JEP - Auto SRT SB AMG 659-09 septiembre 2024
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB AMG 659-09 septiembre 2024
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2024
SECCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIAS EXPEDIENTE: 0000630-16.2021.0.00.0001
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
Auto SRT-SB-AMG-659
Bogotá D.C., 09 de septiembre de 2024
Expediente: 0000630-16.2021.0.00.0001
Trámite: Supervisión y Revisión de Beneficios
Provisionales Compareciente: Edgar Ramírez Medina Asunto: Reitera requerimientos y requiere
I. ASUNTO POR RESOLVER
1. Procede la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz (en adelante SR) a pronunciarse en el marco del trámite de supervisión y revisión de beneficios provisionales del señor EDGAR RAMÍREZ MEDINA, identificado con cédula de
ciudadanía No. 4.968.331.
II. ANTECEDENTES
2. A través de Auto de Sustanciación No. 209 de 21 de octubre de 20211, entre otras cosas, se dispuso sobre el avocamiento del trámite de supervisión y revisión de beneficios provisionales (en adelante SB) del señor RAMÍREZ MEDINA.
3. Con “Constancia de Gestión telefónica” el 23 de diciembre de 20212 un funcionario adscrito a esta Sección dio cuenta sobre comunicación establecida 1 Jurisdicción Especial para la Paz. Sistema de Gestión Judicial de la JEP – LEGALI. Expediente No. 0000630-16.2021.0.00.0001 (en adelante Expediente LEGALI). Fls. 2-19.
2 Expediente LEGALI. Fls. 58-60.
P á gi na 1 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000 osecorp le emrofni EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001 con el compareciente con el fin de confirmar datos de contacto y ubicación, así como información sobre su situación jurídica ante la JEP.
4. El 10 de enero de 2023 mediante Auto de Sustanciación No. 0253 se dispuso, entre otras cosas, reconocer al abogado Boris Andrés Conde Bonilla para ejercer la representación judicial del señor RAMÍREZ MEDINA y se requirió información a la Justicia Ordinaria sobre las víctimas del Proceso Penal seguido contra el compareciente.
5. El 3 de febrero de 20234 a través de correo electrónico, el abogado del compareciente informó al Despacho datos de contacto y ubicación del señor
RAMÍREZ MEDINA.
6. Mediante Constancia Secretarial No. 129 de 6 de marzo de 20235,, la Secretaría Judicial de la SR (en adelante SEJUD SR), elevó constancia acerca de que, en virtud del Auto de 10 de enero de 2023, identificó los nombres de dos víctimas relacionadas al compareciente, advirtiendo que no encontró datos de
ubicación y contacto de las mismas.
7. Con “Constancia de Consulta y Descarga de Información” del 5 de octubre de 20236, fueron allegados por un funcionario de este Despacho al expediente los siguientes documentos, relacionados con el señor RAMÍREZ MEDINA: i) Consulta de antecedentes de la Policía Nacional7; ii) Consulta de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación8; y iii) Registro de la Población Privada de la Libertad a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario9.
8. A través de providencia SRT-SB-AMG-46210 de 10 de octubre de 2023, se dispuso entre otras determinaciones, sobre la emisión de contraseñas, la verificación datos del señor RAMÍREZ MEDINA y el requerimiento información al apoderado.
3 Expediente LEGALI. Fls. 122-126. 4 Expediente LEGALI. Fls. 148-149. 5 Expediente LEGALI. Fl. 948. 6 Expediente LEGALI. Fls. 950 y 951. 7 Expediente LEGALI. Fl. 952. 8 Expediente LEGALI. Fls. 953-954. 9 Expediente LEGALI. Fls. 955. 10 Expediente Legali. Fls. 956-963. P á gi na 2 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4
ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000 osecorp le emrofni
EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001
9. Mediante memorial de 14 de noviembre de 202311 el apoderado del señor EDGAR RAMÍREZ MEDINA remitió información de contacto y ubicación, además puntualizó sobre varios asuntos respecto del estado de su comparecencia.
10. Con “Constancia de Gestión Telefónica” de 28 de noviembre de 202312, se allegó al expediente la información de ubicación y contacto del compareciente, verificada mediante gestión telefónica efectuada por funcionario adscrito al
Despacho.
11. Por medio “Constancia de Consulta y Descarga de Información”13 de 18 de junio de 2024, fueron allegados por una funcionaria de la SR, al expediente los siguientes documentos: (i) Auto No. 01 de 2023 de 4 de julio de 2023, visible con certificado de importación14; (ii) Auto No. JLR01 774 de mayo de 202415; (iii) JLR01 No. 790 de 2024 de 7 de junio de 202416.
12. Con la información traída al expediente referida previamente, se pudo constatar que mediante Auto No. 01 de 2023 de 4 de julio de 2023, la SRVR emitió decisión con asunto “Determinación los hechos y las conductas atribuibles a los antiguos miembros del Comando Conjunto Central de las FARC-EP por toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes no amnistiables
cometidos de manera concurrente”, en el que imputa, además de otras personas, al señor Edgar Ramírez Medina; (ii) por medio de Auto No. JLR01 774 del 6 de mayo de 2024 la SRVR solicitó la ampliación de las versiones voluntarias colectivas presentadas por parte de los comparecientes exmiembros del Bloque Oriental de las FARC-EP comparecientes en el macrocaso No. 01; (iii) a través de Auto JLR01 No. 790 de 2024 de 7 de junio de 2024, la SRVR solicitó a los comparecientes individualizados en el Auto No. 1 de 2023 un proyecto de sanción y remite copias de los escritos de observaciones sobre todos los aspectos concernientes a la resolución de conclusiones hasta ahora presentados por las víctimas acreditadas y el Ministerio Público, en esta providencia la SRVR solicitó 11 Expediente Legali. Fls. 987-989. 12 Expediente Legali. Fls. 992-993. 13 Expediente Legali. Fls. 1006-1007. 14 Expediente Legali. Fl. 995. 15 Expediente Legali. Fls. 996-998. 16 Expediente Legali. Fls. 999-1005. P á gi na 3 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000
osecorp le emrofni EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001 a los comparecientes del Macrocaso 01 "que a más tardar el 31 de agosto de este año alleguen sus proyectos de sanción propia o restauradora” (si van a ejercer su derecho).
13. A través de providencia SRT-SB-AMG-433 de 21 de junio de 202417, se dispuso el requerir tanto al apoderado como al compareciente, respecto del estado de su comparecencia, y actualización de datos de ubicación y contacto, sin que hasta la fecha obre respuesta en el expediente.
14. Mediante “Constancia de Consulta y Descarga de Información” de 31 de julio de 202418 fueron allegados al expediente los siguientes documentos: (i) reporte de consulta en el Registro de la Población Privada de la Libertad – INPEC19; (ii) reporte de consulta en línea de antecedentes penales del registro de la Policía Nacional20; (iii) Certificado de Antecedentes de la Procuraduría General de la
Nación21.
15. El 19 de abril de 2024, la Oficina Asesora de Monitoreo Integral de la Secretaría Ejecutiva de la JEP (en adelante Jefe de la OAMI-SEJEP) puso en conocimiento a la SR de diferentes noticias criminales relacionadas con varios sujetos de competencia de este componente del Tribunal para la Paz, obtenido a partir de cruce de información con Inventario de investigaciones en contra de comparecientes por delitos cometidos con posterioridad a la firma del Acuerdo Final de Paz (en adelante AFP), realizado a partir de Acuerdo de Cooperación entre la Fiscalía General de la Nación y la JEP. La OAMI-SEJEP relacionó al señor
EDGAR RAMÍREZ MEDINA del siguiente modo: 17 Expediente Legali. Fls. 1008-1014 18 Expediente Legali. Fls. 1027 y 1028. 19 Expediente Legali. Fl. 1026. 20 Expediente Legali. Fl. 1023. 21 Expediente Legali. Fls. 1024-1025. P á gi na 4 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000 osecorp le emrofni
EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001
Etapa del Autoridad Fecha de SPOA Delito Proceso Competente los Hechos Fiscalía 14 – Dirección Especializada Lavado 110016000050201715001 Indagación Contra el de 17/02/2017 Lavado de activos ActivosBogotá
16. Sin embargo, asocia también a los datos referidos al señor Edgar Ramírez Martínez, quien no comparece ante esta Sección.
17. Por lo descrito, se reiterará requerimiento realizado al abogado Boris Andrés Conde Bonilla y al compareciente, conforme al resuelve primero del auto SRT-SB-AMG-433 de 21 de junio de 2024.
18. Así también, se requerirá a la Oficina Asesora de Monitorio Integral de la Secretaría Ejecutiva, para que aclare a este Despacho, si la información referida a esta Sección respecto a noticia criminal en los términos previamente descritos, corresponde al señor EDGAR RAMÍREZ MEDINA.
19. Se advertirá nuevamente al señor RAMÍREZ MEDINA de la relevancia de actualizar su comparecencia de manera constante, de acudir a los llamados de los componentes del SIVJRNR -JEP y Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidasfrente a situaciones que sean de su competencia, de adoptar una actitud proactiva tanto en los escenarios judiciales como extrajudiciales de este Sistema y de cumplir con los diferentes compromisos correlativos a los tratamientos especiales que le han sido concedidos, como requisito para acceder a beneficios de carácter definitivo y para mantener los tratamientos especiales de los que ya disfruta. En especial, se advierte sobre la obligación reforzada de atender a los trámites ante la JEP y a mantener actualizados sus datos de contacto en la Jurisdicción de conformidad con lo establecido en la SENIT 3 de 2022.
P á gi na 5 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000
osecorp le emrofni
EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001
20. Se tendrá como parte de este expediente los documentos incorporados mediante “Constancia de Consulta y Descarga de Información” de 31 de julio de 2024.
21. Se remitirá copia de esta providencia a la Relatoría y a la SEJEP, en
cumplimiento de lo dispuesto por los Acuerdos AOG No. 9 y 15 de 2022.
22. Esta decisión será notificada al compareciente conforme a la parte motiva de esta decisión, a su abogado y al Ministerio Público.
23. En mérito de lo expuesto, este Despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
III. RESUELVE PRIMERO: REITERAR el requerimiento hecho al abogado Boris Andrés Conde Bonilla, el pasado 21 de junio de 2024, y al compareciente para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, informen sobre el estado de la comparecencia del señor EDGAR RAMÍREZ MEDINA, así como los datos de contacto y ubicación actualizados. Lo anterior implica que se señale con claridad qué beneficios definitivos han sido otorgados, que trámites se han adelantado de manera rogada u oficiosa en aras de definir su situación jurídica y el estado de los mismos, y ante cuáles órganos de la JEP ha comparecido frente a cada delito, proceso y condena que tiene el compareciente SEGUNDO: REQUERIR a la Oficina Asesora de Monitorio Integral de la Secretaría Ejecutiva para que, dentro de los quince (15) días siguientes a la
notificación de la presente decisión, aclare a este Despacho, si la información referida a esta Sección respecto a noticia criminal en los términos descritos en la parte motiva de esta providencia, corresponde al señor EDGAR RAMÍREZ
MEDINA.
TERCERO: ADVERTIR nuevamente al señor EDGAR RAMÍREZ MEDINA, de la relevancia de actualizar su comparecencia de manera constante, de acudir a los llamados de los componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición -JEP y Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidasfrente a situaciones que sean de su competencia, de adoptar una P á gi na 6 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000 osecorp le emrofni EXPEDIENTE LEGALI: 000063016.2021.0.00.0001 actitud proactiva tanto en los escenarios judiciales como extrajudiciales de este Sistema y de cumplir con los diferentes compromisos correlativos a los tratamientos especiales que le han sido concedidos, como requisito para acceder a beneficios de carácter definitivo y para mantener los tratamientos especiales de los que ya disfruta. En especial, se advierte sobre la obligación reforzada de
atender a los trámites ante la JEP y a mantener actualizados sus datos de contacto en la Jurisdicción de conformidad con lo establecido en la SENIT 3 de 2022.
CUARTO: TENER como incorporados los documentos allegados mediante “Constancia de Consulta y Descarga de Información” de 31 de julio de 2024.
QUINTO: Por conducto de la Secretaría Judicial de la Sección de Revisión REMITIR a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP la presente providencia en virtud de lo establecido en los Acuerdos AOG 9 y 15 de 2022
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión al compareciente, a su apoderado judicial y al Ministerio Público. COMUNICAR esta providencia a la Oficina Asesora de Monitorio Integral de la Secretaría Ejecutiva de la JEP.
SÉPTIMO: ADVERTIR que contra la presente decisión procede el recurso de reposición, de conformidad con lo indicado en el artículo 12 de la Ley 1922 de
2018. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Providencia firmada electrónicamente ADOLFO MURILLO GRANADOS MAGISTRADO P á gi na 7 | 7 ,/jase/oc.vog.pej.ilagel//:sptth bew anigáp al a adecca ,lasecorp etneidepxe la redecca araP
.SODANARG
OLLIRUM OFLODA rop etnemlatigid odamrif lanigiro led aipoc se otnemucod etsE .B096E4 ogidóc le y 1000.00.0.1202.61-0360000 osecorp le emrofni