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INVIAS - Anexo - Certificación de Reunión del Consejo Directivo del INVÍAS - Resolución 3856 del 26 de agosto de 2024

INVIAS - Instituto Nacional de Vías

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Detalles

Título
INVIAS - Anexo - Certificación de Reunión del Consejo Directivo del INVÍAS - Resolución 3856 del 26 de agosto de 2024
Autor
INVIAS - Instituto Nacional de Vías
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

@ INVIASMISTITUTO NACIONAL DE VIAS.

CERTIFICACIÓNREUNIÓN ORDINARIA SINCRÓNICA HÍBRIDACONSEJO DIRECTIVOINSTITUTO NACIONAL DE VIAS -— INVIAS La Secretaria del Consejo Directivo del Institutio Nacional de Vias — INVIAS en uso de lasfacultades establecidas en el numeral 4to del artículo 16 del Acuerdo 003 de 2023CERTIFICA

e Que el Jueves 15 de agosto de 2024 a las 11:00 am se realizó la reunión ordinariasincrónica (presencial y virtual) de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 005del 28 de febrero de 2006, modificado por el Acuerdo 003 del 07 de julio de 2023artículos “12. Reunión del Consejo Directivo” y “13. Reuniones no presenciales,previa convocatoria remitida por la Secretaría General del Instituto Nacional de Vías— INVIAS” mediante correo electrónico del nueve (9) de agosto del año en curso.e Que para dicha reunión se verificó la conformación del quórum deliberatorio ydecisorio.e Que el punto tercero del orden se presentó el Informe sobre la revisión y ajustede la zona de influencia y modificación del acto administrativo de aplicaciónylo distribución de la Contribución Nacional de Valorización del sectortransporte - CNV.e Que el informe presentado en el punto tercero antes mencionado se realizó paradar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 del Decreto 1618 de 2023, el cualseñala que “la revisión y ajuste de la zona de influencia y modificación de los actosadministrativos de aplicación y/o distribución de la contribución nacional devalorización, deberá ser informada al consejo directivo, mediante acto administrativodebidamente motivado”.e Que el Ingeniero Mauricio Céspedes - Director Técnico y de Estructuración delINVIAS y la doctora Catalina Alvarez Charry, Gerente de Nuevas Fuentes deFinanciación del INVIAS, remitieron la información documental (memoria técnica,proyecto de modificación de la resolución y la presentación) a efectos de informarde manera previa a los miembros del Consejo sobre el tema, y durante la reuniónordinaria, informaron entre otros lo siguiente:

Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.govQue la modificación a la Resolución 1729 del 26 de mayo de 2023 “Por medio de lacual se aplica el cobro de la Contribución Nacional de Valorización del Sectortransporte en el Proyecto de Infraestructura Vial Cartagena - Barranquilla —Circunvalar de la Prosperidad. ”, se realizará en razón a que se hace necesario, entreotros, excluir el municipio de Luruaco y ampliar la zona de influencia en el municipiode Barranquilla.Que la Resolución 1729 del 26 de mayo del 2023 establece que, la zona deinfluencia del proyecto de infraestructura objeto de cobro de valorización Cartagena-Barranquilla, Circunvalar de la Prosperidad, “Es el territorio que conforma el conjuntode bienes inmuebles rurales, urbanos o de cualquier clasificación, o categoríaestablecida en los respectivos Planes de Ordenamiento Territorial, hasta donde seextienda el beneficio generado por la ejecución del proyecto”.En dicha Resolución se establecen 11 municipios que hacen parte de la zona deinfluencia.

nzación "Es el termtono queICáción Osta donde se Fuente: Elaboración propia — Gerencia de Fuentes de Financiación INVIAS. Presentación ConsejoDirectivo INVIAS del 15 de agosto de 2024Que los ajustes se sustentan en un diagnóstico efectuado en territorio, en el cualsolo se excluye el municipio de Luruaco, teniendo en cuenta que este municipio estáconformado únicamente por 6 predios en la zona de influencia. Dichos predioscarecen de acceso directo al proyecto de infraestructura objeto de cobro y tampococuentan con vías de acceso que permitan acceder a ese corredor vial. Por ende, elmunicipio y los predios no se benefician de manera directa con la construcción delproyecto de infraestructura vial.

Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.gov@> INVIASINSTITUTE NACIONAL DE VIAS CircunvalardelaProsperidad.El municipio de Luruaco se excluye deZona de Influencia en razon a.Corresponde a 6 predios en la zonade influencia. 6 Predios quese dejaron de] | . fom . i incluir en laCarecen de acceso directo al y E —_, : ~ Zona deproyecto de infraestructura vial. InfluenciaNo cuentan con vías alternas quepermitan acceso al mismo.

Fuente: Elaboración propia — Gerencia de Fuentes de Financiación INVIAS. Presentación ConsejoDirectivo INVIAS del 15 de agosto de 2024Respecto del segundo ajuste se indicó que la zona de influencia correspondetambién a un diagnóstico efectuado en territorio, en el que se pretende 3mpliar lazona en Barranquilla, teniendo en cuenta una validación que se hizo al límite de lazona, correspondiente al brazo del rio Magdalena y a una definición de los sectoresurbanos de acuerdo al límite establecido por el Departamento Nacional dePlaneación (DANE).Por lo tanto, dicha modificación esta relacionada con la división cartográfica confines estadísticos conformada por secciones urbanas, a los limites de los sectoresurbanos del DANE en el cual se evidenciaron cambios urbanísticos entre los doscostados de la vía y a una división dentro del perímetro censal de la zona deinfluencia del proyecto Cartagena — Barranquilla — Circunvalar de la Prosperidad.

Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.gov@-VALORIZACION Ampliauiun ue ia Zona de Influenciamunicipio de Barranquilla

el procesocame “una division Fuente: Elaboración propia — Gerencia de Fuentes de Financiación INVIAS. Presentación ConsejoDirectivo INVIAS del 15 de agosto de 2024Que la ampliación en el municipio de Barranquilla, corresponde a un total de 37.628predios, en condición de No Propiedad Horizontal 6.415 predios y en PropiedadHorizontal 31.213 prediosQue la composición predial en su mayoría, esta relacionada con predioshabitacionales en estratos 4, 5 y 6, con una representación del 81%.Que dichos ajustes se encuentran dentro de los 5 kilometros establecidos para lazona de influencia del proyecto vial.En ese sentido, los dos (2) ajustes en la zona de influencia corresponden a laexclusión del municipio de Luruaco, que son 6 predios y su municipio en totalidad ya la ampliación del límite en el municipio de Barranquilla, que corresponde a 7.807lotes que representan 37.628 predios.Que, adicionalmente se presentaron las estadísticas finales de la zona de influenciarelacionadas con:1. La zona de influencia queda compuesta por diez (10) municipiosrelacionados con: Cartagena y Santa Catalina (departamento de Bolívar),Barranquilla, Soledad, Puerto Colombia, Galapa, Juan de Acosta, Tubará,Malambo y Piojó (departamento de Atlántico).2. Que el total de número de predios de la zona de influencia asciende a248.656 predios, en donde los municipios de Barranquilla (89.168 prediosque representan el 35,85%) y Cartagena (66.303 que representan el 26,66%)tienen la mayor distribución predial.3. Que los 248.656 predios se clasifican de acuerdo a la tipología en 79%urbano (195.767 predios), 14 % rural (33.863 predios) y 8% corregimientos(19.026 predios).

Instituto Nacional de VíasPBX: (+57) 601 377 0600 Línea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano @invias.gov4. Que los 248.656 predios se componen de 148.202 predios en PropiedadHorizontal que equivale al 60% y 100.454 predios en No PropiedadHorizontal que equivale al 40%.e Que por tratarse de un punto informativo del orden del dia, no fue sometido avotación por parte de los miembros del Consejo Directivo de conformidad con en elartículo 23 del Decreto 1618 de 2023.e Que una vez se agotó el orden del dia en su integralidad, la reunión se dio porterminada a las 12:08 pm. del 15 de agosto de 2024.

La presente certificacióf se ¢xpide a los 22 dias del mes de agosto de 2024. geSILVA MONTANAMARGARETH SO Elaboró: : Maria Lucelly Caceres Ovalle — Contratista SG/ Instituto Nacional de ViasPBX: (+57) 601 377 0600 Linea gratuita: 018000117844http://www. invias.gov.coCorreo institucional: atencionciudadano@invias.gov

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