JCC - Circular 005 de 2022
Junta Central de Contadores
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Detalles
- Título
- JCC - Circular 005 de 2022
- Autor
- Junta Central de Contadores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2022
GA-GD-FT-013
V: 3 ¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 No. 97 – 46 oficina 301 PBX: (60) (1) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co CIRCULAR No. 005 de 2022
01 DE NOVIEMBRE DE 2022
PARA: FUNCIONARIOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
DE: DIRECCION GENERAL
ASUNTO: PROCEDIMIENTO DE ELECCI ÓN DE LOS DOS (2)
REPRESENTANTES DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ENTIDAD.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 de la Resolución No. 432 de fecha 21 de Junio de 2016, “Por el cual se crean y se conforma el Sistema de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabaj o, SG-SST de la Unidad administrativa Especial Junta Central de Contadores y se establece la Política, Objetivos, Responsabilidades y se dictan otras disposiciones”, mediante esta Circular se establecen los pormenores de la votación y elección de los dos (2) representantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de los funcionarios de la Entidad
1. Fecha de la Convocatoria : A los dos (2) días hábiles siguientes a la expedición de esta circular, se abrirán las inscripci ones por término de cinco (5) días hábiles para elegir a los dos (2) suplentes del Comité Paritario de Seguridad Y Salud en el Trabajo por parte de los funcionarios de la Entidad.
2. Funciones del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo:
(5) días hábiles para elegir a los dos (2) suplentes del Comité Paritario de Seguridad Y Salud en el Trabajo por parte de los funcionarios de la Entidad.
2. Funciones del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: El comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST tendrá las siguientes funciones de conformidad con lo estipulado en el artículo 11 de la resolución 2013 de 1986. a) Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo. b) Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimiento de trabajo. c) Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.GA-GD-FT-013
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d) Vigilar el desarrollo de las actividades que e n materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia. e) Colaborar en e l análisis de las causas de los accide ntes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado.
e) Colaborar en e l análisis de las causas de los accide ntes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado. f) Visitar periódicamente los lugar es de trabajo e inspeccionar los ambiente s, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medida s correctivas y de control. g) Estudiar y co nsiderar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial. h) Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional. i) Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente resolución. j) Elegir el secretario del Comité. k) Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás activ idades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes. l) Las demás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional.
3. Inscripción: Los candidatos podrán inscribirse manifestando su intención y voluntad de participar en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo ante la Dirección General a través de comunicación Interna.
4. Requisitos que deben acreditar los aspirantes: Los aspirantes a ser
voluntad de participar en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo ante la Dirección General a través de comunicación Interna.
4. Requisitos que deben acreditar los aspirantes: Los aspirantes a ser suplentes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo por parte
de los funcionarios de la Entidad:
- Ser funcionario público de la Unidad Administrativa Especi al Junta Central de Contadores y,
- No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de inscripción de la candidatura.
5. Candidatos inscritos: Una vez inscritos los candidatos como suplentes al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo se divulgará la lista de los postulados por el término de un día hábil en un lugar visible de la Entidad
(se enviará por correo electrónico y se publicará en las carteleras).GA-GD-FT-013 V: 3 ¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 No. 97 – 46 oficina 301 PBX: (60) (1) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co
6. Elección de los jurados: La Dirección General de la UAE Junta Central de Contadores designará en calidad de jurado(s) de votación a un funcionario o contratista de la Entidad, dentro de los dos (2) días siguientes a la divulgación de candidatos inscritos.
7. Notificación de los jurados: Al día siguiente hábil a la designación del contratista o funcionario como jurado(s) de votación, será notificado
mediante Correo Electrónico.
8. Funciones de los jurados de votación: Los jurados de votación tendrán las
contratista o funcionario como jurado(s) de votación, será notificado mediante Correo Electrónico.
8. Funciones de los jurados de votación: Los jurados de votación tendrán las funciones de adelantar el escrutinio y contabilización de los votos de la respectiva mesa, levantar acta y velar por el cumplimiento de los principios de la administración pública.
9. Lista de votantes: La oficina de Gestión Humana publicará con antelación a dos (2) días de la elección, en lugar visible, (se enviará por correo electrónico) la lista general de votantes indicando el nombre del funcionario, número de identificación y el lugar de votación.
10. Lugar, día y hora en que se abrirá y cerrará las votac iones: De manera remota, identificando los tarjetones de cada postulado se abrirán las votaciones para la elección de los representantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo a partir de las 8:00 a.m. y se cerrarán a las 12:00 m o cuando hayan votado los participantes.
NOTA: los votantes deberán contar con un computador con cámara, micrófono y conexión a Internet estable.
11. Trámite de votación: El funcionario sufragante deberá seleccionar en el tarjetón virtual por una sola vez, e l candidato de su preferencia o votar en blanco. Finalizado lo anterior, el sufragante marcara la opción enviar en el tarjetón virtual.
12. Escrutinio: Una vez finalizadas las elecciones , se realizará el escrutinio de las votaciones de los dos (2) miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de los funcionarios.
12. Escrutinio: Una vez finalizadas las elecciones , se realizará el escrutinio de las votaciones de los dos (2) miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de los funcionarios.
13. Recursos de los sufragantes: Los funcionarios podrán presentar reclamaciones ante la Dirección General, con los siguientes requisitos:
- Nombres completos de los reclamantes o solicitantes. ii. Objeto de la reclamación. iii. Razones en las que se apoya. iv. Pruebas que pretende hacer valer.
- Firma del solicitante.GA-GD-FT-013
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14. Trámite de las reclamaciones: la Dirección General resolverá la reclamación en el acto de cierre de la votación . Resueltas todas las reclamaciones se efectuará publicación de los resultados de las votaciones.
15. Resultados de las elecciones: al cierre de las votaciones, se levanta un acta de cierre que deberá contener la información relevante del escrutinio y deberá ser publicada en un lugar visible de la Entidad (se enviará por correo electrónico y se publicará en las carteleras).
Una vez elegidos los miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo se dará cumplimiento a lo estipulado en el Manual del SG - SST de la Entidad concordante con el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015.
Cordialmente,
Trabajo se dará cumplimiento a lo estipulado en el Manual del SG - SST de la Entidad concordante con el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015.
Cordialmente,
JOSÉ ORLANDO RAMIREZ ZULUAGA
Director General.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
Elaboró: Esteban Vargas Londoño – Contratista Líder de Gestión Humana Revisó: Eric Jesús Flórez Arias – Asesora Código 1020 Grado 06