INSOR - Resolución 070 de 2022
Instituto Nacional para Sordos
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Detalles
- Título
- INSOR - Resolución 070 de 2022
- Autor
- Instituto Nacional para Sordos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2022
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RESOLUCIÓN No.070 2022
(29 DE ABRIL DE 2022)
“Por medio de la cual se actualizan, formulan e implementan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Nacional para Sordos – INSOR para la vigencia 2022-2023”.
Radicado: 20221100000133
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS
“INSOR”
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 8 del Decreto 2106 de 2013 y demás normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que,
El artíc ulo 1° del Decreto 2106 de 2013, “ Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional para Sordos (INSOR), se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones ”, dispone que “ El Instituto Nacional para Sordos (INSOR), es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente.”
El artículo 2.2.4.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho” , establece que las normas relacionadas con los comités de conciliación son obligatorias para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que
establece que las normas relacionadas con los comités de conciliación son obligatorias para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.
El artículo 2.2.4.3.1.2.2 de este mismo Decreto, dispone que el comité de conciliación es una instancia administrativa, que actúa como se de de estudio, análisis y formulación de políticas para la prevención del daño antijurídico, y la defensa de los intereses de la entidad.
Los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto en mención establecen que son funciones del comité de c onciliación “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico ”, y “ Diseñar lasPágina 2 de 4
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(29 DE ABRIL DE 2022)
“Por medio de la cual se actualizan, formulan e implementan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Nacional para Sordos – INSOR para la vigencia 2022-2023”.
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políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad”, respectivamente.
En concordancia con lo anterior, el INSOR expidió la Resoluci ón No. 299 del 29 de junio de 2018, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Instituto Nacional para Sordos – INSOR,
En concordancia con lo anterior, el INSOR expidió la Resoluci ón No. 299 del 29 de junio de 2018, “Por medio de la cual se conforma el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Instituto Nacional para Sordos – INSOR, se establece su reglamento y se deroga la Resolución 174 de 2014”.
El numeral 1° del artículo 4° de la Resolución No. 299 de 2018 establece que es función del Comité de Conciliación y Defensa Judicial del INSOR “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico”.
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) expidió l a Circular Externa No. 05 del 27 de septiembre de 2019, fijando los lineamientos para la formulación, implementación y seguimiento de las políticas de prevención de daño antijurídico, mediante el uso la aplicación en Excel, anexa a la Circular. Por lo cual, requirió a las entidades para que diligencien y envíen la aplicación antes mencionada, dentro de los meses de noviembre y diciembre de 2019; y a partir de allí, cada dos años durante el mismo periodo.
En sesión de fecha 20 de diciembre de 2021, el Comité de Conciliación del Instituto Nacional para Sordos INSOR realizó el correspondiente análisis de la tipología de los casos que podrían generar daño antijurídico, derivado de las situaciones litigiosas de la entidad, y decidió aprobar de forma unánime el plan de acción de las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del INSOR, en los términos recomendados por la OAJ; para ser implementadas en la vigencia 2022-2023.
forma unánime el plan de acción de las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del INSOR, en los términos recomendados por la OAJ; para ser implementadas en la vigencia 2022-2023.
El 22 de diciembre de 2021, luego de que el INSOR remitiera al Director de Políticas y Estrategias de la ANDEJ, el aplicativo en Excel denominado “INSOR Anexo_aplicativo_PPDA_circular_externa_No_05_2019”, se recibió el oficio con Rad. 20213000159241 -DPE del Director de Políticas y Estrategias de la ANDEJ, con el que informó al INSOR que “la política de prevención del daño antijurídico presentada por la entidad cumple con la metodología definida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y en consecuencia fue aprobada”.Página 3 de 4
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“Por medio de la cual se actualizan, formulan e implementan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Nacional para Sordos – INSOR para la vigencia 2022-2023”.
Radicado: 20221100000133
La Directora General del Instituto Nacional para Sordos INSOR, en ejercicio de la competencia conferida por los numerales 4º y 9º del artículo 8º, del Decreto 2106 de 2013, relativas a “Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto” y “Garantizar el adecuado ejercicio del control interno y de gestión de la entidad y propender por el mejoramiento institucional”; y acogiendo las recomendaciones del Comité
funcionamiento general del Instituto” y “Garantizar el adecuado ejercicio del control interno y de gestión de la entidad y propender por el mejoramiento institucional”; y acogiendo las recomendaciones del Comité de Conciliación, actualiza, formula e implementa a través de la presente resolución las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico
Que, en virtud de lo expuesto anteriormente,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO. Actualizar, formular e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Nacional para Sordos INSOR, de conformidad con lo decidido por el Comité de Con ciliación de la Entidad en la sesión del 22 de diciembre de 2021, resolviendo aprobar el plan de acción de las políticas de prevención de daño antijurídico para ser implementadas en la vigencia 2022 -2023, en los términos como se registra en el Acta No. 0 17 suscrita y que se anexa a la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica debe solicitar a la Oficina Asesora de Planeación y Sistema que realice las gestiones necesarias para publicar la presente Re solución en la página web d e la Entidad www.insor.gov.co.
ARTÍCULO TERCERO. Señalar a los miembros del Comité de Conciliación del INSOR que debe hacer seguimiento a los indicadores formulados en las Políticas de Prevención de Daño Antijurídico y a partir del año 2023 o antes, si l o considera necesario. Además , el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, a más tardar el 28 de febrero de los años 202 3 y 2024, deberá
antes, si l o considera necesario. Además , el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, a más tardar el 28 de febrero de los años 202 3 y 2024, deberá enviar a la ANDJE el informe anual de cumplimiento del plan de acción, incluyendo los indicadores de gestión, impacto y resultado.Página 4 de 4
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“Por medio de la cual se actualizan, formulan e implementan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Nacional para Sordos – INSOR para la vigencia 2022-2023”.
Radicado: 20221100000133
ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de abril de 2022.
NATALIA MARTINEZ PARDO
Directora General
Proyectó y Revisó: Luis Hernán Cuellar – Oficina Asesora Jurídica.Recepción correspondencia y Oficina de Atención al Ciudadano Calle 16 N° 68 d - 89 Bogotá, Colombia
Sede Administrativa Centro Empresarial C 75 pisos 2 y 3 Carrera 7 # 7566 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 255 8955 www.defensajuridica.gov.co Página 1 de 1 20213000159241 Al contestar por favor cite estos datos: No. de Radicado: 20213000159241-DPE Fecha de Radicado: 22-12-2021