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JEP - Auto SAR AT 638 21 octubre 2024

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Título
JEP - Auto SAR AT 638 21 octubre 2024
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2024

| 1 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D Y R E S P O N S A B I L I D A D E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

AUTO SAR AT 638 de 2024

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE

RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD

MC NEIVA

AUTO SARAT - 638 de 2024

Bogotá D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).

Expediente Legali: Asunto:

Magistrado Sustanciador: 9006358-50.2019.0.00.0001

Se vincula a la Gobernación del Huila y se dictan otras disposiciones.

Raúl Eduardo Sánchez Sánchez

I. ASUNTO

La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante SAR o Sección) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP o Jurisdicción), procede a vincular en el trámite de la medida cautelar sobre el cementerio central de Neiva a la Gobernación del Huila y se adoptan otras determinaciones.

II. CONSIDERACIONES

trámite de la medida cautelar sobre el cementerio central de Neiva a la Gobernación del Huila y se adoptan otras determinaciones.

II. CONSIDERACIONES

1. Mediante Auto AT-214 del 5 de septiembre de 2022, esta Sección reabrió la medida cautelar sobre el CCN en relación con los derechos a la verdad y memoria de las familias víctimas de desaparición forzada, en particular, de

Tarcisio Medina Charry y Albeiro Ordoñez Rojas.

2. Con ocasión del trámite cautelar, el 20 de junio de 2023, mediante oficio UBPD-1-2023-0061091, la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (en adelante UBPD), remitió al despacho informe ejecutivo de prospección no intrusiva realizada por dicha entidad al CCN.

1 Radicado Conti No. 202301035551.2 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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3. En dicho informe, la UBPD resume las acciones humanitarias adelantadas en el CCN, entre esas, la prospección arqueológica no intrusiva del camposanto con alcance de caracterización y diagnóstico que permitió: (i) la

3. En dicho informe, la UBPD resume las acciones humanitarias adelantadas en el CCN, entre esas, la prospección arqueológica no intrusiva del camposanto con alcance de caracterización y diagnóstico que permitió: (i) la identificación de 15 puntos de interé s forense; (ii) la verificación del estado y uso del monumento 14 (encontraron riesgo de uso no estandarizado de cuerpos, es decir, inhumación de cuerpos identificados y no identificados en este lugar); (iii) determinar que el CCN no cuenta con un registro de información actualizado que permita una trazabilidad completa de los cuerpos dispuestos en este lugar; (iv) establecer que dos puntos de interés forense de cuerpos no identificados (en adelante CNI) documentados por la Unidad de Investigación y Acusaci ón (en adelante UIA) fueron alterados o modificados e; (v) identificar inconsistencias entre la información reportada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante INMLCF), la UIA y el Ministerio del Interior respecto a la di sposición de los cuerpos en el camposanto

4. Adicionalmente, la UBPD identificó los puntos de interés forense que se

relacionan a continuación:

Área o Punto # Sub N° PIF Tumba Sector 1 22 2 2 58 53 3 58 3 4 126 16 5 43 11 6 114 13 7 7A 18 19 7B 15 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 4 15 Monumento 14

7B 15 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 4 15 Monumento 14

5. En virtud de dicho informe y de la evidencia adicional recaudada, mediante Auto SAR-AI-044 del 30 de junio de 2023, la Sección ordenó la reapertura del trámite y el decreto de medidas cautelares respecto de tres (3) puntos de interés forense, tendientes a la preservación y custodia de los cuerpos allí

inhumados. Dichos puntos de interés forense son:

a) El monumento 14 “No me olvides”3 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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b) Sitio 7B, tumba 15 sector 19 c) Punto 3, tumba 58 sector 3

6. En el mismo Auto SAR-AI-044 de 2023, se ordenó a la UIA:

[…] La realización de una inspección y un diagnóstico general de las condiciones actuales del CCN, para (i) determinar el número de CNI o CINR que se encuentran en riesgo (describirlo) y las

[…] La realización de una inspección y un diagnóstico general de las condiciones actuales del CCN, para (i) determinar el número de CNI o CINR que se encuentran en riesgo (describirlo) y las medidas que se deben adoptar para mitigarlo o superarlo; (ii) verificar si las alteraciones en los puntos de interés forense descritos permitieron el extravío o deterioro de los restos no identificados que se encontraban allí y; (iii) establecer los riesgos de tipo ambiental, sanitario o estructural que puedan afectar l os cuerpos esqueletizados inhumadas en los puntos de interés forense cautelados.

Igualmente, deberá realizar entrevistas (i) al encargado de la administración del cementerio Central de Neiva para que explique el manejo de los registros administrativos relacionados con inhumaciones de CNI en este camposanto y; aclare de ser el caso, las razones por las cuales ha permitido modificaciones en los puntos de interés forense y (ii) al sepulturero a fin de que amplíe la información descrita en el informe presentado por UBPD relacionado con el tratamiento que vienen empleando en el citado campos anto a los puntos de interés forense donde se encuentran almacenados CNI y, además, informe si viene implementando los protocolos apropiados para el manejo de este tipo de estructuras y, finalmente, si tiene trazabilidad de los mismos.

7. Posteriormente, y con ocasión de las diversas órdenes que ha emitido la Jurisdicción con relación al proceso de planeación de las obras civiles para la adecuación del monumento 14 del CCN, el día 17 de noviembre de 2023, durante una reunión llevada a cabo entre la Magistratura y representantes de

Jurisdicción con relación al proceso de planeación de las obras civiles para la adecuación del monumento 14 del CCN, el día 17 de noviembre de 2023, durante una reunión llevada a cabo entre la Magistratura y representantes de la UBPD y del INMLCF, se acordó que la UBPD, en cooperación con el INMLCF, comenzaría en 2024 la intervención parcial del monumento 14, haciendo uso de 90 osarios que estaban en proceso de ser adquiridos a títul o de arrendamiento por parte del gobierno municipal de Neiva.2

8. Mediante Auto SAR-AT-461 de 2023 se convocó a una reunión en la ciudad de Neiva para el día 6 de diciembre de 2023, a efectos de abordar temas relacionados con la construcción del monumento 14, así como la intervención de otros sitios de interés forense en el CCN y el plan de trabajo para la

2 Ver numerales 9 y 10 del Auto SARAT - 461 del 21 de noviembre de 2023.4 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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exhumación de cuerpos y su traslado al INMLCF. Adicionalmente, en el mismo auto se ordenó diligencia de inspección judicial en el CCN para el día

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exhumación de cuerpos y su traslado al INMLCF. Adicionalmente, en el mismo auto se ordenó diligencia de inspección judicial en el CCN para el día 7 de diciembre del mismo año a fin de constatar las condiciones del camposanto y de que, tanto la alcaldía com o la UBPD, expusieran su plan de trabajo.

9. Por otro lado, y en atención a la orden referida en el numeral 6 del presente auto, el día 27 de noviembre de 2023, la UIA presentó informe 3 mediante el cual, entre otros, da cuenta de cambios y/o alteraciones a puntos de interés forense documentados por la UBPD en los siguientes términos:

El primer cambio se presentó en el sector#10 -lote 58, que contenía en el año 2021 un cadáver identificado como GRACIELA GOMEZ inhumada el 11 de julio de 2018, encontrándose en la inspección realizada en el 2023 por el GATEF una fosa que contiene datos en su lápida relacionados como cadáver identificado de WILMAR BETANCOURT, inhumado el 11 de julio de 2022.

El segundo cambio se presentó en el sector 19 del lote 9 al 13, una de las fosas ubicada, específicamente la denominada “lote 9”, no presenta cambio del cuerpo, porque sigue inhumada la señora María Lourdes López inhumada desde el 29 de nov de 2019, solo que hay adecuación del lote, con una nueva presentación de la lápida y la demarcación del lote.

El tercer cambio adicional documentado es en el mausoleo “No Me Olvides” el cual contiene la mayoría de los Cadáveres sin Identificar,

del lote, con una nueva presentación de la lápida y la demarcación del lote.

El tercer cambio adicional documentado es en el mausoleo “No Me Olvides” el cual contiene la mayoría de los Cadáveres sin Identificar, en donde en el 2021 se expresó que este mausoleo presentaba adecuaciones “bóvedas nuevas” ocupadas para ese momento con cuerpos identificados y además se observaron bóve das vacías, las cuales, a partir de la inspección de 2021, fueron progresivamente ocupadas con cuerpos identificados, según los textos de marcación y escritura que se observaron en aquellas en la diligencia realizada por el GATEF en septiembre de 2023.

En lo atinente al estado del Monumento 14, la UIA señaló que: “[…] se halló igualmente agrietado y con nuevas inhumaciones de personas identificadas, lo que implica que al inhumar nuevos cadáveres en este lugar pueda deteriorar aún más la unidad constructiva4”.

10. En desarrollo de las diligencias programadas los días 6 y 7 de diciembre de 2023, 5 surgieron múltiples sugerencias, preocupaciones y solicitudes

3 Oficio No. 0000404.2023. 4 Oficio No. 0000404.2023 5 A través de Auto SAR-AT-475 del 29 de noviembre de 2023, se fijó hora y lugar para la realización de las diligencias del 6 y 7 de diciembre de 2023 y se citó a entidades adicionales, entre ellas a la UIA.5

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D,

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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elevadas tanto por la magistratura como por los demás intervinientes a dichos espacios, entre las cuales se destacaron:6 10.1. Se indagó a la parroquia de la inmaculada Concepción de Neiva acerca del uso que se le da al Monumento 14. En un principio se señaló que el monumento es usado principalmente para albergar cuerpos de personas no identificadas, sin embargo, de aclaraci ones solicitadas por la Magistratura y del desarrollo de la inspección judicial, se constató que algunas de las bóvedas son de uso exclusivo de la parroquia y que en el monumento se hallan cuerpos de personas que ya fueron identificadas y entregadas a sus respectivas familias. 10.2. Se trató el tema del estado del Monumento y su eventual riesgo de colapso. La alcaldía saliente expresó que contaba con un concepto técnico en el cual se señala que no existe riesgo de colapso de la estructura, sin embargo, en la inspección judicial re alizada por los funcionarios designados por la Magistratura se evidenció que el Monumento se encontraba en mal estado de conservación y presentaba humedad. 7 Al indagar con el representante del

en la inspección judicial re alizada por los funcionarios designados por la Magistratura se evidenció que el Monumento se encontraba en mal estado de conservación y presentaba humedad. 7 Al indagar con el representante del INMLCF si aquella humedad pudiese afectar los cuerpos que se encuentran depositados en el Monumento 14, la respuesta fue afirmativa.

10.3. En lo atinente al aspecto práctico de la intervención, la alcaldía saliente aclaró que los 90 osarios que serían usados durante la misma serían transitorios, ya que, una vez finalizada, los cuerpos que se depositen en dichos osarios serán trasladados nuevamente al Monumento 14.

10.4. Adicionalmente, se señaló que la intervención del Monumento 14 debe ser dotaba de sentido y ser una forma de resignificar los derechos de las víctimas del conflicto armado. En estos términos, en el evento en que se realice una construcción, l a alcaldía deberá verificar si se requieren licencias para tales efectos y tramitarlas oportunamente.

10.5. El INMLCF reiteró su compromiso de coadyuvar en la intervención parcial del Monumento 14, desde las labores de identificación que se encuentran a su cargo. Para tales efectos, el Instituto estimó que puede recibir alrededor de 50 cuerpos en sus insta laciones, sin embargo, solamente se pueden identificar 6 a la vez, incluyendo aquellos que actualmente se encuentran en proceso de identificación con ocasión de sus compromisos institucionales. Es decir, de los 6 cuerpos que el Instituto puede identificar simultáneamente, no todos corresponderían a los del CCN ya que también se estarían identificado restos correspondientes a otros camposantos/hechos.

institucionales. Es decir, de los 6 cuerpos que el Instituto puede identificar simultáneamente, no todos corresponderían a los del CCN ya que también se estarían identificado restos correspondientes a otros camposantos/hechos.

6 Ver acta de reunión y diligencia de inspección judicial disponibles en expediente Legali. 7 Ver registro fotográfico que se encuentra en el acta de inspección judicial del 7 de diciembre de 2023.6 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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10.6. La UBPD reiteró su compromiso con la intervención parcial del monumento, priorizando las áreas que evidentemente presentan riesgo estructural.

10.7. Por otro lado, l a UBPD señaló la existencia de sitios de interés forense cuya situación no coincidía con la información recaudada al inicio del trámite cautelar y que permite inferir que los mismos fueron modificados. La ulterior intervención por parte de la Unidad requie re que, previo a la realización de labores de exhumación, se continúe con las labores de caracterización que la Unidad había iniciado previamente.

10.8. Durante la inspección judicial, se visitó el osario 1 (“osario común”), en el

labores de exhumación, se continúe con las labores de caracterización que la Unidad había iniciado previamente.

10.8. Durante la inspección judicial, se visitó el osario 1 (“osario común”), en el cual, conforme a lo explicado por la parroquia, se depositaban cuerpos frente a los cuales no existe un contrato de arrendamiento vigente con la parroquia.

11. Como consecuencia de lo anterior, mediante Auto SAR -AI-081 del 22 de diciembre de 2023, la Sección convocó a audiencia pública de seguimiento para el 22 de febrero de 2024 y, adicionalmente, entre otros, dispuso:

PRIMERO. – DECRETAR medidas cautelares respecto de los puntos de interés forense del CNN señalados en el numeral 32 de este proveído, tendientes a la preservación y adecuada custodia de los cuerpos allí inhumados, por el término de un (1) año. Las obligaciones y/o responsabilidades de acatar y cumplir con los efectos de esta serán las mismas autoridades e instituciones señaladas en el Auto AI-042 de 2021.

32. Como consecuencia de lo anterior, la Sección decretará medida cautelar sobre los puntos de interés forense que se relacionan a

continuación por el término de un (1) año:

Área o Punto # Sub N° PIF Tumba Sector 1 22 2 2 58 53 4 126 16 5 43 11 6 114 13 7 7A 18 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 47

6 114 13 7 7A 18 19 8 245 19 9 17 72 10 102 15 11 Osario 1 12 Osario 2 13 Osario 3 14 Osario 47 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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SEGUNDO. – ORDENAR a la Parroquia la Inmaculada Concepción el cumplimiento de las medidas descritas en los literales i, ii y iii del numeral 33 del presente auto y HACER EXTENSIVAS dichas medidas a los sitios de interés forenses relacionados en el numeral 34 de este proveído.

33. Con ocasión de la cautela decretada, se ordenará a la parroquia de la Inmaculada Concepción de Neiva, administradora del CCN, que realice todas las acciones tendientes a garantizar la custodia e integridad de dichos sitios, acatando el cumplimiento de medidas que

incluyen, pero no se limitan a:

  1. La prohibición de que en los sitios de interés forense cautelados se realicen nuevas exhumaciones o inhumaciones por parte de entidades diferentes a la UBPD y al GRUBE de la FGN sin que medie orden judicial.
  1. La prohibición de que en los sitios de interés forense cautelados se realicen nuevas exhumaciones o inhumaciones por parte de entidades diferentes a la UBPD y al GRUBE de la FGN sin que medie orden judicial. ii. La prohibición de que se arrienden o de cualquier forma se disponga de las superficies que se encuentran por encima de los sitios de interés forense.

12. En cumplimiento de las órdenes emitidas por la Magistratura, a través de oficio bajo radicado UBPD -1-2024-0001188 de fecha 29 de enero de 2024 8, la UBPD remitió el cronograma para la caracterización de los sitios de interés forense cautelados mediante Autos SAR-AI-044 del 30 de 2023 y SAR-AI-081 de 2023. En este documento se presenta el alcance de la caracterización y las fechas de su

realización en los siguientes términos:

[…] con el objetivo de tener claro el estado actual de estos 15 sitios de interés se propone realizar de nuevo actividades enfocadas en la prospección arqueológica no intrusiva del cementerio con alcance de caracterización y diagnóstico al interior de CCN durante 6 días efectivos de trabajo de campo, del 8 al 15 de abril del año 2024.

13. Ahora bien, durante la audiencia de seguimiento llevada a cabo el 22 de febrero de 2024, la Sección adoptó una serie de determinaciones entre las que

se destaca:

PRIMERO - ORDENAR a la Unidad de Búsqueda para Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) que, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la caracterización y diagnóstico de los sitios de interés forense

se destaca:

PRIMERO - ORDENAR a la Unidad de Búsqueda para Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) que, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la caracterización y diagnóstico de los sitios de interés forense protegidos a través de los Autos SAR - AI044 y SAR-AI-081 de 2023, remita cronograma para la intervención forense de los mismos y priorice los procesos de exhumación del sitio de interés forense 11, también conocido como “osario 1” o “fosa común”, de acuerdo con la guía de abordaje adoptada mediante Auto SAR-AI-073 de 2023.9

8 Radicado Conti No. 202401007099. 9 Auto SAR-AT-136 del 22 de febrero de 2024.8 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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14. El 9 de agosto de 2024 10, la Coordinadora del Grupo interno de Trabajo Regional Sur, de la UBPD, radicó oficio con radicado UBPD -1-2024-012689, titulado “Mitigación de riesgo de la estructura del Monumento 14 en el Cementerio Central de Neiva” en el cual se señaló lo siguiente:

Regional Sur, de la UBPD, radicó oficio con radicado UBPD -1-2024-012689, titulado “Mitigación de riesgo de la estructura del Monumento 14 en el Cementerio Central de Neiva” en el cual se señaló lo siguiente:

14.1. En desarrollo de las acciones de prospección intrusiva realizadas por la UBPD, el equipo técnico ha evidenciado que la situación de deterioro de esta estructura se ha agudizado, y en razón a ello acudimos a su despacho para solicitar que se adelante una inspección actualizada que permita determinar las condiciones estructurales de este Monumento, con el propósito de establecer el nivel de riesgo que pueda tener la estructura, y con ello garantizar las condiciones de preservación de los cuerpos que aún reposan en las secciones que no han sido intervenidas, y continuar el proceso de intervención con la debida seguridad para los equipos forenses que allí laboran, así como de las personas que transitan por el área y de las familias que acompañan el proceso.

14.2. La situación del debilitamiento de la estructura del Monumento 14 fue reportada por la UBPD en el informe técnico de la segunda fase de intervención forense al Cementerio Central de Neiva, y ha sido recogida por el despacho en los Autos SAR AI 044 de 2023 y SAR AI 081 de 2023. Frente a la necesidad identificada, la UBPD ha adelantado diferentes gestiones ante la Alcaldía Municipal de Neiva para que adelante la inspección y diagnóstico actualizado, y dicha entidad formule las recomendaciones dirigidas a mitigar el riesgo de colapso. Sin embargo, a la fecha no se tiene certeza sobre las acciones que al respecto pueda adelantar la administración, dado que se requiere contratar una

inspección y diagnóstico actualizado, y dicha entidad formule las recomendaciones dirigidas a mitigar el riesgo de colapso. Sin embargo, a la fecha no se tiene certeza sobre las acciones que al respecto pueda adelantar la administración, dado que se requiere contratar una consultoría que valore la situación y determine los pasos a seguir, atendiendo en particular, las implicaciones que esto tiene para la intervención forense.

15. Finalmente, la UBPD, solicita que se evalué la posibilidad de que la UIA adelante el diagnóstico mencionado y se formulen las recomendaciones orientadas a mitigar el riesgo de colapso del Monumento 14, garantizando la preservación de los cuerpos allí inhumados y la continuidad de la intervención forense en el menor tiempo posible.

16. Aunado a lo anterior, el día 15 de agosto de 2024, funcionarios del despacho realizaron visita al CCN en compañía de funcionarios de la UBPD, encontrando otra serie de hallazgos que pueden poner en riesgo la integridad

10 Conti 2024010643299 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

AUTO SAR AT 638 de 2024

de los funcionarios que están realizando la intervención de los distintos sitios de interés forense en el CCN, así:

AUTO SAR AT 638 de 2024

de los funcionarios que están realizando la intervención de los distintos sitios de interés forense en el CCN, así:

  • Posible daño estructura soporte de osarios monumento 14
  • Posible daño estructural M1410

S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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  • Posible riesgo estructural osarios segunda sección monumento 14
  • Sitio de interes forense número 5, posible riesgo de colapso de estructuras vecinas

17. Que, en atención a la solicitud de la UBPD, así como a los resultados de la visita adelantada por funcionarios del despacho, se emitió el Auto SAR -AT496 del 20 de agosto de 2024, en el cual se emitieron las siguientes ordenes:

PRIMERO. – ORDENAR a la UIA que, en el término de 15 días hábiles siguientes a la comunicación de este Auto que, en coordinación con la UBPD, realice una inspección a los sitios de interés forense del CCN, y presente un informe sobre los riesgos presentes o futuros de carácter estructural que se puedan presentar en los sitios de interés forense y

UBPD, realice una inspección a los sitios de interés forense del CCN, y presente un informe sobre los riesgos presentes o futuros de carácter estructural que se puedan presentar en los sitios de interés forense y formule las recomendaciones dirigidas a mitigar el riesgo de colapso.11 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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SEGUNDO. – ORDENAR a la Alcaldía de Neiva, que, en el término de diez días hábiles siguientes a la comunicación de este Auto, informe a este despacho sobre las acciones realizadas para determinar los riesgos estructurales que aborda el monumento 14 y que acciones está adelantando con la parroquia de la inmaculada concepción, para gestionar acciones que faciliten el trabajo de búsqueda e intervención que realiza la UBPD.

18. Que, en cumplimiento de lo ordenado la UIA, presentó memorial el 13 de septiembre de 2024 en el que anexó informe de campo11 con el que busca darle cumplimiento a lo ordenado en el numeral primero de la parte resolutiva del Auto SAR -AT-496 de 20 de agosto de 2024, donde se dispuso que en coordinación con la UBPD realizaran una inspección a los sitios de interés

cumplimiento a lo ordenado en el numeral primero de la parte resolutiva del Auto SAR -AT-496 de 20 de agosto de 2024, donde se dispuso que en coordinación con la UBPD realizaran una inspección a los sitios de interés forense del CCN y elaboraran un informe sobre los riesgos presentes o futuros de carácter estructural que se evidenciaran en los sitios de interés forense y formularan las recomendaciones dirigidas a mitigar el riesgo de colapso.

19. Que, en el oficio presentado recordó que el GATEF de la UIA se encontraba imposibilitado para acatar lo dispuesto por la Magistratura en tanto no tenía la función de realizar evaluaciones estructurales y carecía del personal técnico idóneo para realizarlo, sin emb argo, dio cumplimiento a la orden con apoyo de la gobernación del Huila que, a través del jefe de la Oficina para la Gestión del Riesgo, le suministró el personal capacitado para desarrollar la labor encomendada.

20. Que, el 30 de agosto de 2024 efectuaron la visita 12 a los 15 sitios de interés forense del CCN con la participación de la coordinadora Regional Sur de la UBPD, el coordinador Territorial de la UBPD y su equipo conformado por una antropóloga y un geógrafo y el ingeniero magister en estructuras que fue designado por la gobernación del Huila.

21. Conforme a la visita realizada l director de Seguridad y Convivencia Ciudadana, allegó informe en el que se enlistaron los riesgos estructurales advertidos en el Monumento 14 , señalando que presenta un deterioro avanzado en sus componentes estructurales por la permeabilidad del concreto y la oxidación de las barras de refuerzo. La configuración de la

advertidos en el Monumento 14 , señalando que presenta un deterioro avanzado en sus componentes estructurales por la permeabilidad del concreto y la oxidación de las barras de refuerzo. La configuración de la mampostería sin refuerzo 13, sumada al deterioro de las losas de concreto 14, representa un riesgo estructural significativo.

11 Anexos: 1. GUIA TRABAJO SEGURO EN EXCAVACIONES 2014, MINISTERIO DEL TRABAJO COMISIÓN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN 12 NORMAS BÁSICAS PARA TRABAJO EN EXCAVACIONES, ARL SURA, 3. EXCAVACIÓN MANUAL DE ZANJAS, ACHS: 4. Acta de reunión del 30 de agosto de 2024, entre otros. 13 Mampostería simple de ladrillo tolete común. 14 Refiere el reporte que el deterioro sugiere la pérdida de integridad del material y su capacidad de resistencia frente agentes ambientales. Dicha situación se agrava cuando se advierten “[…] güeros en12 S E C C I Ó N D E A U S E N C I A D E R E C O N O C I M I E N T O D E V E R D A D, D E R E S P O N S A B I L I D A D Y D E D E T E R M I N A C I Ó N D E L O S H E C H O S Y C O N D U C T A S E X P E D I E N T E: 9006358-50.2019.0.00.0001

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22. Que, el informe señala igualmente que en la intervención reciente de la

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22. Que, el informe señala igualmente que en la intervención reciente de la UBPD la cual incluyó la demolición y el retiro de tapas de las lápidas, ha agravado la vulnerabilidad del monumento al eliminar elementos que contribuían con la rigidez de sus muros. Estas tapas contribuían a la estabilidad y resistencia de los mismo, actuando como elementos de confinamiento en una dirección y, por ende, con su remoción se ha generado una disminución significativa en la capacidad del monumento par a soportar las cargas laterales y verticales. En otras palabras, este debilitamiento estructural es un factor clave que sugiere un deterioro progresivo a medida que se continúe con el retiro de estos elementos.

23. Como consecuencia de lo anterior, se recomend aron las siguientes

acciones:

(i) Realizar una intervención inmediata para estabilizar el monumento y prevenir un colapso progresivo y; (ii) Efectuar un estudio estructural exhaustivo que incluya una reparación del concreto deteriorado, la rehabilitación de las barras de refuerzo y la reinstalación de elementos para el confinamiento para recuperar la rigidez perdida.

24. Sumado a lo anterior indicó que, en relación con los monumentos a campo abierto que se encuentran colindantes con estructuras privadas evidenciaron la presencia de desplomes significativos en algunos de los elementos estructurales qu

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