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JACM - Laudo arbitral 03447.6.2019

Junta Arbitral de Consumo de Madrid

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Detalles

Título
JACM - Laudo arbitral 03447.6.2019
Autor
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Internacional Privado
Año
2019

Junta Arbitral B Instituto Regional de Arbitraje de Consumo CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, Regional de Consumo

EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Comunidad de Madrid

LAUDO ARBITRAL

N/R.: 05-A R B C -03447.6/2019

RECLAMANTE RECLAMADO: En Madrid, a 17 de octubre de 2019 constituido el Colegio Arbitral, compuesto por los siguientes miembros: PRESIDENTE: ______________________ público de la Comunidad de Madrid. «ii representación de la Asociación AS. USUARIOS DE SEGUROS DE LA C.M., debidamente acreditada ante esta JuntaArbitralReaionaM Consumo de la Comunidad de Madrid. en representación de ASOC. NNAL DE CENTROS DE ENSEÑANZA A DISTANCIA debidamente acreditado ante esta Junta Arbitral Regional de Consumo de la

Comunidad de Madrid. Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en: que le llamaron por teléfono para ofrecerle un curso y se apuntó, pero después de un mes quiso darse de baja, y no sabía que tenía sólo 15 días. Llamó al centro para decir sus razones y le dijeron que no les importaba sus problemas y que tenía que pagar. Le acosan con llamadas a diario para que pague, está en el paro, con un niño a cargo y tuvo una depresión post-parto. No ha hecho el curso y aún así le reclaman el dinero. Pagó 120 euros de la matriculo con tarjeta por teléfono. Le parece lo lógico que anulen el curso si no lo ha disfrutado.. Solicita poder desistir y que anulen sus datos de morosos. La empresa reclamada aporta escrito del que se dio traslado a la parte reclamante, alegando que

reitera sus escritos de alegaciones incorporados al expediente en los que relata cronológicamente los hechos el 5 de marzo de 2018 contrata telefónicamente y abona la matrícula de 120 euros ,y la asesora le informó expresamente del plazo para ejercitar el derecho de desistimiento y en ese mismo instante el fue remitida copia escrita del contrato a su correo electrónico y se subió al campus virtual, el 09 de marzo la empresa de transporte entrega el temario completo, el 20 de marzo la reclamante realizó una consulta a su tutora a través del servicio de mensajería del campus que fue atendida, y es el 25 de abril cuanto contactó para solicitar la anulación de la matrícula. Manifiesta que considera haber actuado correctamente incluyendo en el documento contractual en caracteres destacados e inmediatamente encima del lugar reservado para la firma del consumidor y usario, una referencia clara, comprensible y precisa al derecho del alumno a desistir del contrato y a los requisitos y consecuencias de su ejercicio por lo que no procedería en este caso la anulación de este contrato de matrícula a día de hoy por no haberse realizado en el plazo y forma indicados. Formula reconvención sobre la deuda por importe de 1.496,10 euros. Adjunta copia del contrato, del albarán de entrega del material a la parte reclamante, y escritos dirigidos a la alumna El Colegio Arbitral entra en el estudio de las actuaciones practicadas, consistentes en: 1.- Estudiar la documentación adjuntada al expediente. 2.- Dar audiencia a las partes.

ARBCRS32

Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03v91 310 58 39

Junta Arbitral Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Regional

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

EMPLEO Y COMPETITIVIDAD de Consumo Comunidad de Madrid Contra este Laudo cabe Acción de Anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a interponer en el plazo de DOS MESES desde su notificación o si se ha solicitado corrección, aclaración, complemento o rectificación del Laudo desde la expiración del plazo para adoptarla. En caso de incumplimiento del Laudo por cualquiera de las partes, podrá solicitar la ejecución forzosa ante el Juez de Primera Instancia del lugar donde se haya dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado cuatro de la citada Ley 11/2011. Madrid, 17 de octubre de 2019

PRESIDENTE DEUCOLEGIO ARBITRAL

VOCAL REPRESENTANTE VOCAL REPRESENTANTE SECTOR

CONSUMIDORES EMPRESARIAL ARBCRS32________________________________________

Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03 v 91 310 58 39

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