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JACM - Laudo arbitral 05370.7.2017

Junta Arbitral de Consumo de Madrid

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Detalles

Título
JACM - Laudo arbitral 05370.7.2017
Autor
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Internacional Privado
Año
2017

B Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

Regional EMPLEO Y HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid LAUDO ARBITRAL N/R.: 05 - ARBC - 05370.7/2017

RECLAMANTE:

RECLAMADO: Prenda o Teléfono Asociado: En Madrid, a 08 de marzo de 2018 constituido el Órgano Arbitral, compuesto por el

Árbitro Único: ARBITRO UNICO___________________ , empleado de la de Se inició la Audiencia con la lectura de la reclamación que puede resumirse en: en el mes de julio contrata ^ ^ ^ |Love básico con una promoción telefónica. Incluía móvil, fijo y fibra en casa 20 Megas por 48,95 euros, el primer mes y a los seis meses siguientes 39,95 euros,para después volver al precio original de 48,95 euros.Tenía una permanencia de doce meses. Revisando las facturas comprueba que le han cobrado algo mas de 50 euros y puesta al habla con atención al cliente le dicen que no se acogió a ninguna promoción y le remiten un correo que supuestamente le enviaron a una dirección de correo electrónico que no es la suya.Ella conserva copia de la grabación que desde la empresa le hicieron a ella cuando contrata en el mes de julio.

Solicita que le respeten la promoción que tenía durante seis meses o se le reingrese lo que le han cobrado de más durante los seis meses que así ha sucedido. La empresa presenta escrito de fecha 11 de enero de 2018, indicando que sus alegaciones serán válidas para el momento de la vista. Informan que la reclamante no

tiene ningún servicio contratado con la compañía y en su escrito no aporta información alguna de las líneas reclamadas o sobre el cliente que pudiera estar representando. La reclamante se encuentra al corriente de pagos con la empresa reclamada. El Órgano Arbitral entra en el estudio de las actuaciones practicadas, consistentes en: 1.- Estudiar la documentación adjuntada al expediente. 2.- Dar audiencia a las partes. La parte reclamante no presenta alegaciones para este acto de audiencia dándose por reproducida toda la información y documentación, que consta por escrito en el expediente.

ARBCRU22_________________________________________________________________

Calle del General Diaz Porlier, 35 28001 Madrid Tfno. Tramitación solicitudes: 91 310 58 80 FAX: 91 310 58 00 B Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

Regional EMPLEO Y HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid La parte reclamada comparece a la audiencia mediante escrito de fecha 6 de marzo de 2018 reiterando el contenido de las presentadas con anterioridad. Ambas partes han sido notificadas de la continuación del procedimiento arbitral de conformidad al señalamiento y emplazamiento realizado en fecha 16 de febrero de 2018, no mostrando disconformidad al respecto tras lo cual y, previa deliberación, el Órgano Arbitral se pronunció emitiendo el correspondiente LAUDO, en EQUIDAD: Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, este Órgano Arbitral acuerda NO ENTRAR A CONOCER DEL FONDO

del presente asunto ya que se carece de elementos mínimos probatorios indispensables para su valoración. Consta requerimiento de documentación a ambas partes que no ha sido atendido. En consecuencia se dan por terminadas las actuaciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.3 a) del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo. Se informa que queda expedita la vía judicial o cualquier otra acción que estime conveniente en defensa de sus intereses. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado diez de la Ley 11/ 2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado, podrá solicitar a los árbitros dentro de los DIEZ DÍAS NATURALES siguientes a esta notificación, previa notificación a la otra parte: la corrección de cualquier error de cálculo, de copia, tipográfico o de naturaleza similar; la aclaración de un punto o de una parte concreta del laudo; el complemento del laudo respecto de peticiones formuladas y no resueltas en él; la rectificación de la extralimitación parcial del laudo, cuando se haya resuelto sobre cuestiones no sometidas a su decisión o sobre cuestiones no susceptibles de arbitraje Previa audiencia de las demás partes, los árbitros resolverán sobre las solicitudes de corrección de errores y de aclaración en el plazo de diez días, y sobre la solicitud de complemento y la rectificación de la extralimitación, en el plazo de veinte días.

Contra este Laudo cabe Acción de Anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a interponer en el plazo de DOS MESES desde su notificación o si se ha solicitado corrección, aclaración, complemento o rectificación del Laudo desde la expiración del plazo para adoptarla ARBCRU22_________________________________________________________________ Calle del General Diaz Porlier, 35 28001 Madrid Ttno. Tramitación solicitudes: 91 310 58 80 FAX: 91 310 58 00 B Instituto Regional de Arbitraje de Consumo Junta Arbitral

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,

Regional EMPLEO Y HACIENDA de Consumo Comunidad de Madrid En caso de incumplimiento del Laudo por cualquiera de las partes, podrá solicitar la ejecución forzosa ante el Juez de Primera Instancia del lugar donde se haya dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único, apartado cuatro de la citada Ley 11/2011. Y para que conste, se firma el presente Acuerdo en el lugar y fecha señalados al principio. Este documento ha sido firmado digitalmente por EL ARBITRO UNICO, puede consultar la fecha y datos de la firma en el lateral.

ARBCRU22_________________________________________________________________

Calle del General Diaz Porlier, 35 28001 Madrid Ttno. Tramitación solicitudes: 91 310 58 80 FAX: 91 310 58 00

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