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JEP - Auto SAR AT 059 2022 29 marzo 2022

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SAR AT 059 2022 29 marzo 2022
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2022

1 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE

RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

AUTO SAR-AT-059-2022

La Dorada, Caldas Marzo 29 de 2022 MCMagdalena Medio

Expediente: Radicado SAJ:

Solicitantes: Asunto:

Mag. Sustanciadora: 2019340161400030E 9006354-13.2019.0.00.0001

Móvice - Acumulado Colectivo Orlando Fals Borda. Órdenes proferidas en audiencia de seguimiento restaurativa Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante, SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante, JEP o Jurisdicción), profiere órdenes dentro del trámite cautelar.

Verdad y Responsabilidad (en adelante, SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante, JEP o Jurisdicción), profiere órdenes dentro del trámite cautelar.

II. ANTECEDENTES

1. Mediante Auto AT-001 de septiembre 14 de 2018, la SAR avocó conocimiento de la solicitud de medidas cautelares promovidas por el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, (en adelante MOVICE), en la que se pretende el cuidado, la protección y la preservación de dieciséis (16) lugares del territorio nacional ubicados en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cesar, Santander y Sucre, en donde podrían encontrarse cuerpos de p osibles víctimas del delito de desaparición forzada.

2. Por Autos AT009 de 10 de mayo y AT - 015 de junio 26 de 2019, se ordenó la apertura de cuadernos dentro del trámite de medidas cautelares solicitadas por2

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el MOVICE, correspondiendo a la Sala Dual conformada por los magistrados

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el MOVICE, correspondiendo a la Sala Dual conformada por los magistrados Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra y Alejandro Ramelli Arte aga, el trámite de las medidas vi nculadas con los municipios de Samaná, Victoria, Norcasia, La Dorada en Caldas y Puerto Berrío en Antioquia, el cual se adicionó mediante Auto 029 de agosto 15 de 2019, incluyendo los departamentos de Quindío y Risaralda.

3. La Corporación Colectivo Socio Jurídico Orlando Fals Borda (en adelante Colectivo OFB) presentó el 12 de mayo de 2020 ante la SAR, una solicitud de custodia y cuidado de los cuerpos no identificados (CNI) y cuerpos identificados no reclamados (CINR) que se encuentran en los cementerios a nivel nacional, ante la situación generada en el país por la COVID - 19 y las directrices relacionadas con el manejo de cuerpos con ocasión de la pandemia, petición acumulada a través de Auto AT070 de junio 9 de 2020.

4. Luego del recaudo y análisis probatorio, la Sección adoptó medidas cautelares en relación con los municipios de Victoria, Samaná, La Dorada , Norcasia en

Caldas, y Puerto Berrío en Antioquia así:

a. Mediante Auto AI - 020 de septiembre 18 de 2020 se decretaron medidas para proteger los lugares identificados por el Grupo de Apoyo técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) en los cementerios Central de Nuestra Señora del Carmen de Norcasia, San

para proteger los lugares identificados por el Grupo de Apoyo técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) en los cementerios Central de Nuestra Señora del Carmen de Norcasia, San Agustín y San Diego en Samaná; San Maximiliano María Kolbe y Pradera en Victoria.1 b. A través de Auto AI-023 de octubre 15 de 2020 se adoptaron medidas cautelares para los lugares ubicados en el cementerio La Dolorosa de Puerto Berrío.2 Mediante auto AI-060 de 27 de octubre de 2021 se adoptaron medidas en el cementerio Estación Las Virginias de Puerto Berrío durante 6 meses hasta 27 de abril de 2022. c. A través de Auto AI-003 de enero 21 de 2021 se adoptaron medidas para el cementerio central de la Dorada.3

1 La medida se impuso inicialmente por seis meses y se prorrogó el 26 de marzo de 2021, a través de Auto AI - 020 de 2021, el 23 de septiembre de 2021, por medio de Auto AI - 053 por 6 meses hasta el 23 de marzo del año 2022 y mediante Auto AI 016 de 16 de marzo de 2022 se prorrogó por 6 meses adicionales hasta el 23 de septiembre de 2022. 2 La medida se adoptó inicialmente por un término de 6 meses y se ha prorrogado a través de Autos AI019 y AI 060 de 2021 hasta el 27 de abril de 2022 33 La Medida fue prorrogada a tr avés de Autos AI 033 de 14 de julio de 2021 y AI 002 de 19 de enero de 2022 hasta el 26 de julio de 20223

33 La Medida fue prorrogada a tr avés de Autos AI 033 de 14 de julio de 2021 y AI 002 de 19 de enero de 2022 hasta el 26 de julio de 20223 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E R A D I C A D O: 2 0 2 0 0 3 0 0 7 9 4 5

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5. El objetivo de las medidas cautelares impuestas fue el de asegurar los lugares donde se presume la existencia de cuerpos no identificados (CNI) o cuerpos identificados no reclamados (CINR) de víctimas de desaparición forzada en los camposantos referenciados, a efecto que la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), la Fiscalía General de la Nación (FGN) o la misma Jurisdicción lograran su recuperación para su posterior identificación y entrega digna a sus familiares.

6. A través de Auto AT009 de 2018, se constituyó una mesa técnica con la UBPD, cuyo objetivo es la discusión de las eventuales medidas que la Sección pudiera adoptar en materia de protección de los lugares objeto de la petición, dadas las

6. A través de Auto AT009 de 2018, se constituyó una mesa técnica con la UBPD, cuyo objetivo es la discusión de las eventuales medidas que la Sección pudiera adoptar en materia de protección de los lugares objeto de la petición, dadas las competencias y experticia de la Unidad. En ese orden y a partir de la articulación que se realizó para este trámite con la UBPD se ha logrado la recuperación de cuerpos en algunos de los lugares cautelados, los cuales se han entregado al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) para su identificación.

7. En audiencia territorial de seguimiento de las medidas cautelares realizada en Samaná, Caldas, los días 22 y 23 de septiembre de 2021, el INMLCF informó sobre la identificación de cinco (5) de los cuerpos recuperados por la UBPD dentro de este trámite , los cuales están siendo objeto de entrega digna a sus familiares

8. Las organizaciones peticionarias e intervinientes en este trámite presentaron recomendaciones en relación con los propósitos de la audiencia restaurativa, así:

[…] 1. Posicionar un componente restaurativo orientado a la dignificación de la memoria de las víctimas y familiares buscadores.

2. Realizar seguimiento a las medidas ordenadas desde la Jurisdicción Especial para la Paz en el marco de la Audiencia Territ orial del año 2021, y abordar situaciones actuales de riesgo para la protección y preservación de lugares de disposición que a la fecha no son objeto de intervención por parte del Sistema Integral para la Paz.

3. Construir acciones y procesos que promuevan la garantía del derecho a la reparación integral de las familias víctimas posterior a las entregas

de lugares de disposición que a la fecha no son objeto de intervención por parte del Sistema Integral para la Paz.

3. Construir acciones y procesos que promuevan la garantía del derecho a la reparación integral de las familias víctimas posterior a las entregas dignas (ej. entre las exigencias propuestas en los diálogos preparatorios por las familias se encuentra el acceso a la indemnización administrativa y las medidas de asistencia psicosocial a familiares buscadores).4

4 Comunicación suscrita por Valentina Villa secretaria técnica nacional del MOVICE, Adriana Arboleda Betancourt, Vocera nacional del MOVICE, Leo Ricard o García, secretario técnico del MOVIE - Caldas, Diana Arango Gómez, directora de EQUITAS y Carolina López Giraldo Coordinadora del CEDAT.4 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E A U T O AT - 0 59 - 2 0 2 2

9. A través de Auto AT - 034 de 2022 por medio del cual se convocó la presente audiencia, se solicitó a la Fiscalía General de la Naci ón informar sobre el estado actual de las investigaciones vinculadas con la desaparición de los ciudadanos:

9. A través de Auto AT - 034 de 2022 por medio del cual se convocó la presente audiencia, se solicitó a la Fiscalía General de la Naci ón informar sobre el estado actual de las investigaciones vinculadas con la desaparición de los ciudadanos: Francisco Javier Buitrago Quiceno, Luz Enith Hincapié Ospina, Salomón Galvis, Pedro Pablo Molano Quiceno y Alexander Echeverry Franco, cuyos números de identificación Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres

(SIRDEC) son: 2020010111001003722, 2020010111001003724, 2020010111001003785, 2020010111001003800 y 2020010111001003806, respectivamente.

10. Luego, a través de Auto AT - 036 de febrero 28 de 2022 se ordenó al Instituto

Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses:

a. Actualizar la información ya suministrada sobre cadáveres en condición de no identificados registrados en el SIRDEC para los municipios de Victoria, Samaná, Norcasia y La Dorada en Caldas, y Puert o Berrío en Antioquia, especificando si se ha contado con nuevas identificaciones y en general el estado de las mismas. b. Informar sobre el balance que a la fecha tiene el INMLCF de cuerpos recuperados dentro de este trámite en cada uno de los municipios indicados, señalando su lugar de ubicación y estado actual del proceso de identificación. c. Informar a la audiencia los estudios realizados que condujeron a la identificación de los cuerpos de las personas que han sido entregadas de manera digna en este trámite y cómo participó el instituto en la interacción con los familiares de las víctimas.

c. Informar a la audiencia los estudios realizados que condujeron a la identificación de los cuerpos de las personas que han sido entregadas de manera digna en este trámite y cómo participó el instituto en la interacción con los familiares de las víctimas.

11. Mediante Auto AT - 037 de febrero 28 de 2022 se solicitó a la UARIV:

a. Informar sobre las acciones desplegadas con miras al acompañamiento de los familiares de las víctimas identificadas en este trámite, para la entrega digna de Francisco Javier Buitrago Quiceno, Luz Enith Hincapié Ospina, Salomón Galvis, Pedro Pablo Molano Q uiceno y Alexander Echeverry Franco. b. Informar el estado de las indemnizaciones administrativas que a título de reparación deba asumir el Estado en relación con las familias de las víctimas identificadas en este trámite. c. Informar si a partir de las jornadas pedagógicas desplegadas en los municipios objeto de este trámite se ha logrado identificar nuevas víctimas de desaparición forzada que hayan sido incluidas en el RUV.5 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E

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d. Presentar un informe de las acciones desplegadas pa ra la reparación administrativa general que ha realizado la UARIV en relación con las 2072 víctimas que indicó en su respuesta se tienen registradas.

12. Posteriormente, a través de Auto AT - 041 de 7 de marzo de 2022 se solicitó a las alcaldías de Victoria, Samaná, Norcasia y La Dorada, informar:

a. Cómo han venido cumpliendo las medidas cautelares adoptadas en este trámite en cada uno de sus municipios. b. De conformidad con lo dispuesto en Auto SAR AT - 187 de 23 de septiembre 2021, inform e cómo están cumpliendo o plantean cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 1408 de 2010, en concordancia con el Decreto 303 de 2015, sobre disposición, preservación y protección de lugares para la dignificación de cuerpos no identificados en los cemente rios o lugares donde puede hallarse víctimas de desaparición forzada, en razón de lo cual se les ordenó incluir la ruta y cronograma de implementación que se contemple, para la preservación y dignificación de cuerpos que se vienen recuperando en los cement erios de los referidos municipios y una vez se logre su identificación, será preciso contar con lugares para dignificar su memoria.

ruta y cronograma de implementación que se contemple, para la preservación y dignificación de cuerpos que se vienen recuperando en los cement erios de los referidos municipios y una vez se logre su identificación, será preciso contar con lugares para dignificar su memoria.

13. Así mismo, se ordenó a las Personerías de lo s municipios mencionados informar los avances de los planes de acción remitidos a la Sección con ocasión de las ordenes proferidas en la audiencia territorial de seguimiento en la municipalidad de Samaná, a través de Auto SAR AT - 187 de 23 de septiembre de 2021, relacionados con el análisis, depuración y corrección de la información relacionada con las declaraciones que por desaparición forzada tienen en cada municipio y la que se registra en la UARIV; un proceso de capacitación para las víctimas sobre el alcance de sus derechos y la oferta institucional que tienen a su disposición y cu ál ha sido su intervención y acompañamiento en las entregas dignas que se han surtido en este trámite.

14. Ahora bien, por la complejidad que implica el abordaje forense de osarios donde se ha dispuesto de manera irregular los cuerpos de víctimas del conflicto con cuerpos exhumados administrativamente en los cementerios, la SAR solicitó conceptos forenses a distintas universidades y grupos especializados a través de Auto AT129 de 15 de julio de 2021.

15. Por ello, s e recibió respuesta de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales del Programa de Antropología de la Universidad de Caldas 5 y del Equipo

5 Informe remitido por Juana Chaves Castaño Directora del Programa de Antropología de la Universidad

del Programa de Antropología de la Universidad de Caldas 5 y del Equipo

5 Informe remitido por Juana Chaves Castaño Directora del Programa de Antropología de la Universidad de Caldas, elabor ado por Yulieth Viviana Valencia, Viviana Andrea Yepes López, y Bibiana Andrea Cadena Duarte.6 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E A U T O AT - 0 59 - 2 0 2 2

Colombiano Interdi sciplinario de Trabajo Forense y Asistencia Psicosocial (Equitas)6, los cuales entregaron algunas ideas conclusivas sobre la metodología y posibilidades de recuperación de los cuerpos en las circunstancias aludidas.

16. Por lo anteriormente indicado, m ediante Auto AI - 053 de septiembre 23 de 2021, la SAR dispuso la conformación de una Mesa Técnica Interinstitucional a la cual se le concedió el término de cinco (5) meses para que presentara a la SAR:

[…] la metodología y requerimientos que implique rea lizar abordajes forenses de osarios en los que , como ha ocurrido en este trámite , de manera arbitraria los administradores de cementerios han arrojado CNI de víctimas del conflicto sin protocolo alguno, mezclando los mismos con

forenses de osarios en los que , como ha ocurrido en este trámite , de manera arbitraria los administradores de cementerios han arrojado CNI de víctimas del conflicto sin protocolo alguno, mezclando los mismos con cuerpos identificados exhumados administrativamente y, a partir de ello, se pueda plantear el cronograma de abordaje de los osarios cautelados en este trámite”.

17. Igualmente, se ordenó al GATEF de la UIA ejercer la Secretaría Técnica de la mesa interinstitucional, con participación del INMLCF, la UBPD , EQUITAS, la Facultad de Antropología de la Universidad de Caldas, el Comité Internacional de la Cruz Roja CICR, International Commission on Missing Persons ICMP, el Equipo Peruano de Antropología F orense EPAF, el Equipo Argentino de Antropología forense EAAF, la Fundación de Antropología forense de Guatemala y la Asociación Latinoamericana de Antropología forense ALAF.

18. Mediante Auto SAR – AT - 028 de 24 de febrero de 2022, se solicitó al equipo GATEF de la UIA, una vez vencido el plazo para conformar, activar y entregar el documento técnico, participativo y concertado que permita implementar el modelo de abordaje forense de los osarios donde podrían encontrarse CNI arrojados indistintamente por los administradores de los cementerios, remiti era el informe final de la actividad encomendada con inclusión de las actas de reuniones y conceptos que se haya obtenido ., Dicha orden fue reiterada en auto SAR -AI016 de marzo 16 de 2022 .

III. INFORMACIÓN OBTENIDA

3.1. Personería de La Dorada

reuniones y conceptos que se haya obtenido ., Dicha orden fue reiterada en auto SAR -AI016 de marzo 16 de 2022 .

III. INFORMACIÓN OBTENIDA

3.1. Personería de La Dorada

19. La Personería de La Dorada presentó un Plan de Acción7, en el que se propuso actividades de diagnóstico, recolección de información, requerimientos a la

6 Informe presentado por Diana Arango Directora de Equitas. 7 Oficio PM01-1.1.3936 de 30 de septiembre de 2021 suscrito por Fausto Téllez Marín, Personero de La Dorada.7 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E R A D I C A D O: 2 0 2 0 0 3 0 0 7 9 4 5

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UARIV, socialización de información, creación de bases de datos con registro digital de las declaraciones y reporte mensual de la Personería a la UARIV.

20. Posteriormente, reportó 215 declaraciones recibidas en ese municipio por la conducta de desaparición forzada entre 2012 y 2021, discriminadas por el

digital de las declaraciones y reporte mensual de la Personería a la UARIV.

20. Posteriormente, reportó 215 declaraciones recibidas en ese municipio por la conducta de desaparición forzada entre 2012 y 2021, discriminadas por el municipio de ocurrencia de los hechos, de las cuales 106 corresponden a esa jurisdicción.

21. Indicó que el pasado 8 de marzo solicitó a la UARIV información sobre el número de declaraciones con que cuente por el delito de desaparición forzada ocurrida en La Dorada, por lo que, una vez recibido, se procederá a consolidarla y unificarla.

22. Sobre capacitación narró que ofrece por medios radiales y televisivos la oferta institucional con que cuenta, sin referir los avances del plan de acción que antes remitió a la SAR.

23. En la audiencia realizada en la fecha, el personero Fausto Téllez Marín informó los avances relacionados con el Plan de Acción, indicando que se realizó un diagnóstico, socializado con las demás Personerías y la UARIV a partir de lo cual obtuvieron un cruce de información en mesas de trabajo; crearon una base de datos con alimentación permanente concluyendo que cuentan con 215 declaraciones de Desaparición forzada, de las cuales 106 corresponden a hechos ocurridos en la Dorada y las demás corresponden a otros municipios.

24. El funcionario narró que en el año 2011 se afectó el archivo histórico de la Personería por una inundación, pero que dentro de su plan de acción se encuentra como meta la unificación de la información.

3.2. Personería de Samaná.

24. El funcionario narró que en el año 2011 se afectó el archivo histórico de la Personería por una inundación, pero que dentro de su plan de acción se encuentra como meta la unificación de la información.

3.2. Personería de Samaná.

25. La Personería de Samaná 8, por su parte, remitió dos planes de acción. El primero para analizar y corregir las diferencias entre las declaraciones que por el delito de desaparición forzada tiene el municipio y las registradas por la UARIV y , el segundo , para desarrollar espacios de orientación y asesoría dirigidos a l as familias buscadoras de víctimas de desaparición forzada, acerca de las rutas de acceso a su información y la garantía de sus derechos.

8 Comunicación suscrita por Cesar Augusto Salazar Buitrago, Personero de Samaná, Oficio 144 de 30 de septiembre de 20218 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E A U T O AT - 0 59 - 2 0 2 2

26. Con posterioridad y para dar cumplimiento a lo ordenado por la SAR, remitió un documento denominado “Ficha estratégica de boletín de estadísticas de Samaná ”

26. Con posterioridad y para dar cumplimiento a lo ordenado por la SAR, remitió un documento denominado “Ficha estratégica de boletín de estadísticas de Samaná ”

de la UARIV, del cual se destaca:

  • Samaná tendría para 2021 un total de 20 .138 habitantes, lo que es de relevancia, dadas las elevadas cifras relacionadas con el impacto del conflicto en el municipio. • La existencia de 60.433 eventos victimizantes , considerando que una persona puede ser víctima de distintos hechos. • 49.023 personas han sufrido un daño como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, de las cuales 30.638 han declarado en Samaná; estarían ubicadas 17.737 y 16.063 son sujetos de atención y / o reparación. • Por conductas, la más relevant e es el desplazamiento forzado reportando 46.730 víctimas, de las cuales declararon 29 .621, están ubicadas 17 .559 y atendidas 15.933. • La desaparición forzada según la UARIV ocupa el tercer lugar con 615 víctimas de las cuales se habrían recibido 84 declar aciones, 222 víctimas estarían ubicadas y 189 atendidas. De las 615 víctimas 444 serían víctimas directas y 171 indirectas.

27. Sobre los avances del plan de acción, la Personería indicó que las diferencias entre las declaraciones y casos de desaparición obedecen a que la población de Samaná salió desplazada a otros municipios y departamentos, donde realizaron

27. Sobre los avances del plan de acción, la Personería indicó que las diferencias entre las declaraciones y casos de desaparición obedecen a que la población de Samaná salió desplazada a otros municipios y departamentos, donde realizaron las respectivas declaraciones, debido a lo cual no habría nada que corregir.

Relacionó y adjuntó soportes de 10 declaraciones recibidas por la Personería por desaparición forzada entre 2000 y 202 1 y consignó en su informe las mismas cifras del boletín de la UARIV, indicando que le solicitó a ésta precisar si las declaraciones recibidas por la Personería fueron incluidas.

28. Sobre las capacitaciones, informó que en enero de 2022 efectuó capacitación a los miembros de la mesa de víctimas, y en febrero de 2022, realizó una segunda capacitación con el apoyo del Procurador delegado ante la JEP.

29. En la audiencia territorial de seguimiento realizada en La Dorada el personero Municipal Cesar Augusto Salazar Buitrago, afirmó que han trabajado articuladamente con la UBPD, frente a la brecha que existe en la información con que cuenta y la de la UARIV. La Personería solamente cuenta con 10 registros de desaparición, la UARIV dice que tiene 171 en su registro. Al hacer el análisis9

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encontró que las declaraciones han sido rendidas en otros lugares. Así mismo informó sobre las capacitaciones realizadas con el apoyo del Procurador delegado ante la JEP y otros funcionarios, en especial sobre cómo pueden acreditarse las víctimas en los macro casos. Han realizado el acompañamiento las tres víctimas ya entregadas.

3.3. Personería de Victoria.

30. La Personería de Victoria9, remitió dos planes de acción por fases. El primero para analizar y corregir las diferencias entre las declaraciones que por desaparición fueron recibidos por el municipio y las reportadas por la UARIV y, en el Segundo, referido a la capacitación a las víctimas del conflicto.

31. La Personería de Victoria informó que realizó un diagnóstico de las declaraciones 20032020, determinando la existencia de 27 declaraciones por hechos ocurridos en distintos lugares . De estas, 15 corresponden a l municipio, mientras la UARIV tiene un registro de 155 declaraciones de hechos ocurridos en Victoria y que corresponderían a 46 víctimas directas y 109 indirectas, con

hechos ocurridos en distintos lugares . De estas, 15 corresponden a l municipio, mientras la UARIV tiene un registro de 155 declaraciones de hechos ocurridos en Victoria y que corresponderían a 46 víctimas directas y 109 indirectas, con indicación del autor del hecho victimizante así : 21 de la guerrilla, 61 de paramilitares y 73 de actor no identificado.

32. Sobre los casos de declarantes no incluidos en el RUV, reportó una relación según la cual, de las 27 declaraciones tomadas por esa Personería, solamente fueron incluidas en el RUV 13. Finalmente, informó que en enero de 2022 realizó capacitación a las víct imas y a la mesa de víctimas , por lo que tiene previstas capacitaciones en abril, julio y octubre de este año.

33. En la presente audiencia, Mariana Pamplona, personera del municipio reiteró el diagnostico a partir del cual la inconsistencia obedece al lugar de la declaración que no coincide necesariamente con el del lugar de ocurrencia. Con todo, la constatación de información por ella recaudada arroja un total de 155 víctimas de desaparición para La Victoria.

34. La funcionaria indicó que ha realizado el acompañamiento a las víctimas que no han logrado inclusión en el RUV a través del ejercicio de recursos frente a las actuaciones administrativas.

3.4. La Personería de Norcasia10

9 Oficio PMV200.5.2 -117 DE SEPTIEMBRE 28 DE 2021, suscrita por Mariana Pamplona Personera de Victoria. 10 Oficio Penor 147 -21 de 30 de septiembre de 2021, suscrito por Faber Alberto Ospina Flórez10

Victoria. 10 Oficio Penor 147 -21 de 30 de septiembre de 2021, suscrito por Faber Alberto Ospina Flórez10 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O DE V E R D A D, DE R E S P O N S A B I L I D A D Y DE D E T E R M I N A C I Ó N DE L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 2 0 1 9 3 4 0 1 6 1 4 0 0 0 3 0 E A U T O AT - 0 59 - 2 0 2 2

35. Remitió dos planes de acción en los que propone realizar el diagnóstico real de las declaraciones entre octubre de 2021 y abril de 2022, para luego proceder a socializarlo. También propone solicitar información a la UARIV para la construcción de bases de datos y requerimientos con el enlace de víctimas de actos administrativos de no inclusión para el ejercicio de los recursos a que haya lugar.

36. En la audiencia de seguimiento realizada en la fecha , el personero Faber Ospina indicó que según la UARIV hay 143 hechos ocurridos en Norcasia, pero el problema es que no presentan la declaración en ese municipio , por ello las inconsistencias. Es la Unidad la que tiene el compendio. Son 33 víctimas directas y 113 indirectas según el análisis que realiza el funcionario. Hay hechos victimizantes con diversos actores, entre los que se incluye la guerrilla, los paramilitares y otros.

y 113 indirectas según el análisis que realiza el funcionario. Hay hechos victimizantes con diversos actores, entre los que se incluye la guerrilla, los paramilitares y otros.

37. De 19 denuncias con que se cuentan en el municipio solo 9 cuentan con RUV, cuya motivación es reservada por parte de la Unidad, caso en el cual, considera el funcionario que los interesados deberían indagar a través de derecho de petición ante la UARIV. Informó sobre las acciones de capacitación realizadas y por ejecutar por parte de la Personería.

38. Finalmente, indicó que ha tenido dos reuniones con la Unidad de Búsqueda y las víctimas con el fin de socializar la ruta para las personas desaparecidas.

3.5. Alcaldía de Norcasia

39. La Alcaldía de Norcasia informó el pasado 30 de septiembre de 202111 que:

a. Según la UARIV en dicho municipi o fueron victimizadas en el marco del conflicto armado 5.056 personas, de las cuales “2.001 están sujetas de atención, 2439 se declararon víctimas, de esta población 2126 víctimas se encuentran en el territorio “ b. Indicó que, en relación con la memoria de los hechos ocurridos “ se está buscando asistencia técnica por parte de fundaciones que ya tengan experiencia en el tema”. c. Narró los avances en materia de vivienda para víctimas del conflicto con la entrega de 4 viviendas en lo rural y

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