JEP - Auto interlocutorio AI004 de 2026

JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz

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Título
JEP - Auto interlocutorio AI004 de 2026
Autor
JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2026

1 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA

DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

MC CNMH AUTO AI004 de 2026

Bogotá D.C., 5 de febrero de 2026

Expediente Legali  9001364-42.2020.0.00.0001 Asunto     Levanta y archiva de la MC C entro Nacional de Memoria Histórica Magistrado Sustanciador Gustavo A. Salazar Arbeláez

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), adopta decisión respecto del trámite de la medida cautelar relacionada con el guion del Museo Nacional

La Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), adopta decisión respecto del trámite de la medida cautelar relacionada con el guion del Museo Nacional de Memoria y la exposición “Voces para Transformar a Colombia” (en adelante, VTC) del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH).

II. ANTECEDENTES

1.   La SAR profirió el Auto AT058 de 5 de mayo de 2020, mediante el cual, entre otras decisiones, dispuso avocar conocimiento de un trámite independiente de solicitud de medidas cautelares sobre el guion del Museo Nacional de Memoria y la exposición “ Voces para transformar a Colombia (VTC)” . Con fundamento en la información allegada a la SAR, la valoración y el análisis que esta realizó de la petición mencionada, se ordenó al CNMH a titulo de medida cautelar “preservar y conservar en su integridad, por un plazo de NOVENTA (90) días, la colección “Voces para Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web

https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.2 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1 transformar a Colombia” y por lo tanto la salvaguardia de alteración, supresión, adición o modificación”1.

2. Mediante Auto AT -129 del 20 de agosto de 2020, la SAR decretó la práctica de testimonios orientados a recaudar información acerca del proceso participativo que dio origen a la Colección “ Voces para transformar a Colombia”. En consecuencia, se

dispuso a escuchar la declaración de:

(i) DIANA SANCHEZ, directora de la Asociación MINGA, 15 de septiembre 2020. (ii) LLERAS FIGUEROA CRISTINA, identificada con CC No. 52.407.063, quien se desempeñó en el CNMH como asesora para la elaboración de guiones museológicos y museográficos y para las políticas de exposición y colección de Museo Nacional de Memoria, 15 de septiembre 2020. (iii) MANJARRES MARTINEZ LUIS CARLOS, identificado con CC No. 1.032.399.045, quien trabajó en el CNMH en la investigación curatorial y

Museo Nacional de Memoria, 15 de septiembre 2020. (iii) MANJARRES MARTINEZ LUIS CARLOS, identificado con CC No. 1.032.399.045, quien trabajó en el CNMH en la investigación curatorial y producción de contenidos de los ejes de la primera exposición del guion del Museo Nacional de la Memoria, 15 de septiembre 2020. (iv) RIAÑO ALCALA CECILIA DEL PILAR, identificada con CC No. 35.460.171, quien fue asesora en el CNMH para la elaboración de la primera fase del plan museológico y elaboración del guion conceptual del Museo Nacional de la Memoria y de su socialización, 15 de septiembre 2020. (v) SALGADO JIMENEZ JUANA IBANAXCA, identificada con CC No. 52.422.212, quien colaboró en el CNMH en tareas de apoyo y acompañamiento a iniciativas de memoria en lenguajes artísticos y culturales, 15 de septiembre 2020. (vi) ANTEQUERA GUZMAN JOSE DARIO, identificado con CC No. 80.112.297, quien fue asesor del CNMH para procesos de diálogo social del Museo Nacional de la Memoria y acompañamiento a actividades de participación social, 16 de septiembre 2020. vii) RUIZ DIAZ MAGDA CATALINA, identificada con CC No. 52.800.884, quien en el CNMH estuvo a cargo de tareas para el desarrollo de propuestas expositivas asociadas con procesos de memoria histórica y reparación simbólica, con el fin de visibilizar el trabajo de la dirección del Museo Nacional de Memoria, 16 de septiembre 2020. (viii) GONZALEZ AYALA SOFIA NATALIA, identificada con CC No.

con el fin de visibilizar el trabajo de la dirección del Museo Nacional de Memoria, 16 de septiembre 2020. (viii) GONZALEZ AYALA SOFIA NATALIA, identificada con CC No. 41.949.745, quien hizo parte del equipo del CNMH para realizar investigación curatorial y producción de contenidos de los ejes de la primera exposición del guion del Museo Nacional de la Memoria, 16 de septiembre 2020.

1 Jurisdicción Especial para la Paz, Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, Auto AT-058 de 5 de mayo de 2020, numeral cuarto de la parte resolutiva. Radicado 2020000150. Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.3 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

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(ix) OCHOA RONDEROS MANUELA, identificada con CC No. 53.001.625, quien se desempeñó en el CNMH en tareas para desarrollar las líneas de investigación curatorial que alimentan el guion y la dimensión virtual del Museo Nacional de la Memoria, 16 de septiembre 2020.

3. En Auto AT-153 del 25 de septiembre de 2020, la SAR procedió avanzar en la práctica de pruebas conforme a lo dispuesto en el Auto AT -129 de 2020. En tal sentido,

dispuso recibir la declaración de:

En calidad de organización de la sociedad civil o víctima

  1. JAQUELINE CASTILLO PEÑA, MAFAPO, en consideración a su decisión de retirar sus archivos del CNMH y del comunicado público en el que se manifiesta su renuncia a continuar teniendo actividades con el CNMH, 2 de noviembre de 2020. ii. YUDI TOVAR, Organización Rosa Blanca, en relación con su experiencia de escuha de sus relatos como víctimas ante el CNMH y el trabajo conjunto en el desarrollo de la iniciativa de memoria que las visibilice, 2 de noviembre de 2020. iii. SORAYA BAYUELO CASTELLAR, Colectivo de Comunicaciones, a propósito de su experiencia de trabajo en el Museo Itinerante en Montes de Maria con el CNMH, 2 de noviembre de 2020. En calidad de (ex) funcionarios/as (ex) contratistas del CNMH: iv. JEIMMY LORENA LUENGAS, identificada con CC No. 52.856.648, quien fue

de noviembre de 2020. En calidad de (ex) funcionarios/as (ex) contratistas del CNMH: iv. JEIMMY LORENA LUENGAS, identificada con CC No. 52.856.648, quien fue Curadora del Museo de Memoria y encargada del trabajo con comunidades, para la construcción del guion, 4 de noviembre de 2020.

  1. SANTIAGO LLANOS, como actual funcionario del CNMH y parte del equipo del Museo, 5 de noviembre de 2020.

En calidad de Expertos/as:

  1. MARÍA EMMA WILLS. En atención al texto presentado al CNMH, titulado “Querencia: emplazamiento e identidad. Formas de entender el pasado y la historia desde una verdad abierta para un Museo de la memoria”, 5 de noviembre de 2020. vii. ACOSTA LUNA OLGA ISABEL, teniendo en cuenta el documento elaborado para el CNMH y titulado “El Museo Nacional de la Memoria del “Basta ya” al “Nunca más”, 6 de noviembre de 2020.
  2. INIESTA GONZÁLEZ MONTSERRAT, en relación con el texto elaborado para el CNMH y titulado “Estudio análisis – Plan Museológico del Museo Nacional de la Memoria”, 6 de noviembre de 2020. ix. OSCAR ROLDÁN-ALZATE, a propósito del texto titulado “El Museo Nacional de la memoria de Colombia no es la casa del terror” elaborado para el CNMH, 6 de noviembre de 2020.

Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE

noviembre de 2020. Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.4 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

  1. VERÓNICA TORRES, directora de Memoria Abierta Argentina y coordinadora de la Red de Sitios de Memoria Latinoamericana y caribeña (RESLAC), a propósito de la relación sostenida con el CNMH, 6 de noviembre de 2020.

4. Mediante Auto AI-026 del 27 de noviembre de 2020, esta Sección decretó la práctica de dieciocho (18) testimonios adicionales solicitados por el CNMH, ordenó la incorporación al presente expediente de siete (7) documentos y de oficio dispuso la recepción de diecisiete (17) testimonios, dentro de los que se encuentran víctimas del

de dieciocho (18) testimonios adicionales solicitados por el CNMH, ordenó la incorporación al presente expediente de siete (7) documentos y de oficio dispuso la recepción de diecisiete (17) testimonios, dentro de los que se encuentran víctimas del conflicto armado, miembros de organizaciones de la sociedad civil, funcionarios y exfuncionarios del CNMH. En tal sentido ordenó:

“23. En calidad de organización de la sociedad civil o víctima aquellas que participaron en la elaboración de la pieza audiovisual “Corpórea” en tanto pieza central del eje cuerpo que hace parte de la Colección Voces para Transformar a Colombia:

1. Masacre de Bojayá, 14 de diciembre de 2020.

2. Caso Carlos Horacio Urán Rojas, 14 diciembre de 2020.

3. Caso La Papuchina, mujer trans que sobrevivió al dominio paramilitar en Puerto Boyacá, 14 diciembre de 2020.

4. Corporación Reiniciar, a propósito de su trabajo en relación con el caso de violencia en contra de la Unión Patriótica, 14 diciembre de 2020.

5. Caso Tiberio Fernández, párroco de Trujillo, 14 diciembre de 2020.

6. Caso María Camila y Santiago García Mugno, víctimas del atentado en el Nogal, 14 diciembre 2020.

7. Caso Eduardo Franco, a causa del estallido de una mina antipersonal sembrada por las FARC-EP perdió la vista cuando él y otros tres soldados del ejército realizaban una operación militar, 15 de diciembre de 2020.

8. Caso Cristina, víctima de reclutamiento en las filas de las FARC -EP cuando tenía 17 años, 15 de diciembre de 2020.

operación militar, 15 de diciembre de 2020.

8. Caso Cristina, víctima de reclutamiento en las filas de las FARC -EP cuando tenía 17 años, 15 de diciembre de 2020.

9. Caso Carolina, pertenece a la red de mujeres excombatientes de la insurgencia, 15 diciembre de 2020.

10. Caso Kimy Pernía, líder Embera Katío del Alto Sinú, 15 de diciembre de 2020.

11. Caso Johann Stiven Martínez su padre, el sargento primero del ejército libio José Martínez, duró secuestrado 14 años: desde la toma de la base militar de Patascoy, Nariño, hasta que las FARC-EP lo asesinaron en cautiverio, 15 de diciembre de 2020.

12. Caso Fair Leonardo Porras, hijo de Luz Marina Bernal de la organización Madres de Soacha, 15 de diciembre de 2020.

13. Caso Jesús Antonio Pipicano Mosquera, desaparecido en Belén de los Andaquíes, 15 de diciembre de 2020.

Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web

https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.5 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

5. La SAR, adicionalmente, citó a declarar en calidad de ex funcionarios del CNMH, a

las siguientes personas:

1. CUERVO SOTELO YOHANA, quien se desempeñó como profesional para el acompañamiento y apoyo a las iniciativas de memoria histórica, 17 de diciembre de 2020.

2. ABELLO MARTHA NUBIA, quien se desempeñó como directora del museo nacional de la memoria, 17 de diciembre de 2020.

3. SÁNCHEZ LUIS CARLOS, quien se desempeñó como director del Museo de Memoria Histórica de Colombia, 17 de diciembre de 2020.

4. TAMAYO FRANCO RAFAEL EDUARDO, quien se desempeñó como director del Museo de Memoria de Colombia, 17 de diciembre de 2020.

6. En relación con las víctimas cuya declaración fue solicitada, la SAR ordenó la práctica de los testimonios2 que a continuación se relacionan:

1. ORLANDO BURGOS, coordinador de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de

6. En relación con las víctimas cuya declaración fue solicitada, la SAR ordenó la práctica de los testimonios2 que a continuación se relacionan:

1. ORLANDO BURGOS, coordinador de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas, 14 de diciembre de 2020.

2. JOHN JAIRO ROMERO, representante de las víctimas en el exterior en la Mesa Nacional de Víctimas, 15 de diciembre de 2020.

3. Una intervención de los representantes de la Federación Colombiana de Víctimas de las FARC-FEVCOL, 17 de diciembre de 2020.

7. Mediante de Auto No. AI 001 de 14 de enero de 2021, la SAR ordenó incorporar al expediente los documentos solicitados por el representante judicial del CNMH en memorial fechado el 24 de octubre de 2020, relacionados en el numeral cuarto de la parte resolutiva de la mencionada decisión 3. Asimismo, esta Sección solicitó al CNMH complementar su solicitud probatoria en cuanto a la pertinencia y utilidad de incorporar al expediente las actas del comité estratégico proferidas en los años 2015 a 2018, so pena de entender desistida tal solicitud probatoria.

2 Jurisdicción Especial para la PazSAR Auto AI-026 del 27 de noviembre de 2020. 3 Hace referencia a: Comunicaciones realizadas entre el CNMH y la Red Colombiana de Lugares de Memoria en los años 2019 y

2020. Matriz de las invitaciones realizadas a las organizaciones de víctimas a participar en la mesa de diálogo del MMC y el documento elaborado por el CNMH de los avances del ¡Basta Ya! de Montes de María Certificación de la secretaría técnica del Comité de

Matriz de las invitaciones realizadas a las organizaciones de víctimas a participar en la mesa de diálogo del MMC y el documento elaborado por el CNMH de los avances del ¡Basta Ya! de Montes de María Certificación de la secretaría técnica del Comité de Investigaciones y Procesos Editoriales (CIPE) de 6 de julio de 2020. Matriz del seguimiento al equipo de cooperación internacional y alianzas (ECIA) del CNMH y el relacionamiento de su Dirección Técnica de Museo como parte de la construcción social del Museo de Memoria de Colombia (MMC). Documento analítico de la información obtenida de la agenda académica, cultural, artística y memorial de programación del Museo de la Memoria de Colombia en 2019. Guía de sala para la exposición “Voces para transforma a Colombia” presentada en Cali; La programación artística, académica, educativa y cultural de la exposición “Voces para transformar a Colombia” de Cali; El artículo titulado “Voces para transformar a Colombia: el curar inacabado de las memorias sobre el conflicto armado”; y El documento de relatoría del encuentro en La Chorrera por ser expresión de los tres ejes, agua, cuerpo y territorio en el guion museológico. Comunicaciones sostenidas con la International Coalition of Sites of Consciencie. Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE

LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.6 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

8. Mediante Auto AI -008 del 5 de febrero de 2021, esta Sección ordenó incorporar al expediente un total de ocho (8) pruebas documentales solicitadas por el CNMH 4 así como decretó la práctica oficiosa de una inspección 5, seis (6) testimonios 6 y la continuación de la recepción de dos (2) testimonios que fueron adelantados parcialmente con anterioridad 7. Por otra parte, en el mismo auto, la SAR decidió rechazar, por no haber sido argumentados suficientemente los criterios de pertinencia y utilidad, la solicitud de incorporación de los documentos, “Texto de Sala Caso Familia Urán para la exposición en Cali ” y “ Cambios en texto Sal para Cali Caso Familia Urán”; así como las publicaciones o reimpresiones realizadas por el CNMH en los años 2019 y 2020.

Caso Familia Urán para la exposición en Cali ” y “ Cambios en texto Sal para Cali Caso Familia Urán”; así como las publicaciones o reimpresiones realizadas por el CNMH en los años 2019 y 2020.

9. Mediante el Auto AT-121 del 13 de junio de 2022, la Sección dispuso abrir incidente de desacato contra el señor Rubén Darío Acevedo Carmona, Director para esa fecha del CNMH, tras considerar que la presentación y posterior aprobación impartida por el Consejo Directivo de dicha entidad tanto al plan, como al guion museológico para el Museo Nacional de la Memoria de las Víctimas, podría constituir un incumplimiento de la medida cautelar impuesta por el Auto AT-058 de 2020.

10. Por medio del Auto AT-122 del 13 de junio de 2022, la SAR convocó a audiencia pública para el 11 de julio del mismo año, en los términos ordenados en el Auto AT058 de 2020, con la finalidad de r propiciar un espacio para la presentación fáctica de carácter técnico y un sustento informado, con posibilidades dialógicas dentro del trámite cautelar.

4 Hace alusión a: Respuesta dada a la petición formulada por la directora de la corporación REINICIAR, Jael Quiroga Carrillo, por parte del CNMH Los documentos segundo informe analítico del componente etnográfico de hallazgos en la exposición “Voces para transformar a Colombia” en la Fiesta del libro y la Cultura de Medellín 2018 (numeral 2 de la petición), el documento resumen

del estudio de públicos de la exposición VTC en Medellín y Bogotá (numeral 12 de la petición) y el documento Encuestas de la exposición del CNMH en la fiesta del libro – MED. Entregable III – Resultados encuestas MED y BOG (numeral 13 de la petición). Respuesta dada por el director del CNMH a la señora Ana Lucía Llano Domínguez, directora de la Corporación Museo de la Tertulia de Cali Documento “Conversaciones inéditas entre la Fuerza Pública y el CNMH”. Documentos relativos a la solicitud de membresía realizada por el CNMH al Consejo Internacional de Museos de Colombia (ICOM) y la respuesta positiva a tal requerimiento (numeral 7 de la petición). Correo electrónico de 10 de septiembre de 2019 enviado por el señor, Rafael Eduardo Tamayo Franco, director técnico del MNM en su momento, al director General del CNMH, Darío Acevedo Carmona. Tres correos electrónicos enviados por el director técnico del Museo del CNMH, Fabio Enrique Bernal, al señor Daniel Castro , director del Museo Nacional (numerales 8, 9 y 10 de la petición) y del acta de la reunión celebrada el 21 de agosto de 2020 entre los miembros de la Dirección Técnica de Museo del CNMH y del Museo Nacional de Colombia. Actas del comité estratégico de los años 2015 a 2018. 5 “QUINTO. – DECRETAR la práctica de INSPECCIÓN a los computadores y sistemas de información del CNMH, con el fin de obtener copia espejo y fidedigna de la totalidad de coreos electrónicos cruzados señalados en el numeral 29 de la parte considerativa de la presente decisión.”

obtener copia espejo y fidedigna de la totalidad de coreos electrónicos cruzados señalados en el numeral 29 de la parte considerativa de la presente decisión.” 6 - María Cristina Casas, que se desempeñó en el área jurídica del CNMH, Edwin Cubillos, que se desempeñó como coordinador del área de programación el CNMH, Blanca Muñoz, que se desempeñó en el área asistencial del CNMH, Santiago Salazar, que se desempeñó en equipo de planeación y administrativo del CNMH, Juana Salgado, que se desempeñó en equipo de planeación y administrativo del CNMH, y Gonzalo Sánchez Gómez, quien se desempeñó como director del CNMH para el lapso de los años 2011 a 2018. 7 Santiago Llanos, ex funcionario del CNMH, a quien esta Sección le solicita allegar al momento de rendir testimonio los informes de trabajo presentados con ocasión de su contrato con el mismo CNMH, y Natalia Sofía González Ayala. Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.7

S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E

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11. En la fecha y hora señalada en el precitado auto, se llevó a cabo la audiencia pública, en el marco de la cual se recibieron los testimonios de Rubén Darío Acevedo Carmona y de Gonzalo Sánchez Gómez, además, se n oyeron los alegatos de conclusión de los sujetos procesales e intervinientes.

12. La medida cautelar sobre el guion del Museo Nacional de Memoria (MNM) y la exposición de Voces para transformar a Colombia fue prorrogada mediante los Autos AI 048 del 9 de septiembre de 2021 y AI 043 de 28 de julio de 2022. En este último la medida cautelar se prorrogó por un t érmino de 90 días, al determinar que la protección de los derechos de las víctimas a la reparación simbólica de VTC, conllevaba la preservación de la colección como elemento sine qua nom del guion experimental del MNM.

13. El 11 de agosto de 2022, mediante del Auto AI-050 de 2022, la Sección declaró que el señor Rubén Darío Acevedo, director del CNMH, incurrió en desacato a la orden

experimental del MNM.

13. El 11 de agosto de 2022, mediante del Auto AI-050 de 2022, la Sección declaró que el señor Rubén Darío Acevedo, director del CNMH, incurrió en desacato a la orden emitida el Auto AT -058 de 2020. De igual forma , resolvió no imponerle sanción 8.

Contra esta decisión se interpusieron los recursos de reposición y en subsidio de apelación, los cuales fueron resueltos de manera desfavorable por la SAR a través del Auto AI 067 de 2022, que no repuso la decisión al considerar demostrado el actuar consciente encaminado a incumplir los términos de la orden impartida, además porque el documento de caracterización aprobado el 29 de marzo de 2022, excluía a VTC como guion experimental. Igualmente, en dicha decisión se estableció la improcedencia del recurso de apelación.

14. Mediante Auto TP-SA 1278 del 10 de noviembre de 2022, la SA confirmó el Auto AI-043 del 28 de julio de 20 22, luego de concluir que no habían cambiado o variado las circunstancias fácticas y jurídicas que dieron origen a la orden de protección otorgada mediante Auto AT -058 de 2020 , “y, además, que hay razones suficientes que justifican su prórroga, en consideración a la complejidad del asunto y la necesidad de recabar más información para resolverlo de manera definitiva”.

15. Mediante radicado Conti 202401098899 del 4 de diciembre de 2024, el Museo de la Memoria Histórica del CNMH remitió al despacho sustanciador del presente trámite cautelar, una propuesta metodológica para garantizar la real y efectiva participación

Memoria Histórica del CNMH remitió al despacho sustanciador del presente trámite cautelar, una propuesta metodológica para garantizar la real y efectiva participación de las víctimas de VTC en el proceso de construcción del guion.

8 Esta determinación obedeció a que: “…a través de memorial radicado en la secretaría de esta Sección, el señor Acevedo informó que había presentado su renuncia al cargo de director del CNMH a partir del 8 de agosto de 2022, de tal manera que la imposición de la sanción como mecanismo coercitivo carecería de efectividad. La Sección recuerda que, conforme a los parámetros fijados por la Corte Constitucional, que han sido acogidos por la JEP, el auténtico propósito del incidente de desacato no es el de sancionar al renuente sino “lograr el cumplimiento efectivo de la orden de tutela pendiente de ser ejecutada; … una forma para inducir que aquel encauce su conducta hacia el cumplimiento, a través de una medida de reconvención cuyo objetivo no es otro que auspiciar la eficacia de la acción impetrada y, con ella, la reivindicación de los derechos quebrantados” Este documento es copia del original firmado digitalmente por Gustavo Salazar Arbeláez, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, GUSTAVO ADOLFO SALAZAR ARBELAEZ. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web

https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 9001364-42.2020.0.00.0001 y el código 732C85.8 S E C C I Ó N D E P R I M E R A I N S T A N C I A P A R A C A S O S D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D L E G A L I: 9 0 0 1 3 6 44 2 . 2 0 2 0 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

16. Dicha propuesta se estructuró en cinco (5) fases: (i) Conceptualización y aislamiento para la implementación de la propuesta metodológica; (ii) Participación de las víctimas en la validación de la unidad documental de VTC recuperada; (iii) Participación de las víctimas en la incorporación de VTC en el gui on museológico; (iv) Participación de las víctimas en el diseño de una estrategia pedagógica de difusión, apropiación social y democratización de VTC;

(v) Protección de los mecanismos de participación de las víctimas y formulación de propuestas frente a las recomendaciones de la CEV9.

17. Mediante radicado Conti 202501019962 del 25 de marzo de 2025, el Museo de la Memoria Histórica presentó “ Documento metodológico del guion museológico para el museo de la memoria de Colombia [MMC]: propuesta de actualización” conforme a los compromisos adquiridos en mesa técnica llevada a cabo el 6 de marzo de 2025 10. El

Memoria Histórica presentó “ Documento metodológico del guion museológico para el museo de la memoria de Colombia [MMC]: propuesta de actualización” conforme a los compromisos adquiridos en mesa técnica llevada a cabo el 6 de marzo de 2025 10. El documento en mención tuvo cuatro (4) ejes de interés que orientaron su elaboración:11

(i) Actualizar la estructura temática del guion museológico del MMC, integrando nuevos insumos y enfoques. (ii) Incorporar las conclusiones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV) al guion museológico del MMC con base en sus principios rectores y normativos, cumpliendo con el mandato legal establecido en el Decreto-Ley 588 de 2017. (iii) Presentar la propuesta de actualización para su socialización y validación con víctimas, organizaciones sociales, sociedad civil y expertos en memoria. (iv) Definir una estructura temática que guie los procesos de investigación, curaduría, museografía y mediación en el museo para su entrada en funcionamiento.

18. En el marco de los compromisos asumidos durante la mesa técnica llevada a cabo el 6 de marzo de 2025 , se acordó la validación de la información contenida en las piezas museográficas correspondientes al caso “ El miedo a la democracia, Unión Patriótica”12, unidad documental de la exposición de VTC. En cumplimiento de dicho compromiso, el encuentro entre el Museo de la Memoria Histórica y la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (REINICIAR) tuvo lugar el 28 de marzo de 2025.

9 Propuesta metodológica para garantizar la real y efectiva participación de las víctimas de Voces para transformar a Colombia

Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (REINICIAR) tuvo lugar el 28 de marzo de 2025.

9 Propuesta metodológica para garantizar la real y efectiva participación de las víctimas de Voces para transformar a Colombia (VTC) en el proceso de construcción del guion. Págs. 24-38. 10 Acta 543 del 6 de marzo de 2025. 11 Documento metodológico del guion museológico para el museo de la memoria de Colombia: propuesta de actualización. Págs. 4-5. 12 Mesa técnica realizada el 6 de marzo de 2025, Acta 543 del 6 de marzo de 2025. Este documento es copia del or

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