🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JACM - Laudo arbitral 00517.3.2018

Junta Arbitral de Consumo de Madrid

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JACM - Laudo arbitral 00517.3.2018
Autor
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Internacional Privado
Año
2018

Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

Regional EMPLEO Y HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid LAUDO ARBITRAL N/R.: 05 - ARBC -00517.3/2018

RECLAMANTE RECLAMADO : En Madrid, a 21 de juniode2018sehaconstituidod compuesto por el ARBITRO UNICO: empleado de la

Comunidad de Madrid. Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en que le dieron por error de baja su línea y le dijeron que tardarían más de 15 deás en arreglarlo, que no estaba dispuesto a asumir porque necesitaba el servicio. La consecuencia de no estar con servicio le llevo a unas pérdidas de 8.960 euros en bolsa de valores al no poder vender a tiempo por no tener internet. Desde el 19 de diciembre de 2017 le dejaron sin servicio en los móviles. Solicita la reposición de los daños y perjuicios. La empresa reclamada aporta escrito del que se dio traslado a la parte reclamante, alegando que el 18 de noviembre de 2017 se produce el cierre de la central que da cobertura a su zona. Finalmente con fecha 17 de diciembre de 2017 la línea fija se encuentra portada a otro operador. No obstante, por deferencia comercial se han realizado ajustes por importe de 177,50 euros y 211,52 euros de las facturas de 2 de diciembre de 2017 y 2 de enero de 2018, quedando un importe pendiente de ambas facturas de 105,60 euros, deuda sobre la que formula reconvención.

El Órgano Arbitral entra en el estudio de las actuaciones practicadas, consistentes en: 1.- Estudiar la documentación adjuntada al expediente. 2.- Dar audiencia a las partes. La parte reclamante aporta escrito alegando que le reclaman una penalización por haber cambiado de operador, cuando no quería cambiarse sino que le dieron de baja y le perjudicaron su negocio de arquitectura y obras al no poder atender a los clientes por no disponer de internet. Solicita la anulación de las facturas que le reclaman porque en un escrito reconocen que le dejaron sin servicio de teléfono e internet, y le permiten cambiar de operador, ya que no pueden prestarle el servicio. También solicita una indemnización por daños afectando a su negocio y prestación de servicios. La parte reclamada aporta escrito en el que reitera sus alegaciones y reconvención. Tras lo cual y, previa deliberación, el Órgano Arbitral se pronunció emitiendo el correspondiente LAUDO, en EQUIDAD: Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, este Órgano Arbitral acuerda ESTIMAR PARCIALMENTE las pretensiones de la parte reclamante anulando la empresa reclamada los cargos por penalización, quedando rectificada la deuda pendiente de pago correspondiente a las facturas de 2 de diciembre de 2017 y 2 de enero de 2018, que refleja consumo, a la cantidad de 57,92 euros.

ARBCRU22____________________________

Calle del General Diaz Porlier, 35 28001 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 58 80 1 Instituto Regional de Arbitraje de Consumo

Junta Arbitral

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

Regional EMPLEO V HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid ESTIMAR PARCIALMENTE la reconvención formulada por la empresa reclamada, debiendo abonar la parte reclamante 57,92 euros. NO ENTRAR A CONOCER de la solicitud de indemnización al no ser objeto del Sistema Arbitral de Consumo, los daños y perjuicios de carácter profesional al no tener la consideración de consumidor final, quedando expedita la vía judicial para su reclamación. El plazo para el cumplimiento del presente Laudo, ejecutivo y vinculante, será de TREINTA DÍAS, a contar desde la recepción de la notificación del Laudo. El abono de la cantidad se realizará por cualquier medio de pago, admitido en derecho, que deje constancia documental al reclamante o persona autorizada en su nombre, salvo que al día de la fecha ya lo hubiere efectuado. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado diez de la Ley 11/ 2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado, podrá solicitar a los árbitros dentro de los DIEZ DÍAS NATURALES siguientes a esta notificación, previa notificación a la otra parte: la corrección de cualquier error de cálculo, de copia, tipográfico o de naturaleza similar; la aclaración de un punto o de una parte concreta del laudo; el complemento del laudo respecto de peticiones formuladas y no resueltas en él; la rectificación de la extralimitación parcial del laudo, cuando se haya

resuelto sobre cuestiones no sometidas a su decisión o sobre cuestiones no susceptibles de arbitraje. Previa audiencia de las demás partes, los árbitros resolverán sobre las solicitudes de corrección de errores y de aclaración en el plazo de diez días, y sobre la solicitud de complemento y la rectificación de la extralimitación, en el plazo de veinte días. Contra este Laudo cabe Acción de Anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a interponer en el plazo de DOS MESES desde su notificación o si se ha solicitado corrección, aclaración, complemento o rectificación del Laudo desde la expiración del plazo para adoptarla. En caso de incumplimiento del Laudo por cualquiera de las partes, podrá solicitar la ejecución forzosa ante el Juez de Primera Instancia del lugar donde se haya dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado cuatro de la citada Ley 11/2011. Este documento ha sido firmado digitalmente por EL ARBITRO UNICO, puede consultar la fecha y datos de la firma en el lateral.

ARBCRU22____________________________

Calle del General Diaz Porlier, 35 28001 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 58 80 2

Consultar sobre este documento ...