INVIMA - Circular Externa 031 de 2003
Detalles
- Título
- INVIMA - Circular Externa 031 de 2003
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2003
SUAO
CIRCULAR EXTERNA N” ()3 1
SEÑORES: USUARIOS Y FU
POSE JUL 2003
NCIONARIOS MINISTERIO DE
COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
ASUNTO: — INCLUSIÓN DE SUBPARTIDAS ARANCELARIAS Y NOTAS
MARGINALES A LA CIRCULAR EXTERNA 034 de 2000
Para su conocimiento y aplicación, les Informo que el INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMAsolicitó al Ministerio de Comercio Industria y Turismo Incluir a la lista de productos señalados en la Circular Conjunta INCOMEX - INVIMA 034 del 01 de marzo de 2000 y anexo 18 de la Circular Externa 077 del 25 de septiembre de 2002, las sigulentes subpartidas arancelarias y notes marginales. [SUBPARTIDA” [NOTA MARGIN ¿ONTROL 03.06.13.80 10 VB 05.10.00.10,00 Cuando sea uliizada como materia prima en|VB e dicamentos de uso humano [09.09.10.00,00 Cuando sea utilizada como matería prima en|VB | alimentos y bebidas alcohólicas de consumo >. . e humano 0909.20.00.00 |Cushdo sea ulilizada como mate ima en|vB— human |09.09-30.00-00 human 09.09.50.00.00 ~ ame ) andes a 12.11.90.90.00 lar la pleguic [1704.80.00.00 Ne o Cotto 28 N 124-167 Plsrs 1, 2, alimentos y bebidas alcohólicas, de consumo 0500400000 |Cuando sea ull alimentos y bebidas alcohólicas de consumo|
Ne o Cotto 28 N 124-167 Plsrs 1, 2, alimentos y bebidas alcohólicas, de consumo 0500400000 |Cuando sea ull alimentos y bebidas alcohólicas de consumo| preparación de infuslones o fisanas del neumo humano, elaboración de bebidas ohólicas o, ando sea Uliizada como materia prima en|VE alimentos y bebidas alcohólicas de consumo o mejeria prima en|Ve a ullizada como materia prime s alcohólicas de vonsumo humano “¡Cuando Sean ullizadas como materia prima) ve Y fabricación de medicamentos cosméticos de consumo humano, en, des de uso doméstico, y en la as come malena primajvE ación de medicamentos del 34,56, 7,9/ PBRX /671) 6067076 / Bogoló, Colombia / Mincomex.aov.co ]\ h 21.06.80.3000 | consumo humano TE ¡cuando sean ullizadas como matera prima en la fabricación de alimentos y cosméticos! de consumo humeho Guando sean utilizadas como materia primal en la fabricación de medicamentos de consumo humano, 22.07.20.00.00 X en la fabricación de cosméticos de uso humano [25.25.20.00.00 Cuando seen Ullizadas como materia prima|ve en la fabricación de cosméticos de consumo) ) humeno | o S 25.30.90.00.00 Cuando sean ulilizadas como materias primas VB 27.12.00.20.00 Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de medicamentos, cosméticos y alimentos de consumo humano 25.11.19.90.00 Cuando seen uliizadas como materia prima
27.12.00.20.00 Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de medicamentos, cosméticos y alimentos de consumo humano 25.11.19.90.00 Cuando seen uliizadas como materia prima enla fabricación de productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico. 26.11.22.90.00 Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de medicamentos y cosméticos de cotisumo humano 29.06.13.00.00 Cuando séan ullizadas como maleria prima en la fabricación de medicamentos de _ jconsumo humano (29-06, 19.00.00 Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de productos de aseo, higiene y limplezá de uso doméstico _ 12918.29.12.00 Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de medicamentos y cosméticos de consumo humano y preductas de eseo, higiene y Iinpieza de uso doméstico 20.18.29.19.00 Cuando sean ulilizados como materia prima en medicamentos, cosméticos y preparaciones homeopélicas de consumo humano; y en reactivos del laboratorio VB 29.18.29.00.00 Cuando sean ulllizadas como materia prima en medicamentos, cosméticos y Preparaciones homsopálicas de consumo humano y en reagtivos de laboratorios 29.18.30.00.00 Cuando sean ullllzadas como materia prima enla fabricación'tla medicamentos de consumo humano 7934:89.10.00 | Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de alimentos pare consumo humano 2 26.34,99.30.00 Cuando sean ulilizados como materia prima — en medicamentos, preparacionas homeopáticas y alimentos de consumo
7934:89.10.00 | Cuando sean utilizadas como materia prima en la fabricación de alimentos pare consumo humano 2 26.34,99.30.00 Cuando sean ulilizados como materia prima — en medicamentos, preparacionas homeopáticas y alimentos de consumo Y Call ZA NE IIA 15/ Pisos 4, 2,3, 4,5, 6,7, 97 PDX (571) 6067678 | Bogotá. Columbia / Mincomex.gov.cohumano ; y en reactivos de laboratorio 30.02.90,90.00 RE: Cuando sean para uso humano y VB[RS o VB Cuando sea utilizada.como materia prima en alimentos y medicth entos de consumo humano ! e 32.03,00.21,00 Cuando sean vilizadas como materia prima VB en la fabricación de alimentos de consumo humano . 32.08.20.00.00 Cuando sean ullizadas como materia prima — |VB en la fabricación de medicamentos y | o cosméticos, de cuheumo humano | 32.08.90.00.00 Cuando Sean utilizadas como nateria prima |VB en la fabricación de medicamentos y S cosméticos de conbumo humano 34.04.90.20.00 Cuando sean utilizadas como materia prima | en la fabricación de medicamentos de coneumo humano; Cuando sean uliizadas como materia p primi enla fabricación de medicamentos y Mo a cosméticos de consumo humano 130.05.30.00.00 Cuando sean utilzadas como materia prima |VB en la fabricación 4e medicamentos y (ae |eosméticos.ide cóNgumo humano . E 06.90.10,00 Cuando sean utilizadas como materia prima [VB en Ja fabricación de medicamentos, cosméticos y mide de consumo humano ¡38.06.2010 00 enla fabricación de alimentos de consumo
E 06.90.10,00 Cuando sean utilizadas como materia prima [VB en Ja fabricación de medicamentos, cosméticos y mide de consumo humano ¡38.06.2010 00 enla fabricación de alimentos de consumo | humano e im 08.90.10.00 Cuando sean uti zadas enla industrie de — |VB Alimentos de " f 39.05.51.00.00 Cuando Sean utilizadas como materia prima (VB | y en productos médico quirúrgicos y odontológicos de usa humano do 30 06.00.6000 Cuando sean ullizadas como meterla prima VB | | len la fabricación de medicamentos, [cosméticos y alimentos de consumo humano, y en productos médico quirúrgicos y _Jedontológicos deluso humano 30.10.00.10.00 Cuando sean utilizadas como materia prima VB en la fabricación de medicamentos de — - consumo humano; y en productos médico L quirúrgicos y odontológicos de uso humano | 19.10.0090 00 ¡Cuando sean utillzadas como materia prima — ve en la fabricación de medicamentos de consumo humano y productos médico quirúrgicos y odontológicos de uso humano 15512.00.96.00 ¡Cuando sean utilizadas como maleria prima “vB en la fabricación de alimentos de consumo himano Callo 28 N? 134 -15/ Pisos 1,2, 3,4, 6,8, 7,9/ PRX (571) 6067876 / Bognté. Colombia / Mincomex.goy,co— [Unicamente cuando 86 trate de parlesy [VB acceeprias para máquinas aparatos Instrumentos o artículos de medicina, ciruala ju odontología de las partidas l00.18.,90.19 1 y 90.22
acceeprias para máquinas aparatos Instrumentos o artículos de medicina, ciruala ju odontología de las partidas l00.18.,90.19 1 y 90.22 190-33.00.00.00 De igual manera, en los casos en que se Importe meterla prima para la fabricación de medicamentos de uso humano, plaguicidas e insecticidas de uso doméstico se debe dar cumplimiento el articulo 2 del Decreto|358 de 2002, en el sentido que el INVIMA olorgará Visto Bueno Sanitario a la importación y posteriormente colocará el sello en el Registro o Licencia de Importación con la leyenda "Valido para exclusión de IVA "y al artículo 30 de la ley 788 de 2002, en donde se encuentra el listado de las posiciones arancelarias de los bienes que se hallan excluidos del Impuesto a las ventas, i NOTA: Los requisitos pare la Importaciénide productos terminados y materia primes con Registro Sanitario de productos que son competencia del INVIMA, así como los de notificación sanitaria obligatoria para produotos cosméticos provenientes de los países de la Comunidad Andina de Naciones, seguirán riglendose conforme a lo establecido en la Circular Externa Conjunta No. 03 de mayo 25 de 2000 INVIMAMincomex y Circular Externa Conjunta 001 del 19 de febrero de 2003 INVIMA — Ministerlo de Comercio, Industria y Turismo La presente Circular rige a parir de la echa de expedición. Cordialmente, Diyector de Comercio Exterior — lo ANTONIO SRRES MARTIN i Calle 28 N° 134-15/ Pisos 1,2,3,4,5,6,7,9/ POR (571) 6057678 / Bogolá. Colombia / Minsomey,gov.co