JACM - Laudo arbitral 03538.2.2018
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
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Detalles
- Título
- JACM - Laudo arbitral 03538.2.2018
- Autor
- Junta Arbitral de Consumo de Madrid
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- 2018
Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
IEMPLEO Y HACIENDA Regional
Comunidad de Madrid de Consumo
RESOLUCIÓN ARBITRAL EXPTE. N°: ARBC 03538.2 / 2018
RECLAMANTE RECLAMADO: En Madrid, a 13 de diciembre de 2018, constituido el órgano arbitral colegiado, éste se compone por los tres árbitros debidamente acreditados ante esta Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid siguientes: PRESIDENTE: empleado público de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda. ^ __________________________________________ VOCALES: propuesto por la Federación de uarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid. propuesta por la Asociación de consumidores denominada Confianza On Line.
Recibida con fecha 14 de mayo de 2018 Solicitud de Arbitraje y dictada el 27 de oviembre de 2018 Resolución de Inicio por la Presidente de la Junta Arbitral, por la ue admite a trámite la solicitud de arbitraje, verifica la existencia de Convenio Arbitral válido y designa el Colegio Arbitral, el presente arbitraje de consumo se decidirá, en su caso, en EQUIDAD. El Colegio Arbitral designado, reunido el día de la fecha, entra en el estudio de las actuaciones practicadas y de la documentación incorporada en el expediente, iniciándose la sesión con la lectura de las alegaciones formuladas por las partes y que constan asimismo por escrito en el expediente. La reclamación objeto de la controversia puede resumirse en la disconformidad con las tres entradas asignadas en el anfiteatro (Categoría 4) en lugar de en la pista, para
el Concierto de OT el 29/06/18 en el Bernabéu. Solicita el reintegro del precio pagado por las mismas (106,92€). La parte reclamada no ha formulado alegaciones en el expediente arbitral. B Instituto Regional de Arbitraje de Consumo » V -J Regional
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, E /a » de Consumo
EMPLEO Y HACIENDA Comunidad de Madrid Celebrándose la audiencia escrita el 13 de diciembre de 2018, las partes han sido citadas en tiempo y forma, habiendo formulado el reclamante por escrito nuevas alegaciones, cuya copia se adjunta al presente. Tras lo cual y, previa deliberación, el Órgano Arbitral se pronunció emitiendo el correspondiente ACUERDO, adoptado colegiadamente por UNANIMIDAD: Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada a( expediente, este Colegio Arbitral acuerda NO ENTRAR A CONOCER de la pretensión formulada por la parte reclamante por cuanto la misma ha manifestado por escrito de fecha 29 de noviembre de 2018 que su reclamación había sido solucionada, no pudiéndose dictar Laudo Conciliatorio por desconocerse los términos exactos del acuerdo alcanzado entre las partes. Procediendo el archivo del expediente, dando por terminadas las actuaciones arbitrales y quedando, en su caso, expedita la vía judicial para formular nueva reclamación al respecto. El plazo para el cumplimiento del presente Acuerdo será de QUINCE DÍAS, a contar desde la recepción de la notificación del presente. Notifíquese a las partes la presente Resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno y para que
conste, firman la presente los indicados árbitros, en el lugar y fecha al principio señalados.