INVIMA - Resolución 2014014943 del 23 de Mayo de 2014
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
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Detalles
- Título
- INVIMA - Resolución 2014014943 del 23 de Mayo de 2014
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2014
Y foe INV IMO seeracoralda Veande Mectcamentoe y Afrentos. RESOLUCIÓN 2014014943 DEL 23 DE MAYO DE 2014 “Por medio de la cual se conforma el Equipo Modelo Estándar de Control Interno -MECI-y Calidad del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMALA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DEMEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA, En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 10° delDecreto 2078 de 2012 y, CONSIDERANDO QUE: El artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que: “(...) LaAdministración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejerceráen los términos que señale la ley’, y el artículo 269 dispone que: “En las entidadespúblicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según lanaturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, deconformidad con lo que disponga la ley” El modelo mencionado impone a los servidores públicos o particulares que ejercenfunciones públicas, la obligación de supervisar continuamente la eficacia de los controlesintegrados y desarrollar autoevaluación permanente de los resultados de su labor, comoparte del cumplimiento de las metas previstas, por las dependencias a las que pertenece. La ley 872 del 12 de diciembre de 2003 “Por la cual se crea el sistema de gestión de lacalidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras deservicios” preceptúa en el parágrafo 1 del artículo 2 que: “La máxima autoridad de cadaentidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar yperfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad que se establezca de acuerdo con lodispuesto en la presente ley.”
El Decreto 4110 del 9 de diciembre de 2009, reglamenta la Ley 872 de 2003 y adopta lanorma técnica de Calidad de la Gestión Pública NTC GP1000:2004, modificado por elDecreto 4485 de 2009 por medio del cual se adopta la actualización de la norma técnicade calidad de la Gestión Pública NTC GP 1000:2009. Conforme al numeral 4 de los lineamientos generales fijados en la circular No. 003 de2005, suscrita por el Presidente del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia deControl Interno de las entidades de orden nacional y territorial establece: "Un segundogrupo operativo que se denominara Equipo MECI, conformado por servidores públicos dela entidad, de carácter multidisciplinario, con representatividad de todas las Areasorganizacionales de la Entidad, el cual deberá ser coordinado y supervisado por elRepresentante de la Dirección.” El Equipo MECI tendrá bajo su responsabilidad adelantar los procesos de diseño, apoyoy coordinación con las diferentes dependencias organizacionales de la Entidad, paralograr una óptima implementación del MECL, ,1000:2005. Posteriormente a laaccInstituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA ES Py,Carrera 68D N. 17-11/21PBX: 2948700 150 9001 ¡contesmp2 <SAreiis Bogotó - Colombiavw invimo.gov.co
LAys MO. tara topos2/0 Nacionalda Veslanca de Modcarartosy Afventos implementación, los integrantes de dicho Equipo deberán asumir el rol de facilitadores alinterior de sus respectivas dependencias, apoyando el adecuado funcionamiento de loselementos de control. De acuerdo a la Circular No. 1000-002-07 emitida por el Director del DepartamentoAdministrativo de la Función Pública el 22 de enero de 2007, “como quiera que laimplementación del MECI 1000:2005 y la NTC GP1000:2004 son Procesos Paralelos, esrecomendable que sea un solo equipo al interior de cada Entidad el que se responsabilicede la implementación correspondiente, con el ánimo de reducir costos y en la búsquedade una mayor eficiencia y eficacia Institucional” Que se hace necesario conformar el Equipo MECI-Calidad en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA.
RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Conformar el Equipo MECI-Calidad del Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos -INVIMA, con representatividad de todos los Procesos de laEntidad, el cual deberá ser coordinado y supervisado por el Director General del INVIMA.
El Director del Invima determinará las acciones necesarias para el desarrollo,implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno y Sistema deGestión de Calidad.
ARTICULO 2°- El Equipo MECI-Calidad estará coordinado por el Delegado de laDirección General para el Sistema de Gestión de la Calidad, y tendrá los siguientes rolesy responsabilidades:
1. Formular, orientar, dirigir y coordinar el proyecto de implementación ymantenimiento del MEC! y del Sistema Integrado de Gestión.2. Asegurar que se desarrollen a cabalidad cada una de las etapas previstas para laimplementación y mantenimiento del Modelo.3. Informar a la alta dirección sobre la planificación y avances de la etapaimplementación y mantenimiento del MECI y del Sistema Integrado de Gestión.Dirigir y coordinar las actividades del Equipo MECI - Calidad.Coordinar con los directivos o responsables de cada área o proceso las actividadesque requiere realizar el Equipo MECICalidad, en armonía y colaboración con losservidores de dichas áreas.6. Hacer seguimiento a las actividades planeadas para la implementación ymantenimiento del MECI y el Sistema Integrado de Gestión, aplicando correctivosdonde se requiera.7. Someter a consideración del Comité de Coordinación de Control Interno laspropuestas de diseño e implementación MECI y del Sistema Integrado de Gestión,para su aprobación.
ARTICULO 3° - El Equipo MECI-Calidad estará conformado de la siguiente manera: Instituto Notional de Vigilancio de Medicamentos y Alimentos— INVIMACorrera 68D N° 17-11/21PBX; 2948700
-| 1so.9001Bogotá - Colombiawenwinvina.gov.co ES'e @ 6 IFNO iararonosInsti.fo Nadonal de Vglancia da Modcemantos y Alimentos. 1. 2. 1 1 El Delegado de la Dirección General para liderar el Proceso de Gestión Directiva yel Proceso de Gestión de Sistema Integrado de Gestión.El Delegado del Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información para liderar elProceso de Gestión de Tecnologías de la Información.El Delegado del Jefe de la Oficina de Laboratorio y Control de Calidad para liderarel Proceso de Control de Calidad de Productos.El Delegado del Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano para liderar el Procesode Divulgación y Atención al ciudadanoLos Delegados del Secretario General para liderar los Procesos de GestiónAdministrativa, Gestión financiera y Presupuestal, Gestión de Talento Humano ySoporte Tecnológico.El Delegado del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica para liderar el Proceso deGestión Jurídica.El Delegado del Jefe de la Oficina de Control Interno para liderar el Proceso deGestión de Control Interno.El Delegado del Proceso de Capacitación y Asistencia Técnica designado porunanimidad por los responsables del Proceso.El Delegado del Proceso de Registros Sanitarios designado por unanimidad por losresponsables del Proceso.0. El Delegado del Proceso de Inspección Vigilancia y Control designado porunanimidad por los responsables del Proceso.1. El Delegado del Proceso de Auditorias y Certificaciones designado por unanimidadpor los responsables del Proceso.
ARTICULO 4°- Las funciones del Equipo MECI-Calidad serán las siguientes: Institute Nacional de Vigilancia de Medicamentosy Alimentos — INVIMACarteroPBX: 2948700 Bogotá . Apoyar el Proceso de fortalecimiento del MECI y de los Sistemas Integrados deGestión bajo las orientaciones del Director General.
2. Capacitar a los servidores de la entidad en el MECI y en los Sistemas Integradosde Gestión e informar los avances en el fortalecimiento.
3. Asumir el rol de facilitadores al interior de sus respectivas dependencias,apoyando el adecuado funcionamiento de los elementos de control.
4. Asesorar a los Procesos de la entidad en el fortalecimiento del MECI y de losSistemas Integrados de Gestión. . Ejecutar la actividades aprobadas por el Comité de Coordinación de Sistema deControl Interno y por el Delegado de la Dirección General. . Elaborar y actualizar los documentos del Modelo Estándar de Control Interno y delSistema de Gestión de Calidad , de acuerdo con los lineamientos de las normasvigentes en el tema.
7. Revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas para elfortalecimiento del MECI y de los Sistemas Integrados de Gestión al DirectorGeneral, para su aplicación.
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8. Motivar el seguimiento de planes de mejora y a los informes de auditoría o externadel MECI y Sistemas Integrados de Gestión, por parte de los responsables de losprocesos.
9. Realizar seguimiento a las acciones de fortalecimiento e informar los resultados alDirector General, para la toma de decisiones. 10. Trabajar en coordinación con los servidores designados por los otros procesos enaquellas actividades requeridas para el mantenimiento y fortalecimiento del MECIy de los Sistemas Integrados de Gestión.
11. Promover el compromiso y la apropiación de los funcionarios del Instituto con elSistema de Gestión y el Sistema de Control Interno.
12. Difundir la política de calidad, los Procesos, los procedimientos, los documentosadoptados y los logros alcanzados relacionados con el Sistema de Gestión y elSistema de Control Interno.
13. Impulsar el conocimiento periódico de las necesidades de los usuarios y su nivelde satisfacción con los servicios que ofrece el instituto.
14. Informar al Director General las dificultades encontradas en la aplicación de losprocedimientos con el fin de sugerir los cambios o modificaciones necesarias.
ARTÍCULO 5°- Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los veintitrés (23) días del mes mayo de 2014. a rete EBLANCA ELVIRA CAJIG EACOSTADirectora General Proyectó: Omar Camelo Osorio,Profesional Especializado Oficifia de Control Interno
Revisó: Norma Constanza García Ramírez,Jefe Oficina de Control Interno. 5
Vo.Bo. Raúl Hernando Esteban García>Jefe Oficina Asesora Jurídica. Instituto Nocional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMACarrera 68D N.17-11/21PBX: 2948700 Bogotá - Colombiaww invima.gov.co appicontec