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INS - Resolución 1407 de 2018

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 1407 de 2018
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Orden

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN No. 1 4 7 ( 26 JUL 201 ) “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otrasdeterminaciones” EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de sus facultades legales establecidas en el numeral 2 del artículo 2 delDecreto-Ley 3570 de 2011 y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto-Ley 2811 de 1974 y en los numerales 2, 10 y 14 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, CONSIDERANDOS: Que la Constitución Política de Colombia, en sus artículos 79 y 80 establece que esdeber del Estado proteger, prevenir, controlar y planificar la diversidad, integridad yaprovechamiento de los recursos naturales, con el fin de conservarlos, para garantizarel desarrollo sostenible. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto-Ley 2811 de 1974, seconsideran factores que deterioran el ambiente, entre otros, la contaminación del aire,de las aguas, del suelo y de los demás recursos naturales renovables, así como laacumulación o disposición inadecuada de residuos, basuras, desechos y desperdicios.

Que la misma norma establece en su artículo 38 que por razón del volumen o de lacantidad de los residuos o desechos, se podrá imponer a quien los produce la obligaciónde recolectarlos, tratarlos o disponer de ellos, señalándole los medios para cada caso. Que el artículo 1 del Decreto — Ley 3570 del 2011, establece que el Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible es el rector de la gestión del ambiente y de losrecursos naturales renovables, encargado de orientar y regular el ordenamientoambiental del territorio y de definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán larecuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamientosostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente de la nación, a fin deasegurar el desarrollo sostenible, sin perjuicio de las funciones asignadas a otrossectores. Que de acuerdo con los resultados del análisis de impacto normativo realizado duranteel año 2015 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con el apoyo deexpertos de la OCDE, del total de los residuos generados, del orden del 30% yResolución No. 1 4 | del 6 : Hoja No. 2 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” corresponden a residuos principalmente de papel, cartón, vidrio, plástico y metal, de loscuales una porción significativa corresponde a envases y empaques. Por sus

características generales de baja biodegradabilidad, estos residuos mal gestionados,contribuyen a la contaminación de suelo y el agua. Así mismo, disminuyen la vida útilde los rellenos sanitarios. Que la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, CONPES 3874de 2016, busca a través de la gestión integral de residuos sólidos aportar a la transiciónde un modelo lineal hacia una economía circular donde, haciendo uso de la jerarquíaen la gestión de los residuos, se prevenga la generación de residuos y se optimice eluso de los recursos para que los productos permanezcan el mayor tiempo posible en elciclo económico y se aproveche al máximo su materia prima y potencial energético. Asímismo, esta política, centra una de sus estrategias en el diseño de instrumentos quepromuevan la gestión integral de residuos, a través de la internalización de impactosambientales y a la salud para corrientes priorizadas de residuos y de la implementaciónde esquemas de responsabilidad extendida del productor, entre los cuales secontempla la gestión responsable de envases y empaques En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: CAPITULO | Objeto, ámbito de aplicación y definiciones Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto reglamentar la gestiónambiental de residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y metal.

De conformidad con este objetivo, se establece a los productores la obligación deformular, implementar y mantener actualizado un Plan de Gestión Ambiental deResiduos de Envases y Empaques, que fomente el aprovechamiento. Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica en todo el territorionacional a los residuos de envases y empaques de ventas primarios, secundarios o deúnico uso, entendidos como todo recipiente, embalaje o envoltura de papel, cartón,plástico, vidrio y metal, nacionales o importados, puestos en el mercado nacional y que están concebidos para constituir una unidad de venta al consumidor final. Parágrafo 1. Se excluyen del ámbito de aplicación de esta norma: - Aquellos envases y empaques que correspondan a residuos peligrosos, segúnlo establecido en la normatividad vigente. - Residuos de envases y empaques de madera y fibras textiles o naturales,distintas a papel y cartón.- Empaques y envases primarios de fármacos y medicamentos. Parágrafo 2. La presente norma aplica sin perjuicio de las disposiciones vigentes sobreel servicio público domiciliario de aseo, que serán exigibles siempre que elaprovechamiento de los residuos de envases y empaques se desarrollen en el marco de este servicio.Resolución No. | 4 7 del 26 JUL 2018 Hoja No.3 “Por la cual se reglamenta la gestion ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, carton, plastico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones”

Artículo 3. Definiciones. Para efectos de la aplicación de la presente norma, seestablecen las siguientes definiciones: Aprovechamiento de residuos de envases y empaques: Proceso(s) mediante el(los)cual(es) los residuos de envases y empaques se recuperan, por medio de lareutilización el reciclaje, la valorización energética, y/o el coprocesamiento, con el finde incorporarlos al ciclo económico para la generación de beneficios sanitarios,ambientales, sociales o económicos.

Envase o empaque primario: Es aquel de primer nivel o interior, es decir, que seencuentra en contacto directo con el producto. Es la mínima unidad de empaque quese conserva desde la fabricación hasta el último eslabón de la cadena de comercialización, es decir el consumidor.

Envase o empaque de nivel medio — secundario. Es aquel diseñado para contenerun número determinado de envases y empaques primarios con el fin de dar protecciónadicional a las unidades de venta, de permitir una mejor manipulación o con finescomerciales. Mecanismos equivalentes de recolección de envases y empaques: Procedimientosalternos que pueden emplearse para la devolución de residuos de envases o empaquespara su posterior traslado a centros de acopio y/o aprovechamiento, por ejemplo,brigadas de limpieza o campañas periódicas de recolección desde la fuente degeneración.

Productor: Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada, incluidas las ventas a distancia o por medios electrónicos:

a) Fabrique, ensamble o re manufacture bienes para su comercialización en el territoriocolombiano, de su propia marca, siempre que se realice en ejercicio de actividadcomercial con destino al consumidor final y que estén contenidos en envases y/o empaques. b) Importe bienes para poner en el mercado nacional, con destino al consumidor finalcontenidos en envases y/o empaques.c) Ponga en el mercado como titular de la marca exhibida en los envases y/oempaques de los diferentes productos.d) Ponga en el mercado envases y/o empaques diseñados para ser usados por una sola vez. CAPITULO II De los Planes de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques Artículo 4. Planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques.Todos los productores en el territorio nacional deberán formular y presentar ante laAutoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, implementar y mantenerYResolución No. Hoja No. 4 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” actualizado un plan individual o colectivo de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. Artículo 5. Del plan colectivo de gestión ambiental de residuos de envases yempaques. Los productores podrán optar por un plan colectivo de gestión ambientalde residuos de envases y empaques, mediante alguna de las siguientes alternativas: a) Si se trata de una Persona jurídica constituida con el objeto de garantizar elcumplimiento de las obligaciones que se derivan del plan de gestión ambiental deresiduos de envases y empaques, la comunicación mediante la cual se radique elPlan, debe ser suscrita por el representante legal de dicha persona jurídica.

b) Si se trata de Acuerdos entre los productores interesados en ejecutar el plancolectivo de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, todos losintegrantes del Plan deben obligarse directamente con su firma y señalar en eldocumento de formalización de dicho acuerdo su responsabilidad en la ejecucióndel Plan. Así mismo, la comunicación mediante la cual se radique el plan ante laANLA, debe ser suscrita por cada uno de los productores y designar un vocero orepresentante para efectos de los trámites administrativos correspondientes. Parágrafo. Cuando se opte por la alternativa a), los miembros de la persona jurídicadeberán manifestar en el texto de la comunicación mediante la cual se radique elPlan ante la ANLA, su voluntad de obligarse solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo Plan. Artículo 6. Contenido del plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. Los planes individuales o colectivos de gestión de residuos de envases y empaques deberán contener como mínimo, la siguiente información: a) Identificación, domicilio, nacionalidad y NIT del productor o del grupo de productoresque hagan parte del plan, según aplique.b) Identificación y domicilio del (los) operador(es) o administrador(es) del plan, cuandoa ello haya lugar. c) Identificación de los actores que forman parte del plan, de la forma en queparticiparán en el mismo y de sus responsabilidades.

d) Estructura administrativa y técnica definida para la implementación del plan,incluyendo todas las personas que formen parte del plan de gestión ambiental de envases y empaques:

  • Organigrama, funciones y responsabilidades.- Identificación y domicilio de las personas naturales o jurídicas seleccionadaspara realizar la recolección, almacenamiento y aprovechamiento, anexandocopia de los respectivos permisos, concesiones y demás autorizacionesambientales cuando a ello hubiere lugar.e) Número de personas naturales o jurídicas involucradas en la clasificación,almacenamiento y aprovechamiento de residuos de envases y empaques por tipode material y municipio en el cual se realiza la gestión.f) Determinación de la línea base de materiales puestos en el mercado:- Peso total global en toneladas de materiales de envases y empaques puestosen el mercado.Resolución No. a del 26 JUL 2018 Hoja No.5

e “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” Para los envases y empaques multimateriales, primará para el reporte, elmaterial con mayor porcentaje en la composición total del mismo cuando estematerial supere el 70% del peso total del envase o empaque, de lo contrariodeberá reportar todos los materiales.Peso total en toneladas de empaques y envases puestos en el mercado,discriminado por tipo de envases y empaques: papel, cartón, vidrio, plásticos ymetal.Cuando se trate de un plan colectivo, se deben reportar el peso total en toneladaspuestas en el mercado para el conjunto, y discriminar por tipo de material deenvases y empaques puestos en el mercadog) Meta a cumplir de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la presenteResolución.h) Descripción general de las características y del funcionamiento técnico, logístico yoperativo del plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques.Descripción y localización de puntos de recolección a que hubiere lugar y de los sitios de almacenamiento y los sitios de aprovechamiento por cada tipo de residuo. Capacidad de las empresas transformadoras que realizan el aprovechamiento de residuos de envases y empaques, por categoría de material.Descripción detallada de las estrategias que se van a utilizar para realizar lagestión ambiental de los residuos de envases y empaques.Descripción y localización de los mecanismos de recolección equivalentes deresiduos de envases y empaques.Cobertura geográfica, identificando las entidades territoriales en los cuales opera.

opera. Programas de sensibilización y cultura ciudadana al consumidor para laseparación en la fuente e impactos ambientales.Mecanismos de financiación y costos de implementación.Mecanismos de seguimiento y verificación de la información y datos de quetratan los numerales anteriores, con indicadores y responsables dentro delorganigrama.i) Inversión en investigación aplicada y desarrollo experimental para la innovación y elecodiseño.j) La información adicional que se considere necesaria para su mejor implementación. Parágrafo. El Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques, deberápresentarse diligenciando el Anexo II que forma parte integral de la presente resolución. Artículo 7. Informes de avance. Para efectos del seguimiento, los productorespresentarán informes anuales de avance del cumplimiento del Plan de GestiónAmbiental de Residuos de Envases y Empaques diligenciando el anexo III que formaparte integral de la presente resolución. Dichos informes se radicarán a través de laVentanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea VITAL de la Autoridad Nacionalde Licencias Ambientales - ANLA, o la entidad que haga sus veces. Parágrafo. Los informes de avance corresponderán al período comprendido entre el 1de enero al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.Resolución No. 4 A (\ Ta s Hoja No.6=> } “Por la cual se reglamenta la gestion ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, carton, plastico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones”

Artículo 8. Fechas de presentación del plan y del informe de avance. Las fechaslímites de presentación del plan de gestión ambiental de residuos de envases yempaquesy del primer informe anual de avances, son las siguientes: Los productores existentes al 31 de diciembre de 2017 presentarán el Plan de GestiónAmbiental de residuos de envases y empaques a más tardar el 31 de diciembre de2020. Los productores creados a partir del 01 de enero de 2018 en adelante, presentarán elPlan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques a más tardar el 31 dediciembre del año siguiente al primer periodo fiscal de operación contado desde el 1 deenero hasta 31 de diciembre. En todos los casos la fecha límite para presentar el informe de avance será el 30 deabril del año siguiente al periodo de evaluación del plan. El año base en el que sedetermina la cantidad en toneladas de envases y empaques puestos en el mercadopara la fijación de las metas cuantitativas, será el tercer año anterior al periodo deevaluación de que trata el artículo siguiente Artículo 9. Metas. Los productores deberán dar cumplimiento a las siguientes metas: a) Metas cuantitativas: Los productores deberán cumplir la meta deaprovechamiento de residuos de envases y empaques con respecto al peso totalde envases y empaques puestos por ellos en el mercado en el año base, en losporcentajes establecidos en tabla 1 de la presente Resolución.

Tabla. 1 Metas de aprovechamiento de residuos de envases y empaques enporcentajeMeta deaprovechamientoPeriodo de Incremento éevaluacion anual delresiduoside |Año (% meta) Onvasesiyempaques al (%) |[ 2021 10% 10. | | 2022 _ 2% 12| 2023 2% 142024 2% 162025 2% | 182026 2% | 202027 2% 22. |2028 2% L 24| 2029 3% 27 |2030 3% 30Tabla 2. Formula para el calculo de la meta de aprovechamiento de residuos de envases y empaques | Nombre de la meta Metodología de calculoLa meta de QMA |aprovechamiento de % AREE = QMPMresiduos de envases y | Donde:empaques de la Tabla 1Resolución No. eT , del 26 JUL 2018 Hoja No. 7 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” Nombre de la meta Metodología de calculo |se calcula como el | %AREE = Porcentaje de“Porcentaje alcanzado | aprovechamiento de residuos de envasesde aprovechamiento de | y empaques.residuos de envases y|QMA = Peso Total de residuoempaques” (%AREE) aprovechado en el año de evaluación, entoneladas.QMPM = Peso Total de envases yempaques puesto en el mercado en elaño base, en toneladas.

En el caso de superar la meta anual establecida en la Tabla 1 de la presente resolución,el excedente de toneladas aprovechadas de materiales de envases y empaques,podrán sumar a la meta de cumplimento únicamente para el siguiente año deevaluación. A partir del año 2022, los productores con cobertura nacional, deberán ampliar lacobertura de los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques alArchipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.A partir del 2023, los productores con cobertura nacional, deberán ampliar la coberturade los planes de gestión ambiental de manera gradual y permanente a las siguientesciudades: 2023 Cúcuta, 2024 Pasto, 2025 Riohacha, 2026 Florencia, 2027 Yopal y 2028Quibdó. Artículo 10. Metodología multicriterio de evaluación del cumplimiento del plan degestión ambiental de residuos de envases y empaques. La metodología multicriteriose aplicará únicamente para planes colectivos de gestión ambiental de residuos deenvases y empaques conforme a lo dispuesto en el presente artículo.Tabla 3. Metodología multicriterio de evaluación del cumplimiento del plan de gestiónambiental de residuos de envases y empaques Criterio de | Peso| seguimiento y Descripcion y calculo del criterio ponderadocontrol | del criterio(puntos)1. Meta de | Se aplicara el puntaje de este criterio como se 100aprovechamiento| indica a continuación:de residuos de 1. Cumplimiento del criterio (valor mayoroenvases y igual al 100%) = 100.

empaques en 2. Valor menor al 100% se calculará deporcentaje forma proporcional de acuerdo con lasiguiente fórmula: % ra) iTOTAL PUNTOS=9 se ( %METADonde:% alcanzado = %AREE calculado según la| fórmula establecida en la Tabla 2 del artículo 9| % meta: es el valor de porcentaje especificadoen la Tabla 1 del artículo 9.En todo caso, el puntaje obtenido no podrá ser| inferior a 70 puntos. | ©)Resolución No. 291 Hoja No. 8 A “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” | Criterioseguimientocontrol Peso |ponderado del criterio(puntos) de |y Descripción y cálculo del criterio

2. Coberturageográfica | Se asignará el puntaje para este criterio como || se indica a continuación: | ||. 6 puntos para planes colectivos degestión ambiental de residuos deenvases y empaques colectivos quecubran las principales ciudades del país(Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla,Cartagena y Bucaramanga).

Il. 6 puntos para planes colectivos de gestión ambiental de residuos deenvases y empaques que cubran el totalde municipios de categoría 1 y 2. lll. 8 puntos para planes de gestión| ambiental de residuos de envases yempaques colectivos que tengancobertura en el total de los municipiosde colectivos categoría 3, 4 y 5.

IV. 10 puntos para los planes colectivos de |gestión ambiental de residuos deenvases y empaques colectivos queextiendan su cobertura por lo menos al40% de los municipios categoría 6.

Para los numerales II), Ill) y IV) se asignaránpuntajes menores a los establecidos, de forma proporcional al número de municipios concobertura como se muestra en la siguienteformula: | puntos co = (E) (eu) |NM; NM;2 ( 10 a) 0.4 NMiy| Donde: CG: Es cobertura geográficaMC: Es número de municipios cubiertosNM: Es el número total de municipios correspondiente a las agrupaciones del ítemI, Illy IV

3. Inversioninvestigacionen | Determina la cantidad de recursos de inversión 25_| dirigidos a:Resolución No. eel 26 JUL 2018 Hoja No. 9 ye “Por la cual se reglamenta la gestion ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” Criterio de [Besoseguimiento y Descripción y cálculo del criterio | ponderadodel criteriocontrol |(puntos)aplicada ydesarrollo 1. La utilización de materiales industrialmenteexperimental reciclables o compostables. |para la | 2. La incorporación de materiales procedentesinnovación y el de recursos naturales renovables.ecodiseño 3. La reducción de la cantidad en peso dematerial de envase y empaque puesto en elmercado.4. Los cambios a envases y empaquesmonomateriales reciclables (o)compostables.5. Otras condiciones que demuestren unbeneficio ambiental medible y verificable.

El cálculo del puntaje para este criterio serealizará con base en la siguiente fórmula: l= RII/ CT.| Dónde: Il: Inversión en innovación y ecodiseño en|porcentaje.

Ril: Recursos invertidos en innovación yecodiseño en pesos colombianos.

CT: Costo total del plan de gestión ambientalde residuos de envases y empaques. Se asignará puntaje para aquellas inversionesanuales mayores al 10% del costo total deinversión anual de la implementación del plan| de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. |

4. Programas de | a) Determina los recursos financieros | 10sensibilización, | invertidos por el plan colectivo en mecanismos |cultura de comunicación a los consumidores |ciudadana y | relacionados con la gestión ambiental de losmecanismos de | residuos de envases y empaques |comunicación |hacia la gestión |Se calcula como porcentaje de inversiónambiental de | respecto al costo total del plan de gestiónresiduos de | ambiental de residuos de envases y |envases y | empaques, de la siguiente manera:empaques y el|IMC = RICICTconsumo Donde: |sostenible AAA oResolución No. 1 YA () 1 del e juL 20% Hoja No. 10 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” Criteri d PesoHteno, e a P Sait ponderadoseguimiento y Descripción y cálculo del criterio del'criteriocontrol (puntos)

IMC: Porcentaje de inversión anual en pesos |en mecanismos de comunicación relacionadoscon la gestión de los empaques y envases.

RIC: Recursos anuales en pesos invertidos encomunicaciones relacionados con la gestión delos empaques y envases.

CT: Costo total en pesos invertidos en la| implementación del plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. Se asignará puntaje para aquellas inversiones anuales iguales o mayores al 10% del costototal de inversión anual de la implementacióndel plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. b) Programas de comunicación y cultura ciudadana que demuestren impacto alconsumidor a través de mecanismos demedición sustentados estadísticamente,con muestras representativas de análisis. Las opciones a y b. son excluyentes. Entendiéndose como investigación aplicada la que “consiste también en trabajosoriginales realizados para adquirir nuevos conocimientos; sin embargo, está dirigidafundamentalmente hacia un objetivo práctico específico”, (Conpes 3874 de 2015). Entendiéndose como desarrollo experimental el que “consiste en trabajossistemáticos que aprovechan los conocimientos existentes obtenidos de lainvestigación o la experiencia práctica, y está dirigido a la producción de nuevosmateriales, productos o dispositivos; a la puesta en marcha de nuevos procesos,sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los ya existentes”, (Conpes 3874 de2015). Parágrafo 1. El puntaje total mínimo para lograr el cumplimiento, luego de realizar laevaluación multicriterio será de 110 puntos, obtenidos a partir de la sumatoria de losvalores alcanzados en cada uno de los “criterios de evaluación”, en números enteros.No se podrá aplicar la evaluación multicriterio para porcentajes de aprovechamiento

menores al 75% de la meta cuantitativa. Parágrafo 2. Para todos los criterios, el resultado con decimales se aproximará alnúmero entero superior cuando el decimal sea igual o superior a 0,5 o al número enteroinferior cuando el decimal sea menor a 0,5. Parágrafo 3. Para efectos de la verificación de la información, el productor deberá aportar, con el informe anual de avance, todos los soportes documentales y contablesque acrediten el cumplimiento de cada uno de los criterios de seguimiento y controlResolución No. | i del 26 JUL 2018 Hoja No. 11 5 “Por la cual se reglamenta la gestion ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” establecidos en este artículo en el respectivo Informe de Avance. El Informe y los respectivos soportes deben estar suscritos por el representante legal o el revisor fiscal. Parágrafo 4. Los materiales aprovechados de residuos de envases y empaques ydebidamente certificados a través de proyectos piloto realizados durante el año 2020 serán considerados como parte del cumplimiento de la meta cuantitativa anual deaprovechamiento de residuos de envases y empaques correspondiente al año 2021,según lo establecido en las tablas 1 y 2 del artículo 9 de la presente resolución. Para laaplicación de las metas, será necesario que el proyecto piloto se haya radicado ante laANLA antes del 31 de diciembre de 2019, identificando el (los) productor (es)responsables de la implementación.

Parágrafo. 5. Para el seguimiento y control del criterio No.3, cuando sea expresamentesolicitado por el productor, la información que tenga reserva de ley. La autoridadencargada de la verificación velará por la protección de esta información, no podrádivulgarla y será responsable por su correcta utilización. CAPITULO lll De las Obligaciones Artículo 11. Obligaciones del productor. El productor deberá cumplir con lassiguientes obligaciones: a) Formular, implementar y mantener actualizados los planes de gestión ambiental deresiduos de envases y empaques. b) Presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA, el plan degestión ambiental de residuos de envases y empaques, así como los informes deavance anual en los términos establecidos en la presente resolución. c) Definir, desarrollar y liderar los proyectos, acuerdos, alianzas o conveniosnecesarios con actores, que permitan el avance en la gestión ambiental de residuosde envases y empaques y el cumplimiento de las metas establecidas en la presenteresolución. d) Promover alianzas con las estaciones de clasificación y aprovechamiento existentesen los municipios, empresas transformadoras, gestores y demás actoresrelacionados con las cadenas de valor de reciclaje. e) Promover la incorporación de los lineamientos de economía circular, en lapriorización de alternativas de aprovechamiento de los residuos de envases y empaques. f) Apoyar al fabricante en la innovación y el eco-diseño para la fabricación de envasesy empaques con características de sostenibilidad. Artículo 12. Obligaciones del comercializador. Toda persona natural o jurídica quecomercialice y/o distribuya, al por mayor o al detal, productos o bienes envasados oempacados, en cualquiera de las fases de comercialización, incluyendo las ventas adistancia o por medios electrónicos, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

/Resolución No. 1 Hoja No. 12 “Por la cual se reglamenta la gestión ambiental de los residuos de envases y empaquesde papel, cartón, plástico, vidrio, metal y se toman otras determinaciones” a) Apoyar a productores en la implementación de los planes de gestión ambiental deresiduos de envases y empaques de los productores presentados ante la ANLA. b) Gestionar de forma conjunta con el productor, los espacios necesarios para laejecución de los planes de gestión ambiental de residuos de envases y empaques. c) Diseñar e implementar estrategias para recibir los residuos de envases y empaquesque los consumidores entreguen. d) Entregar al respectivo plan(es) de gestión ambiental de residuos de envases yempaques, todos aquellos residuos recibidos de los consumidores. e) Suministrar la información a los consumidores sobre los parámetros para unacorrecta devolución de los residuos de envases y empaques, promoviendo laseparación en la fuente. f) Informar a los consumidores, sobre los mecanismos de devolución y retorno de losresiduos de envases y empaques. 9) Apoyar los productores con planes de gestión ambiental de envases y empaquesdebidamente presentados a la ANLA en lo relativo al diseño e implementación deprogramas de sensibilización, cultura ciudadana al consumidor para la separaciónen la fuente. Artículo 13. Obligaciones de los fabricantes e importadores de envases yempaques. Toda persona que fabrique, importe envases y empaques o provea materias primas para la fabricación de envases y empaques, con fines de

comercialización, deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Apoyar y participar en el desarrollo de los planes de gestión ambiental de residuosde envases y empaques a solicitud del productor. b) Apoyar a los productores en materia de investigación aplicada y desarrollo experimental para la innovación y el ecodiseño de envases y empaques. c) Contribuir al diseño e implementación de programas de sensibilización, culturaciudadana y capacitación al consumidor para la separación en la fuente e impactosambientales que se establezcan en los Planes de Gestión Ambiental de Residuosde Envases y Empaques. Artículo 14. Obligaciones de los gestores de residuos de envases y empaques. Toda persona natural o jurídica, que realice la recolección, clasificación y pesaje de losresiduos de envases y empaques, deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Publicar los criterios y estándares de calidad para el aprovechamie

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