JEP - Auto SRVR OPV 490 20 septiembre 2024
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRVR OPV 490 20 septiembre 2024
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2024
1 S A L A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 0 0 0 1 8 3 10 9 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1 / 0 0 7 4
R A D I C A D O: 202403049958
Para responder cite: 202403049958
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
SALAS DE JUSTICIA
SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD
Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO OPV-490
GSAM-0112-24
Bogotá D.C., 20 de septiembre de 2024
Caso Expediente 08 0001831-09.2022.0.00.0001/0074 Asunto
Corrección de error formal en el Auto SUB LCASO 08 – 130 del 13 de septiembre de 2024 Compareciente MARIO MONTOYA URIBE La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante SRVR o Sala de Reconocimiento) 1, de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias,
I. CONSIDERANDO
Hechos y Conductas (en adelante SRVR o Sala de Reconocimiento) 1, de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias,
I. CONSIDERANDO
1. Que mediante Auto SUB L - CASO 08 – 130 del 13 de septiembre de 2024 se convocó a diligencia de versión voluntaria al señor General (R) MARIO MONTOYA URIBE y se ordenó el traslado de información, en el marco del subcaso Antioquia, Caso 08 “crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles, por causa, ocasión, o relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.
2. Que en el numeral siete (7) y de la parte considerativa de la mencionada decisión se cometió un error formal, colocándose de manera errónea la fecha de la comandancia
1 Magistrado perteneciente a la Sección de Ausencia de Reconocimiento del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz, quien se encuentra en movilidad vertical en la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas, conforme al Acuerdo del Órgano de Gobierno de la JEP No. 038 del 2023.2
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del compareciente en la Cuarta Brigada “entre los años 2001 a 2006” , no obstante, el
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del compareciente en la Cuarta Brigada “entre los años 2001 a 2006” , no obstante, el número correcto es: “2001 a 2003”.
3. Que mediante comunicación remitida por el apoderado del compareciente, el abogado John Fernando Vásquez Orjuela 2, se solicitó “se corrija el contenido del Auto SUB L – CASO 09-130 del 13 de septiembre de 2024, en el sentido de las fechas en las que el General MARIO MONTOYA URIBE, fungió Comandante (sic) de la Cuarta
Brigada del Ejército Nacional”.
4. De conformidad con el artículo 286 del Código General del Proceso, “puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto [...] Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de estas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella”. La corrección prevista en el presente auto cumple con los presupuestos del artículo, por cuanto se trató de un error de digit ación contenido en la parte considerativa que podría influir en la parte resolutiva y no genera modificaciones en el sentido material de la decisión adoptada por la Sala de Reconocimiento.
5. De esta manera, se corregirá el numeral referido, aclarándose que el período de comandancia del señor MARIO MONTOYA URIBE en la Cuarta Brigada fueron los años 2002 a 2003.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Reconocimiento,
II. RESUELVE Primero. - CORREGIR el numeral siete (7) de la parte considerativa del Auto SUB
años 2002 a 2003. En mérito de lo expuesto, la Sala de Reconocimiento,
II. RESUELVE Primero. - CORREGIR el numeral siete (7) de la parte considerativa del Auto SUB LCASO 08 – 130 del 13 de septiembre de 2024, en el sentido de precisar que el período de comandancia del compareciente MARIO MONTOYA URIBE en la Cuarta Brigada fueron los años 2001 a 2003.
Segundo. - NOTIFICAR esta decisión por intermedio de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento al compareciente MARIO MONTOYA URIBE, y a su apoderado, John Fernando Vásquez Orjuela. Tercero. - COMUNICAR esta decisión, por intermedio de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento, a la Procuraduría General de la Nación , y a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz para lo de su competencia.
2 Cuaderno Legali 0001831-09.2022.0.00.0001/0074, fls. 176-178.3
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Cuarto. - Contra esta decisión no proceden recursos.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D. C., el veinte (20) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
OSCAR PARRA VERA
Magistrado
Dado en Bogotá D. C., el veinte (20) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
OSCAR PARRA VERA
Magistrado
GUSTAVO SALAZAR ARBELÁEZ
Magistrado