JACM - Laudo arbitral 06167.7.2018
Junta Arbitral de Consumo de Madrid
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Detalles
- Título
- JACM - Laudo arbitral 06167.7.2018
- Autor
- Junta Arbitral de Consumo de Madrid
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- 2018
| i Instituto Regional de Arbitraje Consumo Junta Arbitral
1NSEJERIA DE ECONOMIA,
EMPLEO Y HACIENDA ® Comunidad de Madrid deConsumo
RESOLUCIÓN ARBITRAL EXPTE. N°: ARBC 06167.7 / 2018
RECLAMANTE RECLAMADO: En Madrid, a 15 de enero de 2019, constituido el órgano arbitral colegiado, éste se compone por los tres árbitros debidamente acreditados ante esta Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid siguientes: PRESIDENTE: empleado público de la
Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
VOCALES: propuesta por la Asociación de Amas de isa, Consumidores y Usuarios de Madrid. propuesto por la Asociación Empresarial denominada
ARBITEL.
Recibida con fecha 31 de agosto de 2018 Solicitud de Arbitraje y dictada el 10 de diciembre de 2018 Resolución de Inicio por la Presidente de la Junta Arbitral, por la que admite a trámite la solicitud de arbitraje, verifica la existencia de Convenio Arbitral válido y designa el Órgano Arbitral, el presente arbitraje de consumo se decidirá, en su caso, en EQUIDAD. El Colegio Arbitral designado, reunido el día de la fecha, entra en el estudio de las actuaciones practicadas y de la documentación incorporada en el expediente, iniciándose la sesión con la lectura de las alegaciones formuladas por las partes y que constan asimismo por escrito en el expediente. La reclamación objeto de la controversia puede resumirse en la disconformidad con la falta del servicio fijo padecido en julio y agosto de 2018, y con la facturación de 267€.
Solicita una explicación, la devolución de lo cobrado de más y la anulación de la penalización. La parte reclamada ha manifestado que ha desactivado con fecha 25/06/18 la línea con fecha 10/07/18 el servicio de TV total, con fecha 18/07/18 la línea + Fibra y con fecha 27/08/18 la línea Que tras revisar las | Instituto Regional de Arbitraje ¡de Consumo , Junta Arbitra! ¡CONSEJERIA DE ECONOMIA, d..;..,, ¡EMPLEO Y HACIENDA > 'id„ r nn Comunidad de Madrid deConsumo facturas emitidas ha procedido al abono de 56,68€, en concepto del cargo por gestión de fibra y cuota mensual de una línea móvil, quedando pendientes de pago 226,45€, cantidad por la que formula expresa reconvención. Celebrándose la audiencia oral el 15 de enero de 2019, las partes han sido citadas en tiempo y forma, si bien ninguna comparece a la Vista, habiendo realizado la reclamada por escrito nuevas alegaciones, cuya copia se incorpora a la presente. Tras lo cual y, previa deliberación, el Colegio Arbitral se pronuncia emitiendo el correspondiente ACUERDO, adoptado colegiadamente por UNANIMIDAD: Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, este Colegio Arbitral acuerda no entrar a conocer de la pretensión de la parte reclamante por cuanto la comunicación de la designación de este Colegio Arbitral y de la celebración de la correspondiente audiencia, no ha sido debidamente notificada a la parte reclamante, a pesar de los dos avisos realizados y remitidos por correo certificado con acuse de recibo, no pudiéndose considerar
válidamente formalizada la designación del Colegio Arbitral realizada. Procediendo el archivo del expediente, dando por terminadas las actuaciones arbitrales y quedando expedita la vía judicial para formular, en su caso, nueva reclamación al respecto. El plazo para el cumplimiento del presente Acuerdo será de QUINCE DÍAS, a contar desde la recepción de la notificación del mismo. Notifíquese a las partes la presente Resolución, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno y para que conste, firman el presente los indicados miembros del Colegio Arbitral, en el lugar y fecha al principio señalados.