JEP - Auto SRT AT CH 197 20 mayo 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT AT CH 197 20 mayo 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
1
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 3 5 02 9 . 2 0 2 5 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
SUBSECCIÓN QUINTA
Bogotá D.C., Veinte (20) de mayo de 2025
AUTO SRT-AT-CH-197
Expediente 1500350-29.2025.0.00.0001 Proceso Acción de tutela Asunto Auto que rechaza impugnación Accionante John Alirio Rodríguez Parra
Mediante sentencia SRT -ST-097 del 24 de abril de 20251, la Subsección Quinta de la Sección de Revisión resolvió, en primera instancia, la acción de tutela promovida por el señor John Alirio Rodríguez Parra en contra de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR).
La anterior decisión fue notificada a las partes el 25 de abril de 2025 2, sin que se presentara el recurso de impugnación dentro del término previsto en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991. Por tal motivo, el 12 de mayo siguiente la referida sentencia quedó ejecutoriada3 y, en esa misma fecha, el expediente fue remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión4. Finalmente, el 19 de mayo de 2025, el accionante presentó impugnación en contra de
y, en esa misma fecha, el expediente fue remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión4. Finalmente, el 19 de mayo de 2025, el accionante presentó impugnación en contra de la sentencia SRT-ST-097 de 20255.
Comoquiera que no fue presentado dentro del término establecido en el artículo 31 del Decreto 2591 y el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, aunado a que no se advierten circunstancias excepcionales que justifi quen su interposición tardía, SE RECHAZA por extemporáneo el recurso de impugnación formulado por el señor John Alirio Rodríguez Parra en contra de la sentencia SRT-ST-097 de 2025.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada
1 Expediente digital Legali. Folios 539 y ss. 2 Expediente digital Legali. Folio 585. 3 Expediente digital Legali. Folio 612. 4 Expediente digital Legali. Folio 613 y ss. 5 Expediente digital Legali. Folio 617 y ss. Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)