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INS - Resolución 1827 de 2022

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 1827 de 2022
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2022

8Libertad y Orden INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NÚMERO 152 /(27 DIC 209) ) "Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacionalde Salud" DE 2022 EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales y en especialmente las que le confiere el artículo 2 del Decreto 2774 de2012, artículo 9, numeral 13 el Decreto 4109 de 2011, el Decreto 2774 de 2012, en especial las que le confiere elartículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015 y las demás normas concordantes, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Salud - INS - es una entidad de naturaleza científica y técnica, con personería jurídica,autonomía administrativa y patrimonio propio creado por el Decreto 470 de 1968, con cambio de naturaleza medianteel Decreto 4109 del 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774 y 2775 del 28 de diciembre de 2012,adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, perteneciente al Sistema General de Seguridad Social en Saludy al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Que el Decreto 1083 de 2015 reglamenta este Sistema de Gestión y actualiza el Modelo Integrado de Planeación yGestión, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de gestión ycontrol al interior de los organismos y entidades del Estado.

Que el artículo 2.2.22.3.1 del Decreto 1083 de 2015 adopta la versión actualizada del Modelo Integrado dePlaneación y Gestión — MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con elSistema de Control Interno. Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar,hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigido a generarresultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, conintegridad y calidad en el servicio, en los términos del artículo 2.2.22.3.2. del Decreto 1083 de 2015. Que el Artículo 2.2.22.3.8 del citado Decreto dispone que cada una de las entidades integrará un Comité Institucionalde Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeacióny Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatoriospor mandato legal. Que el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno previsto en las leyes 87 de1993 y 489 de 1998 se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión—MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logrode resultados de las entidades.

Que en cumplimiento de las disposiciones legales enunciadas, el Instituto Nacional de Salud mediante Resolución0279 del 21 de febrero de 2018 creó y conformó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Que mediante Resolución 0718 de 10 de agosto de 2020 se modificó la Resolución 0279 del 21 de febrero de 2018,ajustando la conformación de los miembros, el termino y la forma para realizar las sesiones. yÑResolución número ,o 1827" Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud” de 97 DIC. 999 2022 Página2de6 Que se hace necesario actualizar todos los aspectos referentes a la puesta en funcionamiento del ComitéInstitucional de Gestión y Desempeño, acogiendo recomendaciones recibidas por la Oficina de Control Interno ypara optimizar la gestión administrativa del comité. Que con el fin de unificar en un solo acto administrativo los aspectos atinentes a la composición, regulación yfuncionamiento del comité de conciliación de la entidad, se estima conveniente adoptar una regulación única delreferido comité. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE: CAPITULO |DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°. Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño delInstituto Nacional de Salud se crea y constituye como instancia estratégica, donde se toman decisiones respecto dela operación de las políticas de gestión y desempeño contenidas en el Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG.

Parágrafo. Este comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo Integrado de Planeación yGestión — MIPG y que no sean obligatorios por mandato legal. Artículo 2°. Naturaleza del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión yDesempeño es un órgano rector, articulador y ejecutor, a nivel institucional, de las acciones y estrategias para lacorrecta implementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación yGestión - MIPG. CAPÍTULO 2Integración y funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño Artículo 3°. Integración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión yDesempeño del Instituto Nacional de Salud está integrado por: 1, Secretario (a) General, quien lo presidirá2. Asesor delegado por el (la) Director (a) General de la Entidad3. Jefe de la Oficina de Tecnologías de Información y las Comunicaciones4. Jefe de la Oficina Asesora Jurídica5. Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien actúa como secretario técnico.6. Coordinador (a) del Grupo Gestión Financiera7. Coordinador (a) del Grupo de Gestión del Talento Humano Parágrafo 1°: El Comité podrá invitar a sus sesiones, con carácter permanente u ocasional, a los servidores públicosque, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según los asuntos a tratar, estaspersonas tendrán voz, pero sin voto. La citación referida la efectuará el Secretario (a) Técnico (a) a través de lasconvocatorias a las sesiones.

Parágrafo 2°: El o la Jefe de la Oficina de Control Interno del INS será un invitado permanente del Comité y asistiráa las sesiones de este con voz y sin voto. Parágrafo 3°: El o la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien actúa como secretario técnico y miembroactivo del Comité tiene voz y voto. Parágrafo 4°: Al Comité podrán asistir delegados del nivel directivo o asesor, ==.Resolución número. 1827 de 27 DIC 20%b22 — Página 3 de 6 " Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud” Artículo 4°. Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. La secretaría técnica delComité Institucional de Gestión y Desempeño será ejercida por el jefe de la oficina de planeación o quien haga susveces. Artículo 5. Funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones del Comité Institucionalde Gestión y Desempeño, las siguientes:

1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadaspara la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG.2. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación,sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG.3. Proponer al Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en laimplementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.4. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y los organismos de control requieransobre la gestión y el desempeño de la entidad.5. Adelantary promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión.6. Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digitaly de la información.7. Aprobary hacer seguimiento a los planes, programas, proyectos, estrategias y herramientas necesarias para laimplementación interna de las políticas de gestión.8. Velar por la adopción, mejoras y permanente seguimiento por parte de los líderes de las políticas al ModeloIntegrado de Planeación y Gestión implementado por la entidad, con especial énfasis en las actividades de controlestablecidas en todos los niveles de la organización y estudiar y adoptar las mejoras propuestas por el ComitéInstitucional.9. Realizar la revisión periódica de temas que impacten la gestión el cumplimiento de los objetivos institucionales,como riesgos, indicadores, respuesta a PQRSD, entre otros.10.Recomendar

y aprobar temas relacionados con los comités que tengan relación con el Modelo y que no seanobligatorios por mandato legal, estos son los concernientes al archivo, racionalización de trámites, capacitación y/oformación para el trabajo, incentivos, estímulos, gobierno en línea.11.Socializar las decisiones generadas en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño al Comité Institucionalde Coordinación de Control Interno e presentar recomendaciones en relación con las políticas de gestión ydesempeño que puedan generar cambios o ajustes a la estructura de control de la entidad.12. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisis de temas relacionados con políticas degestión y desempeño, buenas prácticas, herramientas, metodologías u otros temas de interés para fortalecer lagestión y el desempeño institucional y así lograr el adecuado desarrollo de sus funciones.13.Las demás asignadas por el Representante Legal del INS que tengan relación directa con la implementación,desarrollo y evaluación del Modelo.

Artículo 6°. Funciones del presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Son funciones delPresidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del INS, las siguientes:

1. Promover las citaciones del comité, presidir, instalar y dirigir las reuniones correspondientes.2. Representar al comité cuando se requiera ante el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, Comité Directivoylo Consejo Directivo de la entidad, Comité Institucional de Coordinación de Control Interno u otra instanciadebidamente constituida.Delegar en los otros miembros del Comité algunas de sus funciones, cuando lo considere oportuno.Hacer el reparto de los asuntos que le corresponda al Comité decidir y debatir.Indicar a los integrantes del Comité, que en caso de impedimentos y recusaciones que presenten se debe cumplirel procedimiento adoptado por la entidad, esto es INT-A07.0000-006 Tramite de Conflicto de Interés,Impedimentos y Recusaciones.6. Las demás funciones que establezca la ley.

Artículo 7°. Funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Sonfunciones de la Secretaria Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del INS, las siguientes:

1. Convocar a sesiones a los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, indicando: hora, día ylugar de la reunión. \y O) 2Resolución número 1827 de 2 | DIU 102 2022 Página4 de 6 "Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud”

\y O) 2Resolución número 1827 de 2 | DIU 102 2022 Página4 de 6 "Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud”

2. Programar la agenda del Comité Institucional de Gestión y Desempeño yenviarla previamente a cada uno de losintegrantes del Comité.3. Elaborar las actas de cada sesión.4. Organizar la logística y los recursos técnicos necesarios para el funcionamiento del Comité.5. Custodiar, conservar y coordinar el archivo y control de las actas del Comité, así como de los demás documentosque se posean, tanto en medio físico como electrónico.6. Hacer seguimiento a las decisiones adoptadas y compromisos adquiridos por el Comité, por lo menos una vezcada tres (3) meses.7. Servir de canal de comunicación de las decisiones del Comité ante los líderes de política, líderes de procesos,comités, demás instancias que lo requieran y funcionarios o contratistas de la entidad.8. Las demás funciones que establezca la ley.

Artículo 8°. Obligaciones de los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Los integrantesdel Comité Institucional de Gestión y Desempeño del INS tendrán las siguientes obligaciones:

1. Asistir a las reuniones que sean convocadas.2. Suscribir los actos administrativos y las comunicaciones que en ejercicio de sus funciones expida el Comité,cuando se requiera.Participar activamente a través de las recomendaciones y aprobación de los temas presentados.4. Las demás funciones que establezca la ley.

CAPÍTULO 3Reuniones y funcionamiento Artículo 10°. Reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestiony Desempeño del INS se reunirá de forma ordinaria como mínimo una vez por trimestre. También se podrá reunirde forma extraordinaria por solicitud de los integrantes y previa citación de la Secretaría Técnica. Parágrafo. Se podrán celebrar sesiones virtuales, las cuales serán solicitadas porel representante legal, presidentedel Comité o por la Secretaría Técnica del Comité. En las sesiones virtuales se podrá deliberar y decidir por mediode comunicación simultánea o sucesiva, utilizando los recursos tecnológicos en materia de telecomunicaciones,tales como: fax, teléfono, teleconferencia, videoconferencia, correo electrónico, internet, conferencia virtual o víachat y todos aquellos medios que se encuentren al alcance de los miembros del comité. Artículo 11°. Citación a las reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Las reunionesordinarias del Comité serán convocadas por su secretaría técnica con una antelación de por lo menos 3 díascalendario. La convocatoria de las reuniones extraordinarias se hará por escrito con la indicación del día, la hora y el objeto dela reunión, con una antelación de por lo menos 1 día hábil. En caso de urgencia se podrá convocar verbalmente, delo cual se dejará constancia en el acta. La citación siempre indicará el orden del día a tratar.

Artículo 12°. Invitados a las reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Cuando lo considerepertinente, según los temas a tratar en el orden del día, el presidente del Comité podrá invitar personas orepresentantes de entidades del sector público o privado que tengan conocimiento o experticia en los asuntos deplaneación estratégica, gestión administrativa, indicadores de gestión, control interno u otros relacionados con lamejora de la gestión y el desempeño institucional; quienes sólo podrán participar, aportar y debatir sobre los temaspara los cuales han sido invitados. Artículo 13°. Desarrollo las reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Las reuniones delComité Institucional de Gestión y Desempeño del INS serán instaladas por su presidente. En cada reunión de Comité sólo podrán tratarse los temas incluidos en el orden del día y uno de los puntos seránecesariamente la lectura y aprobación del acta anterior. No obstante, el orden del día podrá ser modificado por elpleno del Comité. —BatResolución numero 1 de 2 7 D IC 20225022 Pagina 5 de 6 " Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud” Artículo 14°. Reuniones virtuales del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Las sesiones virtuales delComité Institucional de Gestión y Desempeño se adelantarán de conformidad con el siguiente procedimiento:

1. La invitación a la sesión del Comité se efectuará por medio del correo electrónico institucional, a la cual seadjuntará los soportes correspondientes al asunto a tratar.2. El Secretario (a) Técnico (a) deberá especificar en el texto de la convocatoria la fecha y hora de la sesión, elorden del día, y al momento de iniciar o en el texto podrán indicar las instrucciones de la sesión virtual, la formade intervención y el término para proponer observaciones y para manifestar la aprobación o no de cada uno delos temasa tratar.3. Cada uno de los miembros deberá manifestar, de manera clara y expresa, su posición frente al asunto sometidoa consideración y remitir al Secretario Técnico y a los demás miembros del Comité su decisión. Está remisión lapodrá realizar por correo electrónico y siempre dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la sesiónvirtual. Vencido este término sin que el miembro del Comité manifieste su decisión, se entenderá que no tieneobjeciones y que acepta las decisiones de la mayoría en cada tema discutido.4. Si se presentan observaciones o comentarios por los miembros del Comité, se harán los ajustes sugeridos, si encriterio del Presidente proceden.5. Una vez adoptadas las decisiones pertinentes, el Secretario Técnico informará la decisión a los miembros delComité a través del correo electrónico y levantará el acta respectiva. Los miembros del Comité dentro de las 24horas siguientes al envío del acta remitirán sus observaciones, si a ello hubiere lugar. Si no se presentanobservaciones se entenderá que están de acuerdo con el contenido de esta. Este plazo se ajustará de acuerdola complejidad del tema a tratar, según lo dispongan los miembros del Comité.6. Las actas de las reuniones virtuales serán firmadas por el Presidente y Secretario Técnico del Comité.

Parágrafo. La Secretaría del Comité conservará los archivos de correos electrónicos enviados y recibidos durantela sesión virtual, al igual que los demás medios tecnológicos de apoyo o respaldo de la respectiva sesión, lo cualservirá de insumo para la elaboración de las actas. Artículo 15°. Quórum y mayorías. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño sesionará y deliberará con lamayoría de sus miembros y las decisiones las tomará por la mayoría de los miembros asistentes. Al inicio de lasreuniones, el secretario debe verificar la existencia de quórum para deliberar. En caso de empate en la votación, elPresidente del Comité toma la decisión. Artículo 16°. Decisiones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestiony Desempeño podrá adoptar sus decisiones motivadas mediante resoluciones, circulares, instructivos o cualquierotro acto administrativo que las contenga, si hay lugar a ello según consideración por parte del Comité, estos serándebidamente notificados y/o publicados. Se podrá emitir correo electrónico y/o comunicación oficial interna paracomunicar o hacer seguimiento a las decisiones emitidas por el Comité por parte del Presidente o Secretario Técnicodel Comité. Artículo 17°. Actas de las reuniones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño. De cada reunión selevantará un acta que contendrá la relación de quienes intervinieron, los temas tratados, las decisiones adoptadas ylos votos emitidos por cada uno de los integrantes. El contenido del acta se entenderá aprobada con la manifestación de los miembros del comité al momento de sersocializada, quienes tendrán tres (3) días calendario para pronunciarse, en caso de no responder, se entenderáaprobada, información que será presentada en la siguiente sesión. Las actas llevarán el número consecutivo porcada año y serán firmadas por el Presidente y Secretario Técnico del Comité.

Artículo 18°. Líderes de Políticas: De acuerdo con las dimensiones y la politica de gestión administrativa definidasen el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se precisan los líderes de política e intervinientes comoresponsables de la adopción, mejoras y permanente seguimiento de las políticas del Modelo Integrado de Planeacióny Gestión, en su calidad de voceros garantistas de su cumplimiento. Definición de responsables, líderes de política e intervinientes:Resolución número:1827 de 97 DIC 2022 2022Página 6 de 6 " Por la cual se actualiza la reglamentación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Instituto Nacional de Salud”

DIMENSIÓN: Direccionamientoestratégico yplaneación

RESPONSABLES: Comité de DirecciónPlaneación institucional

Lideres de Política: Oficina Asesora de Plane: n

intervinientes: Oficina Asesora de Planeación Secretaría GeneralGestión presupuestal y eficiencia delgasto público Secretaria General -Grupo de GestiónFinanciera-, Oficina Asesora dePlaneación Secretaría GeneralGrupo de GestiónFinanaciera-, Oficina Asesora dePlaneación Secretaría GeneralCompras y Contratación PúblicaSecretaría General -Grupo GestiónContractual Secretaria General -Grupo GestionContractual Talento humano Secretaria GeneralGestión estratégica del talento humanoSecretaría General -Grupo Gestión delTalento HumanoSecretaría General -Grupo Gestión delTalento Humano-Transversal Talentohumano Integridad Secretaría General -Grupo Gestión delTalento HumanoSecretaría General, Grupo Gestión delTalento Humano

Gestión con valorespara resultados Líderes de ProcesosFortalecimiento organizacional ysimplificación de procesos Oficina Asesora de PlaneaciónLíderes de Procesos Oficina de Tecnologías de Información yOficina de Tecnologías de Información y¡ene Geblene Digital las Comunicaciones las ComunicacionesBa eo Oficina de Tecnologías de Informacióny | Oficina de Tecnologias de Informacionone Seguridad Digital las Comunicaciones las Comunicaciones ,OAS Defensa juridica Oficina Asesora Juridica Oficina Asesora JuridicaOAS Mejora Normativa Oficina Asesora Jurídica Oficina Asesora JurídicaSecretaria General Secretaria General -Srupo Atención alGrupo Atenciónal— [Servicio al ciudadano Ciudadanoy Grupo de Relación Grupo de Relación Estado - CiudadanoCiudadano EstadoCiudadanoSecretaria General -Direcciones TécnicasParticipación ciudadana en la gestiónpública Grupo de Relación Estado CiudadanoDirecciones Grupo de ComunicacionesDirecciones TécnicasGrupo de RelaciónEstado CiudadanoRacionalización de trámites Oficina Asesora de PlaneaciónOficina de Tecnologías de Informaciónylas ComunicacionesEvaluación de Seguimiento y evaluación del Oficina de Control Intemo y Oficina comunicaciónSecretaria GeneralGestión documental resultados OSIDAR desempeño institucional Asesora de Planeación Exlores cle roceses:. Oficina de Tecnologías de InfomaciónySecretaria General - s A a ari E5 i Transparencia, acceso a la informacion 5 a las Comunicaciones, Secretaria General,eee ecciones | ública y lucha contra la comupción Oncinia Asesora: de Plangacion Grupo de Relación Estado Ciudadano,Comunicaciones

  • F Oficina de Tecnologias de InformacionInformacion y Secretaria General, Grupo Gestión las Comunicaciones, Grupo de RelaciónDocumental Estado Ciudadano, lideres de Procesos Direcciones TécnicasGestión de la Información EstadísticaOficina Asesora de Planeación Dirección de Redes en Salud Pública,Dirección de Vigilancia y Analisis delRiesgo en Salud Pública, Dirección deInvestigación en Salud Pública Gestión delconocimiento y lainnovación Secretaria General -OAP - DireccionesTécnicas Gestión del conocimiento y la innovaciónOficina Asesora de Planeación,Secretaría General, Gestión del TalentoHumano, Direcciones Técnicas Oficina Asesora de Planeación, Oficinade Tecnologías de Información y lasComunicaciones, Secretaría General-Gestión del Talento Humano-, Direcciones!TécnicasControl intemo. [oJel] Control intemo Oficina de Control intemo Oficina de Control Intemo Artículo 19°. Derogatoria. - Se derogan las Resoluciones No 0279 de 2018 y No. 718 del 10 agosto del 2020,así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 20°.- Vigencia.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, a los

Proyectó: Amanda Julieth Rivera Murcia— Contratista Secretaria General SN

27 DIC 2022PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

EL DIRECTOR GENERAL, HELVER GUIOVANHWI RUBIANO GARCÍA Revisó: Juan Camilo Chavarro MarinSecretario General y \Revisó: Diana Marcela Uribe Panesso— Jefe (E) Oficina Asesora Juridica 24Revisó: Jefe Oficina Asesora de PlaneaciónWilliam Jimenez Herrera4;

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