JACM - Laudo arbitral 04802.0.2019
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
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Detalles
- Título
- JACM - Laudo arbitral 04802.0.2019
- Autor
- Junta Arbitral de Consumo de Madrid
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- 2019
Junta Arbitral Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Regional
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
EMPLEO Y COMPETITIVIDAD de Consumo
Comunidad de Madrid LAUDO ARBITRAL N/R.: 05 - ARBC - 04802.0/2019
Teléfono Asociado: En Madrid, a 13 de noviembre de 2019 constituido el Colegio Arbitral, compuesto por los
siguientes miembros: PRESIDENTE: I, empleado público de la Comunidad de Madrid. en la Asociación UNION CONSUMIDORES EUROPEOS, debidamente acreditada ante esta Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid. en representación de COLEGIO OFICIAL INGENIEROS DE TELECOMUNICACIÓN debidamente acreditado ante esta Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid. Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en que le están cobrando facturas sin darle el servicio completo de un paquete contratado el 4 de eneo de 2019, y al mismo tiempo sigue pagando las facturas en su otro operador más caras de lo que pagaba habitualmente al haberse deshecho el paquete que tenía por haberse portado las líneas móviles. Solida que instalen servicio de telefonía fija, internet y televisión, que le devuelvan las facturas pagadas por un servicio duplicado que tenía en su operador, que no pasen más facturas hasta que le den el servicio completo contratado, y que le paguen los 8 euros mensuales que le cuesta más caro al haberse deshecho el paquete de su operador, y daños y perjuicios. La empresa reclamada aporta escrito con fecha de 11 de septiembre de 2019, del que se dio
traslado a la parte reclamante, alegando que al dia de la fecha no tiene ningún servicio activo en la empresa habiéndose portado las líneas móviles el 3 de julio de 2019. Se realizó un abono de 39 euros de la cuota de abril, en mayo no se facturó la citada cuota, por lo que se ha procedido a realizar un abono de 78 euros en concepto de garantía de calidad por la no activación del paquete y facturación de las cuotas de la línea móvil principal. La parte reclamante contesta por escrito de fecha 30 de septiembre de 2019, del que se dio traslado a la empresa reclamada, manifestando que reclama los 347,84 € menos los 117 € que ya le han devuelto, más el perjuicio y las enormes molestias que le están ocasionando.
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Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03 v 91 310 58 39 t Junta Arbitral Instituto Regional de Arbitraje de Consumo
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, Regional
EMPLEO Y COMPETITIVIDAD de Consumo Comunidad de Madrid Contra este Laudo cabe Acción de Anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a interponer en el plazo de DOS MESES desde su notificación o si se ha solicitado corrección, aclaración, complemento o rectificación del Laudo desde la expiración del plazo para adoptarla. En caso de incumplimiento del Laudo por cualquiera de las partes, podrá solicitar la ejecución forzosa ante el Juez de Primera Instancia del lugar donde se haya dictado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo único, apartado cuatro de la citada Ley 11/2011. Madrid, 13 de noviembre de 2019
PRESIDENTE DEL COLEGIO ARBITRAL ARBCRS32________________________________________
Calle Ramírez de Prado, 5 bis 28045 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 59 03v91 310 58 39