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INVIAS - Resolución 868 de 2025

INVIAS - Instituto Nacional de Vías

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Detalles

Título
INVIAS - Resolución 868 de 2025
Autor
INVIAS - Instituto Nacional de Vías
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

868 del 26 de marzo del 2025

MINISTERIO DE TRANSPORTE

INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS RESOLUCION NÚMERO Por la cual se corrige el artículo tercero de la Resolución No.006 del 3 de enero de 2025 "Por la cual se incorpora el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto Nacional de Vfas para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025". EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS En uso de las facultades que le confiere el artículo 19 del Decreto 1523 de 2024, el artículo 7 Numeral 7.19 del Decreto 1292 de 2021, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, el Decreto 0258 de 2025 y CONSIDERANDO: Que, el artículo 209 de la Constitución Nacional establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios, entre otros, de "igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones". Que, el artículo 211 de la Constitución Nacional señala que la ley se encargará de regular y fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos u otras autoridades el ejercicio de sus funciones. Que, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, faculta a las autoridades administrativas, para que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, mediante acto de delegación, transfieran el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, pudiendo delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos

colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, pudiendo delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la mencionada ley. Que, acorde con el artículo 10 de la precitada Ley 489 de 1998, el acto de delegación será escrito, determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se delegan. Que, el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 1523 del 18 de diciembre de 2024 "Por medio del cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el presupuesto de gastos para fa vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de2025 '. Que, el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 1621 del 30 de diciembre de 2024 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos". Que, el artículo 19 del Decreto 1523 de 2024, faculta al jefe del órgano o en quien éste haya delegado la ordenación del gasto para que real[ce, a través de acto administrativo, las desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del Decreto de liquidación del presupuesto. Que, de conformidad con el Decreto No. 1523 del 18 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Vías expidió

las apropiaciones contenidas en el anexo del Decreto de liquidación del presupuesto. Que, de conformidad con el Decreto No. 1523 del 18 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Vías expidió la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025, "Por la cual se incorpora el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto Nacional de Vías para la vigencia fiscal del 1 de enero af 31 de diciembre de 2025'. Que, el articulo tercero de la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025, ordenó registrar en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF-Nación, la desagregación y asignación de apropiaciones presupuestales contenidas en el Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024. Sin embargo, se registró en la imputación presupuesta! 2402-0600-001 3 "Construcción, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura para conectar territorios, gobiernos y poblaciones. Nacional' el subproyecto 511 02D "5. Convergencia regional ID. Integración de territorios bajo el principio de la conectividad física y la muftimodalidad', debiendo quedar en la desagregación de la Resolución el subproyecto 51102A "5. Convergencia regional/ A. Intervención de vías regionales (secundaríás y terciarias), terminales fluviales y aeródromo5', como lo establece el Decreto de Liquidación No. 1621 del 30 de diciembre de 2024. Página 1 de 4 ,_868 del 26 de marzo del 2025 -· IHT1111JO••c10U1Dlrul fiINVIAS

RESOLUCION NÚMERO

Página 1 de 4 ,_868 del 26 de marzo del 2025 -· IHT1111JO••c10U1Dlrul fiINVIAS RESOLUCION NÚMERO Por la cual se corrige el articulo tercero de la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025 "Por la cual se incorpora el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto Nacional de Vfas para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025". Que así mismo, en el artículo tercero de la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025, se hace necesario corregir en la imputación 2401-0600-0041-51102D "Mejoramiento y mantenimiento carretera Santafé de Bogotá-Chiquinquirá-Bucaramanga-San Alberto de la Troncal Central. Cundinamarca, Boyacá, Santander, Norte de Santander'', el valor inicialmente asignado al producto 2401015 "Túnel construido para el mejoramiento de la red primaria" Fuente-Nación, Recurso-16 por DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES ONCE MIL NUEVE PESOS ($2.448.011.009) M/CTE., el cual debe quedar registrado en el producto 2401008 "Vía prímaría mejorada" Fuente-Nación, Recurso-16, pasando de SEIS MIL QUINIENTOS VEINTE MILLONES CIENTO UN MIL VEINTINUEVE PESOS ($6.520.101.029) M/CTE. a un valor de OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA y OCHO MILLONES CIENTO DOCE MIL TREINTA y OCHO PESOS ($8.968.112.038) M/CTE. producto a cargo de la Subdirección Modernización de Carreteras Nacionales-SMC.

NOVECIENTOS SESENTA y OCHO MILLONES CIENTO DOCE MIL TREINTA y OCHO PESOS ($8.968.112.038) M/CTE. producto a cargo de la Subdirección Modernización de Carreteras Nacionales-SMC. Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 contempla la forma de corregir los errores meramente form¡3.les así: "'ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de ofício o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentído material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos /os interesados, según corresponda." Que, los ajustes relacionados con el articulo tercero referentes a ta corrección del subproyecto 51102A, así como la eliminación del producto 2401015 de la imputación 2401-0600-0041-51102D por el producto 2401008, (incluyendo la asignación de su valor) no cambia de manera alguna el sentido material de la decisión contenida en la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE, ARTÍCULO PRIMERO. Corregir en el artículo tercero de la Resolución No. 006 del 03 de enero de 2025, la desagregación de la imputación presupuesta! 2402-0600-0013 denominada "Construcción, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura para conectar territorios, gobiernos y poblaciones. Nacional', el subproyecto

desagregación de la imputación presupuesta! 2402-0600-0013 denominada "Construcción, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura para conectar territorios, gobiernos y poblaciones. Nacional', el subproyecto 51102D llamada "5. Convergencia regional/ D. Integración de territorios bajo el principio de la conectividad física y la multimodalidad'; debiendo quedar el subproyecto 51102A "5. Convergencia regional J A. Intervención de vías regionales (secundarias y terciarias), terminales fluviales y aeródromos", como lo establece el anexo del Decreto No. 1621 del 30 de diciembre de 2024, como Se indica a continuación: Forma como se indicó el subproyecto en la Resolución No. 006 del 2025: , ....... <.,, ;'4IJ.' "''"'""'"·' ""'"'''"' ""'" "'"'"""''°'' '"'"'''''"""'' """'"''""' "º" ''Ol';.íMJr.00>< ,.,, .• ,.,,fi-r.o,' '"""'fi'"·"'"·· '"º'"''·'""·""" ''"'""''""''"' /4UJ,-,LAI IJ<,a.< 0-102-<>,0U-0<1" 140,.c>,r<1ao1., ------ --""" "''" ""'·' :so.-..;;,n,-uo'J --····----- ;.r,;.,>,r>J-00,C< ---

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ARTÍCULO TERCERO. En lo demás la Resolución No. 006 del 3 de enero de 2025 permanece sin modificaciones. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. ARTÍCULO QUINTO. Comuniquese el contenido de la presente Resolución a ta Oficina Asesora de Planeación y a ta Subdirección Financiera para los fines respectivos. Página 3 de 426 días del mes de marzo de 2025 868 del 26 de marzo del 2025 RESOLUCION NÚMERO Por la cual se corrige el artfculo tercero de la Resolución No.006 del 3 de enero de 2025 "Por la cual se incorpora el presupuesto de ingresos y gastos del lnStituto Nacional de V/as para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025". ARTiCULO SEXTO. Publíquese la presente Resolución en la página web del Instituto. Dada en Bogotá, D.G. a los

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Elaboró: Esteban Herrera Castro/ Camilo Andres Arias -Oficina Asesora de Píaneación

Revisó: German Puentes Aguilar -Jefe Oficina Asesora de Planeació'}.Í¿

Vo.Bo.: Margareth Sofía Silva Montaña - SG fi

, 1

Vo.Bo.: Auby Amparo Malaver Montaña - Directora Juridica (E) fi Página 4 de4

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