JEP - Auto SRT-SB-AMG-200 04-abril de 2024
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT-SB-AMG-200 04-abril de 2024
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2024
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0 0 0 1 0 7 7 - 3 3 .2 0 2 3. 0. 0 0. 0 0 0 1
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
Auto SRT-SB-AMG-200
Bogotá D.C., 04 de abril de 2024
Expediente: 0001077-33.2023.0.00.0001
Trámite: Supervisión y Revisión de Beneficios
Provisionales
Asunto: Reitera Orden y Emite Otras Determinaciones
Compareciente: Luis Alberto Hernández Hernández
I. ASUNTO POR RESOLVER
1. Procede la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz (en adelante SR) a reiterar órdenes y emitir otras determinaciones previo al avocamiento del trámite de supervisión y revisión de beneficios provisionales (en adelante SB) relacionado con el señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ,
identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.321.890.
II. ANTECEDENTES RELEVANTES Y CONSIDERACIONES
2. La Secretaría Judicial de la SR (en adelante SEJUD SR) repartió el asunto a este Despacho el 14 de septiembre de 2023 mediante informe secretarial No. 004634 de la misma fecha1.
3. Mediante Auto SRT-SB-AMG-652 de 29 de noviembre de 20232, tras estudiar los documentos relacionados con el asunto de SB, y no encontrar los 1 Jurisdicción Especial para la Paz. Sistema de Gestión Judicial de la JEP - Legali. Expediente No. 000107733.2023.0.00.0001 (En adelante Expediente Legali). Fl. 1
2 Expediente Legali. Fls. 23-29. P á gi na 1 | 4 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
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OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .DFC724 ogidóc le y 1000.00.0.3202.33-7701000 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 0 0 0 1 0 7 7 - 3 3 .2 0 2 3 .0. 0 0. 0 0 0 1 elementos necesarios para avocar conocimiento, se resolvió entre otras decisiones, la siguiente: PRIMERO: REQUERIR al Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de esta providencia, remita copia del auto interlocutorio mediante el cual concedió el beneficio de la libertad condicionada al señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.321.890.
4. Mediante informe secretarial No ISJ.TSR.0006303.2023 de 19 de diciembre de 20233, dio a conocer a este Despacho la falta de respuesta a lo requerido por parte del Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja,
Boyacá (en adelante Juzgado 6 EPMS de Tunja).
5. El 22 de marzo de 2024, una funcionaria del Despacho haciendo labores de búsqueda en los diferentes sistemas pertenecientes a la JEP, a fin de conseguir la providencia mediante la cual se concedió la libertad condicionada del compareciente, dio cuenta de que en el Sistema de Gestión Judicial Legali, reposa el expediente Legali 9001013-69.2020.0.00.0001 de competencia de la Sala de Amnistía o Indulto, en estado de archivado, pero con la previsión de que si se tiene conocimiento de un posible beneficio por conceder, se pueda activar este4; al estudiar el mismo, se encontró datos de la apoderada judicial quien tiene reconocimiento de personería jurídica para actuar ante la JEP en defensa de los intereses del señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
6. En virtud de ello, y siendo que en los sistemas de la JEP no obra copia de providencia, acto administrativo u otra clase de documento en el que conste la concesión de algún beneficio provisional al compareciente, lo que resulta necesario para avocar el presente asunto de SB, se procederá por una parte a, reiterar la orden de requerimiento elevada ante el Juzgado 6 EPMS de Tunja, en esta ocasión para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de esta providencia, remita copia del auto interlocutorio mediante el cual concedió el beneficio de la libertad condicionada al señor LUIS ALBERTO
3 Expediente Legali. Fl. 42. 4 Expediente Legali. Fls. 15-20 P á gi na 2 | 4
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OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .DFC724 ogidóc le y 1000.00.0.3202.33-7701000 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 0 0 0 1 0 7 7 - 3 3 .2 0 2 3 .0. 0 0. 0 0 0 1 HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.321.890.
7. Por otra parte, a través de los servidores de este Despacho, se dispondrá establecer comunicación con la abogada Yudy Alejandra González Bedoya, a fin de que, informe sobre los datos de ubicación y contacto del señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, y para que se sirva remitir la copia de la providencia mediante la cual se concedió la libertad condicionada al compareciente, en caso de contar con esta.
8. De otra parte, se requerirá a la abogada Yudy Alejandra González Bedoya, para que, dentro de los cinco (5) siguientes a la comunicación de esta providencia, informe si es la apoderada actual del compareciente y de ser afirmativa la respuesta, se sirva remitir el poder que la faculta para actuar ante la JEP en representación del señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
9. Finalmente, se remitirá copia de esta providencia a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, en cumplimiento de lo dispuesto por los Acuerdos
AOG No. 9 y 15 de 2022. Se advertirá que contra esta providencia no procede recurso alguno.
10. En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
III. RESUELVE PRIMERO: REITERAR el requerimiento realizado al Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja mediante el Auto SRTSB-AMG-652 de 29 de noviembre de 2023, en esta ocasión para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación de esta providencia, remita copia del auto interlocutorio mediante el cual concedió el beneficio de la libertad condicionada al señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ,
identificado con cédula de ciudadanía No. 6.321.890.
SEGUNDO: A través de los servidores de este Despacho, se dispondrá establecer comunicación con la abogada Yudy Alejandra González Bedoya, a fin de que, informe sobre los datos de ubicación y contacto del señor LUIS ALBERTO P á gi na 3 | 4 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
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se otnemucod etsE .DFC724 ogidóc le y 1000.00.0.3202.33-7701000 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 0 0 0 1 0 7 7 - 3 3 .2 0 2 3 .0. 0 0. 0 0 0 1 HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, y para que se sirva remitir la copia de la providencia mediante la cual se concedió la libertad condicionada al compareciente, en caso de contar con esta.
TERCERO: REQUERIR a la abogada Yudy Alejandra González Bedoya, para que informe si es la apoderada actual del compareciente y de ser afirmativa la respuesta, se sirva remitir el poder que la faculta para actuar ante la JEP en representación del señor LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
CUARTO: REMITIR copia de esta providencia a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, en cumplimiento de lo dispuesto por los Acuerdos AOG No. 9 y 15 de 2022.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al señor LUIS ALBERTO
HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y al Ministerio Público.
SEXTO: ADVERTIR que contra la presente decisión no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Providencia firmada electrónicamente ADOLFO MURILLO GRANADOS MAGISTRADO P á gi na 4 | 4 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp
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