JCC - Resolución D-0114 de 2025
Junta Central de Contadores
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Detalles
- Título
- JCC - Resolución D-0114 de 2025
- Autor
- Junta Central de Contadores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
GA-GD-FT-017
V: 4 Página 1 de 3 Carrera 16 # 97 - 46 oficina 301 • PBX: (601) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co
REPÚBLICA DE COLOMBIA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
RESOLUCIÓN NÚMERO D-0114-2025 (10 DE SEPTIEMBRE DE 2025) Por la cual se modifica parcialmente el artículo 11 de la Resolución D-0092-2025 “por la cual se reglamenta el procedimiento técnico para la elección de dos (2) de los miembros del Tribunal Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores para el periodo 2026 - 2029” LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES En virtud de las atribuciones legales contenidas en la Ley 43 de 1990, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1314 de 2009, el Decreto 1955 de 2010, Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, Decreto 0662 de 24 de mayo 2024.
CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, establece que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores tiene la función de ejercer la inspección y vigilancia de la profesión de la Contaduría Pública para garantizar que la misma sólo sea ejercida por quienes se encuentren debidamente inscritos, conforme a las normas legales vigentes.
Que el numeral 7 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, establece que la
garantizar que la misma sólo sea ejercida por quienes se encuentren debidamente inscritos, conforme a las normas legales vigentes. Que el numeral 7 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, establece que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores tiene la facultad legal de darse su propio reglamento de funcionamiento interno para realizar sus actividades. Que el artículo 9 de la Ley 1314 de 2009, estableció que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores “continuará actuando como Tribunal Disciplinario y Órgano de Registro de la profesión contable, incluyendo dentro del ámbito de su competencia a los Contadores Públicos y a las demás entidades que presten sus servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal”. Que el párrafo anterior de la citada Ley fue reglamentado mediante el Decreto 1955 de 2010. Este decreto reglamentario estableció en el artículo tercero (3) la composición del Tribunal Disciplinario con siete (7) miembros, de los cuales cuatro (4) miembros representan entidades públicas, un representante de las Instituciones de Educación Superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública, un miembro electo por los contadores públicos inscritos ante la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores y un miembro y suplente que serán escogidos por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, con base en una lista de cinco (5) candidatos adoptada por consenso de las entidades miembros ¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente!GA-GD-FT-017 V: 4 Página 2 de 3
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adoptada por consenso de las entidades miembros ¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente!GA-GD-FT-017 V: 4 Página 2 de 3
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del Consejo Gremial Nacional, de acuerdo con un procedimiento previamente adoptado por dicho Consejo, el cual será de público conocimiento.
Que el procedimiento de elección del miembro representante de las Instituciones de Educación Superior que cuenten con registro calificado de programas académic os de contaduría pública y el miembro electo por los contadores públicos inscritos ante la Entidad, tanto principal y suplente, deberá ser convocado a través de la página de internet de la Entidad, tal y como lo dispone los numerales 5 y 6 del Decreto 1955 de 2010.
Que en el mismo Decreto se estableció que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores tendrá a cargo establecer el procedimiento técnico para las candidaturas y elecciones previstas en dicha disposición reglamentaria, conforme al penúltimo inciso del parágrafo primero (1°) del artículo tercero (3°).
Que, aunado a ello, en el parágrafo segundo (2°) del artículo (3°) del Decreto 1955 de 2010, estableció: “…Las elecciones se efectuarán en el mes de noviembre del último año de cada periodo, por vía electrónica, según el procedimiento técnico que determine la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores. El periodo de los
de 2010, estableció: “…Las elecciones se efectuarán en el mes de noviembre del último año de cada periodo, por vía electrónica, según el procedimiento técnico que determine la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores. El periodo de los miembros se inicia el 1° de enero del año siguiente al de su designación o elección…” (Subrayado fuera de texto).
Que con el fin de asegurar el desarrollo pleno y oportuno del proceso electoral liderado por la UAE Junta Central de Contadores, se considera necesario efectuar ajustes al calendario electoral previamente establecido.
Que, en virtud de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Modificar parcialmente al artículo 11 de la Resolución D-0092-2025, el cual quedará así:
FECHA
INICIAL
FECHA FINAL MECANISMO Y/O ACTIVIDADES 18 junio 2025 30 junio 2025 Publicación oficial de la convocatoria de elección al censo electoral, a través de la página web de la Entidad, redes sociales y en un lugar visible de la Entidad 19 agosto 2025 03 octubre 2025 Inscripción de candidatos para representantes de los Contadores Públicos y Representantes de las Instituciones de Educación Superior que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública. 06 octubre 2025 17 octubre 2025 Verificación del cumplimiento de los requisitos y documentación exigida 20 octubre 2025 24 octubre 2025 Complementación de requisitos de inscripción por parte de los candidatos 27 octubre 2025 06 noviembre 2025 Verificación final del cumplimiento de los requisitos y documentación exigida.
2025 24 octubre 2025 Complementación de requisitos de inscripción por parte de los candidatos 27 octubre 2025 06 noviembre 2025 Verificación final del cumplimiento de los requisitos y documentación exigida. 7 noviembre 2025 Publicación de la lista de candidatos que cumplieron con los requisitos exigidos. 21 de noviembre Fecha límite para designación del testigo electoral 8: 00 a.m. 28 de noviembre 2025 Apertura de la votación electrónica 4:00 p.m. 28 de noviembre 2025 Cierre de la Votación Electrónica 28 de noviembre 2025 Conteo y escrutinio de votaciones 28 de noviembre 2025 Respuesta a quejas y reclamos 28 de noviembre de 2025 Publicación de resultados en la página webGA-GD-FT-017 V: 4 Página 3 de 3 ¡Antes de imprimir este documento, piense en el Medio Ambiente! Carrera 16 # 97 - 46 oficina 301 • PBX: (601) 644 4450 • Bogotá D.C. • Colombia www.jcc.gov.co ARTÍCULO 2. Vigencia . La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
SANDRA MILENA BARRIOS PULIDO
Directora General Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores Proyectó Yenny Milena Lemus Jiménez – Secretaria Tribunal Disciplinario
Revisó: Juan Camilo Ramírez López– Asesor Grado 06 Proceso Jurídico Aprobó: Dra. Sandra Milena Barrios Pulido – Directora General Firmado digitalmente
por SANDRA MILENA
BARRIOS PULIDO
Fecha: 2025.09.09
Aprobó: Dra. Sandra Milena Barrios Pulido – Directora General Firmado digitalmente
por SANDRA MILENA
BARRIOS PULIDO
Fecha: 2025.09.09
14:56:30 -05'00'