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JEP - Auto SAR AT 461 21 noviembre 2023

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SAR AT 461 21 noviembre 2023
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2023

| 1 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

AUTO SAR – AT461 de 2023

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE

RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

MC Neiva

AUTO SARAT - 461 de 2023

Bogotá D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintitrés (2023).

Expediente Legali: Asunto:

Magistrado Sustanciador: 9006358-50.2019.0.00.0001

Orden a la Alcaldía de Neiva , s olicitud de información al INML y a la UPBD y cita ción a reunión y a diligencia de inspección judicial Raúl Eduardo Sánchez Sánchez

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante SAR o Sección) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP o Jurisdicción), ordena a la alcaldía de Neiva la continuación con proceso contractual, solicita la remisión de información por parte de l Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias

Especial para la Paz (en adelante JEP o Jurisdicción), ordena a la alcaldía de Neiva la continuación con proceso contractual, solicita la remisión de información por parte de l Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante INML o el Instituto ) y de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (en adelante UBPD) y cita a reunión y diligencia de inspección judicial.

II. CONSIDERACIONES

1. Mediante Auto AT -214 del 05 de septiembre de 2022, esta Sección reabrió la medida cautelar sobre el cementerio Central de Neiva en relación con los derechos a la verdad y memoria de las familias víctimas de desaparición forzada, en particular, de Tarcisio Medina Charry y Albeiro

Ordoñez Rojas.2 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

AUTO SAR – AT461 de 2023

Contrato arrendamiento de osarios

2. En lo atinente a l proceso de planeación de las obras civiles para la adecuación del monumento 14 del cementerio Central de Neiva (en adelante CCN), en Auto SAR-AT-334 del 05 de septiembre de 2023, la SAR dispuso,

entre otras:

Primero – ORDENAR a la Alcaldía de Neiva, a través de su Secretaría

CCN), en Auto SAR-AT-334 del 05 de septiembre de 2023, la SAR dispuso, entre otras:

Primero – ORDENAR a la Alcaldía de Neiva, a través de su Secretaría de Gobierno que remita dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación de este auto un cronograma en el cual se explique la forma en cómo se va a proceder con las obr as civiles sugeridas por la UBPD y el INML para adecuar el monumento 14 del CCN, así como ordenar a la misma que se adelante las gestiones necesarias para que se adelanten las apropiaciones presupuestales necesarias para realizar la obra civil requerida. […]

3. En cumplimiento de lo ordenado por el despacho, el 27 de septiembre de 2023,1 la secretaría de gobierno del municipio de Neiva allegó memorial dando cuenta de las actividades ejecutadas por la administración municipal y adjuntando un cronograma de actividades.

4. Con respecto a la citada respuesta, en el numeral 19 del Auto SAR-AT383 del 05 de octubre de 2023 se afirmó:

[…] si bien es cierto este Despacho considera necesario reconocer que la administración municipal de Neiva viene adelantando importantes actividades para darle cumplimiento a lo ordenado en las providencias indicadas, también lo es que la información remitida debe ser complementada, por lo tanto, se le ordenará a la alcaldía de Neiva que: (i) remita el cronograma de actividades a ejecutar en la construcción del monumento 14 del CCN

remitida debe ser complementada, por lo tanto, se le ordenará a la alcaldía de Neiva que: (i) remita el cronograma de actividades a ejecutar en la construcción del monumento 14 del CCN debidamente diligenciado, es decir, enunciando las acciones o actividades a desarrollar con la respectiva fecha y; (ii) Anexe copia del contrato No 2757 de 2023.

5. Con base en lo anterior, la parte resolutiva del Auto SAR-AT-383 del 05

de octubre de 2023 dispuso, entre otros:

[…] Segundo. – ORDENAR a la alcaldía municipal de Neiva que dé cumplimiento a lo señalado en el numeral 20 de esta decisión. […]

6. Debido al incumplimiento por parte de la alcaldía municipal de Neiva, a través de Auto SAR AT-416 del 31 de octubre de 2023 se le ordenó: (i) remitir

1 Conti No 202301060212 del 27 de septiembre de 2023.3 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

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el cronograma de actividades a ejecutar en la construcción del monumento 14 del CCN debidamente diligenciado, es decir, las acciones o actividades a desarrollar con la respectiva fecha y; (ii) Anex ar copia del contrato No 2757 de 2023.

el cronograma de actividades a ejecutar en la construcción del monumento 14 del CCN debidamente diligenciado, es decir, las acciones o actividades a desarrollar con la respectiva fecha y; (ii) Anex ar copia del contrato No 2757 de 2023.

7. A través de memorial suscrito por el secretario de gobierno del municipio de Neiva, doctor Raúl Rivera Cortés 2, se allegó a la SAR el cronograma de actividades a ejecutar en la construcción del monumento 14 y el contrato de arrendamiento de diez (10) bóvedas que fueron entregadas al

INML.

8. Por otro lado, en comunicación suscrita por el secretario de gobierno del municipio de Neiva, doctor Raúl Rivera Cortés3, se informa que:

A pesar de que la providencia en comento (Auto AT-334 de 2023) habla del requerimiento de 300 osarios, la Parroquia de la Inmaculada Concepción Administradora del CCN, nos informó la disponibilidad única actual de 90 osarios para los fines propuestos en el asunto. No obstante, lo anterior al hacer referencia sobre la necesidad de un número mayor de osarios la entidad administradora del cementerio manifestó no tener disponibilidad de más unidades de osarios que las ofertadas es decir 90 osarios.

[…] En la conversación manifestó la funcionaria de la UBPD que los 90 osarios son insuficientes, pues se requieren 300 osarios como mínimo para poder iniciar la intervención al monumento 14 en el CC N, por lo anterior es preciso advertir que al no ser suficientes los 90 osarios ofertados y según lo manifestado que hasta tanto no se cuente con los 300 osarios no se iniciara las labores de la UBPD. No es posible para

anterior es preciso advertir que al no ser suficientes los 90 osarios ofertados y según lo manifestado que hasta tanto no se cuente con los 300 osarios no se iniciara las labores de la UBPD. No es posible para este despacho continuar con la etapa precontractual teniendo en cuenta que al invertir recursos públicos en un contrato de arrendamiento en donde van a ser utilizados los osarios estaríamos incurriendo en detrimento patrimonial […].

Le solicitamos a la JEP y a la UBPD nos manifieste por escrito si los 90 osarios los van a utilizar para continuar con el proceso ante la Parroquia de la Inmaculada Concepción en la etapa precontractual o de lo contrario para solicitar a la Parroquia si es posible la construcción de más unidades hasta completar las 300 y así avanzar y consolidar lo acordado.

9. Si bien es cierto que, de l estudio técnico realizado por la UBPD , se desprendió que se requer ía un total de 300 osarios a fin de poder iniciar la intervención al monumento 14, también lo es que la UBPD ha logrado

2 Conti 202301071727, fechado noviembre 10 de 2023. 3 Comunicación suscrita por el secretario de gobierno del municipio de Neiva, fechada octubre 10 de 2023.4 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

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E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

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intervenir parcialmente otros camposantos cuando las condiciones no se encontraban dadas para lograr una intervención completa inmediata.4

10. En atención a lo anterior, el día 17 de noviembre de 2023, durante una reunión llevada a cabo entre la magistratura y representantes de la UBPD y del INML, se acordó que la UBPD, en cooperación con el INML, comenzará la intervención parcial del monumento 14 ubicado en el CCN , haciendo uso de los 90 osarios referidos por el secretario de gobierno municipal de Neiva,

por lo cual se ordenará a la alcaldía:

(i) Continuar con el proceso precontractual con la Parroquia de la Inmaculada Concepción para la consecución de los citados 90 osarios (ii) Remitir copia del contrato por medio del cual se adquieren dichos osarios.

Informe estado de cuerpos identificados no reclamados en el CCN

11. En la citada reunión llevada a cabo el día 17 de noviembre de 2023 , se expresó la preocupación de que en el CCN se hallan cuerpos identificados no reclamados (CINR) , razón por la cual se solicitará a la UBPD y al INML

informar:

(iii) El número de CINR en el CCN. (iv) Las labores que se han realizado a la fecha a efectos de realizar la entrega digna de dichos cuerpos. (v) Las medidas que se van a adoptar para obtener la pronta entrega digna de los CINR.

Citación a reunión y a diligencia de inspección judicial

entrega digna de dichos cuerpos. (v) Las medidas que se van a adoptar para obtener la pronta entrega digna de los CINR.

Citación a reunión y a diligencia de inspección judicial

12. Teniendo en cuenta que la intervención del monumento 14 y las labores de exhumación, inhumación y entrega digna de los CNI y CINR son prioridades al interior del presente trámite cautelar y que dichas actividades envuelven la coordinación interinstitucional de diversas entidades del orden nacional y local, la Magistratura convocará a una reunión que se llevará a cabo el día miércoles 6 de diciembre de 2023 en la ciudad de Neiva, en hora y lugar que será anunciado con posterioridad mediante oficio.

En d icha reunión se abordará todo lo relacionado con la construcción del monumento 14, así como la intervención de otros sitios de interés forense en el CCN y el plan de trabajo para la exhumación de cuerpos y traslado al INML.

4 Véase, por ejemplo, la intervención parcial en el Cementerio de Cúcuta.5 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

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13. Adicionalmente, se convocará a una inspección judicial del CCN el jueves 7 de diciembre de 2023, a fin de constatar las condiciones actuales del

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13. Adicionalmente, se convocará a una inspección judicial del CCN el jueves 7 de diciembre de 2023, a fin de constatar las condiciones actuales del camposanto y de que tanto la alcaldía como la UBPD expongan su plan de trabajo.

14. Para efectos de practicar las referencias diligencias los días 6 y 7 de diciembre de 2023 , la magistratura comisiona rá a los profesionales especializados grado 33 Ricardo Ordoñez Gómez, identificado con C.C. No. 80.040.180 y Olga Maritza Valois Moreno, iden tificada con C.C. No. 1010.185.820, adscritos al despacho del Magistrado Raúl Eduardo Sánchez

Sánchez.

De igual forma, se ordenará el acompañamiento de:

  1. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. ii. La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas. iii. El señor alcalde de Neiva , Gorky Muñoz Calderón, y hasta tres funcionarios de su despacho que él considere pertinente. iv. El señor German Casagua Bonilla, alcalde electo de la ciudad de Neiva, y hasta tres funcionarios de su equipo de empalme que él considere pertinente
  2. El representante legal de la Parroquia de la Inmaculada Concepción en su calidad de administrador del CCN. vi. La Procuraduría Delegada con Funciones de Intervención para la

Jurisdicción Especial para la Paz.

15. Asimismo, se ordenará que por intermedi o de la secretaría judicial de la Sala se comunique el presente auto al despacho del Magistrado Alejandro

  1. La Procuraduría Delegada con Funciones de Intervención para la

Jurisdicción Especial para la Paz.

15. Asimismo, se ordenará que por intermedi o de la secretaría judicial de la Sala se comunique el presente auto al despacho del Magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, quien en su calidad de relator del sub-caso Huila, del macro caso 03, puede tener interés en participar en las diligencias que se adelantaran los días 6 y 7 de diciembre de 2023.

En mérito de lo anterior, e l presente despacho de la Sección de Ausencia de Reconocimiento,

III. RESUELVE

PRIMERO. – ORDENAR a la alcaldía municipal de Neiva que, dentro de los (10) días siguientes a la comunicación de esta decisión, se sirva remitir contrato al que se hace referencia en el numeral 10 del presente auto.

SEGUNDO. – SOLICITAR al INML y a la UPBD que, dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación de esta decisión, se sirva n remitir la información solicitada en el numeral 11 del presente auto.6 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E : 9006358-50.2019.0.00.0001

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TERCERO. COMISIONAR a los profesionales grado 33 Ricardo Ordoñez Gómez, identificado con C.C. No. 80.040.180 y Olga Maritza Valois Moreno,

TERCERO. COMISIONAR a los profesionales grado 33 Ricardo Ordoñez Gómez, identificado con C.C. No. 80.040.180 y Olga Maritza Valois Moreno, identificada con C.C. No. 1010.185.820 , para que realicen lo descrito en los numerales 12 al 14 del presente auto.

CUARTO. – CONVOCAR a reunión y a diligencia de inspección judicial al INML, a la UBPD, al alcalde actual de la ciudad de Neiva, al alcalde electo de dicho municipio , al representante legal de la Parroquia de la Inmaculada Concepción y a la procuraduría Delegada con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, conforme a lo dispuesto en los numerales 12 a 14 del presente auto.

QUINTO. – INVITAR a reunión y a diligencia de inspección judicial a los funcionarios del despacho del Magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, en caso de que estén interesados en asistir , de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15 del presente auto.

SEXTO. – COMUNICAR por medio de la Secretaría Judicial de la SAR el presente auto al INML, a la UBPD, a la alcaldía municipal de Neiva, al doctor German Casagua Bonilla alcalde electo de Neiva, a la Procuraduría Delegada con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz, a la Parroquia de la Inmaculada Concepción y al despacho del doctor Alejandro Ramelli Arteaga.

SÉPTIMO. – Contra la presente decisión no procede ningún recurso.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Ramelli Arteaga.

SÉPTIMO. – Contra la presente decisión no procede ningún recurso.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

RAÚL EDUARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ

Magistrado

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