🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JEP - Auto SRVR CDG 08 111 08 mayo 2025

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JEP - Auto SRVR CDG 08 111 08 mayo 2025
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2025

1

Para responder a este auto cite: 202503029664

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALAS DE JUSTICIA

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD

Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

AUTO CDG - 08 - 111 de 2025

Bogotá D.C., 8 de mayo de 2025

Caso 08. Crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano. Subcaso Magdalena Medio. Asunto

Acreditación de l Río Magdalena como víctim a por hechos relacionados con el Caso 08 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas.

I. ASUNTO POR RESOLVER

Este despacho de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas - en adelante SRVR o Sala de Reconocimiento -, de la Jurisdicción Especial para la Paz – en adelante JEP-, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en el marco del Caso 08 sobre crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano, procede a proferir decisión sobre la

cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano, procede a proferir decisión sobre la solicitud de acreditación del R ío Magdalena como sujeto de derechos y víctima del conflicto armado interno colombiano1.

1 Radicado Conti nro. 202401099645.2

II. ANTECEDENTES

1. La Sala de Reconocimiento, mediante el Auto No. 104 del 30 de agosto de 2022, avocó conocimiento del Caso 08, denominado “crímenes cometidos por miembros de la Fuerza Pública o en asociación con grupos paramilitares, otros agentes del Estado, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”. Y en el numeral segundo de este Auto, la Sala de Reconocimiento decretó la apertura de la etapa de contribución a la verdad y reconocimiento de responsabilidad respecto de las conductas asociadas al caso.

2. En ese Auto de apertura del macrocaso 08, la Sala de Reconocimiento avanzó también en la definición de (i) las tres áreas de concentración de la investigación del macrocaso y (ii) los cinco territorios críticos priorizados del mismo.

3. Las líneas de investigación del caso corresponden a tres grandes patrones macro criminales identificados en función de las motivaciones estratégicas de los crímenes: 1) Crímenes motivados por justificaciones contrainsurgentes; 2) Crímenes motivados por el favorecimiento de intereses económicos particulares; y 3) Crímenes motivados por el

Crímenes motivados por justificaciones contrainsurgentes; 2) Crímenes motivados por el favorecimiento de intereses económicos particulares; y 3) Crímenes motivados por el control de la función pública en los territorios.

4. Los territorios más críticos en donde preliminarmente se concentrará la investigación del caso 08 son: el Gran Magdalena (Cesar -Guajira-Magdalena); los Montes de María; AriariGuayabero-Guaviare, Caguán y Florencia; Antioquia y el Magdalena Medio. Estas cinco zonas fueron priorizadas a partir de la magnitud de la victimización, el impacto diferenciado de los crímenes, la representatividad de los presuntos responsables, la gravedad de los hechos y la relevancia de los mismos.

5. Hasta la fecha, la JEP ha acreditado 1.210 víctimas como intervinientes especiales en el Caso 08, de las cuales 62 corresponden a sujetos colectivos que han sido reconocidos como víctimas. Algunos de los sujetos colectivos acreditados en el caso 08 son: Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos – CREDHOS2, Unión Sindical Obrera3, Colectivo De Víctimas Ruta De Cimarronaje 4 y Asociación La Mesa Minera Segovia – Remedios Ancestralidad y Tradición 5. Del total de víctimas acreditadas en el macrocaso , 343 corresponden a las víctimas del Subcaso Magdalena Medio, incluyendo a 7 sujetos colectivos: Colectivo 16 de Mayo, la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS), la Unión Sindical

Medio, incluyendo a 7 sujetos colectivos: Colectivo 16 de Mayo, la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS), la Unión Sindical Obrera (USO), la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra (ACVC), la Junta Progresista de la ladera santandereana del corregimiento del Guayabo (JAPROLASAN), el municipio del Carmen de Chucurí y el Comité de Impulso de Reparación de Víctimas del Corregimiento de Ciénaga del Opón, pertenecie nte a Barrancabermeja (Santander).

2 Jurisdicción Especial para la Paz, Sala de Reconocimiento, Auto CDG 08-001 de 2022. 3 Jurisdicción Especial para la Paz, Sala de Reconocimiento, Auto CDG 08-004 de 2023. 4 Jurisdicción Especial para la Paz, Sala de Reconocimiento, Auto MPVG-161 de 2024. 5 Jurisdicción Especial para la Paz, Sala de Reconocimiento, Auto OPV 347 GSAM0073-24.3

6. En el marco del subcaso Magdalena Medio, hasta la fecha, se han practicado un total de 25 versiones voluntarias y declaraciones juradas (versiones voluntarias presenciales y escritas y declaraciones juradas), en ellas se ha contado con la participación masiva de víctimas tanto en la ciudad de Bogotá, como en la ciudad de

Barrancabermeja.

7. El 5 de diciembre del 2024, los representantes de víctimas Liria Esperanza Manrique, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1.121.822.551 y tarjeta profesional

Barrancabermeja.

7. El 5 de diciembre del 2024, los representantes de víctimas Liria Esperanza Manrique, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1.121.822.551 y tarjeta profesional nro. 199.612 del C. S. de la J., miembro de la Unión Sindical Obrera – USO; Iván António Madero Vergel, identificado con cédula de ciudadanía nro. 91.4 31.743, actuando como representante legal de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos – CREDHOS; Eduardo Carreño Wilches, identificado con cédula de ciudadanía nro. 19.199.211 y tarjeta profesional nro. 21.076 del C. S. de la J., mie mbro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo – CAJAR; José Jans Carretero Pardo, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1.010.194.876 y tarjeta profesional nro. 283.543 del C. S. de la J., abogado adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Jurisdicción Especial para la Paz (SAAD víctimas); José António Gómez Ureña, identificado con cédula de ciudadanía nro. 1.098.737.058 y tarjeta profesional nro.344.527 del C. S. de la J., abogado adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Jurisdicción Especial para la Paz (SAAD víctimas); Alejandro Ramírez Jaimes, identificado con cédula de ciudadanía nro. 13.874.193, analista de contexto adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Jurisdicción Especial para la

Jaimes, identificado con cédula de ciudadanía nro. 13.874.193, analista de contexto adscrito al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Jurisdicción Especial para la Paz (SAAD víctimas); María Irene Ramírez Amaya, identificada con cédula de ciudadanía nro. 37.938.087, actuando como representante legal de la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra – ACVC; y el Programa de Desarrollo y Paz del Magdalena Medio, solicitaron formalmente el reconocimiento y acreditación del Río Magdalena y sus afluentes como víctima y sujeto de derechos ante esta jurisdicción6.

III. CONSIDERACIONES

8. Para responder a la solicitud de acreditación planteada por las organizaciones representantes de víctimas, este despacho procede a: (i) presentar una síntesis de l escrito de los representantes resaltando los principales argumentos fácticos y jurídicos que sustentan la solicitud de acreditación, así como los requerimientos concretos realizados, y (ii) abordar el problema jurídico que este requerimiento le plantea a la Sala, a saber, ¿es el río Magdalena un sujeto acreditable como víctima del conflicto armado en uno de los casos que adelanta la Sala de Reconocimiento de la JEP?

6 Radicado Conti nro. 202401099645.4

A. La solicitud de acreditación del río Magdalena:

9. El escrito de solicitud de acreditación del río Magdalena presentado por los representantes de víctimas descritos en el párrafo 7 supra, contiene los siguientes apartados: primero un contexto, que describe la posición geoestratégica del río

9. El escrito de solicitud de acreditación del río Magdalena presentado por los representantes de víctimas descritos en el párrafo 7 supra, contiene los siguientes apartados: primero un contexto, que describe la posición geoestratégica del río Magdalena; segundo, una descripción detallada de las afectaciones sufridas por este afluente en el marco del conflicto armado colombiano; tercero, el reconocimiento que de estas afectación hizo la Comisión de la Verdad; cuarto, el marco normativo internacional y nacional que ampara el reconocimiento de la naturaleza como sujeta de derechos; quinto, un análisis de la adecuación jurídica de las afectaciones al Río Magdalena; sexto, el carácter restaurativo de esta declaratoria ; y, finalmente, las solicitudes que presenta a la Sala. A continuación se extraen los principales argumentos fácticos y jurídicos que sustentan la solicitud y que se abordan a lo largo de estos apartados.

(i) Argumentos fácticos: las afectaciones sufridas por el río Magdalena en el marco del conflicto armado colombiano.

10. La Sala agrupó las afectaciones presentadas por las organizaciones en cinco puntos.

Afectaciones al río Magdalena producto de la: 1. Desaparición forzada de personas; 2. Contaminación de hidrocarburos por los atentados a la infraestructura petrolera producto del robo de gasolina; 3. Contaminación por fumigaciones con glifosato y modificaciones en el cauce del río; 4. Contaminación por vertimientos de desechos producto de la explotación ilegal del oro y el carbón y, 5. Ruptura del tejido social de las comunidades que protegen y viven el río.

modificaciones en el cauce del río; 4. Contaminación por vertimientos de desechos producto de la explotación ilegal del oro y el carbón y, 5. Ruptura del tejido social de las comunidades que protegen y viven el río.

a. Afectaciones al río Magdalena producto de la desaparición forzada de personas

11. Al describir los impactos sufridos por el Río Magdalena producto de la desaparición forzada de personas los solicitantes aseguraron que el río fue utilizado como uno de los lugares para disponer los cuerpos de personas asesinadas causando un deterioro medio ambiental en el cuerpo de agua y un impacto devastador en las familias de las víctimas y en la comunidad en general. De acuerdo con las organizaciones, grupos armados ilegales hacían uso del río con la finalidad de desaparecer los cuerpos de las víctimas y así asegurar el encubrimiento de los crímenes.

12. De acuerdo con los solicitantes:

El río Magdalena se convirtió en un escenario central de la desaparición forzada durante el conflicto armado colombiano. “Un testimonio recogido por la Comisión de la Verdad describe cómo una madre, buscando a su hijo desaparecido, encontró 58 cadáveres flotando con signos de tortura. Los paramilitares utilizaron diversas técnicas para ocultar sus crímenes: entierros clandestinos, descuartizamientos y arrojo de cuerpos al río, algunos cargados con piedras para evitar que flotaran.”7

7 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, pág. 18.5

La desaparición forzada funcionó como un dispositivo de terror que aprovechó los ríos

7 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, pág. 18.5

La desaparición forzada funcionó como un dispositivo de terror que aprovechó los ríos y sistemas cenagosos para ocultar evidencias y mantener bajos los índices oficiales de homicidio.8 Según datos de la UARIV en el Magdalena Medio se registran 8.510 víctimas relacionadas con desaparición forzada (2.221 directas y 6.289 indirectas).9 La Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas ha identificado 234 lugares de interés forense y un universo de 7.159 personas desaparecidas en la región.10

“Siguiendo consideraciones sobre algunos lugares de disposición final de personas desaparecidas, el Plan Regional de Búsqueda del Magdalena Medio Caldense realizado por varias organizaciones considera 1.096 personas como Personas Dadas por Desaparecidas en esta subregión. Particularmente, 816 víctimas corresponden al periodo de mayor control territorial ejercido por los paramilitares en la región: 19972005. De los 187 casos analizados para este informe, 89 casos describen un escenario de posible disposición. De estos el 43% de casos menciona que fueron arrojados a ríos o cuerpos de agua.”11

Otras organizaciones de Derechos Humanos también han estudiado el fenómeno de desaparición forzada en el Magdalena Medio. “El Movice analizó 253 casos desaparición que reportan 313 víctimas, de las cuales fueron arrojados al río Magdalena (53) y rio la Miel (4). Credhos en su informe sobre desaparición forzada y su impacto social de la

que reportan 313 víctimas, de las cuales fueron arrojados al río Magdalena (53) y rio la Miel (4). Credhos en su informe sobre desaparición forzada y su impacto social de la región, documenta 50 casos, la mayor parte localizados en caseríos de veredas o corregimientos en la zona rural, cerca de viviendas o en lugares cercanos de labranza o ríos.”12

“Las mujeres de la Organización Femenina Popular - OFP, con asiento en Barrancabermeja y el Magdalena Medio, en medio de la arremetida paramilitar en los años 90 y principios del 2000, tuvieron que dar fuerte resistencia a esta práctica y defender con sus c uerpos y con sus acciones simbólicas al territorio. En esos tiempos, las mujeres de la OFP fueron aprendiendo a reconocer si los cadáveres que bajaban por el Río Magdalena eran de hombres o mujeres y si se trataba de algunos líderes o lideresas que habían desaparecido y se presumían asesinados. Las comunidades Río arriba las buscaban para llegar a las cuencas en diferentes puntos para hacer esta labor de rescate.

Esa terrible forma de desaparecer evidencias se mantuvo sistemática hasta que se desmovilizaron los paramilitares. La cantidad de cadáveres que bajaban frente a Puerto Berrío generó una práctica cultural para adoptar cadáveres que aparecían como cuerpos no identificados. Un reportaje titulado “El Pueblo que adopta cadáveres” publicado por el periódico El Confidencial del municipio ribereño a orillas del Río Magdalena, el 29 de junio de 2018, es demoledor: “Tras la muerte los tejidos del cuerpo se vuelven amarillentos. Luego se hinchan

el periódico El Confidencial del municipio ribereño a orillas del Río Magdalena, el 29 de junio de 2018, es demoledor: “Tras la muerte los tejidos del cuerpo se vuelven amarillentos. Luego se hinchan hasta que empiezan a descomponerse progresivamente durante doce meses. En el agua y en bolsas ese tiempo puede extenderse, antes de iniciarse la reducción

8 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 18 - 19. 9 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 18 - 19. 10 Ibidem. 11 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 40 - 41. 12 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, pág. 20.6 del esqueleto. Luego se vuelven tierra y nadie jamás los encontrará. Ese fue el destino de la mayoría de los más de 80.000 desaparecidos durante el medio siglo de conflicto en Colombia. Borrar del mapa a sus víctimas era a menudo el propósito de los grupos armados, especialmente de los paramilitares. No contaban con el azar de la naturaleza. En un pequeño pueblo ribereño de Antioquia, llamado Puerto Berrío, sus corrientes se encargaron de sacar los cadáveres a flote y sus vecinos de dignificar esas muertes anónimas adoptando sus almas”. Las características geomorfológicas e hidrológicas que configuran el paisaje del rio

cadáveres a flote y sus vecinos de dignificar esas muertes anónimas adoptando sus almas”. Las características geomorfológicas e hidrológicas que configuran el paisaje del rio frente a Puerto Berrio, donde se localiza una vuelta de río con sus redomas o remolinos, permitió que muchos cuerpos arrojados a sus aguas salieran a la superficie frente a su puerto. Los cuerpos de personas desaparecidas transitan en la liminaridad de haber perdido su identidad y ser consideradas almas en pena, lo cual produjo que la devoción a las ánimas del purgatorio que hace parte de la religiosidad popular católica de muchas víctimas y habitantes de Puerto Berrio los considerara como un intermediario activo entre el mundo de los vivos y los muertos.”13 En este sentido, “los cadáveres insepultos que aún permanecen en el río Magdalena configuran una memoria especial sobre este paisaje que necesita ser intervenido, el río como lugar de memoria, un lugar de memorias polifónicas sobre el conflicto armado que necesita ser reconocido como víctima, como un sujeto de derecho, no solo por el uso de los violentos como instrumento de ocultamiento y silenciamiento, sino por lo que los violentos intentaron hacer del río y de sus comunidades, lo que intentaron hacer a u n río que es el eje de la vida social y cultural de esos riberanos”.14 “Tal como lo reconoce la Declaración de Newcastle (UNESCO) en 2005 y la Carta Internacional de Morelia -2005-, el río como sitio funerario, considerado por las víctimas y la sociedad como cementerio o fosa común de muchos desaparecidos, se transforma en un paisaje cultural, un paisaje que ayuda a comprender el pasado, y que puede

Internacional de Morelia -2005-, el río como sitio funerario, considerado por las víctimas y la sociedad como cementerio o fosa común de muchos desaparecidos, se transforma en un paisaje cultural, un paisaje que ayuda a comprender el pasado, y que puede ayudar a entender el dolor y la muerte para generar comprensión mutua y un tejido social que construya las condiciones de paz que necesitamos como colombianos. De aquí la relevancia de considerar el Rio Magdalena como víctima del conflicto armado en un contexto transicional, como un espacio catárquico, conmemorativo y de disputa política”.15

b. Afectaciones al río Magdalena producto de la contaminación de hidrocarburos generados por los atentados a la infraestructura petrolera al robar la gasolina.

13. En la solicitud de acreditación, las organizaciones afirmaron que los atentados contra la infraestructura petrolera, especialmente en contra de Ecopetrol, generó impactos ambientales en el cuerpo de agua del río. De acuerdo con lo descrito en el documento de solicitud de acreditación los grupos armados localizaron válvulas hechizas o enchimbres para succionar el petróleo que hicieron que, al no ser controlado, esta sustancia llegaba al río y por ende lo contaminaba. Las organizaciones también

13 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 21 - 22. 14 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 41 - 42

15 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, pág. 23.7 afirmaron que los grupos armados ilegales guardaron caletas de pimpinas de petróleo robado en playas cercanas al río que eran arrastradas hacía el río por las crecientes del mismo, causando un vertimiento del crudo directamente en el cuerpo del agua. Esos vertimientos generaron que el río hoy tenga manchas permanentes de petróleo.

14. Al respecto los solicitantes afirmaron:

“Las guerrillas que se insertaron al Magdalena Medio buscaron medios económicos para subvencionar su guerra, entre ellos, extorsionaron a los miembros de la mayor industria petrolera del país y a sus contratistas. Asesinatos, secuestros y extorsiones se combinaron con ataques a la infraestructura petrolera, generando no solo daños materiales sino impactos ambientales por el derrame de crudo.

Durante la década de 1990 las guerrillas del ELN y las FARC -EP realizaron una gran cantidad de atentados a esta infraestructura del oleoducto de OCENSA como un medio para extorsionar a las empresas petroleras y establecer el control territorial armado alrededor de Barrancabermeja. De acuerdo con el informe del Observatorio del Programa Presidencial de DDHH y DIH de 200112, entre 1990 y 2001 en Barrancabermeja hubo un total de 550 acciones armadas, que representan el 66% de las acciones armadas reportadas p ara el Magdalena Medio. De ellas el 69% fueron ejecutadas por el ELN, el 16% por las FARC-EP y el 3,3% por el EPL. Estos atentados consistieron principalmente en dinamitar la infraestructura energética (oleoductos,

ejecutadas por el ELN, el 16% por las FARC-EP y el 3,3% por el EPL. Estos atentados consistieron principalmente en dinamitar la infraestructura energética (oleoductos, poliductos, gasoductos, torres de energía ) y de transportes (quemas de buses, tractomulas y vehículos).”16

“En un principio, las guerrillas de las FARC-EP y del ELN iniciaron el robo de gasolina sacada de los ductos de Ecopetrol y otras empresas que cruzaban diversos territorios. Para hacerlo, utilizaron unos enchimbres o perforaciones artesanales a los ductos, poniendo válvulas por donde extraían el líquido para después depositarlo en tambores o pimpinas que vendían a particulares. Luego las guerrillas vendían a diferentes grupos delincuenciales el derecho a la perforación ilegal, y cobraban un impuesto de acue rdo con las cantidades de combustible que extraían. A esto se le comenzó a llamar “cartel de la gasolina”, gasolina vendida sobre la vía o en Barrancabermeja o a las orillas del río Magdalena.

La extracción ilegal de gasolina comenzó a generar afectaciones a los cuerpos de agua y daños ambientales al territorio en general. Muchos de los lugares donde se localizaron válvulas hechizas o enchimbres se afectaron con manchas permanentes de petróleo derramado directamente sobre los cuerpos de agua, o sobre lugares cercanos a cuerpos de agua del río Magdalena. Así mismo, los actores armados guardaban caletas de pimpinas en playas cercanas al río sobre predios de la población civil, lo cual los exponía frente a otros actores armados al ser considerados auxiliadores de las guerrillas. Algunas

pimpinas en playas cercanas al río sobre predios de la población civil, lo cual los exponía frente a otros actores armados al ser considerados auxiliadores de las guerrillas. Algunas de estas caletas se las llevaban las crecientes del río, afectando al mismo cuerpo de agua.

Ya con el control paramilitar del Magdalena Medio a finales de la década de los noventa, la extracción de gasolina tomo una dimensión mucho mayor, conformando un verdadero Cartel de la Gasolina, un entramado conformado por ingenieros y miembros

16 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 13 – 14.8 de seguridad de Ecopetrol, paramilitares del Bloque Central Bolívar, militares y policías que permitían el paso de los carrotanques, conductores que eran obligados a prestar sus cisternas para transportar el combustible y estaciones de servicio que eran ob ligadas a comprarlo. Los paramilitares controlaban todas las estaciones de combustible desde La Dorada Caldas hasta San Martín en el sur del Cesar. Luego incursionaron en la extracción de gas y en la de petróleo crudo que llegó a ser vendido en Cartagena y Bogotá. El hurto de combustible refinado entre 2000 y 2006 alcanzó una cifra de 30 millones de dólares.”17

c. Afectaciones al río Magdalena producto de la contaminación por fumigaciones con glifosato y modificaciones en el cauce del río.

15. De acuerdo con las organizaciones, los cultivos de uso ilícito que fueron introducidos por parte de grupos armados al margen de la ley a las comunidades

con glifosato y modificaciones en el cauce del río.

15. De acuerdo con las organizaciones, los cultivos de uso ilícito que fueron introducidos por parte de grupos armados al margen de la ley a las comunidades campesinas ribereñas generaron que los ecosistemas aledaños al río, incluyéndolo, fueran fumigados con glifosato y con esto, el río sufriera significativamente un deterioro ambiental. Al respecto, los solicitantes afirmaron:

“En un principio, la compra de tierras por parte de narcotraficantes para establecer el cultivo de coca de uso ilícito y un corredor para el narcotráfico sobre el río Magdalena generó violencia directa sobre las comunidades con la presencia de los actores armados que los protegían16. En un principio, fueron las guerrillas de las extintas FARC -EP quienes protegieron los cultivos y cobraban impuestos al cultivo, producción y compra de cocaína en el territorio. Sin embargo, las extorsiones y los secuestros a g anaderos y narcotraficantes generaron que estos conformaran sus propios ejércitos privados para la defensa de sus laboratorios y cultivos. Los paramilitares entonces decidieron apoyar a los narcotraficantes y evolucionaron ellos mismos a ser quienes condujeran esta economía ilegal, disputando su control para beneficiarse de sus rentas.

Las ampliación del cultivo de coca de uso ilícito en las estribaciones de la cordillera en la actual provincia de Yariguies o en la serranía de San Lucas al sur de Bolívar fueron generando impactos ambientales en torno a la destrucción de bosques y ampliación de la frontera agropecuaria, disminución de la biodiversidad y las especies de caza, pero

generando impactos ambientales en torno a la destrucción de bosques y ampliación de la frontera agropecuaria, disminución de la biodiversidad y las especies de caza, pero también, afectaciones ambientales más severas por el uso de agrotóxicos para mantener los cultivos, y de los propios químicos para la producción de cocaína, lo cual llevó sustancias químicas que fueron modificando los cuerpos de agua y afectando el entorno.

Estas aguas contaminadas llegaron a caños, quebradas y ciénagas con las crecientes y lluvias, afectando claramente los sistemas hídricos que hacen parte del río Magdalena y su biodiversidad. Sin embargo, el uso de glifosato para erradicar los cultivos por parte de la fuerza pública generó daños más severos en el territorio. Miembros de la Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra - ACVCrelatan en un informe [cita dentro del texto]18 cómo:

17 Solicitud de acreditación del Río Magdalena. Radicado Conti nro. 202400669187, págs. 14 – 15. 18 Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra Red Agroecológica Nacional -ACVC RAN-. Construcción de paz y reparación colectiva. 20 años de conflicto armado y resistencia campesina en el valle del río Cimitarra, 1996 -2016. Informe final Proyecto memori a campesina y protección de derechos para la paz en el valle del río Cimitarra.9

‘Las fumigaciones empezaron en el año 2000, en el mismo Gobierno del señor Andrés Pastrana, y eso también causó problemas porque acá fumigaban los cultivos de pan coger, fumigaban los potreros, fumigaban las fuentes de agua,

‘Las fumigaciones empezaron en el año 2000, en el mismo Gobierno del señor Andrés Pastrana, y eso también causó problemas porque acá fumigaban los cultivos de pan coger, fumigaban los potreros, fumigaban las fuentes de agua, fumigaban los animales, hasta a uno lo fumigaban, eso trae consecuencias, enfermedades, mucha gente salió hasta con alergia en la piel, todo eso ha traído impactos a la comunidad’.19

16. Las organizaciones también afirmaron que el Río Magdalena sufrió una afectación considerable al ser directamente intervenido por los grupos armados al margen de la ley al modificar sus causes y con esto alterar la circulación natural de los peces que se encuentra en este cuerpo de agua. De acuerdo con los solicitantes:

Otra de las afectaciones más directas del narcotráfico fue la modificación del paisaje para facilitar la movilidad por el territorio. En Simití, Sur de Bolívar, desde 1989 las guerrillas habían abierto un pequeño cauce por el caño Barbú para entrar y salir a Bocas del Rosario, al otro lado del río. Esta modificación generó que el agua del río Magdalena entrara al complejo cenagoso de Simití, compuesto por 27 ciénagas, lo que alteró el ciclo natural de los peces del complejo. Sin embargo, a inicios de la pri mera década del siglo XXI con el control paramilitar de la región, este caño fue identificado como el corredor más apropiado para movilizar los insumos y comercializar la droga. Fue entonces cuando los paramilitares llevaron maquinaria para ampliar su cauce y entrada:

“De allí en adelante aumentó el desastre para el Ecosistema del Complejo. La

más apropiado para movilizar los insumos y comercializar la droga. Fue entonces cuando los paramilitares llevaron maquinaria para ampliar su cauce y entrada:

“De allí en adelante aumentó el desastre para el Ecosistema del Complejo. La contaminación y la sedimentación produce estragos en sus aguas, ocasionando el desplazamiento de las especies ícticas propias de la zona. La muerte de árboles y la baja vegetación fue escalonando año tras años altos niveles de deforestación hasta que las laderas quedaron totalmente peladas y junto con esto llegó el desplazamiento de las especies de mamíferos (Chigüiros, manatíes), reptiles (tortugas, babillas y caima nes) y los principales desplazados de este impacto

ambiental “LOS PESCADORES DEL MUNICIPIO DE SIMITÍ.”

La apertura de un mayor canal por el caño Barbú generó estos fuertes impactos directos al sistema cenagoso de Simití, un complejo de 27 ciénagas o cuerpos de agua que, además, por la entrada del río, comenzaron a sedimentarse y desconectarse del cauce principal. Cerca de 400 pescadores que utilizaban este complejo tuvieron que desplazarse, por lo cual el complejo se

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...