INVIMA - Resolución 2007026663 del 15 de Noviembre de 2007

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

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Detalles

Título
INVIMA - Resolución 2007026663 del 15 de Noviembre de 2007
Autor
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2007

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos ~ INVIMA Ministerio de la Protección Social República de Colombia Voted On RESOLUCION No. 2007026663 del 15 de Noviembre de 2007 Por la cual se suspenden los términos legales en actuaciones ante el INVIMA El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA, en ejercicio de las facultades legales conferidas en los numerales 1 y 2. del artículo 8 del Decreto 1290 de 1994, CONSIDERANDO QUE El INVIMA es un establecimiento público que presta un servicio especializado dentro de los objetivos y políticas formulados por el Ministerio de la Protección Social. En tal sentido, es la autoridad competente para ejercer el control y vigilancia de la caliddd y seguridad de los productos de que trata el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 34 de la Ley 1122 de 2007 (artículo 4, numeral 1 del Decreto 1290 de 1994), de manera que se asegure la protección y salvaguarda de la salubridad pública como derecho colectivo en los términos señalados en el articulo 1 de la Constitución Política de Colombia. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 de la Constitución Politica, 2 y 3 del Código Contencioso Administrativo, en los cuales se advierte que los funcionarios públicos tendrán como objetivo principal el cumplimiento de los cometidos estatales con observancia de los principios orientadores de la administración y con el fin de la mejora de la prestación del servicio a cargo de

este Instituto, esta entidad encuentra conveniente evaluar la gestión realizada por la Subdirección de Registros Sanitarios con el objeto de optimizar la calidad del servicio en el año 2008. Con el propósito de evitar traumatismos en la gestión a cargo de la entidad se suspenderán los términos legales durante un periodo determinado para los trámites que se señalarán en la parte resolutiva del presente acto. En mérito de lo expuesto, el Director General RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Suspender los términos legales a partir de las 4:00 p.m. del día 14 de diciembre de 2007, hasta las 8:00 a.m. del dia 8 de enero de 2008, para la prestación de todos los trámites surtidos ante la Subdirección de Registros Sanitarios relativos a expedición, modificación y renovación de Registros Sanitarios a excepción de radicación y otorgamiento de vistos buenos de importación competencia del INVIMA, certificados de venta libre, autorizaciones de importación, asi como las peticiones que en ejercicio de los artículos 23 de la Constitución Politica, 5 y siguientes del Código Contencioso Administrativo, llegaren a presentarse.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su expedición,

Se expide en Bogotá D.C el 15 de noviembre de 2007.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

<2 JAIRO CESPEDES CAMACHO Director Generah—— 57, Gara tos - BX del PáginaMÍob http. wuev invima.gov.co Bogotá - ColombiaAA. 20696

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