INVIMA - Resolución 2005023262 del 25 de Noviembre de 2005
Detalles
- Título
- INVIMA - Resolución 2005023262 del 25 de Noviembre de 2005
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2005
República de Colombia Ministerio de la Protección Social Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA lib~rllld y Orden RESOLUCIÓN No. 2005023262 DEL 25 de Noviembre de 2005 Por la cual se suspenden los términos legales en actuaciones ante el INVIMA El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y AlimentosINVIMA, en ejercicio de las facultades legales conferidas en los numerales 1, 2 Y 11 del artículo 8 del Decreto 1290 de 1994. CONSIDERANDO QUE Es función del INVIMA expedir los actos administrativos correspondientes a la concesión, renovación y modificación de registros sanitarios de acuerdo a las reglamentaciones en esa materia. La industria cuya actividad se encuentra relacionada con las competencias del INVIMA, en especial la industria farmacéutica, que es aquella que mayor volumen de trabajo demanda, reduce las actividades o concede vacaciones a sus trabajadores durante fin de año. Atendiendo los principios orientadores de las actuaciones administrativas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 de la Constitución Política y 3 del Código Contencioso Administrativo y aprovechando la época de festividades navideñas y de fin de año, este Despacho encuentra conveniente estudiar y evaluar la gestión del año 2005 a fin de optimizar la calidad del servicio en el año 2006. Con tal propósito y con el fin de evitar traumatismos en la gestión se suspenderán los términos legales durante el período señalado en la parte resolutiva del presente proveído. En mérito de lo expuesto, el Director General
RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: SUSPENDER los términos legales a partir de las 5:00 p.m. del día 20 de diciembre de 2005, hasta las 8:00 a.m. del día 10 de enero de 2006, para la prestación de servicios que ofrece este Instituto en sus diferentes dependencias.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXCEPTÚESE de la suspensión de términos, el trámite de radicación y otorgamiento de vistos buenos de importación competencia del INVIMA, certificados de venta libre, autorizaciones de importación, autorizaciones de publicidad, procesos sancionatorios, así como las peticiones que en ejercicio de los artículos 23 de la Constitución Política, 5 y siguientes del Código Contencioso Administrativo, Ilegaren a presentarse.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su expedición
PUBLIQUESE y CUMPLASE
Se expide en Bogotá D.C el 25 de noviembre de 2005. ~=LDANA -BU LA Director General 'oyectó: Sulldjrección de Registrps Sanitarf06 & n.nh...nn' 112... r1~ h ~