JEP - Auto SRT SB CH 137 04 abril 2025
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
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Detalles
- Título
- JEP - Auto SRT SB CH 137 04 abril 2025
- Autor
- JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- 2025
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S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 1 2 8 74 4 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
TRIBUNAL PARA LA PAZ
SECCIÓN DE REVISIÓN
AUTO SRT-SB-CH-137
Bogotá D.C., Cuatro (4) de abril de 2025
Expediente 1501287-44.2022.0.00.0001 Compareciente Roosevelt Fuentes Fernández Asunto Auto por el cual se profieren órdenes para verificar la comparecencia y para poner en conocimiento de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) una información en materia de régimen de condicionalidad.
I. ASUNTO POR RESOLVER
1. Corresponde a este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz (SR), en desarrollo del trámite de revisión y supervisión de beneficios provisionales, proferir órdenes para verificar la comparecencia del señor Roosevelt Fuentes Fern ández, identificado con cédula de ciudadanía n.º 9.733.656, y a poner en conocimiento de la SAI una información en materia de régimen de condicionalidad.
II. ANTECEDENTES
2. Mediante auto del 9 de septiembre de 2022 1, este despacho asumió la revisión y supervisión de los beneficios provisionales concedidos al señor Roosevelt Fuentes
Fernández.
3. Esto, por cuanto de acuerdo con la información registrada en los sistemas de
supervisión de los beneficios provisionales concedidos al señor Roosevelt Fuentes Fernández.
3. Esto, por cuanto de acuerdo con la información registrada en los sistemas de información de esta Jurisdicción, se conoció que, mediante Resolución SAI-AOI-MGM-AI302-2022 del 30 de junio de 2022 2, la Sala de Amnistía o Indulto concedió a favor del compareciente el beneficio provisional de la libertad condicionada por los delitos de homicidio agravado en modalidad de tentativa y homicidio agravado, por los que fue condenado, en los procesos n.º 63001310070012004002400, 73449310400120030005700 y
201600087.
4. Esos casos se remitieron, por competencia, a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas a la “Línea de Investigación sobre conductas no amnistiables cometidas en ejercicio del control social y territorial por parte de las FARC-EP”. En esa providencia también se le otorgó al compareciente el beneficio definitivo de la amnistía de iure, por delitos de fabricación, tráfico y porte de armas o municiones.
1 Expediente Legali 1501287-44.2022.0.00.0001. Folios 31-37. 2 Expediente Legali 9004396-89.2019.0.00.0001. Folios 36679-3704.2
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5. Así las cosas , se comisionó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) a efectos de que consultara los sistemas misionales de la Fiscalía General de la Nación (FGN) y verificara si respecto de esas personas se registraban actuaciones por hechos ocurridos con posterioridad al 1º de diciembre de 2016.
Mediante Autos SRT -SB-CH-333 del 20 de octubre de 2023 3 y SRT -SB-CH-602 del 24 de diciembre de 20244, se reiteró esa comisión.
6. En respuesta a esos requerimientos, la UIA manifestó, en relación con el señor Fuentes Fernández, que en su contra se adelanta el radicado n.º 660016000035202001816, por el delito de violencia intrafamiliar, adelantado por la Fiscalía 34 L CAVIF de Pereira5.
7. Posteriormente, el 17 de marzo de 2025, la Procuradora adscrita a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 13 , Segunda con Funciones de Intervención para Jurisdicción Especial para la Paz, Uldi Teresa Jiménez López6, solicitó el “impulso procesal”,
en virtud de la cual manifestó lo siguiente:
De ahí, que considerado la gravedad de las conductas que presuntamente se le atribuyen al compareciente y los efectos que podría tener sobre la permanencia de los beneficios transicionales que le han sido otorgados y de los que hoy es
De ahí, que considerado la gravedad de las conductas que presuntamente se le atribuyen al compareciente y los efectos que podría tener sobre la permanencia de los beneficios transicionales que le han sido otorgados y de los que hoy es favorecido, así como los compromisos adquiridos con la Jurisdicción Especial, esta delegada de la manera más respetuosa, solicita a la magistratura dar el IMPULSO PROCESAL correspondiente para iniciar el análisis de los hechos, establecer cuál es el estado del proceso, a efect os de estudiar la pertinencia del trámite incidental y verificar el cumplimiento del régimen de condicionalidad.”
8. Finalmente, de acuerdo con los datos registrados en los trámites adelantados ante esta Jurisdicción7, relacionados con la ubicación y contacto del compareciente, se observa que se han reportado varias direcciones y que la última fecha de actualización de esa información en el Inventario de Beneficios, corresponde al mes de noviembre del año 2023.
III. CONSIDERACIONES
9. El art. 157 de la Ley 1957 de 2019 asignó a la SR la función de revisión y supervisión de beneficios provisionales, la cual, en términos de la Sentencia Interpretativa, Senit 02, de 2019, “debe ser entendida como el seguimiento y control de la situación temporal de estas personas”, en orden a hacer operativo el principio de continua adaptación a la comparecencia. Por tal motivo, es importante verificar que aquellas personas sobre las que recae el ejercicio de esta función no reincidan en la comisión de delitos, pues, esto comprometería gravemen te su intención de comparecer ante la JEP y de definir su situación jurídica de conformidad con la normativa transicional.
función no reincidan en la comisión de delitos, pues, esto comprometería gravemen te su intención de comparecer ante la JEP y de definir su situación jurídica de conformidad con la normativa transicional.
10. En esa labor, se conoció que la Fiscalía 34 L CAVIF de Pereira, adelanta en contra del señor Fuentes Fernández, una investigación por hechos posteriores al 1º de diciembre de 2016, por el delito de violencia intrafamiliar , correspondiente al proceso penal n.º
3 Expediente Legali 1501287-44.2022.0.00.0001. Folios 235-243. 4 Expediente Legali 1501287-44.2022.0.00.0001. Folios 600-608. 5 Expediente Legali 1501287-44.2022.0.00.0001. Folio 642. 6 Expediente Legali 1501287-44.2022.0.00.0001. Folios 728-729. 7 Sistema de Gestión Judicial Legali e Inventario de beneficios.3
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660016000035202001816, información que resulta importante en orden a verificar el cumplimiento del régimen de condicionalidad por parte del compareciente.
11. Por lo anterior, se considera necesario poner en conocimiento de la Sala de Amnistía o Indulto la situación advertida para que, en el marco de sus competencias, evalúe el inicio de un incidente de verificación del cumplimiento del régimen de condicionalidad. Esto
11. Por lo anterior, se considera necesario poner en conocimiento de la Sala de Amnistía o Indulto la situación advertida para que, en el marco de sus competencias, evalúe el inicio de un incidente de verificación del cumplimiento del régimen de condicionalidad. Esto teniendo en cuenta que los beneficios transicionales otorgados al compareciente, a la fecha, se encuentran vigentes, sin que tampoco se tenga conocimiento de su escogencia como máximo responsable o partícipe determinante, en los términos dispuestos por la Sección de Apelación en la Sentencia Interpretativa del 26 de abril de 2023, Senit 4.
12. Así mismo, dada la utilidad de la información recaudada en este trámite, como la suministrada por la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, se informará a la Sala de Amnistía o Indulto que, teniendo en cuenta que a la fecha se encuentra en funcionamiento la herramienta del expediente compartido a través del Sistema de Gestión Judicial Legali, podrá consultar, descargar e incorporar a su expediente los documentos que considere necesarios para el ejercicio de su labor, tanto los que a la fecha se han recolectado, como aquellos que en adelante se obtengan en desarrollo de la presente actuación.
13. Por otra parte, dado que el éxito del desarrollo del proceso mediante el cual se define la situación jurídica de un supervisado depende del cumplimiento de los compromisos asumidos ante esta Jurisdicción como el de la comparecencia, de donde se sigue su obligación de mantener informada a la JEP con datos actualizados que así lo permitan, sobre su lugar de ubicación , se requerirá al señor Roos evelt Fuentes Fernández para que, en el término cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, actualice
su lugar de ubicación , se requerirá al señor Roos evelt Fuentes Fernández para que, en el término cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, actualice sus datos de ubicación y contact o. Se le reiterará también su deber de informar a esta Jurisdicción cualquier cambio de domicilio.
14. Comoquiera que aquí se resuelve la solicitud de impulso elevada por parte de la Procuradora adscrita a la Procuraduría Delegada Con Funciones Mixtas 13, Segunda con Funciones de Intervención para Jurisdicción Especial para la Paz, doctora Uldi Teresa Jiménez López, se le comunicará la presente providencia.
Con fundamento en lo anterior, este despacho de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz,
RESUELVE:
PRIMERO: PONER EN CONOCIMIENTO de la Magistrada Marcela Giraldo Muñoz de la Sala de Amnistía o Indulto la situación advertida en el caso del señor Roosevelt Fuentes Fernández, identificado con cédula de ciudadanía n.º 9.733.656. Esto es, la investigación que se adelanta en su contra por el delito de violencia intrafamiliar, por hechos posteriores al 1º de diciembre de 2016, para que en el marco de sus competencias verifique el cumplimiento del régimen de condicionalidad por parte del compareciente.
SEGUNDO: INFORMAR a la Magistrada Marcela Giraldo Muñoz de la Sala de Amnistía o Indulto que, teniendo en cuenta que a la fecha se encuentra en funcionamiento la herramienta del expediente compartido a través del Sistema de Gestión Judicial Legali, podrá consultar, descargar e incorporar a su expediente los documentos que considere4
o Indulto que, teniendo en cuenta que a la fecha se encuentra en funcionamiento la herramienta del expediente compartido a través del Sistema de Gestión Judicial Legali, podrá consultar, descargar e incorporar a su expediente los documentos que considere4
S E C C I Ó N D E R E V I S I Ó N D E S E N T E N C I A S E X P E D I E N T E: 1 5 0 1 2 8 74 4 . 2 0 2 2 . 0 . 0 0 . 0 0 0 1
necesarios para el ejercicio de su labor, tanto los que a la fecha se han recolectado, como aquellos que en adelante se obtengan en desarrollo de la presente actuación.
TERCERO: REQUERIR al señor Roosevelt Fuentes Fernández, identificado con cédula de ciudadanía n.º 9.733.656, para que, en el término cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta providencia, actualice sus datos de ubicación y contact o.
Adicionalmente, se le REITERA su deber de informar a esta Jurisdicción cualquier cambio de domicilio.
CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Procuradora adscrita a la Procuraduría Delegada Con Funciones Mixtas 13 , Segunda con Funciones de Intervención para
Jurisdicción Especial para la Paz, doctora Uldi Teresa Jiménez López.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
[Providencia firmada electrónicamente]
CATERINA HEYCK PUYANA
Magistrada
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