INVIMA - Resolución 2017053675 de 2017

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos

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Detalles

Título
INVIMA - Resolución 2017053675 de 2017
Autor
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2017

ATA BAZ EQUIDAD EDSCACIÓN@ MINSALUD RESOLUCIÓN 2017053675 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2017“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2016000350 del 8 de enero de 2016 “por lacual se crean los grupos internos de trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos — Invima, y se determinan sus funciones”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS YALIMENTOS - INVIMAEn uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998,en el Decreto 2078 de 2012, y,CONSIDERANDO:Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 indica que “con el fin de atender las necesidades del servicio ycumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, surepresentante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos detrabajo”.Que el Decreto 2078 de 2012, por el cual se establece la estructura del Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos — INVIMA, determina las funciones de sus dependencias.Que el numeral 16 del artículo 10° del Decreto 2078 de 2012, faculta al Director General del INVIMA, para“Crear y organizar los comités internos y grupos internos de trabajo necesarios para el desarrollo de losobjetivos, planes y programas de la entidad a su cargo”.Que para el cumplimiento de las funciones definidas por el Decreto 2078 de 2012, por parte de lasdependencias del INVIMA, se hace necesario organizar los grupos internos de trabajo que permitan elbuen funcionamiento y la más eficiente distribución del trabajo.Que en razón de lo anterior, se expidió la Resolución No. 2016000350 del 8 de enero de 2016, modificadaparcialmente por las Resoluciones 2016021313 del 10 de junio de 2016, 2016042166 del 11 de octubre de2016 y 2017007216 del 23 de febrero de 2017.Que

en atención a las labores de certificación sobre fabricantes e importadores de los productos a cargo delGrupo Técnico de la Dirección de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías, se hace necesario incluir entrelas funciones asignadas al grupo la siguiente:“Efectuar visitas de certificación a fabricantes e importadores de dispositivos médicos y reactivos dediagnóstico in-vitro, de acuerdo a lo estipulado en la normatividad sanitaria vigente”Que por su parte, para el cumplimento del trámite de evaluación de artes publicitarios de dispositivosmédicos, se requiere en primera instancia efectuar la verificación de la información soporte de los registrossanitarios de productos incluidos en la publicidad, la cual es de conocimiento del grupo de registrossanitarios, y teniendo en cuenta que el procedimiento para la aprobación previa de publicidad, pertenece alproceso de registros sanitarios y trámites asociados, se hace necesario eliminar las siguientes funciones delGrupo Técnico de Dispositivos Médicos de la Dirección de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías :“9 Realizar el control de la publicidad para los dispositivos médicos y otras tecnológicas, conformecon las normas vigentes en esta materia.“10. Emitir conceptos técnicos y absolver consultas en materia de publicidad de productos vigilados porla Dirección”

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(8) MINSALUD

Y adicionar las siguientes funciones al Grupo de Registros Sanitarios de la Dirección de DispositivosMédicos y Otras Tecnologías:“Realizar el proceso de evaluación de publicidad de los productos competencia.”“Realizar el control de la publicidad para los dispositivos médicos y otras tecnológicas, conformecon las normas vigentes en esta materia”.“Emitir conceptos técnicos y absolver consultas en materia de publicidad de productos vigiladospor la Dirección”Eliminando la siguiente función del Grupo de Registros Sanitarios de la Dirección de Dispositivos Médicos yOtras Tecnologías:7. Apoyar el proceso de evaluación de publicidad de los productos de competencia.Que por otro lado, en desarrollo de las actividades de la Oficina Asesora Jurídica relacionadas con ladefensa prejudicial, judicial y extrajudicial en los procesos contencioso administrativos (medios de control) yacciones constitucionales, amerita la conformación de un grupo, que atendiendo los lineamientosinstitucionales garantice dicha defensa focalizando las funciones según se trate de acciones constitucionaleso procesos contencioso administrativos con apego a la normatividad aplicable en cada caso.Que con la finalidad de generar una atención y representación judicial y extrajudicial más especializada sehace necesario la conformación de un grupo específico que adelante el defensa del Instituto con respecto atodas aquellas actuaciones derivadas de acciones constitucionales.Que con ocasión a la creación del “grupo de representación judicial y extrajudicial en accionesconstitucionales” y para mayor claridad, se hace necesario modificar el nombre actual del “grupo derepresentación judicial y extrajudicial” a “grupo de representación judicial y extrajudicial en procesoscontencioso administrativos y otros”. En ese mismo sentido, se modificará la función 3 del numeral 9.4

del“grupo de representación judicial y extrajudicial en procesos contencioso administrativos y otros.”Que en atención al desarrollo de las actividades de la Oficina de Laboratorios y Control de Calidad, respectoa la revisión de informes, validación, verificación, implementación y ejecución de metodologías analíticas demicrobiología de productos farmacéuticos y otras tecnologías, se requiere la conformación del grupo demicrobiología de productos farmacéuticos y otras tecnologías para la ejecución de dichas funciones quecuenten con el conocimiento, experticia y competencia técnica en procura de fortalecer los procesos de laoficina en mención.Que con ocasión a la creación del “grupo de microbiología de productos farmacéuticos y otras tecnologías”,se hace necesario modificar el nombre actual del “grupo de laboratorio de productos farmacéuticos y otrastecnologías” a “laboratorio fisicoquímico de productos farmacéuticos y otras tecnologías”.Que en mérito de lo expuesto, este despacho,

institute Nacional de Miglancia de Medicamentos y Alimentos «dramales 243 EGuIDAO EDUCACIÓN($) MINSALUD RESOLUCIÓN 2017053675 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2017“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2016000350 del 8 de enero de 2016 “por lacual se crean los grupos internos de trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos — Invima, y se determinan sus funciones”

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.-Crear el grupo de representación judicial y extrajudicial en acciones constitucionalesy modificar el nombre actual del “grupo de representación judicial y extrajudicial” a “grupo de representaciónjudicial y extrajudicial en procesos contencioso administrativos y otros” de la Oficina Asesora Jurídica y crearel Grupo de Laboratorio de Microbiología de Productos Farmacéuticos y Otras Tecnologías de la Oficina deLaboratorios y Control de Calidad por las razones expuestas en la presente resolución, modificando losnumerales noveno y doceavo del artículo primero de la Resolución No. 2016000350 del 8 de enero de 2016modificada por la Resolución 2016021313 del 10 de junio de 2016, 2016042166 del 11 de octubre de 2016y 2017007216 del 26 de febrero de 2017, el cual quedará así:“ARTÍCULO PRIMERO.- Crear en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos—INVIMA, los siguientes Grupos Internos de Trabajo, así: (...)DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL GRUPO:9. OFICINA ASESORA JURÍDICA9.1. GRUPO DE APOYO JURÍDICO INSTITUCIONAL9.2. GRUPO DE APOYO REGLAMENTARIO9.3. GRUPO DE COBRO PERSUASIVO Y COACTIVO9.4GRUPO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN ACCIONESCONSTITUCIONALES9.5. GRUPO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN PROCESOSCONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS Y OTROS.(...)12. OFICINA DE LABORATORIOS

Y CONTROL DE CALIDAD12.1. GRUPO DE LABORATORIO DE ORGANISMOS GENÉTICAMENTEMODIFICADOS12.2, GRUPO DE LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS .12.3. GRUPO LABORATORIO FISICOQUIMICO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS YOTRAS TECNOLOGÍAS. ;12.4. GRUPO LABORATORIO FÍSICO-MECÁNICO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS YOTRAS TECNOLOGÍAS12.5. GRUPO DE LABORATORIO FISICOQUIMICO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.12.6. GRUPO DE LABORATORIO MICROBIOLOGÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.12.7. GRUPO RED DE LABORATORIOS Y CALIDAD ;12.8. GRUPO DE LABORATORIO DE MICROBIOLOGÍA DE PRODUCTOSFARMACEUTICOS Y OTRAS TECNOLOGIAS

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el numeral 3 del artículo tercero de la Resolución No. 2016000350 del 8de enero de 2016 modificada por la Resolución 2016021313 del 10 de junio de 2016, 2016042166 del 11de octubre de 2016 y 2017007216 del 26 de febrero de 2017, los cuales quedarán así: institute Nacional de Meglencia de Mecicamentas y Abmertos - raraTODOS PORUN, NUEVOPAÍSPAT EQUIDAD EDUCACIÓNRESOLUCIÓN 2017053675 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2017“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2016000350 del 8 de enero de 2016 “por lacual se crean los grupos internos de trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos — Invima, y se determinan sus funciones” 5) MINSALUD inooo Sane Se geceda meter dlrs: “ARTICULO TERCERO.- Establecer las funciones de los Grupos Internos de Trabajo a que hacereferencia el artículo primero de la presente Resolución, asi:3. DIRECCIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRAS TECONOLOGÍAS (...)

3.1. GRUPO DE REGISTROS SANITARIOS DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRASTECNOLOGIAS1. Expedir los registros sanitarios y trámites asociados para dispositivos médicos y otrastecnologías, según la normatividad sanitaria vigente.2. Participar en la elaboración de normas y reglamentos técnicos sobre los productos decompetencia3. Brindar capacitación en la expedición de registros sanitarios y trámites asociados.4. Presentar informes de gestión según los términos y metodologías adoptadas por laentidad.5. Responder las diferentes solicitudes, derechos de petición y consultas realizadas anteel Instituto, que tengan que ver con el grupo.6. Emitir conceptos técnicos sobre los asuntos de su competencia7. Apoyar la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas y proyectos decooperación técnica internacional.8. Realizar el proceso de evaluación de publicidad de los productos competencia9. Emitir conceptos técnicos y absolver consultas en materia de publicidad de productosvigilados por la Dirección.10. Realizar el control de la publicidad para los dispositivos médicos y otras tecnológicas,conforme con las normas vigentes en esta materia.3.4 GRUPO TÉCNICO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTRAS TECNOLOGÍAS1. Proponer a la Dirección General los lineamientos y criterios técnicos del modelo deinspección, vigilancia y control bajo el enfoque de gestión de riesgo y coordinar yresponder por su implementación técnica de los productos competencia de la Direcciónde Dispositivos Médicos y otras tecnologías.2. Adelantar la respectiva gestión del riesgo efectuando la valoración, evaluación, informe ydecisión

del riesgo, que se convertirán en insumo para la ejecución de las acciones deintervención a cargo de la Dirección de Operaciones Sanitarias.3. Realizar seguimiento a la implementación de las acciones de intervención efectuadaspor la Dirección de Operaciones Sanitarias, analizar su resultado y determinar el riesgoresidual dentro del proceso de gestión del riesgo, para que la Dirección de DispositivosMédicos y otras Tecnologías comunique a la Dirección General y las demás instanciasque ésta determine, estos resultados.4. Difundir lineamientos técnicos de cada uno de los programas responsabilidad de laDirección, con el fin de llevar a cabo su implementación por la Dirección de OperacionesSanitarias.5. Desarrollar Manuales, guías técnicas de aplicación e instrumentos de auditoría para laaplicación de las disposiciones legales vigentes en materia de vigilancia y control de losdispositivos médicos y otras tecnologías6. Difundir lineamientos técnicos respecto a la aplicación de medidas sanitarias así comosupervisar su implementación, sobre productos y establecimientos competencia de laDirección de Dispositivos Médicos y Otras Tecnologías.

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7. Asesorar, capacitar y prestar asistencia técnica a los entes territoriales en las materiasde competencia de la Dirección de Dispositivos médicos y otras tecnologías.8. Absolver consultas y emitir conceptos técnicos referidos a los productos competenciadel área.9. Realizar actividades permanentes de información y coordinación con fabricantes eimportadores y de educación sanitaria con la población en general, sobre cuidados en elmanejo y uso de dispositivos médicos y otras tecnologías.10. Apoyar la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas y proyectos decooperación técnica internacional.11. Participar en la elaboración de normas y reglamentos técnicos sobre los productos decompetencia.12. Efectuar visitas de certificación a fabricantes e importadores de dispositivos médicos yreactivos de diagnóstico in — vitro, de acuerdo a lo estipulado en la normatividadsanitaria vigente.”ARTÍCULO TERCERO. - Modificar el numeral 9 del artículo tercero de la Resolución No. 2016000350 del8 de enero de 2016 modificada por la Resolución 2016021313 del 10 de junio de 2016, 2016042166 del 11de octubre de 2016 y 2017007216 del 26 de febrero de 2017, el cual quedará así:9. OFICINA ASESORA JURÍDICA(55)

9.4 GRUPO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN ACCIONESCONSTITUCIONALES1. Asesorar al Instituto en los asuntos de control judicial de acciones constitucionalesrelacionados con las funciones de la entidad y en los mecanismos alternativos de resoluciónde conflictos, de acuerdo con las normas constitucionales y legales.2. Apoderar y representar al Instituto judicial, prejudicial y extrajudicialmente de acuerdo conlas normas legales y los mandatos otorgados por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/oel Director General.3. Proyectar, revisar y corregir para la firma del apoderado y/o presentar ante los diferentesestamentos judiciales los escritos y demás documentos relacionados con la defensa judicial,prejudicial y extrajudicial en las acciones constitucionales, Tutelas, Acciones Populares, deCumplimiento y demás en los cuales sea parte el Instituto y que se le asignen de acuerdocon las normas legales.4. Efectuar el seguimiento de las diferentes etapas procesales de todos los procesosconstitucionales y procedimientos extrajudiciales para el cumplimiento de los términoslegalmente establecidos.5. Preparar y revisar los informes y conceptos sobre las acciones constitucionales y asuntosprejudiciales y extrajudiciales con destino a otras dependencias de la entidad y a lasautoridades competentes.Hacer seguimiento a los procesos constitucionales en los cuales el INVIMA sea parte.Suministrar la información y/o documentación relacionada con asuntos judiciales,prejudiciales y extrajudiciales, requerida por los organismos de control y demás autoridadescompetentes.8. Actualizar y mantener un registro de la información de los procesos constitucionales. wwewinvima.gov.cefag TODOS PORUN

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wwewinvima.gov.cefag TODOS PORUN PAZ EQUIDAD EDUCACIÓNET REA Se RRA RESOLUCIÓN 2017053675 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2017“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2016000350 del 8 de enero de 2016 “por lacual se crean los grupos internos de trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia deMedicamentos y Alimentos —- Invima, y se determinan sus funciones”

9.5 GRUPO DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN PROCESOSCONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS Y OTROS.1. Asesorar al Instituto en los asuntos de tipo jurídico relacionados con las funciones de laentidad, especialmente en los asuntos sometidosa litigio en las distintas jurisdicciones y enlos mecanismos alternativos de resolución de conflictos, de acuerdo con las normasconstitucionales y legales.2. Apoderar y representar al Instituto judicial, prejudicial y extrajudicialmente de acuerdo con lasnormas legales y los mandatos otorgados por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/o elDirector General.3. Proyectar, revisar y corregir para la firma del apoderado y/o presentar ante los diferentesestamentos judiciales los escritos y demás documentos relacionados con la defensa judicial,prejudicial y extrajudicial en los procesos contenciosos (medios de control) en los cuales seaparte el Instituto y que se asignen de acuerdo con las normas legales.4. Atender, dar trámite a las solicitudes de conciliación prejudicial y mantener un registro de lainformación relacionada.5. Efectuar el seguimiento de las diferentes etapas procesales de todos los procesos judicialesy procedimientos extrajudiciales para el cumplimiento de los términos legalmenteestablecidos.6. Preparar y revisar los informes y conceptos sobre las acciones judiciales y asuntosprejudiciales y extrajudiciales con destino a otras dependencias de la entidad y a lasautoridades competentes.7. Hacer seguimiento a los procesos judiciales en los cuales el INVIMA sea parte.8. Prestar asesoría y apoyar a la Oficina Asesora

Jurídica en el trámite de solicitudes que enmateria judicial y extrajudicial formulen las autoridades nacionales, jurisdiccionales, policivasy el Ministerio Público y demás organismos del Estado.9. Estudiar, proyectar y revisar las respuestas del Instituto a las solicitudes que en materiajudicial y extrajudicial formulen las autoridades nacionales, jurisdiccionales, policivas y elMinisterio Público y demás organismos del Estado.10. Suministrar la información y/o documentación relacionada con asuntos judiciales,prejudiciales y extrajudiciales, requerida por los organismos de control y demás autoridadescompetentes.11. Actualizar y mantener un registro de la información de los procesos judiciales yextrajudicialesARTÍCULO CUARTO.- Modificar el numeral 12 del artículo tercero de la Resolución No. 2016000350 del 8de enero de 2016 modificada por la Resolución 2016021313 del 10 de junio de 2016, 2016042166 del 11de octubre de 2016 y 2017007216 del 26 de febrero de 2017, el cual quedará así:12. OFICINA DE LABORATORIOS Y CONTROL DE CALIDAD(...)12.3 GRUPO LABORATORIO DE FISICOQUÍMICO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS YOTRAS TECNOLOGIAS1. Realizar las pruebas analíticas requeridas en el proceso de análisis de medicamentos,cosméticos y productos de aseo y plaguicidas de uso doméstico, con base en los programas deinspección, vigilancia y control y necesidades de las direcciones misionales, realizar el análisisde los resultados y generar los informes requeridos para la toma de decisiones en materia devigilancia sanitaria de acuerdo con su competencia.

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(5) MINSALUD

2. Garantizar la implementación, cumplimiento y mantenimiento de los Sistemas de Gestión de losLaboratorios que conforman este grupo y articularlos con el Sistema de Gestión de Calidad de laInstitución3. Proponer y garantizar la implementación, montaje, estandarización, validación y/o verificación detécnicas requeridas en los laboratorios que conforman este grupo y los laboratorios designadospor el INVIMA, para la realización de análisis fisicoquímico de medicamentos, cosméticos yproductos de aseo y plaguicidas de uso doméstico y microbiológico de medicamentos,cosméticos y dispositivos médicos.4. Implementar las actividades de Planes, Programas, análisis especializados y de mayorcomplejidad para los productos competencia del grupo.5. Ejecutar las actividades de asesoría, capacitación y asistencia técnica en las Institucionesacreditadas, Entidades Territoriales de Salud y Gubernamentales, que adelanten actividadesasociadas al laboratorio fisicoquímico de medicamentos, cosméticos y productos de aseo yplaguicidas de uso doméstico y laboratorio microbiológico de medicamentos, cosméticos ydispositivos médicos.6. Apoyar como referente técnico y realizar visitas de Inspección Vigilancia y Control, BuenasPrácticas de Manufactura, Buenas Prácticas Clínicas y demás cuando sean requeridas.7. Diseñar, implementar y ejecutar proyectos de investigación aplicada y apoyo a la investigaciónepidemiológica en el área de medicamentos, cosméticos y productos de aseo, plaguicidas deuso doméstico y dispositivos médicos.8. Desarrollar, aplicar y transferir ciencia y tecnología en las áreas de medicamentos, cosméticos yproductos

de aseo, plaguicidas de uso doméstico y dispositivos médicos a la Red deLaboratorios.9. Consolidar los pedidos y adquisiciones de insumos y equipos para el laboratorio fisicoquímico demedicamentos, cosméticos, productos de aseo, plaguicidas de uso doméstico y laboratoriomicrobiológico de medicamentos, cosméticos y dispositivos médicos de acuerdo con losprocedimientos establecidos.10. Participar en el proceso de designación de laboratorios extemos de medicamentos, cosméticos,productos de aseo, plaguicidas de uso doméstico y dispositivos médicos de acuerdo con lasnormas y procedimientos vigentes.11. Apoyar a las Direcciones Misionales del Instituto en la formulación de programas de inspección,vigilancia y control con enfoque de riesgo en las tecnologías y/o productos de su competencia.12. Realizar actividades de asesoría y asistencia técnica en temas de laboratorios que fortalezcan lagestión de la Red de Laboratorios a su cargo, en los productos de su competencia.13. Apoyar la gestión de convenios interinstitucionales y acuerdos de cooperación nacional einternacional cuando se requiera, a fin de dar cumplimiento a las funciones de los laboratoriosdel INVIMA y de la Red de Laboratorios a su cargo, en coordinación con la Oficina de AsuntosInternacionales.14. Alimentar y mantener actualizado los sistemas de información que permitan garantizar laveracidad, confiabilidad, seguridad y consulta en línea de la información recibida y generada porlos laboratorios del INVIMA.15. Participar en programas de evaluación externa del desempeño con instituciones nacionales einternacionales.16. Participar en los Comités intersectoriales, intra e interinstitucionales que se organicen endesarrollo de las actividades competencia del laboratorio.

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12.8. GRUPO DE LABORATORIO DE _ MICROBIOLOGÍA DE PRODUCTOSFARMACEUTICOS Y OTRAS TECNOLOGIAS1. Realizar pruebas microbiológicas analíticas requeridas en el proceso de análisis demedicamentos, cosméticos, productos de aseo y dispositivos médicos, con base en losprogramas de inspección, vigilancia y control y necesidades de las direcciones misionales,realizar el análisis de los resultados y generar los informes requeridos para la toma dedecisiones en materia de vigilancia sanitaria de acuerdo con sus competencia.2. Garantizar la implementación, cumplimiento y mantenimiento de los sistemas de gestión dellaboratorio y articular con los sistemas de Gestión de Calidad de la Institución.3. Proponer y garantizar la implementación, montaje, estandarización, validación y/o verificaciónde técnicas requeridas en el Laboratorio de Microbiología de Productos Farmacéuticos y OtrasTecnologías, y los laboratorios designados por el Invima, para la realización de análisisMicrobiológicos de medicamentos, cosméticos, productos de aseo y dispositivos médicos.4. Implementar las actividades de planes, programas, análisis especializados, y de mayorcomplejidad para los productos competencia del grupo.5, Ejecutar las actividades de asesoría, capacitación y asistencia técnica en las Institucionesacreditadas, entidades Territoriales de Salud y Gubernamentales que adelanten actividadesasociadas al Laboratorio de Microbiología de Medicamentos, cosméticos, productos de aseo ydispositivos médicos.6. Apoyar como referente técnico y realizar visitas de Inspección, Vigilancia y Control, BuenasPrácticas de Manufactura, Buenas Prácticas Clínicas

y demás cuando sean requeridas.7. Diseñar, implementar y ejecutar, proyectos de investigación aplicada y apoyo a la investigaciónepidemiológica en el área de medicamentos, cosméticos, productos de aseo y dispositivosmédicos.8. Desarrollar, aplicar y transferir ciencia y tecnologia en las áreas de medicamentos, cosméticos,productos de aseo y dispositivos médicos a la Red de Laboratorios.9. Consolidar los pedidos de adquisiciones de insumos y equipos, para el Laboratorio deMicrobiología de Productos Farmacéuticos y Otras tecnologías, de acuerdo con losprocedimientos establecidos.10. Participar en el proceso de designación de Laboratorios externos de Medicamentos,cosméticos, productos de aseo y dispositivos médicos de acuerdo con las normas yprocedimientos vigentes.11. Apoyar a las Direcciones Misionales del Instituto en la Formulación de programas deInspección, vigilancia y control, con enfoque de riesgo en las tecnologías y/o productos de sucompetencia.12. Realizar actividades de asesoría y asistencia técnica en temas de laboratorios quefortalezcan la gestión de la Red de Laboratorios a su cargo, en los productos de sucompetencia.13. Apoyar la gestión de convenios institucionales y acuerdos de cooperación nacional einternacional cuando se requiera, a fin de dar cumplimiento a las funciones de los Laboratoriosdel Invima y de la Red de Laboratorios a su cargo, en coordinación con la Oficina de AsuntosInternacionales.14. Alimentar y mantener actualizado los sistemas de información que permitan garantizar laveracidad, confiabilidad, seguridad y consulta en línea de la información recibida y generadapor los Laboratorios del Invima.

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15. Participar en programas de evaluación externa del desempeño con Instituciones nacionales eInternacionales.16. Participar en los comités intersectoriales, intra e interinstitucionales que se organicen endesarrollo de las actividades competencia del laboratorio.ARTÍCULO QUINTO - La presente resolución, rige a partir de su publicación y deroga las disposicionesque le sean contrarias.Dada en Bogotá, D.C., el Quince (15) de Diciembre de 2017

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JAVIER HUMBERTO GUZMÁN CRUZa) Director GeneralProyectó: Sandra Cardenas>Viviana Aguirre Vargas ulRevisó: Nidia Lucía Martínez Camargo yora JuridicatVo.Bo: Melissa Triana, Jefe OficinaVo.Bo: Jesús Alberto Namén Chavarro, Secretario General Wien erts — institute Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - hara SE,Bogotá “4%Principal: Cra 10 N 64 - 28 x LagAcirrinisteathen: Cra TOM? 64 . a0 % E(1) 2948700 Nrriitwervsinvina.gov.ce¿A AELAa e =o = o ——5 ED = ste Sete prpa === eee O A E a P Seo BOS oe 30 e o Pos 6de = 77 Sa E E

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