🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

INS - Resolución 5195 de 2010

Instituto Nacional de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
INS - Resolución 5195 de 2010
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2010

REPUBLItA OE COLO MBlA

¡'qrJ M INISTERIO DE LA PRO TECCiÓN SOC IAL RESOLUCiÓN N~MmroO 5195DE 2010 ( 1 O O I e 2010 ) Por la cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, en las conferidas por el articulo 39 del Decreto - Ley 205 de 2003 y, CONSIDERANDO Que en Colombia la salud pública está constituida por el conjunto de pOliticas que pretenden garantizar la salud de toda la población, a través de acciones de promoción de la salud, calidad de vida, prevención de riesgos, vigilancia y control, dirigidas ya sea de manera individual y/o colectiva por el Estado, razón por la cual, el Gobierno Nacional al definir el Plan Nacional de Salud, cuya finalidad es la atención y prevención de los principales factores de riesgo para la salud, consideró que la tuberculosis es una de las enfermedades transmisibles de mayor impacto, de las más frecuentes y representa problemas prioritarios de salud pública dada su alta carga de m orbilidad distribuida en los grupos de población más vulnerables. Que a pesar de los avances tecnológicos, el mejoramiento de la calidad de vida y el mayor acceso a servicios de salud, la tuberculosis continúa siendo un gran problema de salud pública en nuestro pals, donde anualmente se presentan en promedio 11 .000 casos de tuberculosis. Es asl como, la coinfección de Tuberculosis con el VIHlSIDA, la resistencia a fármacos antituberculosos y en particular, la tuberculosis multidrogorresistente (MOR) no sólo son un obstáculo para el éxito del control de la enfermedad, sino que constituyen un enorme

Tuberculosis con el VIHlSIDA, la resistencia a fármacos antituberculosos y en particular, la tuberculosis multidrogorresistente (MOR) no sólo son un obstáculo para el éxito del control de la enfermedad, sino que constituyen un enorme desafío para los sistemas de salud y programas de prevención y control. Que la prevención y control de la tuberculosis continúa siendo prioritaria en los programas de salud pública del pals, contando desde el año 2006 con el Plan Estratégico ~Colombfa libre de tuberculosis 2006-2015, para la expansión y fortalecimiento de la Estrategia Alto a la Tuberculosis·, el cual fue incorporado al Plan Nacional de Salud Pública, adoptado mediante Decreto 3039 de 2007. Que las lineas de acción del menc ionado Plan Estratégico ·Colombia libre de tuberculosis", incluyen el desarrollo y expansión de la estrategia DOTS/TAS con calidad; el fortalecimiento del trabajo interprogramático para hacer frente a la coinfección TB N IH-Sida y la multidrogorresistenda (MOR); el impulso de las alianzas estratégicas para el logro de metas; el fortalecimiento de la vigilancia en salud pública de la enfermedad y la investigación operativa; el fortalecimiento deRESOLUCiÓN NÚMERd 00005195 10 ole 2010

DE 2010 HOJA No 2

COIltlnuadón de la Reso/Uci6n 'Por la cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se dictan otras disposiciones - --._ ..... _-----------..... _ --_._-----.. -.. ----.. _ ... _---------------..... _._ ... ----- ..... -.-... --.--- las acciones de atención integral y vigilancia de la resistencia a tos fármacos antituberculosos; y el desarrollo de estrategias de comunicación y m ovilización social.

las acciones de atención integral y vigilancia de la resistencia a tos fármacos antituberculosos; y el desarrollo de estrategias de comunicación y m ovilización social. Que actualmente en el desarrollo del Plan Estratégico "Colombia Ubre de Tuberculosis' se han destacado entidades como: la Organización Panamericana de la Sa lud: las Secretarías De partamentales, D istritales y Municipales de Salud; las organizaciones sociales: la academia: los centros de investigación; las asociaciones de pacientes y ex • pacientes de tuberculosis; y, la empresa privada, lo que hace necesario ajustar la composición y funcionamiento del Comité Asesor de Tuberculosis, pennitiendo la participación de dichos entes a fin de fortalecer las estrategias del tratamiento y manejo de pacientes con tuberculosis, encaminadas especialmente a prevenir, vigilar y controlar la tuberculosis, la coinfección TBV IH, la tuberculosis multidrogorresistente MDR y extrema dame nte resistente XDR y demás condiciones que incidan para el control de la enfermedad, lo cual conlleva la derogatoria de la Resolución 225 de 1966 modificada por la Reso lución 19191 de 1964. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

CAPiTULO I COMITÉ ASESOR NACIONAL DE TUBERCULOSIS Artículo 1. Objeto e integración. El Comité Asesor Nacional de Tuberculosis se constituye en instancia asesora a nivel nacional y territorial para el desarrollo de acciones encaminadas a prevenir, vigilar y controlar la tuberculosis, la coinfección TB - V IH, la tuberculosis mu1tidrogorresistente MDR y extremadame nte resistente XDR y demás condiciones que incidan para el control de la enfermedad y estara integrado por:

tuberculosis, la coinfección TB - V IH, la tuberculosis mu1tidrogorresistente MDR y extremadame nte resistente XDR y demás condiciones que incidan para el control de la enfermedad y estara integrado por:

1. El Director General de Salud Pú blica del Ministerio de la Protección Social o su delegado.

2. El funcionario de la DireccIón Gene ral de Salud Pública o del Grupo de Promoción y Prevención encargado del Programa Nadonal de Prevención y Co ntrol de la Tuberculosis del Ministerio de la Protección Social.

3. El Representanle de la Organización Panamericana de la Salud, O PS/OMS, o su delegado.

4. El Director del Instituto Nacional de Salud ° su delegado.

5. El Representanle de la Liga An tituberculosa Colombiana y de Enfermedades Respiratorias o su delegado.

6. Un representante de la Asociación Alemana de Asislencia al Enfenno con lepra y Tuberculosis, DAH W .

7. Un representante de los Programas departamentales y/o distritales de Prevención y Control de tuberculosis que sera elegido en la reunión nacional de coordinadores del Programa departame ntal de Tuberculosis.RESOLUCiÓN NÚMERO 00005195 10 Ole 2010

DE 2010 HOJA No 3

COIllinuaclOn do la Resaludón 'Por la cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se dictan otras disposiciones ~ ... _----_ .... _._-.. __ .... _ .. _---------_._._ ...... _ ...... _ .........•.... _ -------------.. -.-_ .... _--_ ... _---

8. Un representante de la Asociación Colombiana de Neumologfa y Cirugía de Tórax.

9. Un representante de la Asociación Colombiana de Neumología Pediálrica.

8. Un representante de la Asociación Colombiana de Neumologfa y Cirugía de Tórax.

9. Un representante de la Asociación Colombiana de Neumología Pediálrica.

10. Un representante de grupos organizados de pacientes Q ex -pacientes que será elegido por esas organizaciones.

11. Un representante de la Asociación Colombiana de Infectólogos, ACIN.

12. Un representante de las facultades de salud publica.

13. Un representante de Centros de Investigación en Tuberculosis elegido por dichas organizaciones.

14. Un representante de las Aseguradoras elegido por dichas organizaciones.

Parágrafo 1. El Co mité Asesor Nacional de Tuberculosis será presidido por el Director General de Salud Pública del M inisterio de la Protecdón Social o su delegado. Parágrafo 2. Cada miembro del Com ité Asesor Nacional de Tub erculosis deberé tener un suplente que lo reemplazará en las sesiones en caso de inasistencia del titular. Artículo 2. Funciones del Comité. El Comité Asesor Nac ional de Tuberculosis tendrá a su cargo las siguientes fundones:

1. Recomendar politicas, estrategias y medidas que considere necesarias para la prevención y control de tuberculosis.

2. P roponer cambios operativos al desarrollo del Programa Nacional de Control de Tub erculosis.

3. Apoyar al Ministerio de la Protección Social en el análisis y la divulgación de la situación de Tuberculosis en el pais, el seguimiento a los indicadores y evaluación del Programa Nacional de Control de TuberculosIs.

4. Apoyar al Ministerio de la Protección Social en la elaboración de guias e información científica, técnica y sanitaria en materia de tuberculosis.

5. Re comendar modificaciones a las disposiciones legales vigentes que se

4. Apoyar al Ministerio de la Protección Social en la elaboración de guias e información científica, técnica y sanitaria en materia de tuberculosis.

5. Re comendar modificaciones a las disposiciones legales vigentes que se relacionen con la prevención y el control de la tuberculosis.

6. Proponer y avalar actualizaciones a los esquemas de tratamiento con base en la evidencia y costo-efeclividad.

7. Re comendar guías y esquemas de manejo de casos especiales de tuberculosis.

8. Proponer las prioridades de investigación nacional en materia de prevención y control de tuberculosis.

9. Propiciar la conformación de Instancias de seguimiento y control de los proyectos por parte de las comu nidades directamente involucradas. 10.Apoyar iniciativas de movilización social, concertación y en la articulación de acciones de los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS· y con otros sectores; asl como el desarrollo de alianzas público , privadas. 11 . Asesorar sobre los programas de formación de recurso human o en salud y de atención médica relacionados con la prevención y control de la TB . 12.Promover el intercambio de experiencias sobre el tema, a nivel territorial, nacional e intemacional.

13. P romover la creación de comités departamentales, distritales y mun icipales para la evaluación de casos especiales de tuberculosis y buscar suRESOLUCiÓN NÚMERo' 00005195 10 Ole 2010

DE 2010 HOJA No ~ Continuación de la Resolución ·Por la cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis 'J se dictan olras disposiciones·

articulación con los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-,

Continuación de la Resolución ·Por la cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis 'J se dictan olras disposiciones·

articulación con los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-,

14. Evaluar las recomendaciones de los comités departamentales, distritales y municipales para la evaluación de casos especiales de tuberculosis sobre ajustes y mejoras en estrategias. políticas y lineamientos técnicos y cuando se considere pertinente avalar dichas propuestas como recomendaciones al

Ministerio de la Protección Social.

15. Coordinar y asesorar a los comités creados en las entidades territoriales.

16. Promove r el desarrollo de las actividades colaborativas de los programas de control de TB y VIH .

Paragrafo. Los comités departamentales, distritales y municipales de casos especiales de tuberculosis TB - MOR, Coinfección TBNIH, reacciones adversas a fármacos antituberculosos y otras comorbilidades asociadas, dependerán del Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis que se crea mediante la presente resolución y estarán liderados por expertos en el tema. Artículo 3. Secretaria Técnica. El Comité Asesor Nacional de Tuberculosis contará con el apoyo de una Secretaria Técnica que será ejercida por el Instituto Nacional de Salud. Artículo 4. Funciones de la Secretaría Técnica. Son funciones de la Secretaria Técnica, las siguientes:

1. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias a los miembros del Comité

Asesor Nacional de Tuberculosis.

2. Proponer el orden del dia para cada reunión.

3. Coordinar las aclividades de apoyo necesarias para realizar las reuniones.

4. R emitir a los miembros del Co mité Asesor Nacional de Tuberculosis con

Asesor Nacional de Tuberculosis.

2. Proponer el orden del dia para cada reunión.

3. Coordinar las aclividades de apoyo necesarias para realizar las reuniones.

4. R emitir a los miembros del Co mité Asesor Nacional de Tuberculosis con antelación a la convocatoria de cada reunión, los documentos soporte de los asuntos a tratar.

5. Elaborar, someter a consenso, garantizar que sean firmadas y archivar las aclas de las reuniones.

6. H acer seguimiento a los compromisos consignados en las actas.

7. Administrar, archivar y custodiar la información sometida a consideración

del Comité Asesor Nacional de Tuberculosis.

8. Las demás que le sean asignadas por el Comité Asesor Nacional de

Tuberculosis. Articulo 5. Reuniones. El Comité Asesor Nacional de Tuberculosis se reunirá por derecho propio cada seis (6) meses previa convocatoria realizada por la Secretaria Técnica con una antelación no menor de cinco (5) dlas hábiles y extraordinariamente por convocatoria del presidente del Comité cuando se estime necesario. Estas sesiones se realizarán de forma presencial o virtualmente a través de medios electrónicos. informáticos, telefónicos, audiovisuales o cualquier medio que permita el intercam bio de información entre los miembros del Comité. La sesión virtual deberá desarrollarse dentro del término que especifique la convocatoria, dentro del cual cada m iembro que participe virtualmente deberá diligenciar el Anexo Técnico que hace parte integrat de la presente resolución. \ 'If'.RESOLUCiÓN NÚMERO ' 00005195 1 O Ole 2010

DE 2010 HOJA No 5

Continuación de la Rasoluclón ·Por la cual 59 roorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se

\ 'If'.RESOLUCiÓN NÚMERO ' 00005195 1 O Ole 2010

DE 2010 HOJA No 5

Continuación de la Rasoluclón ·Por la cual 59 roorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se dictan olras disposiciones· Parágrafo. El Comité Asesor Na cional de Tuberculosis sesionará con la presencia de la mitad de sus integrantes, entre los que deberá encontrarse el funcionario de la Dirección General de Salud Pública o del Grupo de Promoción y Prevención encargado del Programa Nac ional de Prevención y Control de la Tuberculosis o a quien la Dirección General de Salud Pública designe; y las decisiones se tomarán por mayorla simple.

CAPITULO 11

SUBCOMITE ASESOR NACIONAL DE TUBERCULOSIS Articulo 6. Objeto e integración. El Subcomité Asesor Nac ional de Tube rculosis tendrá por finalidad evaluar tos casos especiales de Tuberculosis TB - MDR. Coinfección TBNIH, reacciones adversas a fármacos antituberculosos y otras comorbilidades asociadas y dependerá del Comité Asesor Nacional de Tuberculosis y estará integrado por:

1. El funcionario de la Dirección General de Salud Pública o del Grupo de Promoción y Prevención encargado del Programa Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis del Ministerio de la Protección Social.

2. Dos (2) representantes del Instituto Nacional de Salud.

3. Un representante de la Asociación Colombiana de Neumotogla y Cirugla de

TÓrax.

4. Un representante de la AsociaciÓn Colombiana de Neumologia Pediátrica.

5. Un representante de fa Asociación Colombiana de lnfectología.

6. Un representante de las Aseguradoras.

TÓrax.

4. Un representante de la AsociaciÓn Colombiana de Neumologia Pediátrica.

5. Un representante de fa Asociación Colombiana de lnfectología.

6. Un representante de las Aseguradoras.

Parágrafo. Cada departamento. distrito o municipio creará su Comité de Evaluación de Casos Especiales de Tuberculosis previo aval y asesoria del Comité Asesor Nacional de Tuberculosis con base en sus caracterlsticas propias; en consideraciÓn a su capacidad técnica del talento hum ano; y, en su compos ición deberán ser incluidos líderes expertos como neumólogos, infectólogos, internistas. entre otros, según los casos a tratar. Artículo 7. Funciones del Subcomité. El Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis tendrá a su cargo las siguientes funciónes:

1. Elaborar recomendaciones respecto a la conducta a seguir ylo indicación de tratamiento en pacientes con casos especiales de tuberculosis: TB MOR , Co infección TB NIH, reacciones adversas a fármacos antituberculosos, y otras comorbJlldades asociadas.

2. Asesorar y apoyar el Programa Nacional de PrevenciÓn y Control de casos especiates de tuberculosis.

3. Prom over y apoyar actividades de capacitaCión, supervisión y evaluación programadas por el programa de prevención y control de casos especiales de tuberculosIs.RESOLUCiÓN NÚMERÓ...Q O O 0519 5 10 Ole 2010

DE 2010 HOJA No .§ COIlllnuación da la ResollJCión -POlla cual se reorganiza el Comité Asesor de Tuberculosis y se dictan otras disposiciones· ------------------------------------------_ .. -----------_._._------_._----_.

4. Proponer lineas de investigación operativa en casos especiales de tuberculosis.

dictan otras disposiciones· ------------------------------------------_ .. -----------_._._------_._----_.

4. Proponer lineas de investigación operativa en casos especiales de tuberculosis.

5. Promover y apoyar la creación de comités departamentales, dislritales y municipales de Evaluación de Casos Especiales de Tuberculosis.

Artículo 8. Secretaria Tecoiea del Subcomite. El Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis contará con el apoyo de una Secretaria Técnica que sera ejercida por el Instituto Nacional de Salud. Artículo 9. Funciones de la Secretaria Técnica del Subcomité . Son funciones de la Secretaría técnica las siguientes:

1. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias a los miembros del

Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis.

2. Proponer el orden del dia para cada reunión.

3. Coordinar las actividades de apoyo necesarias para realizar las reuniones.

4. Remitir a los miembros del Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis con antelación a la convocatoria de cada reunión, los documentos soporte de los asuntos a tratar.

5. Elaborar, someter a consenso, garantizar que sean finnadas y archivar las actas de las reuniones.

6. Hacer seguimiento a los compromisos consignados en las actas.

7. Administrar, archivar y custodiar la información sometida a consideración

del Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis.

8. Las demás que le sean asignadas por el Subcomité Asesor Nacional de

Tuberculosis. Articulo 10. Reuniones del Subcomité. El Subcomité Nacional de Tuberculosis se reunirá por derecho propio cada tres (3) meses previa convocatoria realizada por la Secretaria Técnica con una antelación no menor de cinco (5) días hábiles y

Articulo 10. Reuniones del Subcomité. El Subcomité Nacional de Tuberculosis se reunirá por derecho propio cada tres (3) meses previa convocatoria realizada por la Secretaria Técnica con una antelación no menor de cinco (5) días hábiles y extraordinariamente por convocatoria del funcionario de la Dirección General de Salud Pública o del Grupo de Promoción y Prevención encargado del Programa Prevención y Control de la Tuberculosis del Minislerio de la Protección Social, cuando se estime necesario. Estas sesiones se realizarán de forma presencial o virtualmente a través de medios electrónicos, informáticos, telefónicos, audiovisuales o cualquier medio que pennita el intercambio de ¡nfonnaclón entre los miembros del Comité. La sesión virtual deberá desarrollarse dentro del término que especifique la convocatoria, dentro del cual cada miembro que participe virtualmente deberá diligenciar el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución. Panigrafo. El Subcomité Asesor Nacional de Tuberculosis, sesionará con la presencia de la mitad de sus integrantes, entre los que deberá encontrarse el funcionario de la Dirección General de Salud Pública o del ~rupo de Promoción y Prevención encargado del Programa Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis o a quien la Dirección General de Salud Pública designe; y las decisiones se tomarán por mayoria simple.10 OIC 2010

RESOLUCiÓN NÚMERO " 00005195 DE2010 HOJANo 7

Continuación de la Resolución 'Por la cual se reorganiza el Comile Asesor de T ubcrculosls y se dictan otras disposiciones ~ .•........................•.•.....•.........•.. _--_ .. ----_. __ ..... _-_ .... _ ......•.•.... _--_ .... _-_._ .......... -----

Continuación de la Resolución 'Por la cual se reorganiza el Comile Asesor de T ubcrculosls y se dictan otras disposiciones ~ .•........................•.•.....•.........•.. _--_ .. ----_. __ ..... _-_ .... _ ......•.•.... _--_ .... _-_._ .......... ----- ArtículO 11. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, la Re solución 225 de 1966 modificada por la R esolución 19191 de 1984. PUBLiQUESE , COMUNIQUESE y CÚMPLASE D ada en Bogotá D . C ., a los1 O 01 C 2010 EI_ , E ....... ", 11....,. !MAU~ICY! I~~ LAMANCA I • Ministro de a Protección Social , Iv-'!- 11 .. _ Lo<o.( ...... ~y __

Consultar sobre este documento ...