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JEP - Auto SRT AT CH 270 18 julio 2025

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRT AT CH 270 18 julio 2025
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2025

1

S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 7 2 27 5 . 2 0 2 5 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE REVISIÓN

SUBSECCIÓN QUINTA

Bogotá D.C., Dieciocho (18) de julio de 2025

AUTO SRT-AT-CH-270

Expediente 1500722-75.2025.0.00.0001 Proceso Acción de tutela Asunto Auto que vincula al trámite Accionante Cristian Eliseo Ninco Vargas

1. Mediante auto SRT -AT-CH-262 del 9 de julio de 2025 1, se avocó conocimiento de la acción de tutela promovida por e l señor Cristian Eliseo Ninco Vargas , en nombre propio , en contra de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP ). En esa providencia, se vinculó al trámite al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) de la Secretaría Ejecutiva de la JEP (SEJEP), al tiempo que se ordenó a la accionada y a la vinculada que respondieran la demanda.

2. Una vez analizadas las respuestas recibidas, se dispondrá la vinculación de la abogada Juliana Botero Trujillo y del profesional del derecho David Alejandro Delgado Pillimue, ambos

que respondieran la demanda.

2. Una vez analizadas las respuestas recibidas, se dispondrá la vinculación de la abogada Juliana Botero Trujillo y del profesional del derecho David Alejandro Delgado Pillimue, ambos adscritos al SAAD de la SEJEP. Asimismo, se les ordenará que, en el término de 6 horas corrientes contadas a partir de la notificación de esta providencia, ejerzan su derecho a la defensa y se pronuncien frente a los hechos y pretensiones de la demanda, allegando los soportes que correspondan.

3. Finalmente, se dispondrá la notificación de esta decisión por intermedio de los correos institucionales asignados por el SAAD a los vinculados y a través de las direcciones de correo electrónico juliana091@hotmail.com y david-alejo88@hotmail.com.

4. En consecuencia, el despacho sustanciador de la Subsección Quinta de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,

RESUELVE

PRIMERO. VINCULAR al trámite a la abogada Juliana Botero Trujillo y al profesional del derecho David Alejandro Delgado Pillimue, ambos adscritos al Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa de la Secretaría Ejecutiva de la JEP.

1 Folio 10 y ss. del expediente digital Legali.2

S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 7 2 27 5 . 2 0 2 5 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

E X P E D I E N T E: 1 5 0 0 7 2 27 5 . 2 0 2 5 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1

SEGUNDO. ORDENAR a los vinculados que, en el término de 6 horas corrientes contadas a partir de la notificación de esta providencia, ejerzan su derecho a la defensa y se pronuncien frente a los hechos y pretensiones de la demanda, allegando los soportes que correspondan.

TERCERO. NOTIFICAR esta decisión por intermedio de los correos institucionales asignados por el SAAD a los vinculados y a través de las direcciones de correo electrónico juliana091@hotmail.com y david-alejo88@hotmail.com.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

[Providencia firmada electrónicamente]

CATERINA HEYCK PUYANA

Magistrada

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