INVIAS - Anexo 03 - Resolución 2675 de 2024
INVIAS - Instituto Nacional de Vías
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Detalles
- Título
- INVIAS - Anexo 03 - Resolución 2675 de 2024
- Autor
- INVIAS - Instituto Nacional de Vías
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
EXTRACTO DE ACTA No. 003 — 2024REUNION EXTRAORDINARIA SINCRÓNICA HÍBRIDACONSEJO DIRECTIVOINSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS La Secretaria del Consejo Directivo del Institutio Nacional de Vias — INVIAS en uso de lasfacultades establecidas en el numeral 4to del artículo 16 del Acuerdo 003 de 2023, expideel siguiente extracto de acta de la reunión extraordinaria sincrónica híbrida realizada el 18de abril del 2024 la cual consta en el acta No 003 del 2024.Siendo las 5:00 p. m. del día dieciocho (18) del mes de abril de dos mil veinticuatro (2024)se dio inicio a la reunión extraordinaria sincrónica (presencial y virtual) de conformidad conlo establecido en el Acuerdo 005 del 28 de febrero de 2006, modificado por el Acuerdo 003del 07 de julio de 2023 artículos “12. Reunión del Consejo Directivo” y “13. Reuniones nopresenciales, previa convocatoria remitida por la Secretaría General del Instituto Nacionalde Vías — INVIAS” mediante correo electrónico del nueve (9) de abril del año en curso, enla que se abordó el siguiente orden del día:1. Verificación del quorum.2. Lectura y aprobación del orden del día.3. Aprobación de la modificación y adición al Acuerdo 002 de 2023 “Por el cual seaprueba la aplicación de la contribución nacional de valorización del sectortransporte del proyecto infraestructura vial Cartagena - Barranquilla, circunvalar laprosperidad”.4. Aprobación del anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2025 del InstitutoNacional de Vías (N°9 del art.10 Acuerdo N°3 de 2023).
| DESARROLLO |PRIMEROVerificación del Quórum. Una vez la Secretaria llamó a lista a la totalidad delos miembros del Consejo Directivo se verificó la asistencia del 100% de los miembros convoz y voto que conforman el quórum así:e Doctor WILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANAMinistro de Transporte.Asistencia virtuale Doctora SANDRA PATRICIA MONTOYA VILLAREALDelegada del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.Asistencia virtual Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano @invias.gove Doctora LUZ HELENA RODRÍGUEZ GONZÁLEZDelegada del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.Asistencia virtuale Doctor JHOAN NICOLÁS RINCÓN MUNARDelegado del Director del Departamento Nacional de Planeación.Asistencia virtualCon base en lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 1292de 2021 y el artículo 14 del Acuerdo 003 de 2023, se verificó la conformación del quórumdeliberatorio y decisorio.
TERCERO - Aprobación de la modificación y adición al Acuerdo 002 de 2023 “Por elcual se aprueba la aplicación de la contribución nacional de valorización del sectortransporte del proyecto infraestructura vial Cartagena - Barranquilla, circunvalar laprosperidad.El Ingeniero Mauricio Céspedes hizo la presentación del tema haciendo énfasis en los datosgenerales del proyecto, destacando que el eje vial que actualmente está siendo objeto decobro de valorización, ha beneficiado a 10 municipios, así mismo, informó que el CAPEXde esta vía asciende a 2.01 billones de pesos.Indicó que, tras realizar ejercicios de capacidad de pago, se determinó que los beneficiariosde la obra tendrán una capacidad de pago de 2.8 billones de pesos, resaltó que laconstrucción de la vía ha generado un beneficio de 7.2 billones de pesos para los usuariosy propietarios de los predios cercanos.Informó que los aspectos a modificar de la Resolución N 1729 de 2023, corresponden a:i) ajustes sobre tres variables del método, ii) exenciones y iii) la incorporación de bienesinmuebles al censo predial.En cuanto al método de distribución abordó como primer punto el análisis del “avalúo prediocomercial” manifestando que para dar cumplimiento a lo establecido por el literal i) delartículo 248 de la Ley 1819 de 2016 “Método de Distribución de la Contribución, se tomaráel valor del avalúo comercial de los bienes inmuebles que hacen parte de la zona deinfluencia del Proyecto de Infraestructura Vial Cartagena — Barranquilla — Circunvalar de laProsperidad y los avalúos
comerciales, a la fecha se están elaborando por la LonjaPropiedad Raíz de Barranquilla. Contrato AND-133-2024”Como segundo aspecto del método de distribución se contempló el análisis sobre ladistancia, resaltando el cambio en el método de cálculo de la distancia para el cobro devalorización, mencionando que, anteriormente se utilizaba la distancia Manhattan,proponiendo cambiar al método a distancia euclidiana, considerada más práctica yequitativa para todos los beneficiarios. Explicó que, la distancia Manhattan consiste enseguir recorridos específicos para llegar a los predios sujetos al cobro, mientras que ladistancia euclidiana es una línea recta desde la vía hasta los predios; argumentando que la2
Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.govINVIASMESTITUTO NACIONAL DE VIAS distancia Manhattan implica dificultades para medir debido a los obstáculos y flujos detráfico, mientras que la distancia euclidiana es más directa.
Distancia Euclidiana vs Distancia Manhattan oo Distancia Euclidiana—— Distancia Manhattan Fuente: Elaboración propia — Dirección Técnica para el Consejo Directivo INVIAS del 18 de abril de 2024 Finalmente, como tercer aspecto relevante del método de distribución, planteó la aplicaciónde 3 restricciones del valor Cl, organizadas de la siguiente manera: A) Ci > Costo deAdministración ¡, B) Cia < Tope de capacidad de pago ia y C) Cti < Cia plazos para pagarla contribución, donde describió cada una.En relación con la fórmula, explicó la aplicación del método contemplado en la ResoluciónINVIAS N° 1729 de 2023 y en la propuesta de modificación, como se observa en la siguienteimagen:
YInstituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.govCOLOMBIAKG visa Métod @inviasResolución 1729 de 2023 todo Propuesta Modificaciónc=“, MDCae yx AzE ¿:1 d Bé D 3Donde: @ Cix Contribución predioi0 Ci= Contribución predio Í . = ús© A¡=Ayalúo predio ¡ e di=pie = @ MO = Monto distribuible@ MD = Monto distribuible € X= Número total de predios en zona de influencia€ X= Número total de predios en zona de influencia @ B= Parámetro de beneficio0 B= Parámetro de beneficio Es importante aclarar que estas restricciones nomodifican el Ci = Costo de Administración imétodo de distribución gel artículo 248 literal i de la ley 1819 del Gia = Tope de Capacidad de Pago ia o2016, debido a que ta contribución dependerá siempre del avalúo » Ctis Cia plazos para pagar la Contribucióncomercial, la distancia euclidiana y un parámetro de beneficio Donde:Gia= Contribución máxima anual del predio iCti = Contribución total del predio iFuente: Elaboración propia — Dirección Técnica para el Consejo Directivo INVIAS del 18 de abril de 2024
Destacó que la fórmula en sí misma permanece igual, pero se realizaron precisiones dentrode las variables en particular, especificó que el avalúo en la fórmula inicial se refiere alavalúo comercial del predio, y la variable de distancia se precisó como la distancia exactadel predio a la obra. Precisó que, aun cuando la fórmula no cambió en su esencia, estasdos inclusiones se hicieron para garantizar una mayor precisión y exactitud en los cálculos.Adicionalmente, hizo mención sobre los predios que serán excluidos de este pago enatención al artículo 253 de la Ley 1819 de 2016.Por otra parte, el Ingeniero Mauricio Céspedes hizo referencia sobre las exenciones parael cobro de la Contribución Nacional de Valorización, las cuales se establecieron en doscategorías: i) El Sisbén ii) La capacidad de pago.En cuanto al Sisben expuso dos consideraciones, (i) la primera corresponde aquellasunidades prediales que se identifique sean propiedad de hogares que, de acuerdo alSistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales — Sisbén,estén categorizados como pobres extremos (A1-15) o pobres moderados (B1B7) a lafecha de la base de datos que se aplique al acto administrativo de resolución de distribucióny deberán encontrarse en “estado” ACTIVOS en la base de datos del SISBEN entregadapor el DNP ; y (ii) la segunda corresponde a la vigencia de la base de datos del SISBENNO deberá superar los dos (2) meses de antiguedad contados a partir de la expedición dela Resolución de Distribución, para este caso la exención será equivalente al 100% de laasignación.
Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.govINVIASMISTITUTO NACIONAL DE VIAS.
Ke wick 2. Exenciones 1 - SISBEN °Se mantiene las categorías de pobres extremos (A) y moderados (B)Res 1729 de 2023 Propuesta ModificaciónSISBENEl porcentaje de exención Se propone modificar elindicado en el parágrafo del porcentaje de exención indicadoartículo séptimo de la Res. en el parágrafo del artículo1729 de 2023 es del 50% séptimo de la Res. 1729 de== 2023, para que sea del 100%
Predios SISBEN categoría Ay B aproximados: 10.Valor contribución SISBEN exenta aproximada 30 elmil millonesFuente: Elaboración propia — Dirección Técnica para el Consejo Directivo INVIAS del 18 de abril de 2024En lo concerniente a la capacidad de pago, serán exentos de la Contribución Nacionalde Valorización aquellas unidades prediales que, mediante estudios técnicos decapacidad de pago realizados para el proyecto en referencia, se determine que suspropietarios o poseedores no cuentan con recursos para asumir el tributocorrespondiente a la Contribución Nacional de Valorización y por ende se identifiquencomo "sin capacidad de pago”.No serán tenidos en cuenta para las exenciones de los numerales 3.1 y 3.2 los predioscuyos propietarios o poseedores tengan dos o más predios dentro de del territorionacional. Es importante aclarar que esto se aplicará si la Superintendencia de Notariadoy Registro (SNR) suministra las bases de datos respectivas en un plazo máximo aquince (15) días hábiles posteriores al envío de dicha solicitud por parte del sujetoactivo. En caso contrario, dichas validaciones se harán con las bases de los gestorescatastrales que se tienen disponibles para el proceso de censo predial.KG VisaVIDA @ mas2. Exenciones 2 — Capacidad de pagoRes 1729 de 2023 Propuesta Modificación No existía una directrizque considerara comoexentos de la CNV a losprediospropiedad/posesión depersonas sin capacidadde pago Declarar exentos de la CNV, a los prediosque mediante estudios técnicos decapacidad de pago., se determine que suspropietarios/poseedores no puedanasumir el tributo correspondiente, y porende, se identifiquen como “sin capacidadde pago”. Su exención será del 100%.AAPredios exentos aproximados: 50.000Valor exenta 900 mil ST ocu de ca y: Ml
Fuente: Elaboración propia — Dirección Técnica para el Consejo Directivo INVIAS del 18 de abril de 2024 adas de pago oe esto stanomade con un contrato de Prestación is peras Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117344tte: (ww. invias.qov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.gov :,perVvComo último aspecto, explicó sobre la incorporación de Bienes Inmuebles, en razón a ladesactualización de la información catastral suministrada para el proceso de censo predialpor los gestores catastrales de los municipios de la zona de influencia, se hace necesarioprever que predios tengan que ser incorporados al censo predial posterior a la entrada envigor de la resolución de distribución de la Contribución Nacional de Valorización.En ese sentido, el término para incorporar no podrá superar los tres (3) años contados apartir de la entrada en vigencia de la resolución de distribución de la Contribución Nacionalde Valorización. Resaltó que dichas unidades prediales deberán existir jurídicamente esdecir poseer folio de matrícula inmobiliaria bien sea como englobado o segregado conanterioridad a la ejecutoria de la resolución distribución.
Finalizada la exposición del tema, los miembros del Consejo presentaron susconsideraciones sobre el mismo y posteriormente fue sometido a aprobación por parte delos miembros del Conejo Directivo, obteniendo la siguiente votación: Miembro Voto ObservacionesWILLIAM FERNANDO CAMARGOTRIANA AprobadoMinistro de Transporte SANDRA PATRICIA MONTOYAVILLAREAL AprobadoDelegada del Ministerio de MedioAmbiente y Desarrollo SostenibleLUZ HELENA RODRIGUEZDelegada del Ministerio de Hacienda y AprobadoCrédito PúblicoSubdirector de competitividad y desarrollosostenible
JHOAN NICOLÁS RINCÓN MUNAR Con la solicitud de que seDelegado del Director del Departamento Aprobado remita el acuerdo con losNacional de Planeación ajustes incorporados Culminada la votación, se verificó que los miembros del Consejo Directivo aprobaron porUNANIMIDAD la_modificación y adición al Acuerdo 002 de 2023 “Por el cual se aprueba laaplicación de la contribución nacional de valorización del sector transporte del proyectoinfraestructura vial Cartagena - Barranquilla, circunvalar la prosperidad.” CUARTO - (.......) Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.govAgotado en su integralidad el orden del día, el Presidente dio por terminada la reuniónordinaria a las 6:49 p.m. del 18 de abril de 2024. para constancia se firma por: ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADOWILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANA MARGARETH SOFÍA SILVA MONTAÑAPresidente del Consejo Directivo Secretaria Consejo Directivo El presente extracto es tomado del acta N°003 del 18 de abril de 2024 la cual reposa enlos archivos de la Secretaria General del INVIAS, y se firma el 23 de julio del 2024 por: A SILVA MONTAÑASecretaria Consejo/Directivo Elaboró: Maria Fernanda Rodriguez — Contratista SG — 'evisó: Maria Lucelly Cáceres Ovalle - Contratista SG ” Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.qov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.gov