INVIAS - Resolución 01863 de 2025
INVIAS - Instituto Nacional de Vías
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Detalles
- Título
- INVIAS - Resolución 01863 de 2025
- Autor
- INVIAS - Instituto Nacional de Vías
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
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RESOLUCIÓN NÚMERO 01863 DE 29 de mayo de 2025
‘Por la cual se prorroga por segunda vez el plazo del permito otorgado mediante la Resolución No. 04421 de 23 de septiembre de 2024 - “Por medio de la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito vehicular en la vía Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, Departamento de Nariño.”, y se dictan otras disposiciones’
EL DIRECTOR TÉCNICO Y DE ESTRUCTURACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE
VIAS – INVIAS,
En ejercicio de las facultades conferidas mediante Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, establece quienes son las autoridades de tránsito.
Que en el parágrafo primero del artículo 3 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 2 de la Ley 1383 de 2010, contempla: “Las entidades públicas o privadas a las que mediante delegación o convenio les sean asignadas determinadas funciones de tránsito, constituirán organismos de apoyo a las autoridades de tránsito”.
Que el día 17 de julio de 2006, el Ministerio de Transporte, la Dirección General de la Policía Nacional y el Instituto Nacional de Vías - INVIAS, suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 1056 de 2006, cuyo objeto es: “AUNAR ESFUERZOS PARA LA
IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA DE
SEGURIDAD EN CARRETERAS NACIONALES, QUE BUSCA COADYUVAR EN LA
Interadministrativo No. 1056 de 2006, cuyo objeto es: “AUNAR ESFUERZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD EN CARRETERAS NACIONALES, QUE BUSCA COADYUVAR EN LA DEFENSA Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA LIBRE MOVILIZACIÓN Y SEGURA CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS POR LAS CARRETERAS QUE INTEGRAN LA RED
VIAL NACIONAL.”
Que en el numeral 4 y 8 del Convenio Interadministrativo No. 1056 de 2006 se dispuso:
“4. Que con el fin de continuar apoyando logísticamente la implementación del programa de seguridad vial, las partes adelantarán las gestiones necesarias para garantizar la seguridad en la Red Vial Nacional”.:
“8. Que por conveniencia las tres entidades oficiales trabajarán en forma conjunta a fin de obtener el propósito del Presente Convenio”.
Que en el numeral primero de la cláusula cuarta del Convenio Interadministrativo No. 1056 de 2006 se estableció como una de las obligaciones del Instituto Nacional de Vías - INVIAS: “A promover respecto de la Policía Nacional la adopción de estrategias y medidas que apoyen el objetivo de garantizar la seguridad y libre circulación de los usuarios de las carreteras.”
Que la Directiva No. 45 del 26 de diciembre de 2017, expedida por el Ministerio de Defensa Nacional, establece los sectores o tramos asignados en materia de seguridad a la Policía Nacional o al Ejército Nacional.
Que el numeral 14.18 del Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021, indica que la Dirección Técnica y de Estructuración del Instituto Nacional de Vías . INVIAS tendrá como función:
Nacional o al Ejército Nacional.
Que el numeral 14.18 del Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021, indica que la Dirección Técnica y de Estructuración del Instituto Nacional de Vías . INVIAS tendrá como función: “Otorgar los permisos para el transporte terrestre de cargas indivisibles extradimensionadas, indivisibles extrapesadas, indivisibles extradimensionadas y extrapesada a la vez y transporte de cargas divisibles empleando vehículos combinados de carga sobre las rutas de la red vial nacional a cargo de INVIAS; así como, los permisos de uso y ocupación temporal de zona de carretera para la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, ductos, obras destinadas a la seguridad vial, traslado de postes, transporte de hidrocarburos o cruces de redes eléctricas de alta, media o baja tensión y demás legalmente permitidos; y los permisos para cierres oPágina 2 de 3
restricciones de las vías sobre las rutas de la red vial nacional a cargo del INVIAS para la ejecución de obras, la atención a emergencias y la realización de eventos culturales o deportivos, previo concepto técnico emitido por la Subdirección de Reglamentación Técnica e Innovación.”
Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 13 del Decreto 1292 del 14 de octubre de 2021 las Direcciones Territoriales del Instituto Nacional de Vías - INVIAS tienen la función de: “Coordinar con la Policía de Carreteras, y demás autoridades competentes, el cumplimiento de las normas sobre el uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de las mismas.”
tienen la función de: “Coordinar con la Policía de Carreteras, y demás autoridades competentes, el cumplimiento de las normas sobre el uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de las mismas.”
Que el Instituto Nacional de Vías a través de la Dirección Técnica y de Estructuración, expidió la Resolución No. 04421 del 23 de septiembre de 2024, la cual estableció en su artículo primero: “(…) Autorizar el cierre total de la vía Variante Oriental por Pasto, Ruta Nacional 25NRD, entre el PR18+0430 y el PR20+0140, Departamento de Nariño, a partir del 23 de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, en el horario comprendido entre las 22:00 horas y las 05:00 horas del día siguiente.”
Que la Resolución No. 6084 del 24 de diciembre de 2024 - “Por medio de la cual se prorroga el plazo otorgado en la Resolución No. 04421 del 23 de septiembre de 2024: “Por medio de la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito vehicular en la vía Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, Departamento de Nariño”, resolvió ampliar la vigencia del permiso hasta el 31 de mayo de 2025.
Que la Resolución No. Resolución No. 00469 del 25 de febrero de 2025 - “Por medio de la cual se modifica Resolución No. 04421 del 23 de septiembre de 2024 - “Por medio de la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito vehicular en la vía Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, Departamento de Nariño”.”, se modificó el horario autorizado
cual se toman algunas medidas sobre el tránsito vehicular en la vía Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, Departamento de Nariño”.”, se modificó el horario autorizado para adelantar los respectivos cierres parciales, estableciendo desde las 19:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente.
Que mediante comunicación CMD23-957-COM-2025 del 19 de mayo de 2025, el Consorcio Mantenimiento Daza 23, en virtud del Contrato 3884 de 2023, solicitó la prórroga del permiso otorgado en la Resolución 00469 del 25 de febrero de 2025, mediante la cual se modificó el horario del cierre total nocturno del Túnel Daza, ubicado en la Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, entre los PR 18+0430 y PR 20+0140, estableciendo un cierre entre las 19:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.
Que mediante documento SAL-25-006797 del 17 de mayo de 2025, la firma ACINCO INGENIERÍA S.A.S. BIC, en su calidad de interventora se permite otorgar viabilidad al requerimiento en mención para que se prorrogue la Resolución actual hasta treinta y uno (31) de diciembre de 2025, en las mismas condiciones que a la fecha de emisión del documento conservan vigencia.
Que la Seccional de Tránsito y Transporte de Nariño, mediante oficio GS-2025-091609DENAR (SUTRA – SETRA – 1.10) del 28 de mayo de 2025, otorgó concepto de viabilidad favorable para el desarrollo de las actividades constructivas hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre y cuando se garantice por parte del solicitante la ejecución del plan de
favorable para el desarrollo de las actividades constructivas hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre y cuando se garantice por parte del solicitante la ejecución del plan de manejo de tráfico que permita atender de manera oportuna los las situaciones de movilidad generados por los cierres viales, instalando los elementos de señalización que de acuerdo al Manual de Señalización Vial se requieran para este tipo de eventos.
Que la Dirección Territorial Nariño, mediante memorando No. 2025I-VNAR-032552 del 20 de mayo de 2025, emitió concepto de viabilidad para la ampliación del plazo del cierre autorizado mediante la Resolución No. 00469 del 25 de febrero de 2025, cuya vigencia actual se extiende hasta el 31 de mayo de 2025, y cuya prórroga se considera necesaria hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Que ante la observancia de un error formal en las comunicaciones y solicitudes relacionadas previamente, el Instituto Nacional de Vías realizó un estudio y análisis detallado de las condiciones y trazabilidad de cierre parcial sobre el sector mencionado, determinando de forma clara y palmaria que la solicitud elevada por la Dirección Territorial Nariño en conjunto con los soportes, hacen referencia a la prórroga de la Resolución 04421 de 2024 prorrogada inicialmente con la Resolución No. 06086 del 24 de diciembre de 2024 (hasta elPágina 3 de 3
31 de mayo de 2025) y modificada parcialmente por la Resolución 469 de 2025, en tanto que esta última constituye un ajuste a la resolución original.
Que mediante memorando No. 2025I-VBOG-035817 de 29 de mayo de 2025, la
que esta última constituye un ajuste a la resolución original.
Que mediante memorando No. 2025I-VBOG-035817 de 29 de mayo de 2025, la Subdirección de Reglamentación Técnica e Innovación, emite concepto de viabilidad para prorrogar por segunda vez la vigencia de la Resolución No. 04421 de 2024 prorrogada inicialmente con la Resolución No. 06086 del 24 de diciembre de 2024 (hasta el 31 de mayo de 2025) y modificada por la Resolución No. 00469 de 2025, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1: Prorrogar el plazo otorgado mediante Resolución No. 04421 de 2024, prorrogada inicialmente con la Resolución No. 06086 del 24 de diciembre de 2024 (hasta el 31 de mayo de 2025) y modificada por la Resolución No. 00469 de 2025, correspondiente al cierre total de la vía Variante Oriental de Pasto, Ruta Nacional 25NRD, entre el PR18+0430 y el PR20+0140, departamento de Nariño; el cual, se entenderá para todos sus efectos, desde las 19:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 2: Las demás disposiciones establecidas en la Resolución No. 04421 del 23 de septiembre de 2024 y la Resolución No. 00469 del 25 de febrero de 2025, continúan vigentes, salvo que sean contrarias a lo establecido en el presente acto administrativo.
Artículo 3. Vigilancia: La Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, en
vigentes, salvo que sean contrarias a lo establecido en el presente acto administrativo.
Artículo 3. Vigilancia: La Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Ministerial 045, prestará su colaboración para la realización de los cierres y velará por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4. Copia de la presente resolución se enviará a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, a la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, a la Dirección Territorial de Nariño del INVIAS, y al Grupo Gerencia de Comunicaciones del INVIAS para lo de su competencia.
Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del me s de mayo de 2025.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MAURICIO HERNÁN CÉSPEDES SOLANO
Director Técnico y de Estructuración
Proyectó: July Ballesteros Benítez – SRTI
Revisó: Juan José López M. – Abogado SRTI Revisó: José Luis Escobar Rojas – Coordinador Grupo Permisos SRTI Revisó: Gladys Gutiérrez Buitrago - Subdirectora de Reglamentación Técnica e Innovación
Revisó: Anny Yirlesa Arias Salazar – DTE
Firmado digitalmente por MAURICIO