INVIMA - Resolución 2016000350 del 8 Enero de 2016
Detalles
- Título
- INVIMA - Resolución 2016000350 del 8 Enero de 2016
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
TODOS POR UN¡NUEVO PAÍSy PAZO EQUIDAD EDUCACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones” EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DEMEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMAEn uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 78 de la Ley489 de 1998, en el Decreto 2078 de 2012, el Decreto 1632 de 2015, y,
CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 indica que “con el fin de atender las necesidades delservicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo oentidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio,grupos internos de trabajo”.Que el Decreto 2078 de 2012, establece la nueva estructura del Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA, determina las funciones de susdependencias y deroga los Decretos 1290 de 1994, 211 de 2004 y 4662 de 2006.Que el numeral 16 del artículo 10% del Decreto 2078 de 2012, faculta al Director General delINVIMA, para “Crear y organizar los comités internos y grupos internos de trabajo necesariospara el desarrollo de los objetivos, planes y programas de la entidad a su cargo”.Que para el cumplimiento de las funciones definidas por el Decreto 2078 de 2012, por parte delas dependencias del INVIMA, se hace necesario organizar los grupos internos de trabajo quepermitan el buen funcionamiento y la más eficiente distribución del trabajo.Que mediante Resolución No. 2015031796 del 12 de agosto de 2015, se crearon los gruposinternos de trabajo.Que con el propósito de ajustar la organización interna de la Dirección de Alimentos y Bebidas,una vez verificada las funciones asignadas al Grupo Técnico en Primera Barrera y AdmisibilidadSanitaria en Alimentos y Bebidas, se pudo establecer que las mismas, pueden ser distribuidasen los diferentes Grupos de la Dirección, razón por la cual se hace necesario suprimir el GrupoTécnico en Primera
Barrera y Admisibilidad Sanitaria en Alimentos Y Bebidas de la Dirección deAlimentos y Bebidas.Que en atención a los lineamientos que dieron origen a la creación del Grupo Unidad deReacción Inmediata, que por delegación coadyuvan al cumplimiento de las funciones de laDirección General, específicamente la contenida en el artículo 10, numeral 12 del Decreto 2078de 2012 y al Objetivo Estratégico Institucional No. 6 “aplicar las acciones de IVC para diseñareimplementar procesos de gestión orientados a mitigar los efectos de la ilegalidad”, y EstrategiaNo. 2 “articulación en la gestión interinstitucional e intersectorial del control de la ilegalidad”, sehace necesario reubicar el Grupo Unidad de Reacción Inmediata de la Secretaría General a laDirección General.Que por necesidad del servicio, y para que cada una de los grupos pueda realizar las funcionesasignadas, se hace necesario modificar las funciones de los Grupos de informática y Gestión dela Información de la Oficina de Tecnologías de la Información y del Grupo de SoporteTecnológico de la Secretaría General.Que teniendo en cuenta el amplio volumen de temas que maneja la Oficina de AsuntosInternacionales, y el número de países con los que ha logrado establecer relaciones decooperación y de gestión sanitaria comercial, se requiere crear dos grupos de trabajo internos,con el propósito de organizar el equipo humano calificado que se ha venido constituyendo yentrenando con el objetivo de optimizar el manejo y articulación de las actividades de carácterinternacional que requieren de toma de decisiones ejecutivas, estratégicas y acertadas enbeneficio del Instituto.
inciitute Nacional de Vigilanda de Medicamentosy Alementes - INVIRALoera 10 564728POX: 1000700Bogotá - Gslombiowold JaraTODOS POR UN PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Naciona2016deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones”Que ante el continuo avance tecnológico de la industria farmacéutica en la generación demedicamentos Biológicos y biotecnológicos, y ante la expedición del Decreto 1782 de 2014,donde se exige un estrecho seguimiento a través de un sistema solido de FarmacovigilanciaNacional con la implementación del análisis y estudio de los Planes de Gestiónvigilancia activa de productos biológicos y seguimiento a los programas de Farmacola industria farmacéutica, las cuales son nuevas funciones atribuidas al Invimnecesidad de fortalecer y conformar el grupo de Farmacovigilancia de manera ta
de Riesgo,igilancia dea, surge laque puedaconsolidarse como un grupo independiente capaz de cumplir con las necesidades planteadas anivel normativo y mejorar el proceso vigilancia de los productos competencia de la Direccion. Que la investigación Clinica en Colombia, ha venido incrementando, toda vez que a la fecha secuenta con 120 Centros de Investigación Clínica y 73 comités de ética, que se dedican a lainvestigación Clínica de medicamentos en seres humanos, por lo que se hace necesario laconformación de un grupo de trabajo único con perfiles profesionales competentes para lainvestigación clínica, teniendo en cuenta que Colombia cuenta con un desarrollconsolidado en relación con las buenas prácticas clínicas, basados eno normativoestándaresinternacionales comparados con otros países de la región, el cual se debe seguir fortaleciendo.Que en atención a las modificaciones mencionadas, por necesidad del servicio y con elpropósito de ajustar la organización interna del Instituto, se hace necesario crear los gruposinternos de trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA.Que en mérito de lo expuesto, este despachoRESUELVE:ARTICULO PRIMERO.- Crear en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos yAlimentos — INVIMA, los siguientes Grupos Internos de Trabajo, asi:
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL GRUPO:
4. DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS1.1. GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS1.2. GRUPO DEL SISTEMA DE ANÁLISIS DE RIESGOS QUÍMICOS EN ALIMENTOSY BEBIDAS1.3. GRUPO TÉCNICO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS14. GRUPO TÉCNICO DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN CON LASENTIDADES TERRITORIALES DE SALUD1.5. GRUPO TECNICO DE CARNES )16. GRUPO TÉCNICO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE ALIMENTOS YBEBIDAS2. DIRECCIÓN DE COSMÉTICOS, ASEO, PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS DEHIGIENE DOMÉSTICA2.1. GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS Y ASIGNACIÓN DE NOTIFICACIÓNSANITARIA OBLIGATORIA DE COSMÉTICOS, ASEO, PLAGUICIDAS YPRODUCTOS DE HIGIENE DOMESTICA2.2. GRUPO TÉCNICO DE COSMETICOS, ASEO, PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS DEHIGIENE DOMÉSTICA3. DIRECCIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRAS TECNOLOGÍAS3.1. GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRASTECNOLOGÍAS3.2. GRUPO DE TECNOVIGILANCIA .3.3. GRUPO DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y |OTRAS TECNOLOGÍAS
diiuto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos NVINAva NSMPOL SHOBoqetd “Colomawo GODTODOS POR UNNUEVO PAÍSPAZO EQUIDAD EDUCACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016 co exit
“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones”3.4. GRUPO TÉCNICO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRAS TECNOLOGÍAS4. DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS4.1 GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO A LA DIRECCIÓN42 GRUPO DE APOYO DE LAS SALAS ESPECIALIZADAS DE LA COMISIÓNREVISORA DE LA DIRECCION DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOSBIOLÓGICOS ; ; ;4.3 GRUPO DE ARTICULACIÓN Y APOYO TÉCNICO A LA DIRECCIÓN44 GRUPO DE PROGRAMAS ESPECIALES DE LA DIRECCION DEMEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLOGICOS |4.5 GRUPO DE PUBLICIDAD DE LA DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS YPRODUCTOS BIOLÓGICOS ;46 GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE FITOTERAPEUTICOSMEDICAMENTOS HOMEOPATICOS Y SUPLEMENTOS DIETARIOS4.7 GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOSBIOLÓGICOS48 GRUPO TÉCNICO DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLOGICOS4.9 GRUPO DE FARMACOVIGILANCIA4.10 GRUPO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA5 DIRECCIÓN DE OPERACIONES SANITARIAS5.1 GRUPO DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL5.2 GRUPO DEAPOYO A NARINO5.3 GRUPO DE APOYO OPERATIVO )5.4 GRUPO
DE AUTORIZACIONES Y LICENCIAS PARA IMPORTACION YEXPORTACION5.5 GRUPO DE CONTROL EN PUERTOS, AEROPUERTOS Y PASOS DEFRONTERA5.6 GRUPOS DE TRABAJO TERRITORIALLos Grupos de Trabajo Territorial estarán conformados de la siguiente manera:Grupo de Trabajo Territorial Costa Caribe 1Grupo de Trabajo Territorial Costa Caribe 2Grupo de Trabajo Territorial Centro Oriente 1Grupo de Trabajo Territorial Centro Oriente 2Grupo de Trabajo Territorial Centro Oriente 3Grupo de Trabajo Territorial Occidente 1) Grupo de Trabajo Territorial Occidente 2h) Grupo de Trabajo Territorial Orinoquiai) Grupo de Trabajo Territorial Eje Cafetero
6 DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD SANITARIA6.1 GRUPO DE PLANTAS DE BENEFICIO, DERIVADOS CARNICOS Y LACTEOSDE LA DIRECCION DE RESPONSABILIDAD SANITARIA6.2 GRUPO PROCESOS SANCIONATORIOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS6.3 GRUPO DE PROCESOS SANCIONATORIOS DE MEDICAMENTOS, INSUMOSY OTROS PRODUCTOS6.4 GRUPO DE PROCESOS SANCIONATORIOS DE PUBLICIDAD6.5 GRUPO DE RECURSOS, CALIDAD Y APOYO A LA GESTIÓN7 DIRECCIÓN GENERAL )7.1 GRUPO UNIDAD DE REACCIÓN INMEDIATA8. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN8.1. GRUPO DE PROYECTOS, PRESUPUESTO Y ESTADÍSTICA8.2. GRUPO DE SISTEMAS DE GESTIÓN INTEGRADO tasiíluto Mariona! de Vigileeriade Medicamentosy Alimentas +INVIMA ISEComore 1 AGE a so íaSC 038700 E ip =| iNetaBogotá - Colaraite e y ieworming gov00 de Sees |RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto NacionaVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funci 9.9.1.9.2.9.3.9.4,10. OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES10.1. GRUPO DE ADMISIBILIDAD SANITARIA Y APROVECHAM OFICINA ASESORA JURÍDICAGRUPO DE APOYO JURÍDICO INSTITUCIONALGRUPO DE APOYO REGLAMENTARIOGRUPO DE COBRO PERSUASIVO Y COACTIVOGRUPO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
MERCADOS INTERNACIONALES
TODOS POR UN
y PATO EQUIDAD: EDUCACION
2016deones” ENTO DE 10.2. GRUPO DE COOPERACIÓN Y RELACIONAMIENTO11. OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO11.1. GRUPO DE COMUNICACIONES12. OFICINA DE LABORATORIOS Y CONTROL DE CALIDAD12.1. GRUPO DE LABORATORIO DE ORGANISMOS GENÉTICAMENTEMODIFICADOS12.2. GRUPO DE LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS12.3. GRUPO LABORATORIO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y'OTRASTECNOLOGÍAS.12.4. GRUPO LABORATORIO FÍSICO-MECÁNICO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS YOTRAS TECNOLOGÍAS o12.5. GRUPO DE LABORATORIO FISICÓQUÍMICO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.12.6. GRUPO DE LABORATORIO MICROBIOLOGÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.12.7. GRUPO RED DE LABORATORIOS Y CALIDAD13. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN13.1. GRUPO GESTION DE INFORMACION13.2. GRUPO DE INFORMATICA14 SECRETARIA GENERAL14.1 GRUPO DE ADQUISICIONES Y SUMINISTROS14.2 GRUPO DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO14.3 GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA14.4 GRUPO DE GESTIÓN CONTRACTUAL14.5 GRUPO DE GESTION DOCUMENTAL Y CORRESPONDENCIA14.6 GRUPO DE SOPORTE TECNOLÓGICO14.7 GRUPO DE TALENTO HUMANO14.8 GRUPO DE TESORERÍA14.9 GRUPO FINANCIERO Y PRESUPUESTAL
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Director General o su delegado asignará un Coordinador en cadaGrupo Interno de Trabajo, encargado de cumplir con la organización, ejecución, supervisión ycontrol de las funciones generales que se establezcan de acuerdo con lo previsto en lapresente Resolución, así como las siguientes funciones: 1.2. ah Hedonel de Vigilenda de Medicamentosy állerentas ~ INVA se ie,ap ÑO AP OLE i Se# eBogolá ~ Colombi ETROIS « LEORNO Ro 7www lneme gora Proponer la formulación y diseño de metodologías y procedimientos quela optimización de la Gestión del Grupo. conduzcan a Organizar y programar las actividades que deben adelantar los integrantes del Grupointerno de Trabajo y supervisar el correcto cumplimiento de las mismas.Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y acGrupo.Desarrollar y recomendar las acciones que deban adoptarse para elobjetivos y las metas propuestas para la dependencia.Participar en el desarrollo de sistemas de información y gestión para el culos objetivos de la dependencia.
tividades delogro de losbrimiento deTODOS POR UN SPAR EQUIDAD: EDUCACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones”6. Desarrollar y realizar el seguimiento del Plan Operativo Anual P.O.A., Plan deMejoramiento y Mapas de Riesgos, de acuerdo a los lineamientos metodológicosrespectivos.7. Elaborar los estudios previos requeridos en los Grupos Internos de Trabajo para lassolicitudes de contratación.8. Orientar el manejo adecuado y la organización de archivos del área de acuerdo conlas directrices dadas y las normas vigentes.9. Responder por la calidad de los trabajos asignados, preparar y presentar los informesque le sean solicitados sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y laperiodicidad requeridas.10. Asistir en representación de la Entidad, a reuniones y demás actividades oficiales,cuando el Jefe inmediato así lo disponga.11. Suministrar la información y/o documentación requerida por los organismos de controly demás autoridades competentes de conformidad con las normas vigentes.12. Proponer la formulación de los planes de corto y mediano plazo para el desarrollo delas actividades del grupo, reportar su ejecución y efectuar las modificacionesrequeridas.ARTÍCULO TERCERO.- Establecer las funciones de los Grupos Internos de Trabajo a quehace referencia el artículo primero de la presente Resolución, así:
1. DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS1.1 GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS1. Proponer a la Dirección General la adopción de los procesos y procedimientos para laexpedición de los permisos y registros sanitarios de los productos de su competencia ypara la notificación y comunicación de los actos administrativos e información que deellos se derive.2. Dirigir, organizar, operar, disponer y controlar, en coordinación con las otrasDirecciones los permisos y registros sanitarios de los productos competencia de laDirección de Alimentos y Bebidas y demás afines a su naturaleza.3. Proyectar los actos administrativos que le correspondan por su competencia o aquellosque le sean delegados.4. Proyectar los actos administrativos respecto a las diferentes solicitudes que sepresentan para el otorgamiento del permiso o registro sanitario y trámites asociados deacuerdo con las normas legales vigentes5. Gestionar las actividades relacionadas con el estudio de los permisos, registrossanitarios y demás trámites asociados para los productos de competencia del grupo.6. Recibir y tramitar las solicitudes presentadas por los usuarios para el otorgamiento delpermiso, registro sanitario y trámites asociados.7. Responder en los términos legales establecidos, las solicitudes que por razones de sucompetencia les sean asignadas, tales como derechos de petición y consultasradicadas ante el Instituto.8. Emitir conceptos técnicos sobre los asuntos de su competencia.9. Participar en el análisis y propuestas que busquen el fortalecimiento del sistema deinformación relacionado con los permisos y registros sanitarios objeto de sucompetencia4.2 GRUPO DEL SISTEMA
DE ANÁLISIS DE RIESGOS QUÍMICOS EN ALIMENTOS YBEBIDAS1. Diseñar, formular y actualizar el plan nacional de monitoreo de residuos de sustanciasquímicas en los productos de competencia en coordinación con los grupos de laDirección de Alimentos y Bebidas y de la Oficina de laboratorios y Control de Calidad.2. Consolidar, analizar, evaluar y comunicar los resultados derivados de la ejecución delplan nacional de monitoreo de residuos de sustancias químicas que le permitan a laentidad la toma de decisiones para dinamizar y fortalecer las actividades de sucompetencia.
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PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones”3. Comunicar los resultados del plan nacional de monitoreo de residuos de sustanciasquímicas a las entidades involucradas para su gestión.4. Impartir las directrices y asistencia técnica que requiera la Dirección de Operacionessanitarias para la óptima ejecución de los planes nacionales de monitoreo de residuosde sustancias químicas.5. Formular, desarrollar, evaluar y hacer seguimiento de los planes, pfogramas yproyectos relacionados con el análisis de riesgos químicos que afectan la inocuidad delos productos de competencia de la Dirección de Alimentos y Bebidas.6. Adelantar estudios y emitir conceptos toxicológicos en relación con las sustanciasquímicas que puedan estar presentes en los productos de competencia de lla Direcciónde Alimentos y Bebidas, y generen problemas a la inocuidad de los mismos y un riesgopara la salud pública, considerando información primaria o secundaria segúncorresponda.7. Apoyar en la aplicación de las medidas correctivas y demás acciones a que haya lugarcon base en los resultados de los planes nacionales de monitoreo de residuos desustancias químicas.8. Elaborar procesos, procedimientos, protocolos y guías técnicas necesarias para laevaluación de riesgos químicos, incluidos los criterios para establecer los límitesmáximos de residuos y otros criterios que se requieran para definir la inoguidad de unalimento en relación con las sustancias
químicas y sus residuos.9. Participar en los Subcomités Técnicos del Comité Nacional del Codex Alimentarius yotros de interés nacional e internacional en desarrollo de las actividades relacionadascon contaminantes químicos y otras sustancias que puedan afectar la inocuidad de losalimentos.10. Emitir conceptos y atender consultas técnicas sobre las implicaciones en salud de losresiduos de sustancias químicas y contaminantes químicos, presentes en losalimentos de conformidad con la normatividad sanitaria vigente.11. Participar de la elaboración, análisis, revisión y actualización de la normatividadnacional relacionada con los asuntos de competencia de la Dirección de Alimentos yBebidas.12. Participar en el seguimiento de los eventos de importancia en salud pública reportadaspor autoridades nacionales e internacionales sobre los productos de comp etencia de laDirección de Alimentos y Bebidas.13. Mantener, alimentar y actualizar la base de datos de la información de los resultadosderivados de las actividades del grupo.14. Diligenciar en coordinación con la Oficina de Asuntos Internacionales los cuestionariosy demás herramientas dispuestas por terceros países dentro del [proceso deadmisibilidad sanitarias de Alimentos ( Bloque de riesgos Químicos)15. Apoyar la formulación de los planes de muestreo (Riesgos Químicos) de los productosde competencia de la Dirección de Alimentos y Bebidas en los sitios de control enprimera barrera16. Apoyar la evaluación de los resultados analíticos (Riesgos Químicos) para toma dedecisiones en las oficinas de puertos, aeropuertos y pasos de fronteras.1.3 GRUPO TÉCNICO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS1. Proponer los lineamientos
y criterios técnicos del modelo de inspección, vigilancia y" control bajo el enfoque de gestión de riesgo y coordinar y responder por suimplementación técnica de los productos competencia del grupo.2. Adelantar la respectiva gestión del riesgo efectuando la valoración, evaluación, informey decisión del riesgo, que se convertirán en insumo para la ejecución de las accionesde intervención a cargo de la Dirección de Operaciones Sanitarias.3. Realizar seguimiento a la implementación de las acciones de intervención efectuadaspor la Dirección de Operaciones Sanitarias, analizar su resultado y determinar elriesgo residual dentro del proceso de gestión del riesgo, para que la Dirección deAlimentos y Bebidas comunique a la Dirección General y las demás instancias queésta determine, estos resultados.4. Difundir lineamientos técnicos de cada uno de los programas responsabilidad de laDirección, con el fin de llevar a cabo su implementación por la Dirección deOperaciones Sanitarias.
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Bogaló - Estariawwumisving goraTODOS POR UNNUEVO PAÍSRESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA, y se determinan sus funciones”5. Realizar las visitas de certificación en Buenas Prácticas de Manufactura y en elSistema HACCP, y demás certificaciones que de acuerdo con la normatividad vigentese requiera a los establecimientos competencia de la Dirección, en conjunto con laDirección de Operaciones Sanitarias cuando se requiera.6. Proyectar los actos administrativos relacionados con los asuntos de su competencia.7. Participar en la elaboración de propuestas de reglamentos técnicos y normalización,relacionados con la evaluación, producción, comercialización, vigilancia y buenasprácticas para los productos competencia del grupo.8. Asesorar y apoyar técnicamente, en coordinación con la Oficina de Laboratorios yControl de Calidad, a la Dirección General en la formulación de políticas, directrices,programas, planes y proyectos relacionados con los laboratorios del INVIMA y de laRed de Laboratorios, de acuerdo con las competencias del Instituto.9. Participar, en coordinación con la Oficina de Laboratorios y Control de Calidad, en laformulación y divulgación de las normas científicas y técnicas que sean aplicables alfortalecimiento de la Red de Laboratorios.10. Realizar las solicitudes de análisis de los productos de competencia de este grupo,para que sean gestionados y practicados por los laboratorios del INVIMA y hacerseguimiento a los análisis que se practiquen.11.
Atender las consultas de los usuarios, del público en general, de los entes territorialesy las demás autoridades y emitir conceptos cuando se requiera a fin de brindar laorientación e información requerida sobre los asuntos de su competencia.12. Definir las directrices, lineamientos técnicos y apoyo sobre la aplicación de medidassanitarias de seguridad relacionadas con los productos competencia del grupo.13. Hacer seguimiento al impacto de las políticas, planes, programas y proyectos enmateria de inocuidad en alimentos y bebidas y proponer a la autoridad competente losajustes que se consideren pertinentes.14. Supervisar la implementación de las acciones adoptadas como resultado de ladecisión de intervención y tratamiento del riesgo y coordinar con la Dirección deOperaciones Sanitarias las medidas sanitarias de seguridad a que haya lugar.15. Presentar informes sobre sus actividades y los resultados de gestión, de acuerdo conlas normas, procedimientos vigentes, términos y metodologías adoptadas por elInstituto.16. Adelantar y gestionar las actividades de apoyo que sean requeridas para efectuar lassesiones de las Salas Especializadas de Alimentos y Bebidas, así como las demásque se relacionen con los productos competencia de esta Dirección.17. Soportar y propender por una gestión eficiente, eficaz y oportuna de los trámitesinherentes a las Salas Especializadas de la Comisión Revisora que se relacionen conlos productos competencia de esta Dirección.18. Apoyar y participar en las visitas de auditorias internacionales que realizan lasagencias sanitarias de terceros países a Colombia.19. Ejecutar las visitas de auditorias internacionales en las empresas de terceros paísesinteresadas en exportar a Colombia productos competencias de la
Dirección deAlimentos y Bebidas, que de conformidad con la reglamentación lo requieran.20. Participar en los Subcomités del Codex Alimentarius y brindar soporte técnico para eldesarrollo de sus actividades.21. Realizar el control de la publicidad para los alimentos y bebidas, conforme con lasnormas vigentes en esta materia.22. Establecer y hacer seguimiento a los indicadores de mejoramiento de estatus sanitariode los establecimientos competencias del grupo e interpretar la información generadapor las diferentes actividades desarrolladas.23. Apoyar a la Oficina de Asuntos Internacionales en el diseño e implementación deprotocolos y certificados de carácter sanitario necesarios para apoyar el proceso deadmisibilidad sanitaria o mantener el flujo comercial de alimentos con los países conlos que existen relaciones bilaterales o multilaterales.24. Preparar en coordinación con la Oficina de Ásuntos internacionales, informes ycomunicados de carácter públicos asociados a los proceso de admisibilidadsanitaria.25. Apoyar a la Oficina de Asuntos Internacionales el desarrollo de las agendas deadmisibilidad sanitaria para cada sector productivo interesado.
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RESOLUCIÓN NÚMERO 2016000350 DEL 8 ENERO DE 2016“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el Instituto Nacional deVigilancia de Medicamentos y Alimentos —INVIMA, y se determinan sus funciones”26. Participar en reuniones que desde el ámbito sanitario se relacionan coh el papel yresponsabilidad de Colombia ante Organismos de Referencia Internac ional En. loreferente a alimentos y bebidas27. Diligenciar en coordinación con la Oficina de Asuntos Internacionales los cuestionariosy demás herramientas dispuestas por terceros países dentro del proceso deadmisibilidad sanitarias de Alimentos.28. Diseñar, coordinar y realizar seguimiento del procedimiento de inspección ycertificación de alimentos, materias primas para la industria de alimentos y bebidasalcohólicas de importación y exportación en sitios de control en primera barrera.29. Impartir los lineamientos a la Dirección de Operaciones Sanitarias para el desarrollode las actividades de inspección y certificación de importaciones y exportaciones dealimentos, materias primas para la industria de alimentos y bebidas y realizar elcorrespondiente seguimiento.30. Diseñar, participar y realizar seguimientos a las actividades de carácterinterinstitucional, relacionadas con la inspección y certificación en importaciones yexportaciones de productos de competencia de la dirección de Alimentos y Bebidasen sitios de control en primera barrera específicamente en alimentos y bebidas.31. Participar en la formulación de estrategias y procedimientos para la optimización detrámites en sitios de control en primera barrera.32. Participar en las actividades del Operador Económico Autorizado que Lidera la DIAN.33. 1Elaborar los documentos. Guías, instructivos y publicaciones aplicables, relacionadoscon
la inspección y verificación en importaciones y exportaciones en Alimentos.4.4 GRUPO TÉCNICO DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN CON LAS ENTIDADESTERRITORIALES DE SALUD1. Elaborar diagnóstico que permita conocer la forma como las Entidades Territoriales deSalud, desarrollan las acciones de Inspección, Vigilancia y Control -IVC.2. Proponer en coordinación con los grupos de la Dirección de Alimentos y Bebidas y conlas Entidades Territoriales de Salud Departamentales y Distritales, el desarrollo delmodelo de Inspección Vigilancia y Control - IVC basado en riesgo.3. Diseñar e implementar en coordinación con los demás grupos de la Dirección deAlimentos y Bebidas y las Entidades Territoriales de Salud, los instrumentosnecesarios para que las autoridades sanitarias del orden: Departamental, Municipal yDistrital realicen las acciones de IVC con enfoque de riesgo, y hacer seg uimientos aladecuado diligenciamiento y entendimiento de dichos instrumentos.4. Plantear e implementar los procedimientos de competencia de la Dirección deAlimentos y Bebidas en cumplimiento de lo establecido en las resoluciones 1229 de2013 y la circular 046 de 2014.5. Proponer los lineamientos y criterios técnicos del modelo inspección, vigilancia ycontrol bajo enfoque de gestión de riesgo y coordinar su implementación en los temasasignados al grupo.6. Realizar seguimiento a la implementación de las acciones de intervención efectuadaspor las Entidades Territoriales de Salud, analizar su resultado y determinar el riesgoresidual en el proceso de gestión del riesgo, para que la Dirección de Alimentos yBebidas comunique estos
resultados a la Dirección General y demás instancias queésta determine.7. Difundir los lineamientos técnicos de cada programa responsabilidad de la Dirección,con el fin de llevar a cabo su implementación en las Entidades Territoriales de Salud.8. Participar en la elaboración de propuestas de reglamentos técnicos relacionados conla evaluación, producción, comercialización, vigilancia y buenas prácticas para losproductos de su competencia.9. Atender consultas de los usuarios, del público en general, de las EntidadesTerritoriales de Salud y demás autoridades y emitir conceptos cuando se requiera a finde brindar la orientación e información requerida sobre los asuntos de competencia.10. Participar en coordinación con la Oficina de Laboratorios y Control de Calidad en laformulación y divulgación de las normas científicas y técnicas que sean aplicables alfortalecimiento de la Red de Laboratorios.
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