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INS - Resolución 1394 de 2009

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 1394 de 2009
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2009

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ÓN INSTITUTO NACIONAL DE SALUDRESOLUCIÓN | NUMERO 139 DE 2009127 AGO. Be“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución N.01373 de 2006”EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUDEn uso de las facultades legales establecidas en el artículo 2° y numeral 2° del artículo 8°del Decreto No. 272 de 2004, y :CONSIDERANDOQue mediante Resolución Número 0594 del 11 de julio de 1996, se conforma yreglamenta el Comité de Ética en Investigación del Instituto Nacional de Salud.Que por Resolución Numero 1373 del 05 de Septiembre de 2006, se modifica laResolución 0594 de 1996 mediante la cual se conforma y reglamenta el Comité de Éticaen Investigación”Que en el artículo segundo de la Resolución N.1373 de 2006, se ” Modifica el artículosegundo estableciendo la Conformación del Comité de la siguiente manera: El Comité deÉtica en Investigación, estará compuesto por un mínimo de cinco (05) miembros, de loscuales dos (2) serán funcionarios del Instituto y tres (3) personas externas a él, escogidaspor el Director de ternas presentadas por los Subdirectores del Instituto.Los funcionarios del Instituto deberán ser nombrados por el Director del Instituto.Los: miembros externos serán miembros de la comunidad académica —científica conexperiencia en reflexión ética de la investigación en humanos o animales”.PARAGRAFO PRIMERO.- E! Secretario del Comité Técnico de Investigaciones(Subdirector de Investigación) y el profesional encargado del Area de Animales deLaboratorio y Servicios de Apoyo

de la Subdirección de Producción del Instituto, asistirán 'a las sesiones del Comité con derecho a voz pero sin voto.PARAGRAFO SEGUNDO.- El Comité podrá invitar a otras personas a las deliberacionescuando lo considere necesario:Que en la ida Resolución N.1373 de 2006, se establecieron las siguientes funciones:“ARTÍCULO TERCERO.- Modificar el artículo tercero el cual quedará así: El Comité deética en investigaciones del Instituto Nacional de Salud cumplirá las siguientes funciones:a) Resolver todos los asuntos relacionados con la ética en la investigación en humanos,animales, seres vivos (microorganismos) y ambiente.b) Formular los criterios éticos institucionales sobre la investigación en humanos,animales, seres vivos (microorganismos) y ambiente, a partir de la normas del nivelnacional e internacional.c) Revisar y emitir concepto a las directivas de la Institución sobre la viabilidad ética delos proyectos relacionados con investigación en humanos, animales, seres vivos(microorganismos) y ambiente, con base en el cumplimiento de los requisitosestablecidos.d) Rendir los informes de actividades solicitados por la Dirección General.e) Las demás que le señale la Ley, los estatutos y los Reglamentos”.eyRESOLUCION NUMERO 1 1394 DE HOJA No 2

“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución N.01373 de 2006” Que el Instituto Nacional de Salud se encuentra integrado al Sistema Nacional de Salud yal Sistema de Ciencia y Tecnología, hoy Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología eInnovación, cuyas exigencias en el desarrollo de las nuevas investigaciones requierenque el comité de ética en Investigación de la Entidad, sea esa instancia donde se exija laprevalencia por el respeto a la dignidad y la protección de los derechos y bienestar tantode los seres humanos como de los animales objeto de proyectos de investigación.Que de acuerdo a su función como órgano asesor de la Dirección encargado de resolvertodos los asuntos éticos relacionados con las investigaciones en humanos y animales,desarrolladas en el INS, se hace necesario replantear la conformación del mismo, paralograr que su nueva constitución asegure una revisión reflexiva y competente de todoslos aspectos éticos de los proyectos de investigación que sean recibidos al interior deéste.Que dada la dinámica actual del Comité de ética en Investigación, en sesionar conceleridad y eficiencia, se hace necesario ampliar el número de integrantes del Comité, loscuales deben ser profesionales de las diferentes áreas del conocimiento científico, cuyainterdisciplinariedad y multisectorialidad contribuya en el desarrollo de las funciones delComité, evitando cualquier sesgo e influencia que.pueda impedir su cumplimiento.En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

RESUELVE: _ ARTICULO 1°. Modificar el artículo segundo de la Resolución 1373 de 2006,estableciendo la Conformación del Comité de la siguiente manera: El Comité de Ética enInvestigación, estará compuesto por un mínimo de siete (07) miembros, de los cualescuatro (4) serán funcionarios del instituto y tres (3) personas externas a él.De los cuatro (4) funcionarios del Instituto Nacional de Salud, dos serán miembrospermanentes que son el Profesional encargado del Área de Animales de laboratorio yServicios de Apoyo de la Subdirección de Producción del Instituto, y el Jefe de la Oficina.Jurídica o su delegado. Los otros dos (2) funcionarios serán designados por el DirectorGeneral.Los miembros externos serán miembros de la comunidad académica —científica conexperiencia en reflexión ética de la investigación en humanos o animales y serándesignados por el Director de la Entidad de candidatos sugeridos por los miembros delComité por sus valores morales, culturales, sociales y cientifico-técnicos acordes con lanaturaleza, objeto y funciones del Comité de ÉticaPARAGRAFO PRIMERO.- El Subdirector de Investigación, asistirá a las sesiones delComité de Etica en Investigación con derecho a voz pero sin voto.

PARAGRAFO SEGUNDO.- El Comité de ética en Investigación podrá invitar a otraspersonas a las deliberaciones cuando lo considere necesario.RESOLUCIÓN NÚMERO 1394 DE HOJA No 3 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución N.01373 de 2006” ARTICULO 2°. Las demás partes que integran la Resolución 1373 del 5 de septiembrede 2006, continuarán iguales. :

ARTICULO 3°. E La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.Dada en Bogotá, D.C., a los [27 160. 2009 COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Director General Proyecto: Angela Liliana Albarracín C loeRevisó: Maritza Rengifo Mendoza/Luis Alberto Gómez Grosso. A

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