INVIMA - Resolución 2003023850 de Diciembre 3 de 2003

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

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Detalles

Título
INVIMA - Resolución 2003023850 de Diciembre 3 de 2003
Autor
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2003

Republica De Colombia Ministerio de la Protección Social Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA

RESOLUCIÓN No. 2003023850 DE DICIEMBRE 3 DE 2003 "Por la cual se suspenden los términos legales en actuaciones ante El INVIMA"

El DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE

MEDICAMENTOS YALIMENTOS - INVIMA –

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los numerales 1, 2 Y 11 de articulo 8 del Decreto 1290 de 1994 y

CONSIDERANDO QUE

Es función del INVIMA expedir los actos administrativos correspondientes a la concesión, renovación y modificación de registros sanitarios de acuerdo a las reglamentaciones en esa materia, así como también, identificar y evaluar las infracciones a las normas sanitarias, adelantar las investigaciones e imponer las sanciones cuando haya lugar a ello.

La industria cuya actividad se encuentra relacionada con las competencias del INVIMA, en especial la industria farmacéutica, que es aquella que mayor volumen de trabajo demanda, reduce las actividades o concede vacaciones a sus trabajadores durante fin de año.

Atendiendo los principios orientadores de las actuaciones administrativas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 de la Constitución Política y 3 del Código Contencioso Administrativo y aprovechando la época de festividades navideñas y de fin de año, este Despacho encuentra conveniente estudiar y evaluar la gestión del año 2003 a fin de optimizar la calidad del servicio en el año 2004.

Con tal propósito y con el fin de evitar traumatismos en la gestión se suspenderán los términos

Despacho encuentra conveniente estudiar y evaluar la gestión del año 2003 a fin de optimizar la calidad del servicio en el año 2004.

Con tal propósito y con el fin de evitar traumatismos en la gestión se suspenderán los términos legales durante el período señalado en la parte resolutiva del presente proveído.

En mérito de lo expuesto, el Director General.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Suspender los términos legales a partir de las 5:00 p.m. del día 23 de diciembre de 2003, hasta las 8:00 a.m. del día 13 de enero de 2004, para la prestación de servicios que ofrece el Instituto en sus diferentes dependencias. Exceptúase de la suspensión de términos, el trámite de radicación y otorgamiento de vistos buenos de importación, competencia del INVIMA y de certificados de venta libre, autorizaciones de importación, autorizaciones de publicidad, así como las peticiones que en ejercicio de los artículos 23 de la Constitución Política y 5 Y siguientes del Código Contencioso Administrativo, Ilegaren a presentarse.

ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE y CUMPLASEBogotá, D.C. 3 de Diciembre de 2003.

JULIO CESAR ALDANA BULA

Director General

Carrera 68D No. 17.11/21 - PBX: 2948700 - Página Web www.invima.gov.co Bogotá-Colombia A.A. 20896

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