre autonomía. REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Serán designados como representantes de los trabajadores los funcionarios que ocupen los dos primeros lugares en votación popular convocada para tal efecto, los suplentes serán a su vez los siguientes dos funcionarios elegidos por voto en el tercer y cuarto puesto respectivamente.
PARÁGRAFO: los suplentes solo asumirán funciones por término de la ausencia temporal del titular o por el periodo que reste de su ejercicio en el Comité de Convivencia Laboral, cuando la ausencia el titular sea definitiva.
Artículo 2. Para todo lo demás aplican las disposiciones contenidas en la Resolución 0558 de 2012. Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las otras disposiciones que le sean contrarias, de conformidad con lo expuesto en la parte que motiva el presente acto.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C, a los HELVER GUIOYANNI RUBIANO GARCÍA DIRECKOR GENERAL Proyectó: Andrea Johanna Ramirez A - ProfesionallEspecializado -Grupo de Gestión del Talento} pra Revisó Héctor Julio Cuadros MonsalveCoordinaor Grupo de Gestión sy Talento Humano, Maria Mercedes VargasTAsesor contratidtaSecretari General
Proyectó: Andrea Johanna Ramirez A - ProfesionallEspecializado -Grupo de Gestión del Talento} pra Revisó Héctor Julio Cuadros MonsalveCoordinaor Grupo de Gestión sy Talento Humano,
Maria Mercedes VargasTAsesor contratidtaSecretari General Cris Encarnación Reyes GómezSecretaria\General Paula Andrea Arenas SotoJefe oficina Asesora jure)