INVIMA - Resolución 2011038436 del 6 de Octubre de 2011
Detalles
- Título
- INVIMA - Resolución 2011038436 del 6 de Octubre de 2011
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
arr — el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA —_ — Ministerio de la Protección SocialRepública de Colombia Libertady Orden | RESOLUCIÓN 2011038436 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2011“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución| 2011023117 del 28 de junio de 2011” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIADE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOSINVIMA,En ejercicio de sus facultades legales y en especial las previstas en el numeral 9del artículo 8 del Decreto 1290 de 1994 y CONSIDERANDO QUE:Mediante Resolución 2008011664 del 6 de mayo de 2008 se adecúa el Comité deCoordinación del Sistema de Control interno a las necesidades actuales delINVIMA, además mediante Resolución 2008015193 del 9 de junio de 2008 seintegran los Equipos Modelo Estándar de Control Interno-MECIy Calidad delInstituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA ymediante Resolución 2010008600 del 16 de abril de 2010 se otorgan lasfunciones al Comité MECI-Cafidad de liderar el proceso de administración delriesgo y servir de facilitador en el análisis, valoración, manejo y monitoreo delriesgo.
De acuerdo a la Circular No. 1000-002-07 del DAFP se recomienda que “Elcomité de Coordinación de Control Intemo, como máxima instancia decisoriapodrá asumir las funciones que le corresponden al equipo directivo en materia decalidad, de suerte tal que se cree igualmente una única instancia de dirección enla implementación de los dos procesos”. “Es de resaltar que cuando en la agenda |se aborden los temas especificos asignados a Comité de Coordinacién de ControlInterno, de que trata el Decreto 1826 de 1 994, la Secretaría Técnica la ejercerá elJefe de Control Interno o quien haga sus veces”. Es pertinente aclarar el epígrafe de la Resolución 2011023117 del 28 de junio de2011, la cual se profirié con el fin de racionalizar el número de comités, lamodernización, mejoramiento continuo y la prestación de servicios con calidad delInstituto Nacional de Vigilancia y Alimentos INVIMA, soportados en laimplementación del Modelo Estándar de Control Interno y en el Sistema deGestión de Calidad, derogó las Resoluciones 200811664 del 6 de mayo de 2008 |y la 200815193 del 9 de junio de 2008 y conformó el Comité de Coordinación deSistema de Control Interno en el instituto Nacional de Vigilancia y Alimentos —INVIMA, dentro del cual se incorporó el antiguo Comité Mecí Calidad. , Se hace necesario, además modificar el artículo 1 de la Resolución 2011023117del 28 de junio de 2011, en el sentido de la delegación de la participación de losintegrantes al Comité de Coordinación de Sistema de Control Interno y el derechovoz pero no voto que le asiste a la Jefe de la oficina de Control Interno.
Se considera pertinente a su vez, modificar el artículo 3 de la Resolución2011023117 del 28 de junio de 2011 de las funciones del Comité de Coordinación Carrera 68D Nro. 17-41/21 PBX: 2948700Pagina Web hitp:// www.invima.gov.co Bogotá - Colombia AA. 20896 >Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA |Ministerio de la Protección SocialRepública de Colombia RESOLUCIÓN 2011038436 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2011“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución2011023117 del 28 de junio de 2011” de Sistema de Control Interno y el artículo 4 en cuanto a su convocatoria ysesiones. Es relevante igualmente aclarar en el artículo 7 de la Resolución 2011023117 del28 de junio de 2011, la denominación de la Oficina de Control Interno. En consecuencia, la Directora General del Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos INVIMA, RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Aclaración del epígrafe de la Resolución 2011023117 del 28 dejunio de 2011: El epígrafe de la Resolución 2011023117 del 28 de junio de 2011quedará así: “Derogar las Resoluciones 200811664 del 6 de mayo de 2008 y la200815193 del 9 de junio de 2008 y crear Comité de Coordinación deSistema de Control Interno en el Instituto Nacional de Vigilancia yAlimentos — INVIMA, incorporando en este el Comité Mecí Calidad”.
ARTÍCULO 2°- Modificación del artículo 1 de la Resolución 2011023117 del 28 dejunio de 2011: El artículo 1 de la Resolución 2011023117 del 28 de junio de 2011| quedará asi: “ARTÍCULO 1° Conformar el Comité de Coordinación de Sistema deControl Interno en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y| Alimentos —INVIMAel cual estará integrado por: Director General o su delegado quien lo presidirá.Secretario General.Subdirector de Medicamentos y Productos Biológicos.Subdirector de Alimentos y Bebidas AlcohólicasSubdirector de Insumos y Productos Varios.Subdirector de Registros SanitariosJefe de la Oficina Asesora de Planeación Informática y Estadística.Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.Jefe de la Oficina de Control Interno. La participación de los integrantes en el Comité, será delegable siempreque ésta se justifique debidamente. Carrera 68D Nro. 17-11121 PBX: 2948700Página Web http:// www.invima.gov.co Bogotá - Colombia A.A. 20896e — | Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMAMinisterio de la Protección SocialRepública de Colombia tibertnd y Orden RESOLUCION 2011038436 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2011“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución2011023117 del 28 dejunio de 2011" PARÁGRAFO PRIMERO: El Jefe de la Oficina de Control Intemoasistirá con derecho a voz, pero sin voto, y actuará como SecretarioTécnico del Comité de Coordinación de Control Interno.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Podrán ser invitados los funcionarios que enconcepto del Director General deban participar en las sesiones según losasuntos a tratar.
PARÁGRAFO TERCERO: En el evento en que se creen nuevos cargosdirectivos, subdirectivos y nuevas oficinas, los nuevos funcionariosharán parte del Comité de Coordinación de Sistema de Control Internodel INVIMA.
ARTÍCULO 3°. Modificación del artículo 3 de la Resolución 2011023117 del 28 |de junio de 2011: El articulo 3 de !a Resolucion 2011023117 de! 28 de junio de2011 quedara asi: “ARTÍCULO 3°. FUNCIONES DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN DESISTEMA DE CONTROL INTERNO. El Comité Desarrollará las siguientes funciones:
1. Recomendar pautas para la determinación, adaptación,complementación y mejoramiento permanente del Sistema de ControlInterno, de conformidad con las normas vigentes y las característicaspropias de la entidad.2. Estudiar y revisar la evaluación y estado de ejecución delcumplimiento de objetivos, políticas, planes y metas trazadas paracada una de las dependencias que conforman el INVIMA yrecomendar los correctivos necesarios.3. Asesorar al Director General en la. definición de planes estratégicosdel INVIMA y en la evaluación del estado de cumplimiento de lasmetas y objetivos allí propuestos.4. Recomendar prioridades para la adaptación, adecuadofuncionamiento y optimización de los sistemas de informacióngerencial, estadística, financiera, de planeación y de evaluación deprocesos, así como la utilización de indicadores de gestión generales| y por áreas.5. Estudiar y revisar la evaluación al cumplimiento de los planes,sistemas de control y seguridad interna, y los resultados obtenidos porlas dependencias del INVIMA.6. Presentar a consideración del Director propuestas de modificación a| las normas sobre Control interno vigentes.
Carrera 68D Nro. 17-11/21 PBX: 2948700Pagina Web http:!/ www.invima.gov.co Bogotá - Colombia A.A, 20896Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMAMinisterio de la Protección SocialRepública de Colombia tibertod y Orden RESOLUCIÓN 2011038436 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2011“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución2011023117 del 28 de junio de 2011” Brindar recomendaciones y propuestas de mejoramiento sobre el PlanAnual de Evaluación del Sistema de Control Interno,Ser máxima instancia decisoria en la implementación de la NormaTécnica de la Calidad NTCGP-1000:2009 y del Modelo Estándar deControl Intemo.9. Realizar revisiones periódicas al Sistema de Gestión de CalidadNTCGP-1000:2009 y al Modelo Estándar de Control Interno.10. Liderar el proceso de administración del riesgo y servir de facilitadoren el análisis, valoración, manejo y monitoreo del riesgo.11. Aprobar lo que haya lugar, respecto al levantamiento de los procesosy procedimientos actuales.12. Participar en la sensibilización, capacitación y toma de conciencia delpersonal respecto a Jos objetivos de los sistemas.13.Proponer acciones correctivas y preventivas ante la aparición deproblemas reales y potenciales en la implementación y conservaciónde los sistemas.14. Dictar su propio reglamento en todo aquello que resulte pertinente.
ARTÍCULO 4°. Modificación del artículo 4 de la Resolución 2011023117 del 28 dejunio de 2011: El artículo 4 de la Resolución 2011023117 del 28 de junio de 2011quedará asi: “ARTÍCULO 4% CONVOCATORIA Y SESIONES. El Comité sesionaráen forma ordinaria, por lo menos cada tres (3) meses, y en formaextraordinaria cuando el Director General lo convoque según lasnecesidades, o por lo menos tres (3) de sus miembros lo soliciten porintermedio de la Secretaría Técnica del Comité. ARTÍCULO 5°. Aclaración del inciso primero del artículo 7 de la Resolución2011023117 del 28 de junio de 2011: Aclarar en el inciso primero del artículo 7 dela Resolución 2011023117 del 28 de junio de 2011, la denominación de la Oficinade Control Interno, la cual es "Oficina de Control Interno” y no “Oficina Asesora deContral interno”. y ARTÍCULO 6°. Derogatorias. Lo dispuesto en esta Ley,inciso primero del artículo 7, modifica el artículo 1,32011023117 del 28 de junio de 2011 y deroga todas lassean contrarias. / aclara el epígrafe y ely 4 de la Resolucióndemás normas que le ARTÍCULO 7°. Los aspectos no regulados por el presente decreto, se regirán porlas disposiciones legales y reglamentarias vigentes. / Carrera 68D Nro. 17-14/21 PBX: 2948700Página Web http:/f www.invima.gov.co Bogotá - Colombia A.A. 20896——— AAA — = <n
Instituto Nacional! de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMAMinisterio de la Proteccién SocialRepublica de Colombia a libertad y Orden RESOLUCIÓN 2011038436 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2011“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución2011023117 del 28 de junio de 2011” Artículo 19. Vigencia. La presente Resolución entra en vigencia a partir de lafecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C. a los seis (6) días del mes de Octubre de 2011. COMUNIQUESE Y CUMPLASE lasersE lag Ot]po ELVIRA CAJÍGASDE ACOSTADirectora General Proyectó: Silvia Aurora Reyes Martinez. AAbogada Oficina Control InterñoRevisó: — Norma Constanza García Ramirez5Jefe Oficina de Control Inter .Aura Yineth Correa NiñoJefe Oficina Asesora JugsRafael Darío ForeroJefe Oficina Asesora de P, ión, Informática y EstadísticaRuth Patricia Díaz VegaAsesor de Dirección. 2Cesar Alberto Jauregui Reina GAN,Subdirector de Alimentos y Bebidas AlcohólicasElkin Hemán Otalvaro Cifuentes/YYSubdirector de insumos y ProgdctosBiolégicosFrancisco González Baen: ‘Subdirector de Medicamentos y Productos BiológicosLuz Helena Franco Chaparro LgH12-Subdirectora de Registros Sanitarios e Carrera 68D Nro. 17-11/21 PBX: 2948700 5Página Web http:/! www.invima.gov.co Bogotá - Colombia A.A, 20896 — _ _ —— >