JCC - Resolución 000-2097 de 2019
Junta Central de Contadores
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Detalles
- Título
- JCC - Resolución 000-2097 de 2019
- Autor
- Junta Central de Contadores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2019
Mincomerclo .
UNIDAD
ADMINISTRATIVA JUNTA CENTRAL especial IDE CONTADORES reso
GA-GD-FT-017
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REPUBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES 000-2097I MERO For la cual se fijan los valores de los tramites y servicios de la UAE Junta Central de Contadores para la vigencia 2020 EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES En cumplimiento de las funciones senaladas en el articulo 20 de la Ley 43 de 1990, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 71 de la Ley 1151 del 24 de Julio de 2007, el articulo 9 de la Ley 1314 del 13 de Julio de 2009 y, CONSIDERANDO: Que el numeral 3° del articulo 20 de la Ley 43 de 1990, faculto a la UAE Junta Central de Contadores a expedir la Tarjeta Profesional de Contador Publico o Tarjeta de Registro Profesional de las entidades que prestan servicios de la ciencia contable, a costa del interesado, y las certificaciones de vigencia de la inscripcion y antecedentes disciplinarios. Que el paragrafo del articulo 20 de la Ley 43 de 1990, senala que el valor de los Certificados sera fijado por la UAE Junta Central de Contadores, disposicion normativa declarada exequible mediante sentencia C-530 de 2000 de la Corte Constitucional. Que el articulo 3° del Decreto 1235 de 1991, establecio el valor de la Tarjeta Profesional de Contador Publico por primera vez, la cual sera “...de veinte mil pesos ($20,000.00) moneda legal
Que el articulo 3° del Decreto 1235 de 1991, establecio el valor de la Tarjeta Profesional de Contador Publico por primera vez, la cual sera “...de veinte mil pesos ($20,000.00) moneda legal y se reajustara anualmente en el porcentaje en que se incremente el salario mlnimo. Las fracciones superiores o inferiores a $500.00 se aproximaran por exceso o por defecto al multiplo de $1.000.00 mas cercano..." Que el Decreto 1510 de 1998, reglamento el registro, inspeccion y vigilancia de las sociedades de contadores y demas personas jurldicas; al igual que en el articulo 3 dispuso “...Autorizada la inscripcion de los entes descritos en el articulo 2o. del presente decreto, se, expedira, a costa del interesado, una tarjeta de registro, segun los requisitos y el procedimiento que para el efecto establecera la Junta Central de Contadores. Que en el articulo 11 de la Ley 1314 del 2009, senalo “...La Junta Central de Contadores podra destinar las sumas que se cobren por concepto de inscripcion profesional de los contadores publicos y de las entidades que presten servicios al publico en general propios de la ciencia contable como profesion liberal, por la expedicion de tarjetas y registros profesionales, certificados de antecedentes, de las publicaciones y dictamenes periciales de estos organismos..." ___________iAntes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente!__________ Carrera 16 No. 97 - 46 Oficina 301 Torre 97 • PBX: (57) (1) 644 4450 • Bogota D.C. • Colombia www.icc.gov.coGobierno de Colombia El future es de todos El progreso es de todos Mincomerclouni dad | JUNTA CENTRAL
ADMIMISTRATIVA
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especial I DE CONTADORES
GA-GD-FT-017
V: 4000-2097 Pagina 2 de 3 Que a partir de la Resolucion No. 00000973 del 23 de Diciembre de 2015, la DAE Junta Central de Contadores, modificada parcialmente por la Resolucion No. 0001002 de 2017, establecio los requisites y el procedimiento en linea para la inscripcion por primera vez, sustitucion, modificacion, duplicado, expedicion de tarjeta profesional de Contador Publico y tarjeta de registro profesional de las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, al igual que la expedicion de Certificados de vigencia de Inscripcion y de antecedentes disciplinarios. Que a traves de la Resolucion No. 0000 - 1148 del 28 de diciembre de 2018, corregida por la Resolucion No. 0000001 del 2 de enero de 2019, debidamente, publicadas en el Diario Oficial, fueron establecidos los valores de los tramites y servicios de la UAE Junta Central de Contadores para la vigencia 2019. Que con la promulgacion de la Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, fue establecido en el articulo 49, el calculo de valores en UVT para todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, asi: “...Articulo 49. Calculo de valores en UVT. A partir del 1° de enero de 2020, todos
articulo 49, el calculo de valores en UVT para todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, asi: “...Articulo 49. Calculo de valores en UVT. A partir del 1° de enero de 2020, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas v estampillas. actualmente denominados v establecidos con base en el salario mlnimo mensual legal vigente (SMMLV), deberan ser calculados con base en su equivalencia en terminos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores tambien se haran con base en el valor de la UVT vigente. Paragrafo. Los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, que se encuentren ejecutoriados con anterioridad al 1° de enero de 2020 se mantendran determinados en SMMLV...” (Negrilla y su bray ado fuera del texto) Que mediante resolucion N° 000084 del 28 de noviembre de 2019, expedida por la DIAN, se fijo el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el ano 2020, asi: (...) “Articulo 1: Valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT). Fijar en treinta v cinco mil seiscientos siete pesos ($35.607) el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regira durante el ano 2020" (...) (Negrilla y subrayado fuera del texto) Que de conformidad con el Decreto 2360 del 26 de diciembre de 2019, el Salario Minimo Legal
Mensual Vigente para la vigencia de 2020, incremento en un seis por ciento (6%) equivalente a CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS MTCE ($49,687), fijandolo en su totalidad en OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES
PESOS M/TCE ($877,803).
Que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores procedera a establecer los valores de sus tramites y certificados, dando aplicacion al calculo establecido en el articulo 49 de la Ley 1955 de 2019. Que, en virtud de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1. ESTABLECER los valores en los tramites de inscripcion por primera vez, sustitucion, modificacion, duplicado, expedicion de tarjeta profesional de Contador Publico y tarjeta de registro profesional de las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, para la vigencia 2020, discriminados asi: VALOR
TRAMITE
EN UVT
VALOR
TRAMITE EN
PESOS 2020
TRAMITE Tarjeta Profesional de Contador Publico por primera vez______________________ 9,37 $ 334.000 iAntes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 No. 97-46 Oficina 301 Torre 97 • PBX: (57) (1) 644 4450 • Bogota D.C. • Colombia www.icc.qov.coEl future es de todos
UNIDAD
AOMINISTRATtVA JUNTA CENTRAL
especial I DE CONTADORES de Colombia
GA-GD-FT-017000-209T V: 4
Pagina 3 de 3 Tarjeta de Registro Profesional Entidades por primera vez 120,83 $ 4.302.000 Sustitucion de la matricula profesional 9,37 $ 334.000
GA-GD-FT-017000-209T V: 4
Pagina 3 de 3 Tarjeta de Registro Profesional Entidades por primera vez 120,83 $ 4.302.000 Sustitucion de la matricula profesional 9,37 $ 334.000 Modificacion de la Tarjeta de Registro Profesional Duplicado de la Tarjeta Profesional de Contadores 12,08 $ 430.000 0,93 $ 33.000 Duplicado de la Tarjeta de Registro Profesional de las entidades que presten servicios de la ciencia contable 12,08 $ 430.000 ARTICULO 2. ESTABLECER los valores en la expedicion de certificados para la vigencia 2020, asi: VALOR
TRAMITE
EN UVT
VALOR
TRAMITE EN
PESOS 2020
TRAMITE Certificado de vigencia y de antecedentes disciplinarios de los Contadores Publicos 0,88 $31,000 Certificado de vigencia y de antecedentes disciplinarios de las entidades que presten servicios de la ciencia contable 1,6 $ 57.000
PARAGRAFO: El valor en pesos para cada tramite se establecio de conformidad con el articulo 3 del decreto 1235 de 1991 que indica “Las fracciones superiores o inferiores a $ 500.00 se aproximaran por exceso o por defecto al multiplo de $ 1.000.00 mas cercano” ARTICULO 3. TRAMITES Y SERVICIOS SIN COSTO ALGUNO. La UAE Junta Central de Contadores exceptua de cobro alguno el servicio de consulta de veracidad del certificado de vigencia de inscripcion y de antecedentes disciplinarios y la cancelacion de la inscripcion de Contadores Publicos o entidades que prestan servicios propios de la ciencia contable.
Contadores exceptua de cobro alguno el servicio de consulta de veracidad del certificado de vigencia de inscripcion y de antecedentes disciplinarios y la cancelacion de la inscripcion de Contadores Publicos o entidades que prestan servicios propios de la ciencia contable. ARTICULO 4. DEROGATORIA Y VIGENCIA. Resolucion No. 0000 - 1148 del 28 de diciembre de 2018, corregida por la Resolucion No. 0000001 del 2 de enero de 2019, quedan derogadas en su totalidad y el presente acto admjpiSffatlyo rige a partir de la publicacion en el Diario Oficial.
PUBCIQUESE Y'TIUMPLAS
/ JOSE ORLANDO RAMIREZ ZULUAGA
/ Director General
IDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
Elaboro: Tilda Vergel - Contratista Direcdon General Revise: Danilo Escobar - Lider Registro Grupo de Gestion Misional Aprobo: Eric Jesus Florez Arias - Asesor codigo 1020 grado 06 con funciones Administrativem iAntes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente!
Carrera 16 No. 97 - 46 Oficina 301 Torre 97 • PBX: (57) (1) 644 4450 • Bogota D C. • Colombia www.icc.qov.co