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INSOR - Resolución 112 del 04 de agosto de 2021

Instituto Nacional para Sordos

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Título
INSOR - Resolución 112 del 04 de agosto de 2021
Autor
Instituto Nacional para Sordos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Diversidad
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 112 DE 2021

(4 DE AGOSTO DE 2021)

Por medio de la cual se actualiza y adopta el Manual de Contratación del Instituto Nacional para Sordos - INSOR

Radicado: RAD_S

Que la Directora General del Instituto Nacional para Sordos – INSOR

En uso de sus facultades legales y, en especial las que le confiere el artículo 209 de la Constitución Política, el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto Nacional 1082 de 2015, el Decreto 2106 de 2013 y

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales de la ciudadanía y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que la gestión fiscal se rige por los principios de economía, eficacia y eficiencia de acuerdo con el artículo 267 constitucional y con el artículo 3 del Decreto 403 de 2020 “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”.

Que la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fisc al, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la

permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fisc al, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible y el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales. La Contraloría General de la República tendrá competencia prevalente para ejercer control sobre la gestión de cualquier entidad territorial, de conformidad con lo que reglamente la ley.

Que el artículo 11 de la Ley 80 de 1993, establece que los jefes o representantes legales de las entidades públicas, según los términos y condiciones de las normas legales que regulen su organización y funcionamiento, tendrán la competencia para ordenar y dirigir los procesos de selección y para escoger los contratistas.RESOLUCIÓN No. 112 DE 2021

(4 DE AGOSTO DE 2021)

Por medio de la cual se actualiza y adopta el Manual de Contratación del Instituto Nacional para Sordos - INSOR

Radicado: RAD_S

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.5.3, del Decreto 1082 de 2015, todas las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos generales dispuestos por Colombia Compra Eficiente.

Que de conformidad con el artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, las entidades estatales deben vigilar la ejecución de

Colombia Compra Eficiente.

Que de conformidad con el artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, las entidades estatales deben vigilar la ejecución de todos los contratos que suscriban, a través de un supervisor o intervent or debidamente designado, con el fin de cumplir dicha función.

Que mediante la RESOLUCIÓN No.020 del 5 de febrero de 2021, se aprobó el Manual de Contratación del Instituto Nacional para Sordos - INSOR, contenido en el documento MNCT01 versión 2, el cual se encuentra publicado en la página web de la entidad ( https://www.insor.gov.co/home/descargar/MANUAL-DECONTRATACION-V2.pdf).

Que el artículo 8° del Decreto 2106 de 2013 establece entre las Funciones de la Dirección Gener al “7. (…) expedir los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Instituto, con arreglo a las disposiciones legales y estatutarias”. En tanto, el 2° Inc. del Art. 14 del citado Decreto prescribe que “La Dirección podr á crear comités permanentes o transitorios especiales para el estudio, análisis y asesoría en temas alusivos a la institución”.

Que el artículo 13 del Decreto 2106 de 2013 establece entre las funciones de la Secretaría General: “1. Asistir a la Dirección General en la determinación de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Instituto”; y, “2. Implementar procedimientos administrativos, financieros y de contratación que contribuyan a incrementar l a eficiencia y eficacia de las funciones del Instituto”.

Que como resultado de la revisión de la gestión precontractual de la entidad,

Instituto”; y, “2. Implementar procedimientos administrativos, financieros y de contratación que contribuyan a incrementar l a eficiencia y eficacia de las funciones del Instituto”.

Que como resultado de la revisión de la gestión precontractual de la entidad, realizada durante el año 2021, se identificaron aspectos para mejorar del ManualRESOLUCIÓN No. 112 DE 2021

(4 DE AGOSTO DE 2021)

Por medio de la cual se actualiza y adopta el Manual de Contratación del Instituto Nacional para Sordos - INSOR

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de Contratación, especialmente, en la reglamentación del Comité Asesor de Contratación.

Que de acuerdo con lo expuesto, y con fundamento en las normas que rigen la contratación pública, se hace necesario actualizar y adoptar el Manual de Contratación de la Entidad, atendiendo la normatividad vigente y las necesidades de la entidad, como documento que tiene como propósito definir los lineamientos, pautas y procedimientos que deben ser aplicados para los procesos contractuales que se adelanten en el INSOR.

Que, en mérito de lo expuesto

R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Manual de Contratación del Instituto Nacional de Sordos, que se anexa a la presente Resolución y hace parte integral de la misma, el cual será de obligatorio cumplimiento en la gestión contractual de esta entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO. – Los procesos de contratación en curso, así como los contratos y/o convenios que se encuentren en ejecución o en etapa poscontractual o de liquidación a la entrada en vigencia del presente acto

esta entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO. – Los procesos de contratación en curso, así como los contratos y/o convenios que se encuentren en ejecución o en etapa poscontractual o de liquidación a la entrada en vigencia del presente acto administrativo, deberán continuar su trámite con sujeción a las normas vigentes al momento del acto de apertura y/o al momento de suscripción del contrato respectivo.

ARTÍCULO TERCERO. - Publicación. De acuerdo con lo establecido en la Resolución 497 de 2018, solicitar al Secretario General del INSOR disponer la publicación de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO. – Comunicación. El área de Comunicación Estratégica deberá comunicar el contenido de la presente Resolución y del manual anexo, a todas las dependencias del Instituto Nacional de Sordos INSOR.RESOLUCIÓN No. 112 DE 2021

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Por medio de la cual se actualiza y adopta el Manual de Contratación del Instituto Nacional para Sordos - INSOR

Radicado: RAD_S

ARTÍCULO QUINTO. – La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga cualquier disposición interna que sea contraria o que verse sobre asuntos regulados en los manuales que se adoptan.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de agosto de 2021

NATALIA MARTÍNEZ PARDO

Directora General del INSOR

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de agosto de 2021

NATALIA MARTÍNEZ PARDO

Directora General del INSOR

Proyectó: Luis Hernán Cuellar Durán Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

Revisó: Carolina Leonor Ramos Castellanos Jefe Oficina Asesora de Planeación y Sistemas

Revisó: Néstor Julián Rosas González Secretario GeneralPROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN

CÓDIGO: MNCT01

VERSION: 3

MANUAL DE CONTRATACIÓN FECHA: 04/08/2021

1 Este documento es propiedad del Instituto Nacional para Sordos, prohibida su reproducción sin previo aviso.

MANUAL DE CONTRATACIÓN

PROPIEDAD DEL INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS INSOR

La información aquí contenida es propiedad del INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS INSOR, por lo tanto, no debe reproducirse, exponerse o discutirse más allá del grupo a quien va dirigida. Al recibir este documento, el destinatario acuerda no reproducir o hacer esta información disponible en ninguna forma a personas que no estén directamente relacionadas y sean responsables de la evaluación de su contenido.PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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responsables de la evaluación de su contenido.PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN ................................ ................................ ........... 5

1. ASPECTOS GENERALES ................................ ............................ 5 1.1. OBJETIVO ................................ ................................ ....... 6 1.2. ALCANCE ................................ ................................ ........ 6 1.3. NORMATIVA ................................ ................................ ... 6 1.4. DEFINICIONES ................................ ............................... 7 1.5. NATURALEZA JURÍDICA DEL INSOR Y SU UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO ................................ ................... 10

2. ETAPAS DE LA CONTRATACIÓN ................................ .............. 10 2.1. ETAPA DE PLANEACIÓN ................................ ................. 10 2.1.1. BUENAS PRÁCTICAS EN LA ETAPA DE PLANEACIÓN CONTRACTUAL ................................ ................................ ....... 11 2.1.2. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES ............................. 11 2.1.3. ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES ................................ ................................ .... 12 2.2. ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS .............................. 13 2.2.1. ANÁLISIS DEL SECTOR Y ESTUDIOS DE MERCADO ..... 16 2.2.2. ESTUDIO DE LA OFERTA ................................ ........... 18 2.2.3. ESTUDIO DE LA DEMANDA ................................ ........ 18 2.2.4. ESTUDIO DEL MERCADO ................................ ........... 20 2.2.4.1. Primera Alternativa. Solicitud de cotizaciones ....... 20

2.2.3. ESTUDIO DE LA DEMANDA ................................ ........ 18 2.2.4. ESTUDIO DEL MERCADO ................................ ........... 20 2.2.4.1. Primera Alternativa. Solicitud de cotizaciones ....... 20 2.2.4.1.1. Información mínima para los cotizantes .......... 20 2.2.4.1.2. Segunda Alternativa. Análisis de Consumos y Precios Históricos ................................ ............................. 21 2.2.4.2. Parámetros Comunes para las Dos Alternativas ..... 21 2.2.5. RIESGOS ................................ ................................ .. 22 2.3. SELECCIÓN ................................ ................................ .... 23 2.3.1. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN ........................... 23 2.3.1.1. LICITACIÓN PÚBLICA ................................ ........... 23 2.3.1.2. SELECCIÓN ABREVIADA ................................ ........ 24 2.3.1.3. CONCURSO DE MÉRITOS ................................ ....... 25 2.3.1.4. CONTRATACIÓN DIRECTA ................................ ..... 25PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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2.3.1.4.1. Estipulaciones Especiales para Contratación Directa 27 2.3.1.4.2. Mecanismos de Control de Cumplimiento en Contratos Interadministrativos ................................ ......... 27 2.3.1.5. OTROS ................................ ................................ .. 28 2.3.1.5.1. Convenios de Asociación ................................ .. 28 2.3.1.5.2. Convenios para la asignación de funciones

Contratos Interadministrativos ................................ ......... 27 2.3.1.5. OTROS ................................ ................................ .. 28 2.3.1.5.1. Convenios de Asociación ................................ .. 28 2.3.1.5.2. Convenios para la asignación de funciones administrativas a particulares................................ ........... 28 2.3.1.5.3. Convenios Especiales de Cooperación .............. 28 2.3.1.5.4. Convenios con Organismos de Cooperación Internacional ................................ ................................ ... 28 2.3.1.5.5. Asociaciones Público Privadas APP .................. 29 2.4. CONTRATACIÓN ................................ ............................. 29

2.4.1. REQUISITO DE PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

29 2.4.2. REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ............. 29 2.4.2.1. REGISTRO PRESUPUESTAL ................................ .... 29 2.4.2.2. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA (S) ......................... 29 2.4.2.2.1. Mecanismos de cobertura de riesgo ................. 30 2.5. EJECUCIÓN DEL CONTRATO ................................ ............ 30

3. COMITÉS ASESORES ................................ ............................... 30 3.1. COMITÉ EVALUADOR ................................ ...................... 30 3.1.1. CONFORMACIÓN ................................ ...................... 31 3.1.2. MIEMBROS DEL COMITÉ EVALUADOR ........................ 31 3.1.3. FUNCIONES DEL COMITÉ EVALUADOR ....................... 31 3.1.4. DECISIONES DEL COMITÉ EVALUACIÓN .................... 32 3.2. COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN .............................. 32

3.2.1. MIEMBROS DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN 32

3.1.4. DECISIONES DEL COMITÉ EVALUACIÓN .................... 32 3.2. COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN .............................. 32

3.2.1. MIEMBROS DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN 32 3.2.1.1. EL PRESIDENTE DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN ................................ ................................ .. 33 3.2.1.2. LA SECRETARÍA TÉCNICA ................................ ...... 33

3.2.1.3. OBJETIVOS DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN

34 3.2.1.4. FUNCIONES DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN ................................ ................................ .. 34PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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3.2.1.5. SESIONES DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN 35 3.2.1.6. QUÓRUM DELIBERATORIO y DECISORIO ............... 35 3.2.2. RECOMENDACIONES DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN ................................ ................................ ..... 35

4. GENERALIDADES ................................ ................................ ... 35 4.1. PRINCIPIOS ................................ ................................ .. 35 4.2. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR ................................ ................................ ............. 36

4.3. ADMINISTRACIÓN DE LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES 36 4.4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA .............. 36 4.5. VIGENCIA, EDICIÓN, PUBLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONTRATACIÓN ................................ .............. 36PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

36 4.4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA .............. 36 4.5. VIGENCIA, EDICIÓN, PUBLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONTRATACIÓN ................................ .............. 36PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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INTRODUCCIÓN

El Manual de contratación es un documento que tiene como propósito definir los lineamientos, pautas y procedimientos que deben ser aplicados para los procesos contractuales que se adelanten en la entidad, con fundamento en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, y demás normas aplicables. Así mismo, se constituye en una guía de gestión que facilita la aplicación de las normas de contratación estatal en el INSOR, dentro de los principios de planeación, transparencia, economía, selección objetiva, buena fe, publicidad, igualdad, libre concurrencia y previsibilidad.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.5.3, del Decreto 1082 de 2015 todas las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos generales dispuestos por Colombia Compra Eficiente.

Las directrices del manual son de obligatorio cumplimiento para todas las áreas de la entidad que adelanten procesos de contratación con el fin de garantizar la legalidad y transparencia de los procesos contractuales que se adelanten.PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

Las directrices del manual son de obligatorio cumplimiento para todas las áreas de la entidad que adelanten procesos de contratación con el fin de garantizar la legalidad y transparencia de los procesos contractuales que se adelanten.PROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

CÓDIGO: MNCT01

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1. ASPECTOS GENERALES

1.1. OBJETIVO El manual de contratación del INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS – INSOR, es una herramienta interna para ejercer la actividad contractual, ajustada a los lineamientos del Sistema Integrado de Gestión y cuyo objetivo es el de establecer los procesos de contratación de la entidad así como las etapas que deben surt irse, de conformidad con el Estatuto General de Contratación, la Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción, decretos reglamentarios, y en general la normativa aplicable en la materia, con la orientación de los lineamientos emitidos por la Agencia Nacional d e Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.

1.2. ALCANCE Las directrices y orientaciones definidas en este manual serán aplicables a todos los procesos de contratación que adelante el INSOR para la adquisición de bienes y servicios ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas. En ese sentido, este manual deberá ser conocido y aplicado por ordenadores y ejecutores del gasto, supervisores, interventores y contratistas, que participen en las actividades contractuales de la Entidad.

1.3. NORMATIVA

privadas. En ese sentido, este manual deberá ser conocido y aplicado por ordenadores y ejecutores del gasto, supervisores, interventores y contratistas, que participen en las actividades contractuales de la Entidad.

1.3. NORMATIVA Los partícipes en la actividad contractual del INSTITUTO NACIONAL PARA SORDOS – INSOR, deberán aplicar y cumplir con la normatividad que rige la contratación estatal, los principios que rigen la Función Pública (artículo 209 constitucional), los principios de la gestión fiscal (artículo 267 de la Carta Política) y demás normas, manuales, procedimientos, lineamientos e instructivos concordantes.

Para propósitos de guía normativa de este procedimiento, se deberá c onsultar la siguiente normatividad o la que la modifique o derogue, entre otras:

  • Constitución Política de Colombia • Ley 80 de 1993, Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. • Ley 489 de 1998, Por la cual se dict an normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución P olítica y se dictan otras disposiciones. • Ley 590 de 2000, Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa • Ley 594 de 2000, Por la cual se dicta la Ley General de Archivos • Ley 850 de 2003, Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanasPROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

CÓDIGO: MNCT01

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  • Ley 850 de 2003, Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanasPROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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  • Ley 1150 de 2007, Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos. • Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de acto de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. • Ley 1437 de 2011, Por la cual se expide el Código de Pr ocedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-CPACA-. • Decreto ley 019 de 2012, Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. • Decreto 1082 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional • Decreto 092 de 2017, Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el incis o segundo del artículo 355 de la Constitución Política cuando sean compatibles con la finalidad y los principios del Estatuto General de Contratación, las normas que rigen los procedimientos y actuaciones en la función administrativa, contenidas en la Ley

artículo 355 de la Constitución Política cuando sean compatibles con la finalidad y los principios del Estatuto General de Contratación, las normas que rigen los procedimientos y actuaciones en la función administrativa, contenidas en la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, serán aplicables en las actuaciones contractuales. A falta de éstas, regirán las disposiciones del Código General del Proceso - Ley 1564 de 2011, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 80 de 1993. • Manuales y guías expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, siendo vinculantes aquellos que tengan tal condición e indicativos y referentes los demás.

1.4. DEFINICIONES

a. Acta de inicio: Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista, una vez cumplidos a cabalidad los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones y documentos precontractuales y/o en el contrato para el inicio, aspecto que debe ser verificado por el supervisor o interventor según el caso; en este documento consta la fecha de iniciación para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución. b. Acta de liquidación: Es el documen to suscrito por el Ordenador del Gasto del INSOR y el contratista, que constituye el balance final o ajuste de cuentas, entre el INSOR y el particular contratista, con miras a finiquitar la relación jurídica que surge de la suscripción del contrato, la cua l es elaborada por la supervisión del contrato. c. Adendas: Documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones.

surge de la suscripción del contrato, la cua l es elaborada por la supervisión del contrato. c. Adendas: Documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones. d. Certificado de Disponibilidad presupuestal: Documento que emite el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Financ iero; quien, de acuerdo con el manual de funciones del INSOR, es el responsable del presupuesto de la Entidad o quien haga sus veces como autorizado para ese efecto. Este certificado garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para la adopción de los compromisos que se derivarán de la celebración del contrato. Este documento afecta preliminarmente el presupuestoPROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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mientras se perfecciona el compromiso y se efectúa el correspondiente registro presupuestal. e. Colombia Compra Eficiente: Agencia Nacional de Contratación Pública creada por medio del Decreto-Ley 4170 de 2011. f. Contratista: Persona natural o jurídica, privada o pública, nacional o extranjera, que individualmente o en conjunto con otra(s), bajo la modalidad de con sorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura, o sociedad con objeto único, se obliga(n) a una determinada prestación, según las especificaciones del objeto del contrato, a cambio de una contraprestación. g. Estudio de mercado: Documento cuya finalidad e s la construcción del presupuesto oficial, comprende la realización de un análisis de los diferentes

obliga(n) a una determinada prestación, según las especificaciones del objeto del contrato, a cambio de una contraprestación. g. Estudio de mercado: Documento cuya finalidad e s la construcción del presupuesto oficial, comprende la realización de un análisis de los diferentes precios que los bienes o servicios a contratar registran en el mercado. Frente al estudio del mercado, es necesario tener en cuenta que el artículo 118 de la Ley 1474 de 2011 en su literal “b” establece una presunción de culpa grave en materia fiscal relacionada con “(…) omisión injustificada del deber de efectuar comparaciones de precios, ya sea mediante estudios o consultas de las condiciones del mercado o cotejo de los ofrecimientos recibidos y se hayan aceptado sin justificación objetiva ofertas que superen los precios del mercado;”. h. Estudio del Sector: Documento en el cual se consigna el análisis del sector que deben hacer las Entidades Estatales, el cu al consiste en analizar el mercado relativo al objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de Riesgo, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015. El resultado de este estudio debe plasmarse en los estudios y documentos previos del Proceso de Contratación. Este análisis es de fundamental importancia para garantizar la objetividad, rigor técnico, eficacia, eficiencia y promoción de la competencia en la contratación, ya que dicho análisis ofrece herramientas para establecer el contexto del Proceso de Contratación, identificar algunos de los Riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas.

  1. Estudios y documentos previos: Son el soporte para elaborar el proyecto de

establecer el contexto del Proceso de Contratación, identificar algunos de los Riesgos, determinar los requisitos habilitantes y la forma de evaluar las ofertas.

  1. Estudios y documentos previos: Son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato. Estos documentos deben

contener como mínimo los siguientes elementos:

  1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación. ii. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto. iii. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos. iv. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la form a como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concur so dePROCESO GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓ

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méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.

  1. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable. vi. El análisis de riesgo y la forma de mitigarlo.

méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.

  1. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable. vi. El análisis de riesgo y la forma de mitigarlo. vii. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de Contratación. viii. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un

Acuerdo Comercial. j. Garantías contractuales: son instrumentos de cobertura de algunos Riesgos comunes en los Procesos de Contratación que deben ser identificados por las Entidades Estatales en la etapa de planeación de los Procesos y que pueden hacerse efectivas en caso de incumplimiento de las obligaciones del contrato, con son: (i) contratos de seguro, (ii) fiducia mercant il de garantía o (iii) garantías bancarias o cartas de crédito stand by. k. Interventoría: es el seguimiento técnico a la ejecución de contratos de distintas tipologías, realizado por una persona natural o jurídica contratada para ese fin por la Entidad Esta tal en los siguientes casos: (i) cuando la ley ha establecido la obligación de contar con esta figura en determinados contratos, (ii) cuando el seguimiento del contrato requiera del conocimiento especializado en la materia objeto del mismo, o (iii) cuando la complejidad o la extensión del contrato lo justifique.

Cuando la Entidad Estatal lo encuentre justificado, puede determinar que la interventoría no sólo s

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