INVIMA - Resolución 2017049428 de 2017
Detalles
- Título
- INVIMA - Resolución 2017049428 de 2017
- Autor
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
e MATT p | TODOS PORUNINVINO (E NuEvO PAsMeee PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN MINSALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 2017049428 DeL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017"Por la cual se establece, conforma y reglamenta el Comité Institucional deCoordinación de Control Interno y se derogan las Resoluciones 2012033141 del 9 denoviembre de 2012 y 2014014941 del 23 de mayo de 2014." LA DIRECTORA DE RESPONSABILIDAD SANITARIA ENCARGADA DE LASFUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DEVIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA,En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral16 y 22 del artículo 10 del Decreto 2078 de 2012 ‘2
CONSIDERANDOQue el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que: “(...) laAdministración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que seejercerá en todos los términos que señale la ley”, y el artículo 269 que dispone: “Enlas entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñary aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos deControl Interno, de conformidad con lo que disponga la ley”.Que el artículo 1, inciso segundo, de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecennormas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos delEstado y se dictan otras disposiciones” estipula que el ejercicio del Control Internodeberá concebirse y organizarse de tal manera que sea intrínseco al desarrollo delas funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en particular de lasasignadas a aquellos que tengan responsabilidad de mando y el artículo 13 de lamisma ley ordena establecer en los establecimientos públicos un comité deCoordinación del Sistema de Control Interno al más alto nivel jerárquico.Que el artículo 2.2.21.1.5. Comité Institucional de Coordinación de Control Interno,del Decreto 1083 de 2015, fue adicionado por el artículo 4, del Decreto Nacional648 de 2017, ordenando a las entidades que hacen parte del ámbito de aplicaciónde la Ley 87 de 1993, establecer un Comité Institucional de Coordinación de ControlInterno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control internoy determina su integración.Que el Artículo 2.2.21.1.6 Funciones del Comité
Institucional de Coordinación deControl Interno, del Decreto 1083 de 2015, fue adicionado por el artículo 4, delDecreto Nacional 648 de 2017, determinando las funciones del Comité Institucionalde Coordinación de Control Interno.Que los Decretos 1826 de 1994 y la Ley 872 de 2003, fueron derogadas por elartículo 5 del Decreto 1499 de 2017.Que por lo anterior, se hace necesario establecer, conformar y reglamentar elComité Institucional de Coordinación de Control Interno y derogar las Resolucionesdal Invima Míúmara 9004 90029444 ARIA AAR nañambra da ONAN 1, ONA ANA AMAS ANNPay TODOSPORUNNUEVO PAISg PAZ EQUIDAD EDUCACIÓNMINSALUD
RESOLUCIÓN NUMERO 2017049428 DeL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017"Por la cual se establece, conforma y reglamenta el Comité Institucional deCoordinación de Control Interno y se derogan las Resoluciones 2012033141 del 9 denoviembre de 2012 y 2014014941 del 23 de mayo de 2014."
En mérito de lo expuesto,RESUELVEArtículo Primero. Establecer el Comité Institucional de Coordinación de ControlInterno en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentosy alimentos — Invima,el cual estará conformado así:Director General, quien lo presidirá.El Secretario GeneralDirector de Medicamentos y Productos Biológicos.Director de Alimentos y Bebidas.Director de Dispositivos Médicos y otras Tecnologías.Director de Cosméticos, Aseo, Plaguicidas y Productos de HigieneDomestica.7. Director de Operaciones Sanitarias.8. Director de Responsabilidad Sanitaria.9. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces.10.El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.11.El Jefe de la Oficina de Control Interno.12.El Jefe de la Oficina de Laboratorios y Control de Calidad.13.El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información.14.El Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano.15.El Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales.Parágrafo 1. El jefe de Control Interno o quien haga sus veces, participará con vozpero sin voto en el mismo y ejercerá la secretaría técnica.Parágrafo 2. Podrán ser invitados los funcionarios que en concepto del DirectorGeneral, Presidente del Comité, deban participar en las sesiones según los asuntosa tratar.Artículo Segundo. Funciones del Comité Institucional de Coordinación de ControlInterno. Son funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno:a). Evaluar el estado del Sistema de Control Interno de acuerdo con lascaracterísticas propias de cada organismo o entidad y aprobar las modificaciones,actualizaciones
y acciones de fortalecimiento del sistema a partir de la normatividadvigente, los informes presentados por el jefe de control interno o quien haga susveces, organismos de control y las recomendaciones del equipo MECI;b). Aprobar el Plan Anual de Auditoría de la entidad presentado por el jefe de controlinterno o quien hada sus veces hacer siinerancias y saniimiantn a lac(4g TODOS PORUN© NUEVOPAÍS¡ PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
MINSALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 2017049428 DeL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017"Por la cual se establece, conforma y reglamenta el Comité Institucional deCoordinación de Control Interno y se derogan las Resoluciones 2012033141 del 9 denoviembre de 2012 y 2014014941 del 23 de mayo de 2014." c). Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, asícomo verificar su cumplimiento;d). Revisar la información contenida en los estados financieros de la entidad y hacerlas recomendaciones a que haya lugar;e). Servir de instancia para resolver las diferencias que surjan en desarrollo delejercicio de auditoría interna;f). Conocer y resolver los conflictos de interés que afecten la independencia de laauditoría;9). Someter a aprobación del representante legal la política de administración delriesgo y hacer seguimiento, en especial a la prevención y detección de fraude ymala conducta;
h). Las demás asignadas por el Representante Legal de la entidad.Parágrafo. El Comité se reunirá como mínimo dos (2) veces en el año de maneraordinaria y en forma extraordinaria cuando el Director General o cualquiera de susmiembros lo requiera, por intermedio de la Secretaría Técnica. Las reuniones delComité pueden ser de manera virtual o presencial.Artículo Tercero. Quórum deliberatorio y decisorio. El Comité Institucional deCoordinación de Control Interno requerirá para deliberar la asistencia de la mitadmás uno de sus miembros y sus decisiones deberán ser aprobadas por la mayoríarelativa con la mitad más uno de sus miembros.Artículo Cuarto. De cada reunión del Comité Institucional de Coordinación deControl Interno se levantará un acta, la cual será suscrita por quien lo presida y porel Secretario Técnico del Comité, copia de dichas actas reposarán en la Oficina deControl Interno.Artículo Quinto: Funciones de la Secretaría Técnica. Son funciones del Jefe de la ]Oficina de Control Interno, en su calidad de Secretario Técnico del ComitéInstitucional de Coordinación de Control Interno, las siguientes:a) Preparar la agenda y hacer las citaciones para las reuniones del Comité, con unmínimo de dos días de antelación, de acuerdo con las instrucciones del DirectorGeneral. Cuando las reuniones sean virtuales, la Secretaria Técnica, previaautorización de la Dirección General, remite correo electrónico a todos losmiembros, para que ellos se pronuncien dentro de las cuarenta y ocho horassiauientes sohre al tema avniiactn an nacen da na ranibiron enomminnta an inominsaun IMA aoInstitute Naciona! de Viglancia de Medicamentos y Asmentos,
RESOLUCIÓN NUMERO 2017049428 DeL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017"Por la cual se establece, conforma y reglamenta el Comité Institucional deCoordinación de Control Interno y se derogan las Resoluciones 2012033141 del 9 denoviembre de 2012 y 2014014941 del 23 de mayo de 2014." b) Elaborar las actas de las sesiones del Comité, presentarlas para la aprobación yfirma del Presidente del Comité y llevar el correspondiente archivo de las mismas yde la documentación soporte.c) Coordinar con los miembros del Comité y los invitados a cada reunión los informesa presentar y los temas a incluir en el orden del día.d) Mantener informado al Presidente sobre las comunicaciones recibidas por elComité y proyectar las respuestas y comunicaciones que oficialmente se debanenviar a nombre del mismo.e) Comunicar las decisiones del Comité y hacer seguimiento a los compromisos,gestiones y decisiones adoptadas al interior de este, velar por su cumplimiento ypresentar los informes de seguimiento en la siguiente sesión del Comité.f) Preparar los informes de gestión del Comité.g) Las demás que le asigne el Presidente de este Comité.Artículo Sexto. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición,y deroga las Resoluciones 2012033141 del 9 de noviembre de 2012 y 2014014941del 23 de mayo de 2014.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., alos 17 días del mes de noviembre de 2017. Mero UDO oeMERCY YASMIN PARRA RODRIGUEZ(Wugk Directora de Responsabilidad Sanitaria encargada de las funciones del Director General del Invima Proyectó. Norma Constanza García Ramírez , |Revisó: Paola Andrea Rodriguez Gonzalez”