JEP - Auto SARV AI 073 de 2022 17 noviembre de 2022
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SARV AI 073 de 2022 17 noviembre de 2022
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2022
SECCIÓN DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD,
DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS EXPEDIENTE: 2019340161400030E
RADICADO: 202003002157
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA PARA CASOS DE AUSENCIA DE
RECONOCIMIENTO DE VERDAD Y RESPONSABILIDAD
MCMAGDALENA MEDIO
AUTO SAR AI-073-2022
Marsella, Risaralda, 17 de noviembre de 2022
Radicado SAJ: 9006354-13.2019.0.00.0001
Expediente: 2019340161400030E
Radicado: 202003002157
Solicitante: MOVICE - Acumulado Colectivo Orlando Fals Borda.
Asunto: Prorroga medidas, adopta nuevas medidas cautelares, vincula entidades y adopta otras decisiones.
Mag. Sustanciadora: Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra
I. ASUNTO La Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (en adelante, SAR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante, JEP o Jurisdicción), actuando de conformidad con los artículos 1, 13, 15 de la Ley 1957 de 2019, 22, 23 y 25 de la Ley 1922 de 2018, procede a prorrogar las medidas cautelares adoptadas en los cementerios ubicados en los departamentos de Risaralda y Quindío, ordenará nuevas medidas cautelares
para la protección de los derechos de las víctimas, vinculará entidades territoriales y adoptará otras determinaciones.
II. ANTECEDENTES 2.1. Actuaciones surtidas
1. Mediante Auto AT-001 de septiembre 14 de 2018, la SAR avocó conocimiento de la solicitud de medidas cautelares promovidas por el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, (en adelante MOVICE), en la que se pretende el cuidado,
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AUTO SAR AI-032-2022 la protección y la preservación de dieciséis (16) lugares del territorio nacional ubicados en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cesar, Santander y Sucre, en donde podrían encontrarse cuerpos de posibles víctimas del delito de desaparición forzada.
2. A través de los autos AT009 de 10 de mayo de 2019 y AT-015 de junio 26 de 2019 se ordenó la apertura de cuadernos dentro del trámite de medidas cautelares solicitadas por el MOVICE, correspondiendo a la Sala Dual conformada por los magistrados Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra y Alejandro Ramelli Arteaga, el trámite de las medidas vinculadas con los municipios de Samaná, Victoria, Norcasia, La Dorada en Caldas y Puerto Berrío en Antioquia, el cual se adicionó mediante Auto AT-029 de 15 de agosto de 2019,
incluyendo los departamentos de Quindío y Risaralda.
3. La Corporación Colectivo Socio Jurídico Orlando Fals Borda, (en adelante Colectivo OFB) presentó el 12 de mayo de 2020 ante la SAR, una solicitud de custodia y cuidado de los cuerpos no identificados (CNI) y cuerpos identificados no reclamados (CINR) que se encuentran en los cementerios a nivel nacional, ante la situación generada en el país por la COVID-19 y las directrices relacionadas con el manejo de cuerpos con ocasión de la pandemia.
4. La SAR, mediante Auto AT070 de 9 de junio de 2020, acumuló esta petición para los municipios de Samaná, Victoria, Norcasia, La Dorada en Caldas y Puerto Berrío en Antioquia, así como para los departamentos de Risaralda y Quindío, y solicitó información a las autoridades territoriales y eclesiásticas.
5. Mediante Auto AI-005 de 27 de enero de 2021, la SAR adoptó medidas cautelares con la finalidad de proteger el estado actual de los CNI y CINR de víctimas del conflicto que se encuentran inhumados, en once cementerios ubicados en los municipios del departamento de Quindío, a saber: • Cementerio de El Carmelo en el municipio de Salento • Cementerio Nuestra señora del Carmen en el municipio de Quimbaya • Cementerio San José en el municipio de Pijao • Cementerio Campo de Paz en el municipio de Montenegro • Cementerio Nuestra Señora del Carmen en el municipio de la Tebaida • Cementerio San José de Génova en el municipio de Génova • Cementerio la Inmaculada Concepción en el municipio de
Filandia • Cementerio los Ángeles en el municipio de Circasia 2
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AUTO SAR-AI-032-22 • Cementerio Nuestra Señora del Carmen en el municipio de Calarcá • Cementerio de Nuestra Señora del Carmen en el municipio de Buenavista • Parque cementerio Jardines del municipio de Armenia
6. En la misma decisión se ordenó proteger el estado actual de los CNI y CINR que se encuentran inhumados, en l6 cementerios ubicados en los municipios del departamento de Risaralda: • Cementerio San José del municipio de Santuario
- Cementerio San Eugenio de Santa Rosa de Cabal • Cementerio San Andrés de Quinchía • Cementerios San José, San Antonio y Santa Cecilia de Pueblo Rico
- Cementerio San José de Apía
- Cementerio San Pedro de Balboa
- Cementerio Santa Rosa de Lima de Belén de Umbría
- Cementerio Santa Ana de Guática
- Cementerio San José de La Celia
- Cementerio Roberto Naranjo Duque de la Virginia
- Cementerio Jesús María Estrada de Marsella
- Cementerio San José de Mistrató
- Cementerios San Camilo y Valles del Recuerdo de Pereira.
7. La medida adoptada consistió en prohibir inhumaciones y exhumaciones administrativas de CNI y CINR en los cementerios antes indicados y hasta tanto la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) o la
Fiscalía General de la Nación (FGN), en el marco de sus competencias procedan a la exhumación, identificación y entrega digna a los familiares de las víctimas de desaparición forzada, así como impedir que con ocasión de la masividad de muertes que se han generado en el planeta y en el país como consecuencia de la pandemia derivada del COVID-19, se alteren los lugares donde se presume están inhumados CNI o donde se encuentran CINR, conforme lo ha solicitado el COFB.
8. La medida se adoptó inicialmente por el plazo de 8 meses a partir de la notificación y ejecutoria del Auto AI 005 de 2021, se prorrogó por igual término, según lo ordenado en Auto SARAI054 de 2021 a partir del 5 de octubre de 20211 y por seis meses de conformidad con lo dispuesto en Auto AI 032 de 9 de junio de 2022. 1 Mediante Acuerdo AOG 008 de 29 de marzo de 2022 se dispuso a suspender los términos judiciales y administrativos de todas las dependencias de la JEP durante los días 11,12 y 13 de abril, ordenando la
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9. Por medio de Auto SARAT043 de abril 15 de 20202 se ordenó al Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación
(UIA) realizar diagnóstico de cementerios ubicados en los departamentos de
Risaralda y Quindío con miras a identificar los lugares de posible ubicación de CNI y CINR, así como los riesgos que enfrentan en la actualidad.
10. Mediante Auto AT177 de 11 de agosto de 2022, se convocó dentro de este trámite a la audiencia pública de seguimiento, que concluye en la fecha, en Marsella Risaralda, cuyo objetivo central es verificar: […] el cumplimiento de las órdenes proferidas por la Sección para los municipios donde se encuentran ubicados los cementerios cautelados en este trámite, y se socializarán los informes presentados por el GATEF de la UIA que incluyen: i) la explicación de la metodología por ellos utilizada; ii) las labores desplegadas en cada uno de los cementerios; iii) los resultados que arrojan los diagnósticos de los cementerios donde podrían encontrarse un significativo número de CNI y CINR de víctimas del conflicto armado en la zona del eje cafetero objeto de este trámite; y iv) los riesgos actuales e inminentes que requieran ser conjurados.
11. La audiencia pública ha contado con la participación de las organizaciones de víctimas peticionarias3 y organizaciones territoriales de buscadores de personas dadas por desaparecidas de los departamentos en los cuales se encuentran los cementerios, los cuales cuentan con medida cautelar de protección de lugares, así como las autoridades que fueron convocadas.
12. A través de los Autos AT177 de 2022, AT198 y AT-199 de 2022 fueron convocadas diversas autoridades4, a las cuales se solicitó información adicional y por medio de Autos AT-192,193,194,195,196,197,198,199,200,201, 203 y 204 de
reanudación de los mismos a partir del día 18 de abril de 2022. En ese orden, la medida cautelar prorrogada tiene vigencia hasta el día 12 de junio de 2022. 2 El GATEF solicitó diversas prórrogas para el cumplimiento de lo ordenado, a través de Autos AI 005 de 27 de enero de 2021, AT 106 de 23 de junio de 2021 y AT 156 de 20 de agosto de 2021, AT 219 de octubre 29 de 2021, AT 018 de 7 de febrero de 2022 y AT 088 de 27 de abril de 2022. 3 Son peticionarios de este trámite el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), La Fundación para el desarrollo comunitario de Samaná (FUNDECOS); El Centro de estudios sobre el conflicto, Violencia y Convivencia Social (CEDAT) de la Universidad de Caldas, el Colectivo Orlando Fals Borda y son acompañados por El Equipo Colombiano interdisciplinario de trabajo forense y asistencia Psicosocial (EQUITAS), en calidad de asesor. 4 Las autoridades convocadas fueron: la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas (UBPD), el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Fiscalía General de la Nación – Grube, el Ministerio del InteriorDirección de derechos humanos, las Gobernaciones de Risaralda y Quindío, El Equipo GATEF de la UIA, el Procurador Delegado con funciones de Coordinación de Intervención para la JEP, los Defensores Regionales para los departamentos de Risaralda y Quindío, la Unidad para la atención y reparación integral a las Víctimas (UARIV).
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AUTO SAR-AI-032-22 2022, con miras a consolidar la información que fue publicitada en la presente audiencia territorial y que permite a la magistratura adoptar decisiones. 2.2. Información recaudada en este trámite: 2.2.1. Departamento del Quindío. a. Cementerios en el municipio de Salento
13. La Parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Salento5 informó sobre la existencia de once (11) CINR y siete (7) CNI cuerpos no identificados incluyendo la fecha y lugar preciso de inhumación en el cementerio El
Carmelo.
14. Por su parte, la Alcaldía de Salento6 informó sobre la existencia de veintidós (22) cuerpos de los cuales seis (6) tendrían un lugar de inhumación identificado y diez y seis (16) aparecen en libros, pero no se conoce su lugar de ubicación en el cementerio. Adicionalmente, informó sobre la existencia de una fosa común y un “cuarto de reposo” en el cual serían depositados los CINR después de determinado tiempo. Afirmó que no existe un sitio específico para los CNI que son llevados “por orden de la Fiscalía para otros cementerios”.
15. Posteriormente,7 la Alcaldía informó que en virtud de recomendaciones realizadas por el Ministerio del Interior con el cementerio El Carmelo se ha
celebrado un convenio para “procurar la conservación de las bóvedas donde se presume la existencia de CNI y CINR de víctimas del conflicto” y que se viene “rindiendo la información con relación a la orden de prohibir las inhumaciones y exhumaciones de CNI y CINR en el cementerio del Carmelo “a la Gobernación del Quindío.
16. La Secretaría de Gobierno de Salento precisó que en el municipio se cumplen de manera rigurosa las medidas vinculadas con CNI en cuanto a inhumaciones individuales, y que las exhumaciones solamente se realizan a través de orden judicial. Afirmó que cuentan con un lugar para la conservación de CNI y CINR, marcación de bóvedas, mapas, planos y que no se ha presentado pérdida, alteración o destrucción de bóvedas o exhumación sin orden judicial de CNI de posibles víctimas del conflicto. 5 Comunicación de 3 de febrero de 2021 suscrita por JOSE BALMORE CAÑOLA JIMÉNEZ, Pbro. Párroco de la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de Salento. 6 Comunicación remitida por DIEGO ALEXANDER RODRIGUEZ Abogado de defensa judicial del municipio de Salento, remitida el 26 de febrero de 2021. 7 Oficio de 12 de septiembre de 2022, suscrito por OLGA CRISTINA MAYORGA MAYORGA Secretaria de Gobierno de Salento.
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AUTO SAR AI-032-2022 17.El Ministerio del Interior en los informes de “Fortalecimiento de las capacidades institucionales para la restitución de derechos a la verdad, y medidas de satisfacción de víctimas de desaparición identificadas, en el marco de las obligaciones del Estado a nivel Nacional” para Salento, reportó la existencia de 11 CNI y 18 CINR en el cementerio El Carmelo y 49 CNI en el cementerio privado Inversiones y Planes de Paz, en el marco de un convenio suscrito con la alcaldía de Armenia.
18. La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) presentó el informe de Caracterización y Diagnóstico de Cementerios en el municipio de Salento8. El Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) luego de realizar las labores de policía judicial ordenadas, las inspecciones a lugares y aplicación del modelo para estimación del riego que ha estandarizado, informó a la Sección que en Salento existe dos cementerios que fueron objeto de evaluación, a saber el Cementerio Parque El Carmelo administrado por la Parroquia Nuestra Señora del Carmen y el cementerio privado Inversiones y Planes de Paz administrado por la Funeraria Inversiones y Planes de Paz.
19. En relación con el Cementerio El Carmelo, el GATEF realizó una base de datos de veintitrés (23) CNI inhumados en el lugar, a partir de los libros de la Parroquia, dejando observaciones sobre posible duplicidad de información en relación con un registro. Se obtuvo a través de la Inspección de Policía dos (2)
inspecciones a cadáver y diez (10) protocolos de necropsia indicativos de tener relación con los registros de la Parroquia, seis (6) licencias de inhumación de CNI y veintisiete (27) registros de defunción obtenidos en inspección a la Registraría del Estado civil.
20. Realizadas las labores de campo en el cementerio el Carmelo de Salento, el GATEF encontró diez (10) puntos de interés forense así:
NO ID. OBSERVACIONES GATEF 1 A-1 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ARMANDO GARCÍA H. DIOS TE AMA”
SEGÚN INFORMACIÓN LIBRE Y ESPONTÁNEA DEL SEÑOR
ÁLVARO ANTONIO GARZÓN RAMÍREZ REFIERE QUE ERA UN HOMBRE DE ESTATURA BAJA Y “MORENO 2 A-2 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “PNI ENERO 07-2015 FALLECIÓ ENERO 09-2015 SEPULTADO” 3 A-3 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MAY 24 – 98 4 A-4 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MAY 24 - 98” 5 A-5 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MAY 10 - 95” 8 Informe presentado por el Grupo de Apoyo Técnico Forense GATEF. 6
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6 A-6 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “P.N.I FALLECIDO MAYO 4 -2004
SEPULTADO MAYO 5 – 2004 7 A-7 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “P.N.I FALLECIDO MAYO 24 -2004
SEPULTADO MAYO 27 - 2004” 8 A-8 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “P.N.I FALLECIDO MAYO 24 -2004
SEPULTADO MAYO 27 - 2004”
9 A-9 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “P.N.I 2003”
10 A-10 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ILEGIBLE 2004”
21. El informe se acompañó de entrevista rendida por funcionaria del Despacho parroquial, quien indicó al GATEF que, encontró algunos cuerpos guadañando, que se cambiaron lápidas luego de una visita del Ministerio del Interior y que, si bien en los libros aparecen veintidós (22) cuerpos registrados no saben dónde están con precisión.
22. El GATEF en su informe, consignó un importante hallazgo en el Cementerio Inversiones y Planes para la Paz Templo y Parque Cementerio identificado con número de matrícula inmobiliaria 280-1759459, el cual es de naturaleza privada, pero alberga cuerpos no identificados. Según los libros del cementerio se documentaron 105 registros10 en los cuales se incluyó fecha de muerte, posible nombre, edad, causa de muerte, fecha de inhumación, fecha de exhumación y observaciones. Al realizar el inventario forense in situ El GATEF encontró los siguientes ciento quince (115) puntos de interés forense:
No BLOQUE UBICACIÓN OBSERVACIONES 1 SANTA 117 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN LUIS ANGEL MARTA RODIGUEZ 2 SANTA 125 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (F) 8047427-1
MARTA 20.02.10” 3 SANTA 193 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80558118-6
MARTA 28.05.10”
4 SAN 273 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ASTRID LORENA”
RAFAEL
5 SAN 274 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO”
RAFAEL
6 SAN 313 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
7 SAN 317 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
8 SAN 319 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
9 SAN 320 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ILEGIBLE TULIO
RAFAEL ILEGIBLE BOVEDA #320” 10 SAN 321 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “JONATHAN ORTIZ RAFAEL 15-02-2016 BÒVEDA · 321” 9 El cementerio Inversiones y Planes de Paz es de naturaleza privada y pertenece a la funeraria Inversiones y Planes de la Paz Ltda. 10 Diagnóstico del GATEF, páginas 40 a 44 Tabla 16. 7
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AUTO SAR AI-032-2022 11 SAN 322 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2015 #322”
RAFAEL 12 SAN 323 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 20
RAFAEL ILEGIBLE BOVEDA #323”
13 SAN 324 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CARLOS
RAFAEL CASTAÑO AÑO 2015 BOVEDA #324”
14 SAN 325 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN 23-01-2015
RAFAEL BOVEDA#325”
15 SAN 326 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
16 SAN 327 SIN INSCRIPCIÓN RAFAEL 17 SAN 328 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 70740816-4
RAFAEL 11.02.14”
18 SAN 329 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN(M) 81142680-1
RAFAEL 10.02.14”
19 SAN 330 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ILEGIBLE AÑO RAFAEL 20ILEGIBLE BOVEDA#330” 20 SAN 334 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80955674-3
RAFAEL +19.04.12” 21 SAN 335 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80960376-9
RAFAEL +9.02.12”
22 SAN 336 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “JOSÉ CASTAÑO
RAFAEL AÑO 2011 BOVEDA#336”
23 SAN 337 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ILEGIBLE A RAFAEL JIMENEZ ILEGIBLE 08-2011 BOVEDA #337” 24 SAN 338 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80955698-1
RAFAEL 19.08.11 25 SAN 339 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 809553-4
RAFAEL +20.05.1” SEGUNDA INSCRIPCIÓN ILEGIBLE
26 SAN 340 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “809 (ILEGIBLE)
RAFAEL 5677-1 (ILEGIBLE)” SEGUNDA INSCRIPCIÓN
ILEGIBLE
27 SAN 365 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
28 SAN 372 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
29 SAN 380 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
30 SAN 387 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CONRADO
RAFAEL GÓMEZ 25-03-2016 BOVEDA #387”
31 SAN 388 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MASCULINO
RAFAEL AÑO 2016 BOVEDA #388” 32 SAN 389 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “YESID JARAMILLO RAFAEL 28-02-2016 BOVEDA #389 33 SAN 390 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2015
RAFAEL BOVEDA #390” 34 SAN 391 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2015
RAFAEL BOVEDA #391” 35 SAN 392 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MASCULINO RAFAEL 27-05-2015 BOVEDA #392” 36 SAN 393 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN ILEGIBLE -02RAFAEL 2015 BOVEDA #398” 8
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37 SAN 394 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
38 SAN 395 SIN INSCRIPCIÓN RAFAEL 39 SAN 396 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 8096100-4
RAFAEL 11.02.14” 49 SAN 397 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 81142681-7
RAFAEL 10.02.14” 41 SAN 398 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2014
RAFAEL BOVEDA#398 42 SAN 399 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NNAÑO 2012 #399
RAFAEL BOVEDA” 43 SAN 400 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN HAROLD RAFAEL VARGAS 809606459 +31-12-12” 44 SAN 404 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 702 RAFAEL (ILEGIBLE)2363-6 19.08.11” 45 SAN 406 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ELMER ARCILA P RAFAEL AÑO 2011 BOVEDA#406” 46 SAN 407 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80955365-4
RAFAEL +20.05.11” “ALBERTO TEJADA 20.05.2011
BOVEDA#407”
47 SAN 408 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
48 SAN 437 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
49 SAN 439 SIN INSCRIPCIÓN RAFAEL 51 SAN 455 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2016
RAFAEL BOVEDA #455” 51 SAN 456 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2016
RAFAEL BOVEDA #456 52 SAN 457 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2015
RAFAEL BOVEDA #457” 53 SAN 458 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2015
RAFAEL BOVEDA # 458
54 SAN 459 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL 55 SAN 460 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MASCULINO RAFAEL 01-07-2015 BOVEDA #460”
56 SAN 462 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL 57 SAN 463 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “JUAN MARTÍN RAFAEL CASTRILLÓN SEPTIEMBRE 20 DE 1995 +ENERO
DE 2015 BÓVEDA NO. 463
58 SAN 464 SIN INSCRIPCIÓN RAFAEL 59 SAN 468 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN () 21.12.12
RAFAEL 809604942 60 SAN 469 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2011
RAFAEL BOVEDA#469” 61 SAN 470 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80956195-7
RAFAEL +19.04.12” 62 SAN 471 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN 80955667-5 +
RAFAEL 22.02.10”
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AUTO SAR AI-032-2022 63 SAN 472 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 702526381RAFAEL 1 20.09.11” 64 SAN 474 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80955827-0
RAFAEL 13.07.11” “JONNY PEREZ 13-07-2011 BOVEDA#474 65 SAN 475 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (F) 80955625-5
RAFAEL 20.05.11” “NN FEMENINO 20.05.2011
BOVEDA#475”
66 SAN 476 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: ILEGIBLE #NN
RAFAEL MASCULINO 20-05-2011 BOVEDA#476
67 SAN 496 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
68 SAN 498 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
69 SAN 502 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
70 SAN 512 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
71 SAN 523 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “WILLIAM
RAFAEL VALENCIA 13-04-2016 BOVEDA ·523”
72 SAN 526 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL 73 SAN 527 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MASCULINO RAFAEL 02-06-2015 BOVEDA #527 74 SAN 528 “ANDRÉS MAURICIO URIBE QUIROZ ENERO 07
RAFAEL DE 1987 +JUNIO 05 DE 2015 BOVEDA NO. 528”
75 SAN 529 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
76 SAN 530 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
77 SAN 531 SIN INSCRIPCIÓN
RAFAEL
78 SAN 532 SIN INSCRIPCIÓN RAFAEL 79 SAN 533 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2014
RAFAEL BOVEDA#533 80 SAN 535 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: NN AÑO 2012
RAFAEL BOVEDA#535” 81 SAN 536 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN AÑO 2012
RAFAEL BOVEDA#536" 82 SAN 537 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN () 80960398-6 + RAFAEL 18.02.12” 83 SAN 539 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M) 80955696-7
RAFAEL 19.04.12 84 SAN 541 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN (M FETO) RAFAEL 80558761-5 19.08.11
85 SAN 542 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “NN MASCULINO
RAFAEL PLACA MEDICINA LEGAL 9ILEGIBLE 9 CERTI
DEFUNCIÓN NO 809558893 BÓVEDA 542” ERNESTO FLOREZ L AÑO 2011 BOVEDA #542” 86 SAN 543 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “N” N MASCULINO RAFAEL CERT DEFUNCIÓN NN80955694-2 BÓVEDA 543” “NN MASCULIN AÑO 2011 BOVEDA #543”
87 JOSÉ Y 846 INSCRIPCIÓN ILEGIBLE
MARÍA 10
SECCIÓN DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD,
DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO AI-073-2022 EXPEDIENTE: 2019340161400030E
RADICADO: 202003002157
AUTO SAR-AI-032-22 88 JOSÉ Y 854 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO MARÍA ILEGIBLE” 89 JOSÉ Y 864 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
MARÍA BOVEDA 864”
90 JOSÉ Y 865 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “ILEGIBLE
MARÍA MASCULINO ILEGIBLE”
91 JOSÉ Y 880 SIN INSCRIPCIÓN
MARÍA
92 JOSÉ Y 904 SIN INSCRIPCIÓN
MARÍA
93 JOSÉ Y 983 SIN INSCRIPCIÓN MARÍA 94 JOSÉ Y 988 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
MARÍA FF: 27-02-2019 BOVEDA 988”
95 JOSÉ Y 1022 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI”
MARÍA
96 JOSÉ Y 1031 SIN INSCRIPCIÓN
MARÍA
97 JOSÉ Y 1034 SIN INSCRIPCIÓN
MARÍA
98 JOSÉ Y 1048 INSCRPICÓN ILEGIBLE MARÍA 99 JOSÉ Y 1067 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI FEMENINO FF: MARÍA 25-1120ILEGIBLE BOVEDA #1067”
100 SAN 1133 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
PEDRO 72519191-9 BÓVEDA 1133”
101 SAN 1139 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
PEDRO JUAN JOSÉ ILEGIBLE FF: 10-10-2021 BOVEDA 1139” 102 SAN 1200 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI LEON PABLO
PEDRO ILEGIBLE FF 11-12-2021 BÓVEDA #1200#
103 SAN 1203 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MIGUEL
PEDRO ILEGIBLE F: 17-112021 BOVEDA #1203”
104 SAN 1204 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
PEDRO FECHA INHUMAR 19-10 ILEGIBLE BOVEDA 1204
105 SAN 1265 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
PEDRO LEONEL VELASQUEZ FF 13-12-2021 BOVEDA
#1265” 106 SAN 1269 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO PEDRO 72519031-5 BOVEDA 1269”
107 SAN 1271 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI 725189
PEDRO ILEGIBLE BOVEDA#1271 108 SAN 1276 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO PEDRO FF: 25-05-2021 72518324-2 BÓVEDA #1276” 109 SAN 1327 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI FETO 72519
PEDRO ILEGIBLE BÓVEDA #1327
110 SAN 1331 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO
PEDRO 8-12-2021 BOVEDA#1331” 111 SAN 1334 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI FETO FF 29-10PEDRO 2021 BOVEDA#1334” 112 SAN 1337 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI FEMENINO FF: PEDRO 05-08-2021 BÓVEDA #1337” 113 OSARIO 880 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI MASCULINO 29-04-2021 (ILEGIBLE) 880” 11
SECCIÓN DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD,
DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS EXPEDIENTE: 2019340161400030E
RADICADO: 202003002157
AUTO SAR AI-032-2022 114 OSARIO 882 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI CERITIFICADO DEFUN 718939 (ILEGIBLE) – 6
OSARIO 882 115 OSARIO 938 EN LA INSCRIPCIÓN SE LEE: “CNI CERTIFICADO 722593169 OSARIO # 938”
23. El GATEF realizó el análisis de riesgo para los cementerios antes referidos en el municipio de Salento concluyendo que el Cementerio El Carmelo representa un nivel 3 de riesgo que corresponde a la categoría muy alto y en relación con el Cementerio Inversiones y planes de la Paz afirmó que “ si bien no fue posible determinar el valor del nivel de riesgo, se indican algunas medidas para disminuir el riesgo de pérdida de información en relación con los cadáveres no identificados o cadáveres identificados no reclamados ubicados al interior del
cementerio “11 a saber: i) Implementar un sistema de marcación permanente para las inhumaciones existentes de CNI de conformidad con los lineamientos de la Resolución 5194 de 2010 del Ministerio de Salud.12 ii) Consolidar el universo de CNI y CINR en el cementerio. iii) Realizar mapas o planos de ubicación de tales cuerpos. iv) Organizar la información sistematizada y confiable y no en manuscritos como fue encontrada por el GATEF, incluso con enmendaduras, tachones y casos de doble inscripción. v) La necesidad de remover de manera adecuada un panal de abejas que impidió al equipo forense verificar lo almacenado en la bóveda 544 a cargo del INMLCF. vi) Aclarar y sistematizar el origen de los CNI que se encuentran en dicho cementerio. EL GATEF realizó un ejercicio de correlación de fuentes documentales entre los hallazgos reportados para este municipio el informe del Ministerio del Interior ““Fortalecimiento de las capacidades institucionales para la restitución de derechos a la verdad, y medidas de satisfacción de víctimas de desaparición identificadas, en el marco de las obligaciones del Estado a nivel nacional”, encontrando posibles similitudes en la información vinculada con cincuenta y un (51) lugares señalados en el apartado 21 de esta decisión, con inhumaciones realizadas en el marco del convenio Funeraria del 11 Ibidem, pág. 131 12 La Resolución 5194 de 2010, en su artículo 15 numeral 7 dispuso: “las bóvedas asignadas a cadáveres no identificados (NN) e identificados no reclamados, deben estar marcadas de forma adecuada, incluyendo como mínimo datos de individualización como los dígitos del protocolo de necropsia
(asignado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses), los dígitos de la noticia criminal o acta de inspección a cadáver (en caso de necropsias realizadas por médicos rurales) y fecha de necropsia; esta marcación debe ser de carácter indeleble y permanente para facilitar su posterior ubicación” 12
SECCIÓN DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD,
DE RESPONSABILIDAD Y DE DETERMINACIÓN
DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS
AUTO AI-073-2022 EXPEDIENTE: 2019340161400030E
RADICADO: 202003002157
AUTO SAR-AI-032-22
Pueblo que se habrían realizado desde 2011 por parte de la Alcaldía de Armenia. 13 b. Cementerio Nuestra señora del Carmen en el municipio de Quimbaya
24. La Parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Quimbaya Quindío informó que se cuenta con un pabellón llamado San Antonio de Padua en el cual se han inhumado los CNI y CINR. Indicó que luego de la visita del Ministerio del Interior se empezó a llevar el registro de tales inhumaciones. Se allegó un cuadro Excel donde aparecen 25 registros correspondientes a 4 CNI y 21 CINR.
c. Cementerio San José en el municipio de Pijao
25. La Alcaldía Municipal de Pijao14 informó sobre la existencia de 2 CNI que se encontrarían en las bóvedas 09 y 48 del bloque A en el cementerio administrado por el municipio, denominado Jardines de San José. Así mismo, indicó que en el pasado reposaba un gran número de cuerpos, pero que gracias
a la labor de la UBPD y la Fiscalía se habrían logrado identificar y entregar a las familias. Por su parte la parroquia de San José indicó que en cementerio no existe CNI15. La UBPD no ha realizado acciones en dicho municipio.
26. Posteriormente16, la secretaria de Gobierno de Pijao indicó que no existe CNI en el municipio de Pijao en general y en específico en el cementerio San
José.
27. El GATEF informó sobre el hallazgo de 7 puntos de interés forense el
cementerio San José así:
PUNTO DESCRIPCIÓN FORENSE 1 FOSA EN TIERRA UBICADO A 3,40 M DE LA MORGUE EN LA QUE PODRÍAN ESTAR AL MENOS DOS CNI, SOBRE LOS
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