JEP - Auto interlocutorio SAR-AI-042 de 2026

JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto interlocutorio SAR-AI-042 de 2026
Autor
JEP - Jurisdiccion Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2026

1

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE

RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

Medidas Cautelares sobre el cementerio católico de Saravena, Arauca

AUTO SAR AI - 042 DE 2026

Bogotá. D.C., 09 de julio de 2026

Expediente Legali: 15022955620220000001

Radicado: 202201080552

Solicitante: Gladys Yolanda Montes Ovalles Asunto: Prorroga y levanta parcialmente las medidas cautelares decretadas sobre lugares de interés forense ubicados en el cementerio católico de Saravena (CCS), Arauca

Magistrada Sustanciadora: María del Pilar Valencia García

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante Sección o SAR) de la Jurisdicción Especial

Magistrada Sustanciadora: María del Pilar Valencia García

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante Sección o SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante , JEP o Jurisdicción), procede a prorrogar y levantar parcialmente las medidas cautelares decretadas sobre lugares de interés forense ubicados en el cementerio católico de Saravena (en adelante, CCS), Arauca.

Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.2 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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II. ANTECEDENTES

Solicitud cautelar

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II. ANTECEDENTES

Solicitud cautelar

1. El 7 de diciembre de 2022, la señora Gladys Yolanda Montes Ovalles, en representación de familiares de víctimas de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales ocurridas en el marco del conflicto armado en Arauca, solicitó a la JEP la adopción de med idas cautelares sobre el CCS. Sustentó su petición en información allegada al Caso 003, en la cual se documentaron hechos de desaparición y ejecuciones extrajudiciales, así como la posible existencia de puntos de interés forense en dicho camposanto.

2. La peticionaria señaló que con apoyo de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (en adelante, UBPD) y del Grupo interno de trabajo de búsqueda, identificación y entrega de personas desaparecidas (en adelant e, GRUBE) de la Fiscalía General de la Nación (en adelante , FGN o Fiscalía) Se habían exhumado seis cuerpos en el CCS . Además, existía información sobre otros posibles lugares de disposición de cuerpos no identificados, circunstancia que justificaba la protección judicial del cementerio.

Decreto y prórroga de las medidas cautelares

3. Mediante Auto AI -004 del 26 de enero de 2023 1, la Sección avocó conocimiento de la solicitud y decretó medidas cautelares sobre el CCS orientadas a proteger los cuerpos no identificados (en adelante, CNI) y cuerpos identificados no reclamados (en adelante, CINR) allí inhumados que pudieran

conocimiento de la solicitud y decretó medidas cautelares sobre el CCS orientadas a proteger los cuerpos no identificados (en adelante, CNI) y cuerpos identificados no reclamados (en adelante, CINR) allí inhumados que pudieran corresponder a víctimas de desaparición forzada u otros delitos cometidos en el marco del conflicto armado. En la misma decisión, entre otras órdenes, solicitó al Grupo de Apoyo Técnico Forense (en adelante, GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación (en adelante, UIA) realizar inspección y diagnóstico del cementerio, identificar riesgos físicos, logísticos y administrativos, ubicar sitios de interés forense y formular recomendaciones respecto de las medidas que debían adoptarse, mantenerse o modificarse.

4. La Sección prorrogó las medidas cautelares mediante el Auto AI -047 del 26 de junio de 2024. Posteriormente, mediante el Auto AI-039 del 17 de julio de 2025,

1 Exp. Legali, fl. 135. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.3

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O

proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.3

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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se levantó la medida respecto de la morgue y se prorrogó para los demás lugares de interés forense por un (1) año adicional, cuya vigencia caduca el 23 de julio del año en curso2.

De la seguridad en el departamento de Arauca

5. Desde el año 2023, luego emitido el Auto AT -004 de ese mismo año, la ejecución de las actividades ordenadas por la JEP en el CCS ha estado condicionada por las persistentes afectaciones al orden público y los altos niveles de riesgo derivados del conflicto armado que se desarrolla en la región.

6. Inicialmente, la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), mediante informe de 24 de febrero de 2023 3, advirtió sobre los elevados riesgos de seguridad existentes en la zona de intervención, razón por la cual solicitó la suspensión de la inspección judicial y del diagnóstico del cementerio. En atención a dicha situación, mediante Auto AT -085 de 2023 4 se suspendieron temporalmente las actividades de campo y se dispuso el seguimiento periódico

suspensión de la inspección judicial y del diagnóstico del cementerio. En atención a dicha situación, mediante Auto AT -085 de 2023 4 se suspendieron temporalmente las actividades de campo y se dispuso el seguimiento periódico de las condiciones de seguridad para determinar la viabilidad de su ejecución.

7. Durante el segundo trimestre de 2023, los reportes de la UIA 5 evidenciaron una reducción transitoria de los hechos violentos en el municipio de Saravena.

Con fundamento en esa mejoría relativa, se consideró posible adelantar las labores técnico -forenses y se impartieron instrucciones para avanzar en las diligencias previstas. Sin embargo, dicha situación no se consolidó de manera estable.

8. En desarrollo de una mesa técnica realizada el 14 de enero de ese año, la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo Territorial de Arauca informó que la persistencia del conflicto armado y las dinámicas de relacionamiento con los actores armados únicamente permitían el desarrollo de acciones humanitarias y extrajudiciales, excluyendo la realización de actuaciones de naturaleza judicial.

Esta circunstancia llevó a descartar la participación conjunta de la UIA en actividades operativas previstas para el territorio.

2 Según Constancia de Ejecutoria No. CSJ.SAR.0000081.2025 26/08/2025 . Ibidem, fol. 46155. 3 UIA-GTV-INFORME No.DAT9.0000034.2023. Exp. Legali, fol. 241. 4 Ibidem, fol. 262. 5 Oficios UIA-GTV– INFORME No. DAT9.0000096.2023 y UIA-GTVINFORME No. DAT9.0000117.2023 del 11 de mayo y 8 de junio de 2023.

4 Ibidem, fol. 262. 5 Oficios UIA-GTV– INFORME No. DAT9.0000096.2023 y UIA-GTVINFORME No. DAT9.0000117.2023 del 11 de mayo y 8 de junio de 2023. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.4 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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9. De manera concordante, en febrero de 2024 la UIA6 elaboró nuevo estudio de riesgo basado en información del Mecanismo de Monitoreo de Riesgos del Sistema Integral para la Paz, en el que acogió la recomendación de UBPD de abstenerse de realizar actividades conjuntas con autoridades judiciales en Saravena, debido al elevado nivel de riesgo para funcionarios, contratistas y demás participantes.

Sistema Integral para la Paz, en el que acogió la recomendación de UBPD de abstenerse de realizar actividades conjuntas con autoridades judiciales en Saravena, debido al elevado nivel de riesgo para funcionarios, contratistas y demás participantes.

10. Posteriormente, en noviembre de 20247, a solicitud de la Magistratura8, la UIA realizó una actualización de la evaluación de seguridad en Saravena, el cual concluyó que, aunque en el municipio se observaba una reducción relativa de algunos hechos de afectación a la población civil respecto de períodos anteriores, el municipio continuaba concentrando uno de los mayores niveles de victimización en el departamento. Asimismo, se registraron múltiples eventos asociados a confrontaciones entre actores armados, con picos de violencia durante los meses de marzo, mayo y septiembre de 2024.

11. El estudio también advirtió que, tras la terminación del cese al fuego bilateral con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), se identificaron varias zonas de alto riesgo en el municipio, en las cuales se denunciaron graves afectaciones a los derechos hum anos. A ello se sumó la existencia de disputas entre grupos armados ilegales por el control territorial, situación que ha generado amenazas permanentes contra líderes sociales, defensores de derechos humanos, periodistas y organizaciones de víctimas, llega ndo incluso a reportarse mecanismos de infiltración e intimidación en espacios organizativos comunitarios.

12. Los informes posteriores presentados por la UIA 9 mostraron que durante noviembre de 2024 se registró un incremento de los eventos relacionados con el conflicto armado, convirtiéndose en el mes con mayor número de incidentes reportados en el año, fenómeno que fue asociado a la ruptura del cese bilateral

noviembre de 2024 se registró un incremento de los eventos relacionados con el conflicto armado, convirtiéndose en el mes con mayor número de incidentes reportados en el año, fenómeno que fue asociado a la ruptura del cese bilateral con el ELN. En consecuencia, las recomendaciones institucionales insistieron en la necesidad de adoptar medidas reforzadas de seguridad para cualquier actuación en el territorio.

6 Ibidem, fol. 3024 – 3030. 7 informe con radicado Legali No. 0006902-18.2024.0.00.0002 8 A través del Auto AT-672 del 06 de noviembre de 2024. 9 Solicitados mediante Auto AT-749 del 4 de diciembre de 2024. Ibidem, fol. 43216 – 43220. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.5

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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13. Debido a este panorama, las mesas técnicas interinstitucionales celebradas entre diciembre de 2024 y enero de 2025 concluyeron que no existían condiciones de seguridad suficientes para adelantar jornadas presenciales de atención integral a víctimas en Sara vena. Tanto la JEP como la UBPD expresaron preocupación por el progresivo deterioro del orden público y por los riesgos que ello representaba no solo para los servidores públicos involucrados, sino también para las víctimas y sus familiares.

14. El 24 de marzo de 2026, en el marco de una mesa técnica convocada para socializar el cronograma de intervenciones forenses previsto por la UBPD para el año 2026 en el CCS, la UBPD planteó la posibilidad de contar con el apoyo del Grupo de Apoyo Técnico Forense de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (GATEF-UIA) para las restantes intervenciones. Aunque esta propuesta no fue descartada, su materialización quedó supeditada a la emisión de un estudio de seguridad por parte de la UIA, considerando las recomendaciones de seguridad vigentes que, hasta la fecha, han impedido la participa ción presencial de funcionarios de dicha Unidad y de la magistratura en las actuaciones desarrolladas dentro del trámite cautelar en el municipio de Saravena, Arauca, el cual sería solicitado por la Fiscal de Apoyo Sede Territorial Bucaramanga de la

de funcionarios de dicha Unidad y de la magistratura en las actuaciones desarrolladas dentro del trámite cautelar en el municipio de Saravena, Arauca, el cual sería solicitado por la Fiscal de Apoyo Sede Territorial Bucaramanga de la

UIA-JEP.

15. Mediante Oficio 098 -UIA-GTB-INFORME FINAL del 3 de julio de 2026 10 la Fiscal de Apoyo informó al despacho que los documentos técnicos que le fueron allegados11 evidenciaban la persistencia de riesgos de seguridad en Saravena por la presencia de grupos armados ilegales. Agregó que, según comunicación del comandante del DEARA, hechos recientes reflejan una posible agravación del orden público y el fortalecimiento de la Fuerza Pública, circunstancias que deben valorarse antes de programar diligencias judiciales, pues no existirían garantías suficientes para el ingreso de funcionarios externos al territorio

16. Aunado a lo anterior, el despacho a través de fuente abierta12, tuvo conocimiento de la expedición del Decreto n.° 78 del 2 de julio de 2026, por medio del cual se “ adoptan medidas transitorias y preventivas para la conservación de la

10 Exp. Legali, fol. 46980 – 47005. 11 Informe de contexto de situación de seguridad de Saravena, elaborado por el Equipo de prevención de la UIA y la respuesta a la solicitud de apreciación de situación, emitida por la Oficina Asesora de Seguridad y Protección de la JEP. 12 Página Alcaldía Municipal Saravena, Arauca – www.saravena-arauca.gov.co.

la UIA y la respuesta a la solicitud de apreciación de situación, emitida por la Oficina Asesora de Seguridad y Protección de la JEP. 12 Página Alcaldía Municipal Saravena, Arauca – www.saravena-arauca.gov.co. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.6 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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seguridad y el orden público en el municipio de Saravena, departamento de Arauca ”, el cual tuvo se fundamentó, en entre otros, los siguientes considerandos:

  • “Que mediante solicitud oficial radicado el 02 de julio de 2026, el Comando general del Grupo de Caballería Mediano No. 18 “GR Gabriel Reveiz Pizarro” solicitó a la Administración Municipal de Saravena la convocatoria de un Consejo
  • “Que mediante solicitud oficial radicado el 02 de julio de 2026, el Comando general del Grupo de Caballería Mediano No. 18 “GR Gabriel Reveiz Pizarro” solicitó a la Administración Municipal de Saravena la convocatoria de un Consejo Extraordinario de Seguridad para analizar la situación de seguridad que se viene presentando en el municipio y evaluar las acciones que permitan atender de manera oportuna los hechos de interés para el orden público”. • “Que, en dicha comunicación y en informes de inteligencia y de policía judicial se registró la presencia de amenazas y posibles acciones violentas dirigidas contr a Fuerza pública, instalaciones militares y policiales, así como hechos recientes y eventos frustrados relacionados con el uso de motocicletas con parrillero y vehículos tipo volqueta para la comisión de atentados y otras conductas que ponen en grave riesgo la vida e integridad de los habitantes del municipio ”

(Negritas fuera del texto original).

De la caracterización del cementerio y la determinación de los lugares de interés forense

17. Conforme a la caracterización y al diagnóstico realizados al CCS13, los lugares de interés forense correspond en a cuarenta y cinco (45), distribuidos así : veintiocho (28) áreas de interés forense (AIF -fosas), 15 SIF (Sitios de interés forense - bóvedas) y dos (2) construcciones de interés (osario común y la morgue)14, que se detallan a continuación con su respectiva ubicación:

ID LUGAR DE INTERES FORENSE (LIF) COORDENADAS 1 FOSA 1 N 6,9494266. W -71, 86925

morgue)14, que se detallan a continuación con su respectiva ubicación:

ID LUGAR DE INTERES FORENSE (LIF) COORDENADAS 1 FOSA 1 N 6,9494266. W -71, 86925 2 FOSA 2 N 6,94923333. W -71, 86926667 3 FOSA 3 N 6,949183333. W -71, 86923333 4 FOSA 4 N 6,94905. W -71, 8686 5 FOSA 5 N 6,9488833. W -71, 8686333

13 Por parte del GATEF de la UIA-JEP y la UBPD. 14 Informe UBPD-1-2026-007892 del 22 de mayo de 2026, pág. 4-5, cifras aclaradas y contrastadas con la investigadora asignada al cementerio católico de Saravena, Arauca, y que corresponden a las reflejadas en la tabla. Exp. Legali. fol. 46647 – 46682. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.7

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ID LUGAR DE INTERES FORENSE (LIF) COORDENADAS 6 FOSA 6 (UBPD-UIA) N 6,935997. W -71, 869861 7 FOSA 7 N 6,94948333. W -71, 86863333 8 FOSA 8 N 6,949583333. W -71, 86866667 9 FOSA 9 N 6,9496. W -71, 86828333 10 FOSA 10 N 6,94955 W -71, 8682 11 FOSA 11 N 6,94948333. W -71, 86816667 12 FOSA 12 N 6,9493. W -71, 86808333 13 FOSA 13 N 6,9486166. W -71, 8677 14 FOSA 14 N 6,9486166. W -71, 8681 15 FOSA 15 N 6, 948633. W -71, 86816667 16 FOSA 16 N 6,94865. W -71, 86835 17 FOSA 17 N 6,9488. W -71, 8684

15 FOSA 15 N 6, 948633. W -71, 86816667 16 FOSA 16 N 6,94865. W -71, 86835 17 FOSA 17 N 6,9488. W -71, 8684 18 FOSA 18 N 6, 948666667. W -71, 86871667 19 FOSA 19 N 6,94864444. W -71, 86808333 20 FOSA 20 N 6,948716667. W -71, 86806667 21 FOSA 21 N 6,948683333. W -71, 86813333 22 FOSA 22 N 6,949366667. W -71, 86886667 23 FOSA 23 N 6,935914. W -71, 869639 24 FOSA 24 (UBPD) N 6,935967. W -71, 869556 25 FOSA 25 (UBPD) N 6,935992. W -71,870694 26 FOSA 26 (UBPD) N 6,936022. W -71,869778 27 FOSA 27(UBPD) N 6,935894. W -71, 866906 28 FOSA 28 (SIF 20 UBPD) N 7° 425.78”. W 70°4526.69” 29 Bóveda CINR E5Bloque 3 (UBPD) N 2325975.895. W 5124894.370 30 Bóveda CNI 14, Bloque 1 N 2325959.369 W 5124897.802 31 Bóveda CNI 2, Bloque 1 N 2325960.045 W 5124897.415 32 Bóveda CNI 3, Bloque 1 N 2325959.369 W 5124897.802

31 Bóveda CNI 2, Bloque 1 N 2325960.045 W 5124897.415 32 Bóveda CNI 3, Bloque 1 N 2325959.369 W 5124897.802 33 Bóveda CNI 4, Bloque 2 N 2325958.403 W 5124901.279 Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.8 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

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ID LUGAR DE INTERES FORENSE (LIF) COORDENADAS 34 Bóveda CNI 5, Bloque 2 N 2325959.558 W 5124903.219 35 Bóveda CNI 13, Bloque 3 N 2325956.929 W 5124911.891

34 Bóveda CNI 5, Bloque 2 N 2325959.558 W 5124903.219 35 Bóveda CNI 13, Bloque 3 N 2325956.929 W 5124911.891 36 Bóveda CNI 6, Bloque Osarios N 2325960.079 W 5124955.524 37 Bóveda CNI 7, Bloque Osarios N 2325959.984 W 5124954.022 38 Bóveda CINR-1, Bloque Osarios N 2325959.937 W 5124953.27 39 Bóveda CNI 8, Bloque Osarios N 2325959.89 W 5124952.519 40 Bóveda CNI 9, Bloque Osarios N 2325959.89 W 5124952.519 41 Bóveda CNI 10, Bloque Osarios N 2325959.842 W 5124951.768 42 Bóveda CNI 11, Bloque Osarios N 2325959.842 W 5124951.768 43 Bóveda CNI 12, Bloque Osarios N 2325959.795 W 5124951.017 44 Osario común 45 Morgue

Del Plan Integral e Interinstitucional de Intervención al CCS

18. Mediante Auto AT-425 del 3 de noviembre de 2023 15, la Sección ordenó a la UIA, al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante, INMLCF) y a la UBPD que, en coordinación con el despacho sustanciador, diseñaran y ejecutaran un Plan Integral e Interinstitucional de Intervención al

CCS.

19. En cumplimiento del referido proveído , el 5 de marzo de 2024 16, la coordinadora del Grupo Interno de Trabajo Territorial (en adelante, GITT)

CCS.

19. En cumplimiento del referido proveído , el 5 de marzo de 2024 16, la coordinadora del Grupo Interno de Trabajo Territorial (en adelante, GITT) Arauca de la UBPD allegó la versión ajustada del Plan Integral de Intervención Interinstitucional al CCS, elaborado de manera conjunta y cuyo objetivo general es: “Diseñar e implementar estrategias interinstitucionales que permitan adelantar procesos de localización, recuperación, identificación y entrega digna, en el marco del trámite cautelar del cementerio católico de Saravena, para dar respuestas prontas y reparadoras a las familias y organizaciones que buscan, garantizando su participación con enfoque étnico, territorial y de género”.

15 Exp. Legali, fls. 2443 – 2457. 16 Exp. Legali, fls., 3058. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.9

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

R A D I C A D O: 2 0 2 2 0 1 0 8 0 5 5 2

20. Adicionalmente, en el referido documento se trazaron las siguientes líneas:

  1. Línea 1: Participación de familiares, organizaciones, colectivos, movimientos, plataformas y comunidad en general. ii. Línea 2: Recolección y consolidación de información. iii. Línea 3: Alistamiento para la intervención forense de los sitios de interés. iv. Línea 4: Intervención forense a los sitios de interés.
  2. Línea 5: Impulso a la identificación de cadáveres y entregas dignas. vi. Línea 6: Custodia y preservación de sitios de inhumación. vii. Línea 7: Análisis y recomendaciones de prevención y protección para la intervención.

21. Con relación al cumplimiento del referido Plan, la UBPD en documento remitido el 9 de junio del año en curso 17, informó los siguientes avances en la

ejecución del Plan Integral:

21.1. Línea 1 : participación de familiares, organizaciones, colectivos , movimientos, plataformas y comunidad en general. Entre el 4 y el 8 de mayo de

ejecución del Plan Integral:

21.1. Línea 1 : participación de familiares, organizaciones, colectivos , movimientos, plataformas y comunidad en general. Entre el 4 y el 8 de mayo de 2026, en el municipio de Saravena (Arauca), en articulación con Asofavida y la Defensoría del Pueblo Regional Arauca, y con el apoyo de organizaciones como HIAS Colombia y el Consejo Noruego para Refugiados llevaron a cabo una jornada integral de atención dirigida a personas buscadoras de familiares desaparecidos, logrando los siguientes resultados:

ACCIONES REALIZADAS CANTIDAD Toma de muestras biológicas 33 PDD asociadas a muestras biológicas 23 Entrevistas técnico-forenses 15 Apertura de nuevos SIRDEC 5 Registro de nuevas solicitudes 3 Diálogos iniciales 9 Diálogos de ampliación de información 6 Diálogos de devolución de información 4 Acciones de asesoría, orientación y fortalecimiento 6 Nuevo aporte de información 1 Diálogo de cierre de solicitudes de búsqueda 1 Acciones de participación 23

17 Oficio UBPD-1-2026-009044. Exp. Legali. fol. 46892 – 46901. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO

SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.10 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

R A D I C A D O: 2 0 2 2 0 1 0 8 0 5 5 2

21.2. Línea 2: Recolección y consolidación de información. Con el propósito de consolidar un balance integral de las gestiones adelantadas por la Alcaldía Municipal de Saravena, la Funeraria San Antonio y la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca, en el marco de la intervención del camposanto, el 20 de mayo se llevó a cabo una mesa técnica con dichas entidades, en la cual se establecieron los siguientes acuerdos y compromisos:

  • La Alcaldía adecuará la zona de osarios, en garantía de los CNI inhumados. • Notificar a la JEP de las acciones y decisiones relacionadas con la administración del camposanto. • Realizar, de manera periódica, mesas técnicas para abordar los asuntos concernientes a la medida cautelar. • Efectuar una visita conjunta al camposanto para que la nueva

administración del camposanto. • Realizar, de manera periódica, mesas técnicas para abordar los asuntos concernientes a la medida cautelar. • Efectuar una visita conjunta al camposanto para que la nueva administración identifique las áreas de interés forense, propendiendo por su cuidado y preservación.

21.3. Línea 3: Alistamiento para la intervención forense de los SIF. En relación con la Fase V de intervención del CCS, se plantea una estrategia técnica flexible y adaptativa que prioriza la intervención de diez áreas 18, dejando las restantes sujetas a la disponibilidad de información que permita determinar su viabilidad. Además, se indicó que , el abordaje forense del osario común no se considera técnicamente viable en el momento, de acuerdo con la información disponible.

21.4. Línea 5 : Impulso a la identificación de cadáveres y entregas dignas. Priorizaron la atención a 23 familiares de igual número de personas dadas por desaparecidas, esto, teniendo como base las 33 muestras biológicas tomadas en la jornada de atención integral , en procesamiento en el INMLCF para su inclusión en el Banco de Perfiles Genéticos (BPG) y los respectivos cruces de información.

21.5. Línea 6: Custodia y preservación de sitios de inhumación. En los osarios ubicados en la capilla del camposant o19 dispusieron tres (3) cuerpos bajo competencia de la UBPD, identificados mediante el proceso de Verificación por

18 Informe remitido mediante oficio n.° UBDP-1-2026-007892 se indicó que las 10 áreas de interés forense

competencia de la UBPD, identificados mediante el proceso de Verificación por

18 Informe remitido mediante oficio n.° UBDP-1-2026-007892 se indicó que las 10 áreas de interés forense (fosas) priorizadas para dicha intervención serán las identificadas con los números: 4, 17 , 24, 3, 8, 10, 14, 22, 23 y 28. 19 Bloque 2, columna 1, filas C, D y E, debidamente rotulados de forma clara e indeleble con la información de las necropsias. Este documento es copia del original firmado digitalmente por MARIA DEL PILAR VALENCIA GARCIA, Gustavo Salazar Arbeláez, ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA, RAUL EDUARDO SANCHEZ SANCHEZ, REINERE DE LOS ANGELES JARAMILLO CHAVERRA. Para acceder al expediente procesal, acceda a la página web https://legali.jep.gov.co/esaj/, informe el proceso 1502295-56.2022.0.00.0001 y el código 8C4E33.11

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 1 5 0 2 2 9 5 5 6 2 0 2 2 0 0 0 0 0 0 1

R A D I C A D O: 2 0 2 2 0 1 0 8 0 5 5 2

Correspondencia de Información Post Mortem (VCIPM) realizado en las fases I

R A D I C A D O: 2 0 2 2 0 1 0 8 0 5 5 2

Correspondencia de Información Post Mortem (VCIPM) realizado en las fases I y III de intervenció n, asegurando condiciones óptimas de custodia y minimizando el riesgo de alteración o p érdida de evidencia con miras a su preservación hasta que avancen las e

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