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JEP - Auto SRT SB AMG 533-22 julio 2024

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRT SB AMG 533-22 julio 2024
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2024

SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 1501142-85.2022.0.00.0001

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

TRIBUNAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE REVISIÓN

Auto SRT-SB-AMG-533

Bogotá D.C., 22 de julio de 2024

Expediente: 1501142-85.2022.0.00.0001

Trámite: Supervisión y Revisión de Beneficios

Provisionales

Compareciente: Nelson Saavedra Yanguma

Asunto: Reitera requerimientos

I. ASUNTO POR RESOLVER

1. Procede el Despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz (en adelante SR) a pronunciarse en el marco del trámite de supervisión y revisión de beneficios provisionales (en adelante SB) del señor NELSON SAAVEDRA

YANGUMA.

II. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

2. Por medio del Auto SRT-SB-ZCH-1431 de 4 de noviembre de 2022, un Despacho que se encontraba en movilidad ante esta Sección, entre otras determinaciones, dispuso avocar el conocimiento del trámite de SB del señor SAAVEDRA YANGUMA. 1 Jurisdicción Especial para la Paz. Sistema de Gestión Judicial de la JEP – Legali. Expediente No. 150114285.2022.0.00.0001 (en adelante Expediente Legali). Fls. 16-24.

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OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .675FA4 ogidóc le y 1000.00.0.2202.58-2411051 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 1501142-85.2022.0.00.0001

3. Mediante Auto SRT-SB-AMG-273 del 13 de julio de 20232, en atención a la culminación de la movilidad antes referida, este Despacho asumió el conocimiento del presente asunto, así también, reconoció a la abogada Diany Karina Cortés Marín, para ejercer la representación judicial del compareciente dentro del presente trámite.

4. El 26 de diciembre de 2023 con providencia SRT-SB-AMG-7293, se ordenó verificar datos del compareciente, asimismo, se realizó requerimiento a la apoderada en relación con la información sobre la ubicación y contacto del señor SAAAVEDRA YANGUMA y el estado actual de su comparecencia.

5. A través de Constancia Secretarial No. CSJ.TSR.0001833.2023 de 29 de diciembre de 20244, la Secretaría Judicial de la SR (en adelante SEJUD SR), informó al Despacho sobre las múltiples gestiones encaminadas a notificar al señor SAAVEDRA YANGUMA, sin obtener resultado.

6. La apoderada del compareciente allegó memorial el 10 de enero de 20245, informando al Despacho, sobre las dificultades para establecer comunicación con

el señor SAAVEDRA YANGUMA, dado su desempeño en el campo, sin proporcionar datos de contacto y ubicación de su prohijado.

7. El Ministerio Público el 2 de febrero de 20246, allegó escrito mediante el cual solicitó a este Despacho, se dispusiera emitir comisión a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP (en adelante UIA) con el fin de localizar al compareciente.

8. Con “Constancia de Gestión Telefónica” de 16 de mayo de 20247, una funcionaria de esta Sección dio cuenta acerca de las gestiones encaminadas a establecer comunicación con el señor SAAVEDRA YANGUMA, la que resultó infructuosa.

2 Expediente Legali. Fls. 144-148. 3 Expediente Legali. Fls. 176-183. 4 Expediente Legali. Fls. 188-189. 5 Expediente Legali. Fls. 191-193. 6 Expediente Legali. Fls. 195.197. 7 Expediente Legali. Fl. 199. P á gi na 2 | 5 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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EXPEDIENTE: 1501142-85.2022.0.00.0001

9. Mediante Auto SRT-SB-AMG-329 de 21 de mayo de 20248, como respuesta a lo requerido por el Ministerio Público, y en atención a las dificultades para ubicar al señor SAAVEDRA YANGUMA, se dispuso comisionar a la UIA, con el objeto de ubicar al compareciente, y se requirió a la apoderada respecto de los datos de contacto y ubicación, además, para que informara sobre el estado de la comparecencia del señor SAAVEDRA YANGUMA, sin que hasta la fecha obre respuesta a lo requerido por la togada.

10. El 20 de junio de 2024 la UIA9 allegó al trámite, informe final respecto de las labores encaminadas a establecer contacto y ubicación del señor SAAVEDRA YANGUMA, anexó (i) entrevista realizada al compareciente por la Fiscalía de la Territorial de Neiva, de la UIA en la JEP10; (ii) Oficio-UIA-GTVINFORMENo.DAS5.0000079.202411, en el que proporciona número telefónico del señor SAAVEDRA YANGUMA, sin embargo se precisa que la forma de contactar al compareciente es a través de su apoderada.; (iii) Informe Investigador de Campo-FPJ-11, en relación a las gestiones desarrolladas por la UIA en procura de cumplir lo ordenado por este Despacho.

11. Por lo descrito, se reiterará requerimiento realizado a la abogada Diany Karina Cortes Marín y al compareciente, conforme al ordinal segundo del Auto SRT-SB-AMG-329 de 21 de mayo de 2024.

12. Se advertirá nuevamente al señor SAAVEDRA YANGUMA de la relevancia de actualizar su comparecencia de manera constante, de acudir a los llamados de los componentes del SIVJRNR -JEP y Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidasfrente a situaciones que sean de su competencia, de adoptar una actitud proactiva tanto en los escenarios judiciales como extrajudiciales de este Sistema y de cumplir con los diferentes compromisos correlativos a los tratamientos especiales que le han sido concedidos, como requisito para acceder a beneficios de carácter definitivo y para mantener los tratamientos especiales de los que ya disfruta. En especial, se advierte sobre la obligación reforzada de atender a los trámites ante la JEP y a

8 Expediente Legali. Fls. 200-205. 9 Expediente Legali. Fl. 217. 10 Expediente Legali. Fls. 219-288.3 11 Expediente Legali. Fls. 289-290. P á gi na 3 | 5 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .675FA4 ogidóc le y 1000.00.0.2202.58-2411051 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 1501142-85.2022.0.00.0001 mantener actualizados sus datos de contacto en la Jurisdicción de conformidad

con lo establecido en la SENIT 3 de 2022.

13. Se remitirá copia de esta providencia a la Relatoría y a la SEJEP, en

cumplimiento de lo dispuesto por los Acuerdos AOG No. 9 y 15 de 2022.

14. Esta decisión será notificada al compareciente, a su abogada y al Ministerio Público. De la misma manera, se advertirá que en contra del presente auto procede el recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1922 de 2018.

15. Con fundamento en las anteriores consideraciones, la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,

IV. RESUELVE PRIMERO: REITERAR el requerimiento hecho a la abogada Diany Karina Cortes Marín y al compareciente, el pasado 21 de mayo de 2024 para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, informen sobre el estado de la comparecencia del señor NELSON SAAVEDRA YANGUMA, así como los datos de contacto y ubicación actualizados. Lo anterior implica que se señale con claridad qué beneficios definitivos han sido otorgados, que trámites se han adelantado de manera rogada u oficiosa en aras de definir su situación jurídica y el estado de los mismos, y ante cuáles órganos de la JEP ha comparecido frente a cada delito, proceso y condena que tiene el compareciente SEGUNDO: ADVERTIR nuevamente al señor NELSON SAAVEDRA YANGUMA de la relevancia de actualizar su comparecencia de manera constante, de acudir a los llamados de los componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, de adoptar una actitud proactiva

tanto en los escenarios judiciales como extrajudiciales de este Sistema y de cumplir con los diferentes compromisos correlativos a los tratamientos especiales que le han sido concedidos, como requisito para acceder a beneficios de carácter definitivo y para mantener los tratamientos especiales de los que ya disfruta. En especial, se advierte sobre la obligación reforzada de atender a los P á gi na 4 | 5 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .675FA4 ogidóc le y 1000.00.0.2202.58-2411051 osecorp le emrofni EXPEDIENTE: 1501142-85.2022.0.00.0001 trámites ante la JEP y a mantener actualizados sus datos de contacto en la Jurisdicción de conformidad con lo establecido en la SENIT 3 de 2022.

TERCERO: Por conducto de la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión REMITIR a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP la presente providencia en virtud de lo establecido en los Acuerdos AOG 9 y 15 de 2022

CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión al compareciente, a su apoderado judicial y al Ministerio Público.

QUINTO: Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, de conformidad con lo indicado en el artículo 12 de la Ley 1922 de 2018.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Providencia firmada electrónicamente ADOLFO MURILLO GRANADOS MAGISTRADO P á gi na 5 | 5 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP

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