JCC - Resolución 000-0746 de 2020
Junta Central de Contadores
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JCC - Resolución 000-0746 de 2020
- Autor
- Junta Central de Contadores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2020
GA-GD-FT-017
V: 4 Página 1 de 2
¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 no 97 – 46 Oficina 301 Torre 97 • PBX: (57) (1) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co
REPUBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000-0746
(26 DE MARZO DE 2020)
Por medio del cual se prorroga la medida de suspensión de términos adoptada en la Resolución No. 000 – 0660 del 17 de marzo de 2020 de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
En uso de sus facultades legales señaladas en la Ley 43 de 1990, artículo 71 de la Ley 1151 de 2007, el artículo 9 de la Ley 1314 de 2009, Resolución No. 0846 de 21 de mayo de 2019 y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores mediante la Resolución No. 0000660 del 17 de marzo de 2020, adoptó m edidas transitorias ante la declaratoria de emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID – 19, conforme a los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social. Para tal efecto, la Entidad suspendió los términos en las actuaciones administrativas en la sede principal como en las oficinas seccionales desde el 17 al
Ministerio de Salud y Protección Social. Para tal efecto, la Entidad suspendió los términos en las actuaciones administrativas en la sede principal como en las oficinas seccionales desde el 17 al 27 de marzo de 2020.
Que el presidente de la República emitió del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, por el cual declaró Estado de E mergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, con ocasión al COVID -19, por el término de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de esa citada disposición normativa.
Que, concordante con el Estado de emergencia declarado , fue ordenado el aislamiento preventivo obligatorio a todas las personas habitantes en el territorio nacional, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00) del día 13 de abril de 2020, conforme con lo establecido en el artículo prime ro del Decreto 457 del 23 de marzo de 2020.
Que la Unidad Administrativa Especial Junta Central Contadores con ocasión a la medida de aislamiento ordenada por el Gobierno Nacional, modificará la Resolución No. 0000660 de 2020, en el sentido de:
- Prorrogar la medida de suspensión de términos que inició el 17 de marzo y finalizará el 13 de abril del 2020, en virtud de lo previsto en el Decreto 457 de 2020; ii) Conservar los canales de atención electrónicos, tales como página web, chat, correos institucionales y líneas telefónicas para la comunidad contable y demás interesados en la profesión de Contaduría Pública , al igual que los lineamientos adoptados como medidas transitorias; yGA-GD-FT-017
institucionales y líneas telefónicas para la comunidad contable y demás interesados en la profesión de Contaduría Pública , al igual que los lineamientos adoptados como medidas transitorias; yGA-GD-FT-017 V: 4 Página 2 de 2
¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 no 97 – 46 Oficina 301 Torre 97 • PBX: (57) (1) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co
- Suspender la entrega de tarjetas profesionales o de registro, en el territori o nacional, que se encuentren pendientes , al igual que los requerimientos relacionados con las certificaciones de acreditación de experiencia profesional previstos en los tramites de inscripción y expedición de tarjeta profesional por primera vez, en razón al cierre temporal de las empresas y sociedades acreditantes. Para tal efecto, se modificará el parágrafo 1º del artículo 1º del citado acto administrativo. iv) Generar y ado ptar directrices internas por motivo de la suspensión de las diligencias de inspección y vigilancia programadas dentro de los términos de duración de la medida de aislamiento, por lo cual, se deroga el parágrafo 2° del artículo 1° del citado acto administrativo.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° . PRORROGAR la suspensión de términos adoptada en la Resolución No. 0000660 de 2020, hasta el 13 de abril del 2020 , conservando los canales de atención electrónicos, tales como página web, chat, correos institucionales y líneas telefónicas para la comunidad
0660 de 2020, hasta el 13 de abril del 2020 , conservando los canales de atención electrónicos, tales como página web, chat, correos institucionales y líneas telefónicas para la comunidad contable y demás inte resados en la profesión de Contaduría Pública, al igual que los lineamientos adoptados como medidas transitorias en el citado acto administrativo.
ARTÍCULO 2° . REANUDAR los términos suspendidos, el día 14 de abril de 2020, previa evaluación y revisión de los lineamientos del Gobierno Nacional y las instancias competentes.
ARTÍCULO 3°. MODIFICAR el parágrafo 1º del artículo 1º de la Resolución No. 000 - 0660 del 2020, el cual quedará así:
“…Para los tramites de tarjeta profesionales, duplicados, certifi cados, se dispondrán los canales electrónicos, tales como, pagina web, chat, correos institucionales y líneas telefónicas. En lo atinente a la entrega de tarjetas profesionales o de registro se suspenderán los términos , al igual que los requerimientos rela cionados con las certificaciones de acreditación de experiencia profesional previstos en los tramites de inscripción y expedición de tarjeta profesional por primera vez , de conformidad con lo establecido en este acto administrativo…”
ARTÍCULO 4°. DEROGAR el parágrafo 2° del artículo 1° de la Resolución No. 000 - 0660 del 2020, conforme a lo expuesto en la parte motiva.
ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
2020, conforme a lo expuesto en la parte motiva.
ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
JOSÉ ORLANDO RAMÍREZ ZULUAGA
Director General
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
Elaboró: Tilcia Vergel - Contratista Dirección Revisó: Eric Jesús Flórez Arias - Asesor Código 1020 Grado 06 con funciones administrativas Ivonne Sacristán - Asesor Código 1020 Grado 06 con funciones jurídicas