🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

INS - Resolución 1396 de 2024

Instituto Nacional de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
INS - Resolución 1396 de 2024
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2024

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD qa se RESOLUCION NÚMERO DE 2024 ( 27 SEP 2024 ) “Por la cual se actualiza la Política Institucional de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional deSalud” EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las facultades legales, especialmente las consagradas en los numerales ,29 y 30 delartículo 5 del Decreto 2774 de 2012, y las demás normas concordantes y reglamentarias, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia en sus artículos 2%, 23, 209 Y señala que son fines delestado servir a la comunidad y facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten,por lo tanto estableció el derecho de petición como un derecho fundamental y estipuló que lafunción administrativa estará al servicio del interés general. Que la finalidad de la función pública es el servicio de la comunidad y que uno de los fines delEstado es garantizar la efectividad de los derechos y deberes de los ciudadanos y facilitar laparticipación ciudadana en los asuntos públicos. Que el artículo 133 de la ley 1753 de 2015, creó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión,como resultado de la integración en un solo modelo de gestión de los Sistemas de Gestión de laCalidad de qué trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de1998.Que el decreto 1499 de 2017 desarrolló el Modelo Integrado de Planeación y Gestión como unmarco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestiónde las entidades y organismos públicos.

Que la Ley 1450 de 2011, en su artículo 234 establece que para “mejorar la oportunidad,accesibilidad y eficacia de los servicios que provee la Administración Pública al Ciudadano, lasentidades públicas conformarán equipos de trabajo de servidores calificados y certificados para laatención a la ciudadanía, proveerán la infraestructura adecuada y suficiente para garantizar unainteracción oportuna y de calidad con los ciudadanos y racionalizarán y optimizarán losprocedimientos de atención en los diferentes canales de servicio". Que el arituclo1° del Decreto 2623 de 2009, expedido por el presidente de la república, creó elsistema nacional de servicio al ciudadano - SNSC como la instancia coordinadora de las políticas,estrategias, programas, metodologías, mecanismos y actividades encaminadas a fortalecer laAdministración Pública Nacional al servicio del ciudadano. Que el Documento Conpes 3785 de 2013 determina las directrices generales, las estrategias yacciones para la implementación de la Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio delCiudadano. poosB1396 2 7 SEP 2024RESOLUCION DE HOJA No 2 “Por la cual se actualiza la Politica de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de salud” Que mediante la Ley 1712 de 2014 "Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y delDerecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones" yreglamentada mediante el Decreta 103 de 2015 "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones”, se reguló el derecho de acceso a la informaciónpública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho, las excepciones a la publicidadde información, su adecuada publicación y divulgación, la recepción y respuesta a solicitudes deacceso a esta, su adecuada clasificación y reserva, la elaboración de los instrumentos de gestiónde información, así como el seguimiento de la misma.

Que mediante la Ley 1755 de 2015 se sustituyó el Titulo Il "Derecho de Petición" de la Ley 1437 de2011 "Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" que regula elderecho de petición. Que el Decreto 1499 de 2017, "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, DecretoÚnico Reglamentario del Sector Función Pública, ", define las Políticas de Gestión y DesempeñoInstitucional, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demáslíderes, denominado política de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderá, entre otras, elservicio al ciudadano. Ademas en el artículo 2.2.22.1.5 indica que el Sistema de Gestión secomplementa y articula, entre otros, con el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestiónde la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información. Que se hace necesario adoptar los lineamientos y disposiciones normativas que armonizan losaspectos que definen la política de servicio al ciudadano, dados a través del Conpes 3785 de 2013y demás normas que reglamentan la esencia de la prestación del servicio al ciudadano por parte delas entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, especialmente el modelo de Gestión PublicaEficiente al Servicio del Ciudadano, el cual integra los procesos internos con las capacidades de lasentidades para atender a los ciudadanos.

Que mediante Resolución No. 802 del 28 de junio de 2018 “Por la cual se adopta la PolíticaInstitucional de Atención al ciudadano y Trato Digno al Ciudadano del Instituto Nacional de Salud”. Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante Circular Interna No. 019 del 5de julio de 2024 “Protocolo para la gestión óptima de las peticiones en el marco de la prevencióndel daño antijuridico y la defensa judicial.”, mediante la cual emitió recomendaciones y lineamientosa las Entidades públicas del orden nacional y territorial, para la gestión óptima de las peticiones enel marco de la prevención del daño antijurídico y la defensa judicial de las entidades públicas. Que el objetivo de esta política es establecer un marco claro para la atención al ciudadano,asegurando que todas las peticiones formuladas ante el INS sean recibidas, tramitadas yrespondidas de manera oportuna y eficaz, contribuyendo así al fortalecimiento del Sistema Generalde Seguridad Social en Salud y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Que los principios en los que se orienta la Política de Atención al Ciudadano del Instituto Nacionalde Salud son: e Accesibilidad: Todas las personas tienen el derecho a formular peticiones respetuosas. ElINS asegurará la accesibilidad a sus canales de atención, garantizando que la informaciónsobre este derecho sea clara y comprensible para todos los ciudadanos.+ Oportunidad: Se garantizará que las respuestas a las peticiones se emitan en el menortiempo posible, sin que el plazo exceda los máximos establecidos por la ley. La atención sebrindará de manera prioritaria, en función de la urgencia y el contexto de cada solicitud.e Claridad y Concisión: Las respuestas a las peticiones serán formuladas de manera clara,precisa, congruente y consistente, garantizando que el ciudadano comprenda la decisiónadoptada y los argumentos que la sustentan.

Y)1396 Y semRESOLUCIÓN ' DE HOJA No 3 “Por la cual se actualiza la Política de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de salud” e Transparencia: El INS se compromete a hacer pública la información relacionada con losprocesos de atención al ciudadano, incluyendo tiempos de respuesta y estadísticas depeticiones atendidas, promoviendo así la rendición de cuentas ante la ciudadanía. Que el Instituto Nacional de Salud garantiza que el derecho de petición será un pilar fundamentalen su relación con la ciudadanía. Esta política busca construir un puente de confianza entre el INS ylos ciudadanos, facilitando un acceso equitativo y transparente a la información y a los servicios delInstituto, todo ello en el marco del respeto a los derechosy el bienestar de la población. Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario actualizar la Política Institucional deAtención al Ciudadano del Instituto Nacional de Salud Que como consecuencia este Despacho. RESUELVE ARTÍCULO 1. Actualizar la Política de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de Salud,acorde con lo expuesto en la parte considerativa. ARTÍCULO 2. Política: El Instituto Nacional de Salud (INS), como entidad científico-técnicaadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, es un componente fundamental del SistemaGeneral de Seguridad Social en Salud y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.Nuestro compromiso radica en ofrecer un servicio oportuno y de alta calidad, atendiendo lasnecesidades y expectativas de la ciudadanía. Para lograr este objetivo, el INS prioriza laapropiación y el fortalecimiento de la atención a los ciudadanos, asegurando la transparencia y laaccesibilidad de la información pública.

ARTÍCULO 3. Divulgación: La Política de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de Salud,se divulgará a través de los medios electrónicos que dispone la entidad, garantizando el principiode publicidad. ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas lasdisposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá, D.C., a los 9 7 SEP 2025 COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE HELVER GUIOVANNI Proyecto: Diana Rocio Rojas Lasso — Profesional Especializado — Secretaria General 0Revisó: Deysi Ángela Acero OrtizCoordinadora Grupo Atención al Ciudadano (Comespondencia reo”Revisó: Maria Mercedes Vargas TovarProfesional Contratista — Secretaria General »Aprobó: Cris Encarnación Reyes Gómez - Secretaria GeneralAprobó: Paula Andrea Arenas Soto - Jefe Oficina Asesora Juridica dCrc Pata

Consultar sobre este documento ...