INS - Resolución 1629 de 2015
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 1629 de 2015
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
RESOLUCION NÚMERO 162382015
“Por la cual se adopta la política de seguridad de la información en el Instituto Nacional de Salud y se dictanotras disposiciones”LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUDEn uso de sus facultades legales y estatutarias contempladas en el artículo 5 del Decreto 2774 de 2012 yCONSIDERANDO:Que la Ley 1341 de 2009 “por la cual se definen principios y conceptos sobre la seguridad de la información y laorganización de las tecnologías de la información y las comunicaciones —TIC-se crea la agencia nacional deespectro y se dictan otras disposiciones”, señala en su artículo 2%, como principios orientadores y aspectosfundamentales para la promoción de la libre competencia y el comercio electrónico, lo siguiente: la protección a -los derechos de los usuarios de las TIC, el acceso y uso de las TIC, la garantía de los derechos de los ciudadanosy la masificación del Gobierno en Línea.Que el Decreto 1078 de 2015 en el artículo 2.2.9.1.1.1. establece como objeto “Definir los lineamientos,instrumentos y plazos de la estrategia de Gobierno en línea para garantizar el máximo aprovechamiento de lasTecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de contribuir con la construcción de un Estadoabierto, más eficiente, más transparente y más participativo y que preste mejores servicios con la colaboración detoda la sociedad”.Que el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información expedido por el Gobierno Nacional y revisado el 3 demarzo de 2015, tiene como objetivos “a) Contribuir al incremento de la transparencia en la gestión pública. b) Darlineamiento para la implementación de la gestión de la
seguridad y privacidad de la información, en las entidadesdel estado. c) Promover el uso de mejores prácticas de seguridad de la información, para ser la base de aplicacióndel concepto de ciberseguridad en la entidad. d) Alinear el marco de referencia de arquitectura empresarial conlos principios de seguridad y privacidad de la información.”Que el Ministerio de Tecnología de Información y Comunicaciones emitió la guía para la implementación de lapolítica de seguridad y privacidad de la Información, cuyo propósito es ofrecer un lineamiento de recomendacionespara la construcción e implementación de políticas de seguridad y privacidad de información para las entidadespúblicas, como parte del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información de la estrategia de Gobierno enLínea, según lo establecido en el Decreto 2573 de 2014 recopilado a través del Decreto 1078 de 2015.Que mediante el Decreto 1081 de 2015 se expidió “el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de laRepública” cuyas disposiciones son aplicables al INS. :Que teniendo en cuenta lo anterior, la Política de Seguridad y Privacidad de la Información es la declaracióngeneral que representa la posición de la administración del INSTITUTO NACIONAL DE SALUD con respecto a laprotección de los activos de información según lo establecido en la “Guía de Clasificación de Activos deInformación” relacionado en la versión 3 del “Modelo de Seguridad y privacidad de la Información” del 3 de Marzode 2015 y que soportan los procesos de la Entidad y apoyan la implementación, mantenimiento y mejora delSistema de Gestión de Seguridad de la Información, por medio de la generación y publicación de
sus políticas,procedimientos e instructivos, así como de la asignación de responsabilidades generales y específicas para lagestión de la seguridad de la información.Que como consecuencia de lo anterior, este DespachoRESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- Adopción y objeto. Adóptese la política de seguridad de la información para el InstitutoNacional de Salud establecida por el Gobierno Nacional, cuyo objeto es asegurar la información como activofundamental para la prestación de sus servicios y la toma de decisiones; razón por la cual existe un compromisoexpreso de protección de sus propiedades más significativas como parte de una estrategia orientada a lacontinuidad del negocio, la administración de riesgos y la consolidación de una cultura de seguridad, que haceparte del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información de la estrategia de Gobierno en Línea, según loestablecido en el Decreto 2573 del 12 de diciembre de 2014.RESOLUCIÓN NÚMERO 1629 - DE >” HOJA No 2
“Por la cual se adopta la política de seguridad de la información en el Instituto Nacional de Saludy se dictan otras disposiciones”
PARAGRAFO: El Instituto Nacional'de Salud, para asegurar la dirección estratégica de la Entidad, establece lacompatibilidad de la política de seguridad de la información y los objetivos de seguridad de la información, estosúltimos correspondientes a:a) Gestionar el riesgo de los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación de la entidad.b) Cumplir con los principios de seguridad de la información: Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad.% CONFIDENCIALIDAD: la información debe ser accesible sólo a aquellas personas autorizadas.< INTEGRIDAD: la información y sus métodos de procesamiento deben ser completos y exactos.< DISPONIBILIDAD: la información y los servicios deben estar disponible cuando se le requiera.Cc) Mantener la confianza de los funcionarios, contratistas y terceros.d) Mantener y Mejorar el sistema de gestión de seguridad de la información, cumpliendo con el ciclo PHVAe) Proteger los activos de información.f) Establecer las políticas, procedimientos e instructivos en materia de seguridad de la información.g) Fortalecer la cultura de seguridad de la información en los funcionarios, terceros, aprendices, practicantes yclientes del INS,h) Garantizar la continuidad del negocio frente a incidentes.ARTÍCULO SEGUNDO.- Alcance. Esta política aplica a todo el Instituto Nacional de Salud, sus funcionarios,. contratistas, terceros, colaboradores y ciudadanía en general, así como a todos los activos de información,servicios, procesos, las tecnologías de información incluida el hardware y el software, instalaciones imagenperceptual y demás herramientas utilizadas por la Organización en el ejercicio de sus funciones.ARTÍCULO TERCERO.- Nivel de Cumplimiento: Todas las personas incluidas en artículo anterior deberáncumplir
la política de manera obligatoria, en su totalidad, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.ARTÍCULO CUARTO.- Definición Política General de la Seguridad de la Información. Para el InstitutoNacional de Salud como AutoridadCientífico Técnica generadora de conocimiento, es de vital importanciasalvaguardar la información obtenida de sus diversas actividades misionales, estratégicas y de evaluación, la cuales usada como herramienta para la toma de decisiones, la emisión de lineamientos, la ejecución de actividades yla prevención de riesgos relacionados con la salud pública, de acuerdo con nuestras funciones y competencias,en el marco Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y las políticas de Estado.ARTÍCULO QUINTO.- Definición de las Políticas de la Seguridad de la Información que soportan el SGSI.Las políticas de Seguridad de la Información establecidas por el INS son:1. La entidad ha decidido definir, implementar, operar y mejorar de forma continua un Sistema de Gestiónde Seguridad de la Información, soportado en lineamientos claros alineados a las necesidades delnegocio, y a los requerimientos regulatorios que le aplican a su naturaleza. De igual manera lasresponsabilidades frente a la seguridad de la información serán definidas, compartidas, publicadas yaceptadas por cada uno de los empleados, contratistas o terceros.2. Laentidad protegerá la información generada, procesada o resguardada por los procesos estratégicos,misionales, de apoyo y de evaluación, y garantizara su fiabilidad, integridad y disponibilidad por mediode la infraestructura tecnológica y los procesos y herramientas utilizadas, so pena de las sanciones queimplican su incumplimiento.3.
La entidad protegerá la información creada, procesada, transmitida o resguardada por sus procesos denegocio, con el fin de minimizar impactos financieros, operativos o legales debido a un uso incorrecto deesta. Para ello es fundamental la aplicación de controles de acuerdo con la clasificación de la informaciónde su propiedad o en custodia.4. La entidad limitará el acceso a los activos de información dependiendo de su clasificación según loestablecido en el marco de la normatividad.5. Laentidad protegerá las instalaciones físicas para controlar el acceso de personas no autorizadas a lasáreas restringidas, con el fin de resguardar la información que se encuentra en ellas.6. Laentidad controlará la operación de sus procesos de negocio garantizando la seguridad de los recursostecnológicos y las redes de datos.7. La entidad garantizará el mantenimiento y seguridad de su infraestructura en donde se almacenen losSistemas de Información para garantizar su ciclo de vida y los pilares de la seguridad de la información.8. Laentidad realizará evaluaciones a sus procedimientos, controles e infraestructura con el fin de detectardebilidades y riesgos asociados a la planta física en pro de una mejora efectiva en su modelo deseguridad.9. La entidad protegerá los datos personales recolectados en ejercicio de sus actividades como AutoridadCientífico y Técnica del orden nacional, en el marco de nuestras competencias y de acuerdo con la Ley1581 de 2012 y la Ley 1755 de 2015 o las normas que la modifiquen o adicionen.
yan}ee z , Ú YU dlRESOLUCIÓN NÚMERO 1629.,. DE 39° HOJA No 3 “Por la cual se adopta la política de seguridad de la información en el Instituto Nacional de Saludy se dictan otras disposiciones”
10. La entidad preservará la información a la que tienen acceso los funcionaros, contratistas y colaboradoresdel Instituto Nacional de Salud y en consecuencia, incluirá cláusulas en los contratos o convenios, osuscribirá los actos jurídicos necesarios para la protección de la información de acuerdo con loslineamientos dados por la Oficina Asesora Juridica y el Comité de Propiedad Intelectual.11. La entidad velará por la concientización de los funcionarios, contratistas y terceros con respecto a laimportancia y el cumplimiento de los lineamientos definidos a través del presente acto administrativo.12. La entidad informará a los terceros sobre la presente política de Seguridad de la Información y velarápor su observancia en todos los actos jurídicos que suscriban con la Organización o en los trámites querealicen frente a la misma de acuerdo con nuestras funciones.13. La entidad implementará los controles necesarios para dar manejo a los riesgos detectados y proveerá -un nivel de protección de la información apropiado y consistente.14. La entidad administrará controles físicos y lógicos para preservar y mantener seguras las áreas físicasy lógicas clasificadas como públicas y restringidas que sean utilizadas para la gestión, almacenamientoy procesamiento de la información.15. Se garantizará que el INS cuente con mecanismos de control de acceso tales como puertas de seguridaddonde se requieran, sistemas de alarmas, control biométricos, sistemas de detección y extinción deincendios, control de inundaciones, alarmas para detectar irregularidades en el desarrollo de lasactividades, apartar líquidos inflamables y demás medidas que se deban tomar para la protección de lainformación de la Entidad.16. Las puertas de
las oficinas y diferentes áreas de la entidad deben permanecer cerradas y aseguradascuando las mismas se encuentren desatendidas o sin personal de la entidad dentro de ellas.17. La entidad otorgará claves de acceso los sistemas de información, equipos de cómputo, alarmas, cajasfuertes entre otros únicamente a personal autorizado, salvo las situaciones de emergencia que se puedanpresentar.18. Se restringirá el acceso a los funcionarios de la Entidad, contratistas, colaboradores o terceros, sólo aáreas a las cuales tengan la debida autorización.19. Se deberán custodiar en todo momento y sin excepción a todos los visitantes que ingresen a la Entidad,durante su permanencia en las instalaciones del INS.20. Los funcionarios, contratistas o colaboradores son responsables por la seguridad de la información delos equipos de cómputo que salgan de la institución, lo cual se realizar únicamente con autorización delJefe inmediato.21. La documentación física generada, recibida y en general, manipulada por los funcionarios deberá serutilizada únicamente para el ejercicio de las responsabilidades de la Entidad de acuerdo con las funcionesdel servidor público o actividades que realice el contratista o tercero, so pena del inicio de las acciones a 'que haya lugar, en concordancia con la normatividad.22. La entidad tomará las medidas a que haya lugar, una vez se tenga conocimiento de incidentes deseguridad o violación a las medidas que han sido tomadas para garantizar la seguridad de la información.23. La entidad bloqueará el acceso a las páginas de contenido para adultos, mensajería Instantánea y demáspáginas que no sean de uso corporativo mediante el uso de servidor proxy, firewall o el softwareinstitucional.24. La entidad definirá y divulgará
el procedimiento para la realización copias de seguridad de la Informacióny velará por su archivo y custodia de acuerdo con la normatividad.25. La entidad realizará de manera periódica pruebas de funcionamiento de las copias de seguridad paragarantizar su correcta recuperación en el caso de ser necesario.26. La oficina de TIC es la única Dependencia autorizada para instalar o desinstalar software o programasde cómputo los cuales en todo caso contarán con las licencias de uso respectivas. Los funcionarios dela entidad no podrá instalar ningún programa sin la autorización respectiva y de acuerdo con susfunciones.27. La entidad tomará las demás medidas a que haya lugar, en desarrollo y estandarización de la presentepolítica de Seguridad de la Información.ARTICULO SEXTO. Responsables. El Responsable Institucional de la implementación, aplicación, seguimientoy demás actividades derivadas para la estandarización de la presente Política, es el Jefe de la Oficina deTecnologías de Información y Comunicaciones, o quien haga sus veces, sin perjuicio de las funciones del ComitéInstitucional de Desarrollo Administrativo.ARTICULO SEPTIMO. Se entienden incorporadas al presente acto administrativo y por lo tanto, hacen parteintegral del mismo, la resolución No 1607 de 2014 “Por la cual se adopta el Reglamento de Propiedad Intelectual -del Instituto Nacional de Salud-INS, la política para la protección de datos personales establecida en la leyestatutaria No 1581 de 2012 y se dictan otras disposiciones” junto con sus respectivos anexos, o el actoadministrativo que los sustituya modifique o adicione.PARAGRAFO: De acuerdo con lo dispuesto en el presente artículo, la politica de Seguridad de la Información sehace extensiva a los aspectos contenidos en los Anexos No 2° y 3° de lo Resolución 1607 de 2014 y demasdisposiciones que la complementen, sustituyan o adicionen.RESOLUCIÓN NÚMERO 10230 DE Y HOJA No 4
“Por la cual se adopta la política de seguridad de la información en el Instituto Nacional de Saludy se dictan otras disposiciones” ARTICULO OCTAVO. La Oficina de Control Interno verificará el cumplimiento de las políticas establecidas en elartículo 5%, de acuerdo con sus funciones a partir de la firma y divulgación de éste documento y realizará elseguimiento correspondiente al Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.ARTICULO NOVENO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposicionesque le sean contrarias.Dada en Bogotá D.C., a los COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE LA DIRECTORA GENERAL (E) MART A LUCIA OSPINA MARTINEZRevisó: Martha Gemma Gomez Lopez, Secretaria General (E)Angela Liliana Albarracin Cardenas, Jefe (E) Oficina Asesora Juridica.Luis Antonio Ayala, Coordinador Grupo dewDesarrollo eoElsa Marlen Baracaldo, Jefe Oficina Tic. Wa Adecuación Juridica: Anderson Alberto Lopez Pinill rocaProyecto: Isabel Martinez.