JACM - Laudo arbitral 01050.2.2018
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
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Detalles
- Título
- JACM - Laudo arbitral 01050.2.2018
- Autor
- Junta Arbitral de Consumo de Madrid
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- 2018
Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
Regional EMPLEO Y HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid LAUDO ARBITRAL N/R.: 05 - ARBC - 01050.2/2018
RECLAMANTE
RECLAMADO :
Teléfono Asociado: En Madrid, a 23 de julio de 2018 constituido el Órgano Arbitral, compuesto por el Árbitro
Único: ARBITRO UNICO empleado público de la Comunidad de Madrid.
Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en que se suplantó los datos del contrato . Solicita el cumplimiento del contrato o sacar el número de móvil del contrato y hacer uno nuevo. La parte reclamada alega que con fecha 9 de octubre de 2017 se solicitó la activación el cambio de titular a favor de siendo efectiva la titularidad con fecha 23 de octubre de 2017, con fecha 18 de octubre de 20 17,^^^^^|solicitó la activación del paquete comprobados los hechos han verificado que con fecha 28 de febrero de 20018, s ha efectuado la portabilidad del servicio 670247137 hacia otro operador. La parte reclamante manifiesta el cambio se efectuó sin su autorización, teniendo que cambiar a la fuerza de operadora ya que la línea se le bloqueó a causa de estas incidencias. El Órgano Arbitral entra en el estudio de las actuaciones practicadas, consistentes en: 1.- Estudiar la documentación adjuntada al expediente. 2.- Dar audiencia a las partes. Tras lo cual y, previa deliberación, el Órgano Arbitral se pronunció emitiendo el
correspondiente ACUERDO, en EQUIDAD: Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, este Órgano Arbitral acuerda NO ENTRAR A CONOCER las pretensiones formuladas por la parte reclamante por cuanto, a la vista del contrato aportado se aprecia falta de legitimación activa, no habiendo acreditado el reclamante haber sido titular de dicha línea, ni estar debidamente autorizado por el actual titular. Procediendo por ello el archivo del expediente, dado por terminadas las actuaciones arbitrales y dejando expedita la vía judicial para formular nueva reclamación al respecto. El plazo para el cumplimiento del presente Acuerdo será de QUINCE DÍAS, a contar desde la recepción de la notificación del mismo. Notifíquese a las partes la presene Resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
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Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03 y 91 310 58 39 1 Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
Regional EMPLEO V HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid El abono de la cantidad se realizará por cualquier medio de pago, admitido en derecho, que deje constancia documental al reclamante o persona autorizada en su nombre, salvo que al día de la fecha ya lo hubiere efectuado. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado diez de la Ley 11/ 2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de
Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado, podrá solicitar a los árbitros dentro de los DIEZ DÍAS NATURALES siguientes a esta notificación, previa notificación a la otra parte: la corrección de cualquier error de cálculo, de copia, tipográfico o de naturaleza similar; la aclaración de un punto o de una parte concreta del laudo; el complemento del laudo respecto de peticiones formuladas y no resueltas en él; la rectificación de la extralimitación parcial del laudo, cuando se haya resuelto sobre cuestiones no sometidas a su decisión o sobre cuestiones no susceptibles de arbitraje Y para que conste, se firma el presente Acuerdo en el lugar y fecha señalados al principio. Este documento ha sido firmado digitalmente por EL ARBITRO UNICO, puede consultar la fecha y datos de la firma en el lateral.
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Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Ttno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03 y 91 310 58 39 2