JEP - Auto SAR AI 003 29 enero 2026
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SAR AI 003 29 enero 2026
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2026
1 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001
A U T O S A R AI 0 0 3 D E 202 6
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE
RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD
MC NEIVA
AUTO SAR AI003 de 2026
Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil veintiséis (2026)
Expediente Legali: Asunto:
Magistrado Sustanciador: 9006358-50.2019.0.00.0001
Levanta parcialmente la medida cautelar sobre el Cementerio Central de Neiva.
RAÚL EDUARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
I. ASUNTO La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante, SAR o Sección) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante, JEP o Jurisdicción), procede a levantar de manera parcial la medida cautelar del Cementerio Central de Neiva (en adelante
CCN)
II. ANTECEDENTES
1. Mediante Auto SAR -AI-042 del 10 de agosto de 2021, la Sección, entre otras,
manera parcial la medida cautelar del Cementerio Central de Neiva (en adelante CCN)
II. ANTECEDENTES
1. Mediante Auto SAR -AI-042 del 10 de agosto de 2021, la Sección, entre otras, dispuso: PRIMERO. – DECRETAR medidas cautelares respecto de los puntos de interés forense del CCN, tendientes a la preservación y adecuada custodia de los cuerpos allí inhumados, por el término de un año. En particular, se deberá realizar la debida marcación de las bóvedas donde reposan CNI y CINR. Para el efecto y como responsables de la adopción de estas2
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medidas, la alcaldía de Neiva y la gobernación del Huila deberán solicitar el apoyo de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas.
2. Los fundamentos de la cautela deprecada obedecieron, entre otros, a que la SAR evidenció que “(…) los cuerpos que descansan en el cementerio, así como los lugares que han sido dispuestos para su inhumación, no han sido atendidos en debida forma por aquellos que los administran. Ello ha generado que universos de restos mortales diferentes hayan sido dep ositados de manera indiscriminada en un mismo lugar, perdiéndose así su posibilidad de identificación.”
3. Sin perjuicio de lo anterior, mediante Auto SAR-AI-30 de 26 de mayo de 2022, la SAR consideró que no se observaban situaciones de urgencia y gravedad sobre los cuerpos no identificados (en adelante, CNI) y los cuerpos identificados no
3. Sin perjuicio de lo anterior, mediante Auto SAR-AI-30 de 26 de mayo de 2022, la SAR consideró que no se observaban situaciones de urgencia y gravedad sobre los cuerpos no identificados (en adelante, CNI) y los cuerpos identificados no reclamados (en adelante, CINR) depositados en el CCN, en tanto el proyecto de traslado del camposanto se encontraba en fase de estudio y coordinación con las mesas de trabajo dispuestas para dicha labor. En consecuencia, resolvió levantar las medidas cautelares decretadas.
4. Más adelante, mediante Auto SAR -AT-214 del 5 de septiembre de 2022, esta Sección reabrió la medida cautelar sobre el CCN en relación con los derechos a la verdad y memoria de las familias víctimas de desaparición forzada, en
particular, de Tarcisio Medina Charry y Albeiro Ordoñez Rojas.
5. Con ocasión del trámite cautelar, el 20 de junio de 2023, mediante oficio UBPD1-2023-0061091, la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas
(en adelante, UBPD), remitió al despacho informe ejecutivo de prospección no intrusiva realizada por dicha entidad al CCN. En virtud de dicho informe y de la evidencia adicional recaudada, mediante Auto SAR-AI-044 del 30 de junio de 2023, la Sección ordenó la reapertura del trámite y el decreto de medidas cautelares respecto de tres (3) puntos de interés forense, tendientes a la preservación y custodia de los cuerpos allí inhumados. Dichos puntos de interés forense son:
a) El monumento 14 “No me olvides” b) Sitio 7B, tumba 15 sector 19
preservación y custodia de los cuerpos allí inhumados. Dichos puntos de interés forense son:
a) El monumento 14 “No me olvides” b) Sitio 7B, tumba 15 sector 19 c) Punto 3, tumba 58 sector 3
6. Posteriormente, y con ocasión de las diversas órdenes que ha emitido la Jurisdicción con relación al proceso de planeación de las obras civiles para la adecuación del monumento 14 del CCN, el día 17 de noviembre de 2023, durante una reunión llevada a cabo entre la Magistratura y representantes de la UBPD y
1 Radicado Conti No. 202301035551.3
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del INMLCF, se acordó que la UBPD, en cooperación con el INMLCF, comenzaría en 2024 la intervención parcial del monumento 14, haciendo uso de 90 osarios que estaban en proceso de ser adquiridos a título de arrendamiento por parte del gobierno municipal de Neiva.2
7. Mediante Auto SAR-AT-461 de 2023 se convocó a una reunión en la ciudad de Neiva para el día 6 de diciembre de 2023, a efectos de abordar temas relacionados con la construcción del Monumento 14, así como la intervención de otros sitios de interés forense (en adelant e, SIF) en el CCN y el plan de trabajo para la exhumación de cuerpos y su traslado al INMLCF. Adicionalmente, en el mismo auto se ordenó diligencia de inspección judicial en el CCN para el día 7 de
exhumación de cuerpos y su traslado al INMLCF. Adicionalmente, en el mismo auto se ordenó diligencia de inspección judicial en el CCN para el día 7 de diciembre del mismo año a fin de constatar las condiciones del camposanto y de que, tanto la alcaldía como la UBPD, expusieran su plan de trabajo. En desarrollo de las diligencias programadas los días 6 y 7 de diciembre de 2023, 3 surgieron múltiples sugerencias, preocupaciones y solicitudes elevadas tanto por la magistratura como por los demás intervinientes a dichos espacios.4
8. Por otro lado, y en atención a la orden referida en el numeral 9 del presente auto, el día 27 de noviembre de 2023, la UIA presentó informe5 mediante el cual, entre otros, dio cuenta de cambios y/o alteraciones a puntos de interés forense documentados por la UBPD. En lo atinente al estado del Monumento 14, la UIA señaló que: “[…] se halló igualmente agrietado y con nuevas inhumaciones de personas identificadas, lo que implica que al inhumar nuevos cadáveres en este lugar pueda deteriorar aún más la unidad constructiva6”.
9. Como consecuencia de lo anterior, mediante Auto SAR -AI-081 del 22 de diciembre de 2023, la Sección convocó a audiencia pública de seguimiento para el 22 de febrero de 2024 y, adicionalmente, entre otros, dispuso:
PRIMERO. – DECRETAR medidas cautelares respecto de los puntos de interés forense del CNN señalados en el numeral 32 de este proveído, tendientes a la preservación y adecuada custodia de los cuerpos allí inhumados, por el término de un (1) año. Las obligaciones y/o
interés forense del CNN señalados en el numeral 32 de este proveído, tendientes a la preservación y adecuada custodia de los cuerpos allí inhumados, por el término de un (1) año. Las obligaciones y/o responsabilidades de acatar y cumplir con los efectos de esta serán las mismas autoridades e instituciones señaladas en el Auto AI-042 de 2021.
2 Ver numerales 9 y 10 del Auto SARAT-461 del 21 de noviembre de 2023. 3 A través de Auto SAR -AT-475 del 29 de noviembre de 2023, se fijó hora y lugar para la realización de las diligencias del 6 y 7 de diciembre de 2023 y se citó a entidades adicionales, entre ellas a la UIA. 4 Al respecto, v er acta de reunión y diligencia de inspección judicial disponibles en expediente Legali folios 17610-17620 y 17653-17640. 5 Oficio No. 0000404.2023. 6 Oficio No. 0000404.20234
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SEGUNDO. – ORDENAR a la Parroquia la Inmaculada Concepción el cumplimiento de las medidas descritas en los literales i, ii y iii del numeral 33 del presente auto y HACER EXTENSIVAS dichas medidas a los sitios de interés forenses relacionados en el numeral 34 de este proveído.
10. A su turno, los citados numerales rezan:
32. Como consecuencia de lo anterior, la Sección decretará medida cautelar sobre los puntos de interés forense que se relacionan a
10. A su turno, los citados numerales rezan:
32. Como consecuencia de lo anterior, la Sección decretará medida cautelar sobre los puntos de interés forense que se relacionan a
continuación por el término de un (1) año:
Área o Punto # Sub N° PIF Tumba Sector 1 22 2 2 58 53 4 126 16 5 43 11 6 114 13 7 7A 18 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 4
33. Con ocasión de la cautela decretada, se ordenará a la parroquia de la Inmaculada Concepción de Neiva, administradora del CCN, que realice todas las acciones tendientes a garantizar la custodia e integridad de dichos sitios, acatando el cumplimiento de medidas que incluyen, pero
no se limitan a:
- La prohibición de que en los sitios de interés forense cautelados se realicen nuevas exhumaciones o inhumaciones por parte de entidades diferentes a la UBPD y al GRUBE de la FGN sin que medie orden judicial. ii. La prohibición de que se arrienden o de cualquier forma se disponga de las superficies que se encuentran por encima de los sitios de interés forense. iii. Dentro del mes siguiente a la notificación de esta decisión, trasladar administrativamente los cuerpos de personas identificadas ubicados en los sitios de interés forense a otras zonas del cementerio que brinden condiciones satisfactorias para sus familias. Para ello, dentro de los diez (10) días siguientes a la
administrativamente los cuerpos de personas identificadas ubicados en los sitios de interés forense a otras zonas del cementerio que brinden condiciones satisfactorias para sus familias. Para ello, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de este auto, deberá remitir previamente a la5
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Jurisdicción y a las familias la relación de las personas identificadas, su ubicación actual y su futura ubicación.
11. Cabe resaltar que a raíz de la citada decisión judicial , así como de los A utos SAR-AI-045 de 2022, SAR-AT 114 de 2023, SAR -AT 461 de 2023, SAR-AI 008 de 2023, SAR-AI 050 de 2023 y SAR-AT 153 y SAR-AT-164 de 2024 proferidos en el marco de los trámites cautelares de Guaviare y Neiva de la Sección de Ausencia de Reconocimiento, se impulsó la creación de la plataforma de búsqueda inversa, una estrategia orientada a localizar a los familiares y allegados de las víctimas de desaparición forzada en Colombia, q ue han sido identificadas, pero no reclamadas. Por medio de esta estrategia, se ha desarrollado conjuntamente una plataforma digital entre la UBPD, el INMLCF y la JEP, que busca convocar a la sociedad para que contribuya a aliviar el dolor de quienes sufren por la pérdida de un ser querido.
12. En cumplimiento de las órdenes emitidas por la Magistratura, mediante oficio
sociedad para que contribuya a aliviar el dolor de quienes sufren por la pérdida de un ser querido.
12. En cumplimiento de las órdenes emitidas por la Magistratura, mediante oficio bajo radicado UBPD -1-2024-0001188 de fecha 29 de enero de 2024 7, la UBPD remitió el cronograma para la caracterización de los sitios de interés forense cautelados mediante Autos SAR-AI-044 del 30 de 2023 y SAR-AI-081 de 2023. En este documento se presentó el alcance de la caracterización y las fechas de su
realización en los siguientes términos:
[…] con el objetivo de tener claro el estado actual de estos 15 sitios de interés se propone realizar de nuevo actividades enfocadas en la prospección arqueológica no intrusiva del cementerio con alcance de caracterización y diagnóstico al interior de CCN durante 6 días efectivos de trabajo de campo, del 8 al 15 de abril del año 2024.
13. Por su parte, durante la audiencia de seguimiento llevada a cabo el 22 de febrero de 2024, la Sección adoptó una serie de determinaciones entre las que se
destaca:
PRIMERO - ORDENAR a la Unidad de Búsqueda para Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) que, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la caracterización y diagnóstico de los sitios de interés forense protegidos a través de los Autos SAR - AI044 y SAR -AI-081 de 2023, remita cronograma para la intervención forense de los mismos y priorice los procesos de exhumación del sitio de interés forense 11, también conocido como “osario 1” o “fosa común”, de acuerdo con la guía de abordaje
cronograma para la intervención forense de los mismos y priorice los procesos de exhumación del sitio de interés forense 11, también conocido como “osario 1” o “fosa común”, de acuerdo con la guía de abordaje adoptada mediante Auto SAR-AI-073 de 2023.8
7 Radicado Conti No. 202401007099. 8 Auto SAR-AT-136 del 22 de febrero de 2024.6
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14. Posterior a la audiencia, por medio de Auto SAR -AT-148 del 1 de marzo de 2024, la SAR solicitó a la UBPD y al INMLCF que, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esa decisión, rindieran el informe referido en el
numeral 13 de dicho auto, esto es:
13. De otro lado y teniendo en cuenta que la primera fase de intervención del monumento 14 se encuentra programada hasta el 1 de marzo de 20249 y en la audiencia de seguimiento llevada a cabo el pasado 22 de febrero de 2024 se dictaron órdenes tendientes a priorizar la exhumación de dos cuerpos, se solicitará a la UBPD y al INMLCF que, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esta decisión presenten un informe
detallando:
- Los resultados generales de la intervención, el número de cuerpos inhumados y los pasos a seguir para su identificación. […]
15. El INMLCF 10 así como la UBPD 11 dieron cumplimiento a lo ordenado,
detallando:
- Los resultados generales de la intervención, el número de cuerpos inhumados y los pasos a seguir para su identificación. […]
15. El INMLCF 10 así como la UBPD 11 dieron cumplimiento a lo ordenado, afirmando el INMLCF que el 1 de marzo de 2024 recibió cinco (5) contenedores exhumados por la UBPD y 14 muestras óseas de ocho (8) cuerpos no identificados provenientes del Monumento 14.
16. Más adelante, por medio de Auto SAR-AT-155 del 5 de marzo de 2024 se
dispuso:
PRIMERO. – SOLICITAR a la UBPD, que, al momento de presentar el cronograma de intervención de la fosa común ubicada en el CCN, señale que necesidades o apoyos requiere para lograr esta actividad.
17. En respuesta a la citada orden, la UBPD señaló12:
[…] Desde la UBPD se tiene proyectado realizar la nueva caracterización de los puntos de interés forense del cementerio Central de Neiva entre el 8 y el 15 de abril del 2024. Respecto al envío del cronograma para la intervención forense de los mismos y la prio rización del sitio de Interés Forense 11; “Osario 1 o Fosa Común”, la UBPD considera necesario que, previo a ello se valoren los resultados de las intervenciones que se han ordenado en el marco de la medida cautelar del Magdalena Medio; en particular en lo s cementerios de Samaná, a cargo del GATEF y de La Dorada, a cargo de la UBPD, dadas las complejidades que este procedimiento reviste.
9 Radicado Conti No. 202401007099. 10 Radicado Conti No. 202401023533.
Dorada, a cargo de la UBPD, dadas las complejidades que este procedimiento reviste.
9 Radicado Conti No. 202401007099. 10 Radicado Conti No. 202401023533. 11 Radicado Conti No. 202401024615. 12 Radicado Conti No. 202401024397.7
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En este sentido, el cronograma para el abordaje de los otros sitios de interés forense, entre ellos el Osario 1 o Fosa común, se construirá en la medida que se documente el cementerio mismo y con posterioridad a la evaluación de los resultados de las intervenciones referidas. […]
18. Como consecuencia de lo anterior, mediante Auto SAR-AT-197 del 3 de abril
de 2024 se dispuso:
PRIMERO - ORDENAR a la Unidad de Búsqueda para Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) y al Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) que, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la comunicación de esta decisión, conformen una mesa técnica a fin de abordar el tem a de la intervención de osarios comunes y remitan el informe referido en el numeral 16 de este auto13.
19. En cumplimiento de la orden emitida, en memorial de fecha 20 de mayo de 2024, la UBPD14 señaló que el 14 de mayo de 2024 se llevó a cabo la primera sesión de la mesa técnica ordenada en el citado auto y afirmó:
[…] El espacio fue convocado por el GATEF y en esta sesión se realizó la
2024, la UBPD14 señaló que el 14 de mayo de 2024 se llevó a cabo la primera sesión de la mesa técnica ordenada en el citado auto y afirmó:
[…] El espacio fue convocado por el GATEF y en esta sesión se realizó la presentación de los resultados de la intervención del osario del Cementerio San Agustín de Samaná y la retroalimentación del equipo técnico de la UBPD.
Conforme a lo establecido en el Auto en mención, la UBPD está elaborando el informe que recogerá los resultados y conclusiones derivadas de las sesiones de trabajo, el cual será remitido a la Magistratura una vez concluyan las sesiones de la mesa técnica conformada.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Auto, se propone que la próxima sesión de trabajo se lleve a cabo el 5 de junio de 2024, de 8:00 a 10:00 am en las instalaciones de la UBPD. Espacio en el cual se abordarán las propuestas de la UBPD frente a: i. la “ Guía para el Abordaje Forense de Osarios” a la luz de los avances en La Dorada y Neiva y, ii. la construcción
13 Auto SAR-AT-197 del 3 de abril de 2024, numeral 16: Una vez finalizadas las sesiones de la mesa técnica, la UBPD deberá elaborar un informe exhaustivo que recoja de manera detallada los resultados obtenidos durante las reuniones, así como las conclusiones alcanzadas. Este informe debe incluir un análisis completo de las temáticas abordadas, los acuerdos alcanzados y las posibles estrategias propuestas para la intervención de los osarios comunes ubicados en el CCN. Además, se espera que el informe contenga
completo de las temáticas abordadas, los acuerdos alcanzados y las posibles estrategias propuestas para la intervención de los osarios comunes ubicados en el CCN. Además, se espera que el informe contenga un cronograma detallado que indique los pasos a segui r y los plazos establecidos para llevar a cabo la intervención de los osarios comunes, así como cualquier otra acción necesaria para garantizar una inhumación digna de las víctimas del conflicto armado. Este documento deberá ser remitido a la Magistratura, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a partir de la conclusión de las reuniones de la mesa técnica. 14 Radicado Conti No. 202401039880.8
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de criterios de recuperación de cuerpos específicos para el contexto de los osarios comunes.
20. Por otro lado, en memorial de fecha 20 de mayo de 2024 15, la UBPD informó que el 16 y 17 de abril ese año se llevaron a cabo las actividades de campo en el CCN, a fin de realizar la caracterización de los puntos de interés forense. Entre
otras cosas, la UBPD señaló16:
[…] La acción humanitaria se desarrolló en casco urbano del municipio de Neiva Huila durante 2 días efectivos de campo, el 16 y 17 de abril del año 2024, las actividades del equipo forense incluyeron la prospección arqueológica no intrusiva del cementerio con alcance de caracterización y diagnóstico. Así, se caracterizaron nuevamente las 14 áreas o puntos de
2024, las actividades del equipo forense incluyeron la prospección arqueológica no intrusiva del cementerio con alcance de caracterización y diagnóstico. Así, se caracterizaron nuevamente las 14 áreas o puntos de interés forense, identificados en una primera caracterización realizada por UBPD en mes de febrero de 2023, de los cuales cuatro corresponden a osarios comunes, uno de ellos en uso y tres clausurados, mientras que, de los sitios restantes, diez corresponden a posibles sitios de disposición en tierra.
La estructura de bóvedas denominada monumento 14, construido para la inhumación de personas no identificadas no hace parte de esta lista, sin embargo, es un sitio de interés forense registrado en la caracterización del
2023. Es importante describir las modificaciones efectuadas por la UBPD, pues, en febrero se ejecutó la primera fase de intervención técnico forense.
[…]
Después de recolectar la información y realizar el trabajo de escritorio en donde se contrastó la información obtenida con la caracterización y diagnóstico realizado por UBPD en febrero del 2023 observamos que no se han alterado los sitios de interés forense.
La intervención forense del sitio priorizado en la primera fase de abordaje, la cual se está llevando a cabo este año es el monumento 14, no excluye el avance en diagnóstico específico de los demás sitios, valoración de necesidades para su intervención o a vance en la investigación humanitaria y extrajudicial correspondiente. […]
21. El 18 de junio de 2024, mediante oficio UBPD-1-2024-009872, la UBPD remitió el informe de la segunda fase de intervención del Monumento 14 en el cual relata
humanitaria y extrajudicial correspondiente. […]
21. El 18 de junio de 2024, mediante oficio UBPD-1-2024-009872, la UBPD remitió el informe de la segunda fase de intervención del Monumento 14 en el cual relata que las acciones de prospección intrusiva se llevaron a cabo del 6 al 17 de mayo de 2024, se real izó la apertura de 19 bóvedas y se encontró un total de 28
15 Radicado Conti No. 202401039889. 16 Radicado Conti No. 202401039889.9
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estructuras óseas, de las cuales 7 fueron entregadas al INMLCF y las 21restantes se inhumaron en osarios del Monumento 17. Adicionalmente, la UBPD señaló:
[…] Se identificó un riesgo en la seguridad en el trabajo debido a la condición de la estructura donde se ubican las bóvedas. Estas presentan agrietamiento y desprendimiento tanto en el techo como en el piso de los nichos.
La estructura donde se ubican las bóvedas ha presentado problemas de estabilidad. Este fue uno de los motivos por los cuales se aceleró la recuperación en dicho sitio de interés, ya que diferentes conceptos de profesionales concluyeron un posible colapso d e la construcción. Debido al trabajo realizado en dos fases de recuperación, se han demolido 33 tapas de bóvedas, lo que ha causado una pérdida de firmeza en la estructura.
Finalmente, nos permitimos informar que la tercera intervención al
al trabajo realizado en dos fases de recuperación, se han demolido 33 tapas de bóvedas, lo que ha causado una pérdida de firmeza en la estructura.
Finalmente, nos permitimos informar que la tercera intervención al monumento 14 se tiene prevista en el mes de agosto. Se estima que para la intervención de este sitio se realicen otras fases pues hasta la fecha se ha abordado la primera sección (sic), y p osteriormente se irán abordando otros sitios de interés forense como los osarios y las fosas en tierra. […]
22. En virtud de lo anterior, mediante Auto SAR -AI-044 de 2024, esta Sección,
entre otras, dispuso:
PRIMERO. – PRORROGAR las medidas cautelares decretadas sobre los sitios de interés forense del CCN relacionados en el numeral 54 de esta decisión, tendientes a la preservación y adecuada custodia de los cuerpos allí inhumados, hasta el 30 de junio de 2025. Las obligaciones y/o responsabilidades de acatar y cumplir con los efectos de estas serán de la Alcaldía de Neiva y la parroquia de la Inmaculada Concepción de Neiva, de conformidad con lo descrito el numeral 55 de este Auto.
A su turno, los citados numerales rezan:
54. Como consecuencia de lo anterior, la Sección prorrogará por un término de un (1) año, esto es, hasta el 30 de junio de 2025, las medidas cautelares decretadas sobre los puntos de interés forense que se relacionan
a continuación:
Área o Punto # Sub N° PIF Tumba Sector 1 22 2 2 58 53 3 58 3 4 126 1610
a continuación:
Área o Punto # Sub N° PIF Tumba Sector 1 22 2 2 58 53 3 58 3 4 126 1610
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5 43 11 6 114 13 7 7A 18 19 7B 15 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 4 15 Monumento 14
55. Las obligaciones y/o responsabilidades de acatar y cumplir con los efectos de estas serán de la Alcaldía de Neiva y de la parroquia de la Inmaculada Concepción de Neiva. Adicionalmente, con ocasión de la cautela decretada, se ordenará a la parroquia de la Inmaculada Concepción de Neiva, en su calidad de administradora del CCN, que, en coordinación con la Alcaldía de Neiva, realice todas las acciones tendientes a garantizar la custodia, protección e integridad de dichos sitios, acatando el cumplimiento d e medidas que incluyen, pero no se
limitan a:
- La prohibición de que en los sitios de interés forense cautelados se realicen nuevas exhumaciones, inhumaciones, reubicaciones o manipulaciones de los cuerpos que allí reposen por parte de entidades diferentes a la UBPD y al GRUBE de la FGN sin que medie orden judicial. ii. La prohibición de que se arrienden o de cualquier forma se
manipulaciones de los cuerpos que allí reposen por parte de entidades diferentes a la UBPD y al GRUBE de la FGN sin que medie orden judicial. ii. La prohibición de que se arrienden o de cualquier forma se disponga de las superficies que se encuentran por encima de los sitios de interés forense.
23. Emitidas las citadas órdenes, en el marco de la cautela se han realizado reuniones periódicas con los actores involucrados en el trámite, tales como la UBPD, la alcaldía de Neiva, la gobernación del Huila, el INMLCF, la FGN, entre otros, a fin de identificar el progreso de la intervención y las dificultades para su desarrollo.
24. Ahora bien, mediante documento No. UBPD-1-2025-007708 del 28 de mayo de 2025 17, el doctor Diego Fernando Sevilla Cortes, coordinador del Grupo Interno de Trabajo Territorial Huila de la UBPD, remitió informe correspondiente a las 5 fases de intervención del CCN, en los cuales se da cuenta
17 Radicado Conti No. 202501039579 del 28 de mayo de 2025.11
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“de las acciones humanitarias y extrajudiciales de ubicación, prospección y/o recuperación de cuerpos de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, adelantadas por la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, en cumplimiento de su mandato”. Los aspectos más relevantes de cada fase de intervención se relacionan a continuación:
del conflicto armado, adelantadas por la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, en cumplimiento de su mandato”. Los aspectos más relevantes de cada fase de intervención se relacionan a continuación:
24.1. Fase I de intervención
SIF: Monumento 14
Fecha: febrero 19 de 2024 a 1 de marzo de 2024
24.1.1. De conformidad con el informe de la UBPD, durante esta fase:
“Se realizó la apertura de 11 bóvedas que se tenían dispuestas para la Fase I, en donde se encontró gran cantidad de escombros y en algunos casos más cuerpos de los esperados, en otros casos se hallaron cuerpos mezclados. Se realizó la respectiva fijación f otográfica, posteriormente se procedió a recuperar el cuerpo, lateralizar y disponerlo anatómicamente, para dar paso al equipo de verificación en donde se aplicó la guía de verificación de correspondencia de información Post Mortem. De estos cuerpos seis fueron entregados a Medicina Legal, ya fuera porque no coincidían con la necropsia asociada o por mezcla de estructuras óseas y ocho cuerpos fueron inhumados en los Osarios del Monumento 17”.
24.1.2. Resultado: Prospección intrusiva con fines de recuperación humanitaria con resultados positivos.
24.2. Fase II de intervención:
SIF: Monumento 14
Fecha: 6 de mayo del 2024 al 17 de mayo del 2024
24.2.1. De conformidad con el informe de la UBPD, durante esta fase:
“Se realizó la apertura de 19 bóvedas que se tenían dispuestas para la Fase II, en donde se encontró gran cantidad de escombros y en algunos casos
24.2.1. De conformidad con el informe de la UBPD, durante esta fase:
“Se realizó la apertura de 19 bóvedas que se tenían dispuestas para la Fase II, en donde se encontró gran cantidad de escombros y en algunos casos más cuerpos de los esperados, en otros casos se hallaron cuerpos mezclados. Se realizó la respectiva fijación fotográfica, posteriormente se procedió a recuperar el cuerpo, lateralizar y disponerlo anatómicamente, para dar paso al equipo de verificación en donde se aplicó la guía de verificación de correspondencia de información Post Mortem. De estos cuerpos siete fueron entregados a Medicina Legal, ya fuera porque no12
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coincidían con la necropsia asociada o por mezcla de estructuras óseas y veintiuno cuerpos fueron inhumados en los Osarios del Monumento 17”.
24.2.2. Resultado: Prospección intrusiva con fines de recuperación humanitaria con resultados positivos.
24.3. Fase III de intervención:
SIF: 1 (sector 2, tumba 22), 2 (sector 3, tumba 58), 6 (sector 13, tumba 43) Fecha: 12 al 15 de agosto de 2024
24.3.1. De conformidad con el informe de la UBPD, si bien inicialmente se planeó la actuación sobre ocho puntos de interés forense, sólo se intervinieron los tres que se relacionan a continuación:
24.3.2. SIF 1 (S02T22): Con respecto a este sitio de interés forense, la UBPD
la actuación sobre ocho puntos de interés forense, sólo se intervinieron los tres que se relacionan a continuación:
24.3.2. SIF 1 (S02T22): Con respecto a este sitio de interés fore